Perú Transparente: Difusión de la Información Pública

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Capacitador: Jorge Luis Herrera Guerra
Advertisements

LA TRANSPARENCIA Y EL ACCESO A LA
Informe de la Sociedad civil sobre el Mecanismo de Seguimiento de la Convención Interamericana de Lucha contra la Corrupción IV Ronda de Análisis de la.
IMPLEMENTACION DEL CONTROL INTERNO EN HONDURAS
Evaluación al Informe Anual 2009 de la PCM sobre Solicitudes y Pedidos de Información de las Entidades de la Administración Pública Julio 2010.
EL MARCO JURIDICO DE LA HACIENDA PUBLICA EL SALVADOR
CONAPRED Teoría del Derecho.
GESTIÓN PÚBLICA DEL FUTURO GRUPO C
PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES - PAC DIPLOMADO ESPECIALIZADO EN CONTRATACIONES PÚBLICAS Diciembre 2011.
Responsabilidades de los Servidores Públicos por acciones u omisiones en la aplicación de la Ley de Acceso a la Información Pública, en el ejercicio de.
INFORME ANUAL TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
CONTRALORÍA SOCIAL PROBAPISS - CAPACITACIÓN
Proceso de Traspaso de Competencias Gobierno Regional del Bío-Bío Dpto. de Planificación y Ordenamiento Territorial Gobierno Regional del Bío-Bío Concepción,
Gestión Ambiental Descentralizada para Gobiernos Locales
MARCO JURÍDICO ESPECIFICO
ACCESO A LA INFORMACIÓN EN ORGANISMOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS
DERECHO ADMINISTRATIVO
TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
SUELDO DE ALCALDES Y DIETAS DE REGIDORES
PARA EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DEL EJERCICIO FISCAL 2015
DE LA ENTREGA-RECEPCION DE LA ADMINISTRACION PUBLICA MUNICIPAL
Plan Anual de Contrataciones Elaboración, Aprobación y Difusión
PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LOS CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO.
CLASE No. 8 OTROS DOCUMENTOS UTILIZADOS EN LA CORRESPONDENCIA OFICIAL
Armendariz 339 Miraflores EL ROL DE LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN DE ARCHIVOS EN EL MARCO DEL D.S PCM. Modernizando la Gestión.
Reglamento del RETC GNC Abril de Antecedentes del Reglamento Protocolo de Kiev (21 de Mayo de 2003) Manual Guía de para un RETC de la OCDE Reglamento.
LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN E INTEGRACIÓN DE LIBROS BLANCOS Y DE MEMORIAS DOCUMENTALES 1.
PROYECTO DEL ANILLO VIAL MAPIRIPAN. VIABILIDAD DEL ACUERDO PUBLICO PRIVADO PARA ADELANTAR EL PROYECTO  El Articulo 96 de la Ley 489 de establece.
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
CEPLAN Julio Cavero Jara Director Ejecutivo Trujillo, 15 de abril 2010
MARCO JURIDICO DE UNA AUDITORIA SOCIAL
Obligaciones generales de las Entidades de Fiscalización Ambiental
Ministerio Secretaria General de Gobierno.
DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO
REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28740, LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD EDUCATIVA DECRETO SUPREMO Nº ED.
LEY DEL PROCEDIMIENTTO ADMINISTRAIVO GENERAL
Ley de Acceso a la Información Pública Decreto
REFORMA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA PRESUPUESTARIA en los Tres Órdenes de Gobierno noviembre 2012.
Licenciatura en Administración Pública
“Guía para elaborar el Informe de Avance Físico y Financiero de Entidades Receptoras de APORTES de Recursos Públicos ” Guatemala, enero de 2015.
AGENDA COMÚN DE ACCIONES PARA PREVENIR LA CORRUPCIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE MEDELLÍN FONDOS DE SERVICIOS EDUCATIVOS
Gestión Documental Coordinación de Archivo y Correspondencia
Ley de Planeación Alumno: Mendoza García Ubaldo UEA: Problemas Contemporáneos de la Administración Pública CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN.
1 Modernizando la Gestión del Estado GOBIERNO ABIERTO EN EL MARCO DE LA POLÍTICA DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO Secretaria de Gestión Pública Presidencia.
TRANSPARENCIA EN LA INFORMACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS Y LA AUTOMATIZACIÓN LOURDES CHAU PERU
ASOCIATIVISMO MUNICIPAL ASPECTOS JURIDICOS Dirección Jurídica ACHM Junio 2011.
Información importante que debe conocer
DERECHOS HUMANOS: GARANTIAS CONSTITUCIONALES
PRESUPUESTOS.
LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD LEY Nº 28708
¿Que es el Derecho de Acceso a la Información Pública?
LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA
PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y SUGERENCIAS
Subsecretaría de Egresos 2010 Fideicomiso para Coadyuvar al Desarrollo de las Entidades Federativas y Municipios (FIDEM)
Acceso a la Información Pública e Investigación Periodística Moisés Sánchez Director Ejecutivo Fundación Pro Acceso.
I dentificar y entender plenamente cómo funcionan los distintos Modelos de Operación por Procesos del FONCEP: En el Fondo de Prestaciones Económicas,
y acceso a la información pública – Ley N° 27806
INTRODUCCION ESTADOS perciben TRIBUTOS Transforman en gastos Eficaz y eficientemente.
Instituto para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Michoacán “Procesos de Responsabilidad Administrativa y Transparencia”
1. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS DEL ESTADO DE NAYARIT. 2 Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nayarit.
OFICINA DE CONTROL INTERNO Segunda Jornada de Inducción y Reinducción (Bogotá, Octubre 21 de 2015 )
SCI Proceso continuo realizado por la Dirección, Gerencia y otros empleados de la Entidad, para proporcionar seguridad razonable, respecto a si están lográndose.
Proyectos de Inversión 2015 Superintendencia Nacional de Salud.
ALCANCES A INDICACIONES LEY Santiago, septiembre 2015.
Gestión de Solicitudes: Ley N° Ley Nº y Gestión de Solicitudes.
Ley de Acceso a la Información Pública. Objeto Garantizar el derecho de acceso de toda persona a la información pública.
OFICINA DEFENSORIAL DE ICA “MARCO GENERAL DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y LA LEY Nº Aldo Vera Tafur Comisionado de la Defensoría.
Municipalidad de. PRESUPUESTO PARTICIPATIVO: Es un proceso en que las autoridades municipales, sector privado, población organizada y representantes de.
Elaborado por la Secretaría de Gestión Pública TRANSPARENCIA Y EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA EN EL MARCO DE UNA BUENA ATENCIÓN CIUDADANA PRESIDENCIA.
Transcripción de la presentación:

