VIGILANCIA Y CONTROL DE CRIANZAS INFORMALES DE GANADO PORCINO Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental VIGILANCIA Y CONTROL DE CRIANZAS INFORMALES DE GANADO PORCINO M.V. Dante Vara Márquez Área de zoonosis - DSBHAZ Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental
Criadores y población de ganado porcino identificados Fuente: DESA-DISA IV L.E. año 2002
FORMAS DE CRIANZA CRIANZA FAMILIAR INTRADOMICILIARIA ASOCIACIONES DE CRIANZAS INFORMALES CRIANZA EN BASURALES
INSTALACIONES E INFRAESTRUCTURA
1. INTRADOMICILIARIA
Saracoto – Cajamarquilla- MR Chosica II 2. EN ASOCIACIONES Saracoto – Cajamarquilla- MR Chosica II
Valle de el Triunfo – Jicamarca MR chosica II
Comederos y bebederos: madera, llantas de carro, etc.
Corral: Paredes, piso, techo
CONTROL SANITARIO Se desconoce el control de Vacunas y desparasitación
ABASTECIMIENTO y ALMACENAMIENTO DE AGUA
ALIMENTO En descomposición Fermentado con alto contenido de mohos y levaduras Presencia de vectores, roedores y olor desagradable
CON RESIDUOS SÒLIDOS SEGREGADOS
3. EN BASURALES CIENEGUILLA: QUEBRADA SAN BENITO 3,040 SARACOTO,CAJAMARQUILLA, VILLA LETICIA, AYLLU, QUEBRADA HUAYCOLORO 6,570
GENERA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
Toma de muestra de suero sanguíneo
TOMA DE MUESTRAS PARA CISTICERCOSIS-LEPTOSPIROSIS
TOMA DE MUESTRAS PARA CISTICERCOSIS-LEPTOSPIROSIS
TOMA DE MUESTRAS PARA CISTICERCOSIS-LEPTOSPIROSIS
CISTICERCOSIS PORCINA EN PEQUEÑAS CRIANZAS PROCEDENCIA POBLACIÓN PORCINA TAMAÑO DE MUESTRA SUERO SANGUINEO WESTER BLOT AGENTE BIOLOGICO % (+) (-) Santa Cruz de Huaycan- Ate 200 10 3 7 Cisticercus Cellulosae 30 % Asociación de Viñas de Media Luna-Lurigancho 2500 115 16 99 13.9 % Asociación Saracoto Alto-Cajamarquilla-Lurigancho 4,500 207 54 153 26 % Asociación de Valle del Triunfo-San Antonio de Chaclla 350 13 18.7 %
LEPTOSPIROSIS PORCINA EN PEQUEÑAS CRIANZAS Procedencia Población porcina N° de muestra de suero sanguineo N°(+) N°(-) Variedad de Leptospira % Asociación Santa Cruz de - Huaycan 200 10 9 1 Serovar icterphaemorragiae Serovar pomona 90 Asoc. Viñas de Media Luna 2500 115 78 37 68 Asoc. Saracoto Alto-Cajamarquilla 4500 207 198 Serovar canicola 96 Asoc. Valle del Triunfo-San Antonio 350 16 Serovar icterohaemorragiae 100
Toma de muestra de Materia fecal
RESULTADOS Parasitos en HECES Balantidium coli Fuente: estudiantes de Biología UNMSM, 2004
RIESGOS A LA SALUD ????
FACTOR DE RIESGO Los cerdos contaminan el ambiente con toneladas de residuos o purines , que contaminan 100 veces mas que las aguas residuales urbanas. Los excrementos de los cerdos tienen un alto poder fertilizante, el suelo agrícola no es capas de reciclar la gran cantidad de purines que genera. por lo tanto los terrenos son contaminados por el exceso de nutrientes (nitrógeno , fosforo y potasio) y las aguas continentales por los nitratos del orín porcino
FACTOR DE RIESGO Los criaderos de cerdos en los patios de las casas son un foco de infección y contaminación grave al ambiente y la salud pública ya que las heces fecales tienen carga parasitaria y bacteriana, atraen las moscas las cuales son portadoras de un sin número de enfermedades que van ha afectar directamente al ser humano
Presencia de moscas: domésticas, Aedes, Anopheles FACTOR DE RIESGO Presencia de moscas: domésticas, Aedes, Anopheles Hepatitis A, Tifoidea, Disenteria amebiana, Polio, Malaria, Dengue y contaminan el agua y los alimentos
FACTOR DE RIESGO Cucarachas Salmonella, coccidias, giardias Tifoifea, etc
FACTOR DE RIESGO Pulgas PIQUE Tunga penetrans Transmiten enfermedades a través de la sangre; ocasionan lesiones dermicas al ser humano.
FACTOR DE RIESGO Ratas
FACTOR DE RIESGO Según la OMS más de 200 patógenos (virus,bacterias, hongos, parasitos, artropodos) se han asociado con la rata Peste bubonica (Yersinia pestis) Salmonellosis (Salmonella sp) Leptospirosis ( Leptospira interrogans) Coriomeningitis (Virus)
FACTOR DE RIESGO Cisticercosis
FACTOR DE RIESGO HIDATIDOSIS PORCINA
FACTOR DE RIESGO Parasitos en HECES Olor Balantidium coli
FACTOR DE RIESGO
BASE LEGAL Constitución Política del Perú Ley de Inocuidad de los Alimentos, D. S N° 034-2008-AG LEY DE INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS D. L N° 1062 D. S. Nº 007-98-SA, Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972
¿ QUE HACEMOS ?
EN CRIANZA FAMILIAR INTRADOMICILIARIA Art. 80 son funciones de la municipalidad en materia de saneamiento, salubridad y salud, el regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales y la comuna en general Fiscalizar y realizar labores de control respeto a la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente Artículo 161°Regulación y control en la tenencia de animales domésticos. Ley Orgánica de la Municipalidad, Ley 27972
EN ASOCIACIONES DE CRIANZA INFORMAL D.L 1602 Art. 16, el SENASA, es la autoridad Nacional en sanidad agraria y tiene competencia exclusiva en el aspecto técnico, normativo y de vigilancia, en materia de inocuidad de los alimentos agropecuarios y de producción y procesamiento primario
MINISTERIO DE AGRICULTURA - SENASA PIENSOS PRODUCCION Y PROCESAMIENTO PRIMARIO Producción primaria: desde la Crianza de animales hasta el sacrificio Procesamiento primario : es la fase de la producción primaria no sometidos a transformación, incluye: dividido, partido, seleccionado, rebanado, deshuesado, picado, pelado o deshollado, triturado, cortado, limpiado, desgrasado, descascarillado, molido, refrigerado, congelado, ultracongelado, descongelado.
DECRETO SUPREMO Nº 007-98-SA La vigilancia sanitaria de la crianza de animales destinados al consumo humano, la sanidad animal para la producción de leche, carne y huevos, así como la vigilancia sanitaria de la producción de vegetales para consumo humano, están a cargo del Ministerio de Agricultura.
CRIANZA EN BASURALES Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas DECRETO SUPREMO Nº 007-98-SA Queda prohibida la crianza de porcinos a campo abierto para evitar que se alimenten con basura y/o materia fecal. Los animales criados en condiciones insalubres serán objeto de decomiso y destino final por la autoridad municipal.