Perú Transparente: Difusión de la Información Pública Proyecto Estado, Regiones y Municipios Transparentes Taller Fortalecimiento de Capacidades para una Gestión Pública Transparente Perú Transparente: Difusión de la Información Pública Lima, 30 de septiembre del 2013

Transparencia y Acceso a la Información Pública

Marco Constitucional del Derecho de Acceso a la Información Pública Artículo 2°. Toda persona tiene derecho: 5. A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional. El secreto bancario y la reserva tributaria pueden levantarse a pedido del juez, del Fiscal de la Nación, o de una comisión investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso investigado.

Intimidad personal Excluidos por ley Seguridad nacional Excepción: Regla: Publicidad de la información (Artículo 2 inciso 5 de la Constitución Política del Perú) Excepción: Intimidad personal Excluidos por ley Seguridad nacional

Principales normas que regulan la Transparencia y el Acceso a la Información Pública Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Decreto Supremo N° 070-2013-PCM que modifica el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 072-203-PCM. Decreto Supremo N° 063-2010-PCM que aprueba la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las Entidades de la Administración Pública.

Resolución Ministerial N° 200-2010-PCM que aprueban la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP "Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública“. Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. Ley Nº 29298, Ley que modifica la Ley 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. Decreto Legislativo Nº 1017 que aprueba la Nueva Ley de Contrataciones Estatales. Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo Positivo Decreto Supremo N° 171-2003-EF que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044-2008-PCM/SD que aprueba la “Directiva para la Culminación e Implementación de la Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales”. Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM que aprueba lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo Positivo.

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM Título I Disposiciones Generales Título II Portal de Transparencia Título III Acceso a la información pública del Estado Título IV Transparencia sobre el manejo de las finanzas Públicas Capítulo I Publicación de Información sobre finanzas públicas Capítulo II De la Transparencia Fiscal en el presupuesto, el Marco Macroeconómico y la rendición de cuentas

Principio de Publicidad Todas las actividades y disposiciones de las entidades comprendidas en la Ley 27808 están sometidas al principio de publicidad. Los funcionarios responsables de brindar la información correspondiente al área de su competencia deberán prever una adecuada infraestructura, así como la organización, sistematización y publicación de la información a la que se refiere esta Ley. En consecuencia: Toda información que posea el Estado se presume pública, salvo las excepciones expresamente previstas en la Ley N° 27806. El Estado adopta medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública. El Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad. La entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada.(Artículo 3 del TUO de la Ley N° 27806)

Información de Acceso Publico Las entidades de la Administración Pública tienen la obligación de proveer la información requerida si se refiere a la contenida en documentos escritos, fotografías, grabaciones, soporte magnético o digital, o en cualquier otro formato, siempre que haya sido creada u obtenida por ella o que se encuentre en su posesión o bajo su control. También se considera como información pública cualquier tipo de documentación financiada por el presupuesto público que sirva de base a una decisión de naturaleza administrativa, así como las actas de reuniones oficiales

¿Qué entidades están obligadas a dar información? Todas las entidades de la Administración Pública señaladas en el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General: 1. El Poder Ejecutivo, incluyendo Ministerios y Organismos Públicos Descentralizados. 2. El Poder Legislativo. 3. El Poder Judicial. 4. Los Gobiernos Regionales. 5. Los Gobiernos Locales. 6. Los Organismos a los que la Constitución Política del Perú y las leyes le confieren autonomía.

¿Qué entidades están obligadas a dar información? Los demás organismos, proyectos, entidades y programas del Estado cuyas actividades cumplen funciones administrativas y, por tanto, se consideran sujetas a las normas comunes de Derecho Público, salvo excepciones de Ley. Empresas privadas que prestan servicio público o ejercen función administrativa, por concesión, delegación o autorización del Estado están obligadas a informar sobre las características de sus servicios y sus tarifas. Entre ellas se cuenta Edelnor, Edelsur y Telefónica del Perú. (Artículos 2° y 8° de la Ley N° 27806)

Excepciones al Derecho de Acceso a la Información Información secreta Ámbito militar Inteligencia Información confidencial Información reservada Información policial (prevenir y reprimir la criminalidad) Información sobre relaciones internacionales Información previo a la toma de una decisión. Secreto bancario, tributario, comercial, industrial, tecnológico y bursátil. Investigaciones- potestad sancionadora de la Administración Información de estrategia de defensa en un proceso administrativo o judicial. Intimidad personal o familiar. Otros establecidos por ley.

Responsabilidades y Sanciones Todas las entidades de la Administración Pública quedan obligadas a cumplir lo estipulado en la presente norma. Los funcionarios o servidores públicos que incumplieran con las disposiciones a que se refiere esta Ley serán sancionados por la comisión de una falta grave, pudiendo ser incluso denunciados penalmente por la comisión de delito de Abuso de Autoridad a que hace referencia el Artículo 377° del Código Penal. El cumplimiento de esta disposición no podrá dar lugar a represalias contra los funcionarios responsables de entregar la información solicitada. (Artículos 4° y 14° del TUO de la Ley 27806)

Informe Anual al Congreso de la República La Presidencia del Consejo de Ministros remite un informe anual al Congreso de la República en el que da cuenta sobre las solicitudes pedidos de información atendidos y no atendidos. Para efectos de lo señalado en el párrafo anterior la Presidencia del Consejo de Ministros se encarga de reunir de todas las entidades de la Administración Pública la información a que se refiere el párrafo anterior.

Buenas prácticas Preparando el Informe para la PCM Escaneo de todos los documentos que ingresan a la entidad. Registro único de solicitudes de acceso a la información pública que ingresan a la entidad. Monitoreo permanente del estado de las solicitudes de acceso a la información. Directiva Interna sobre Transparencia y Acceso a la Información pública que señale procedimientos, plazos y responsabilidades.

Temas que debe abordar una Directiva Interna sobre Transparencia y Acceso a la Información Procedimientos: Para informar al funcionario responsable de entregar información que ha ingresado un solicitud. Para que el funcionario responsable de entregar información solicite los documentos al funcionario que los posee. Que indiquen al funcionario responsable de entregar información a que funcionario debe solicitar los documentos. Que señalen en que forma el funcionario que posee los documentos debe entregarlos al funcionario responsable de entregar información. Que señalen la forma de solicitar plazo adicional para entregar información. Que señalen la forma de informar que no tienen los documentos solicitados.

Temas que debe abordar una Directiva Interna sobre transparencia y acceso a la información Plazos: Para enviar la solicitud al funcionario responsable. Para enviar la solicitud al funcionario que posee la información. Para que el funcionario que ha recibido la solicitud responda que no tiene la información solicitada. Para solicitar informe a asesoría jurídica. Para entregar los documentos solicitados al funcionario responsable de entregar información.

Temas que debe abordar una Directiva Interna sobre transparencia y acceso a la información Responsabilidades: Señalar expresamente el cargo de funcionario que debe entregar la información en cada unida orgánica. Señalar expresamente que todos los funcionarios deben entregar la información solicitada al funcionario responsable de entregar información.

Temas que debe abordar una Directiva Interna sobre transparencia y acceso a la información Registro de las solicitudes de información Toda solicitud de información pública adicionalmente al número de expediente asignado por la entidad, se le añade otro número y se crea un registro independiente que señala el estado de la solicitudes. Envío de la solicitud al área que tiene en su poder la información y respuesta El funcionario responsable de entregar información remite el pedido de información al jefe del área que tiene en su poder la información solicitada. Información se encuentra en otra área El funcionario que posee la información debe comunicar este hecho al funcionario responsable de entregar información en el plazo máximo de un día de recibida la solicitud. Solicitud de informe a la Oficina de Asesoría Jurídica El Funcionario debe fundamentar las razones por las cuales requiere el informe. Entrega de información inexacta o parcial El funcionario responsable de entregar información debe explicar al funcionario responsable las razones por las cuales entregó información mencionada

El Portal de Transparencia El artículo 5 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública dispone que las entidades de la Administración Pública establecerán la difusión de información a través de Internet.

Portal de Transparencia El artículo 5 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública dispone que las entidades de la Administración Pública establecerán la difusión de información a través de Internet. El Decreto Supremo N° 063-2010-PCM aprueba la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública. La Resolución Ministerial N° 200-2010-PCM que aprueba la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP "Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública“

Ubicación del enlace del Portal de Transparencia Estándar De acuerdo al artículo 8 de los "Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública“ todos los portales institucionales publicaran el enlace del Portal de Transparencia en el lado derecho superior como banner, identificándolo con la denominación PORTAL DE TRANSPARENCIA y el icono de una lupa.

Información que Trimestralmente deben publicar todas las entidades de Administración Pública

1. Presupuesto Ejecutado 2. Proyectos de Inversión Información que trimestralmente deben publicar todas las entidades de administración pública 3. Personal 4. Contrataciones y Adquisiciones 5. Progreso indicadores Plan Estratégico Institucional

1. Presupuesto Ejecutado Ingresos Gastos 1. Presupuesto Ejecutado Ingresos Fuentes de Financiamiento La información debe publicarse de conformidad con los clasificadores presupuestales vigentes

Clasificadores Presupuestales Establecidos en el: Inciso 1 del Artículo 11 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. (ingresos) Inciso 2 del Artículo 11 de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto (fuentes de financiamiento) Artículo 1 de la Ley N° 29813 Ley del equilibrio financiero del sector público para el año fiscal 2012 (fuentes de financiamiento) Artículo 13 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. (gastos)

Presupuesto Ejecutado en Ingresos

Presupuesto Ejecutado en Gastos

Fuentes de Financiamiento

2. Proyectos de Inversión Nombre del Proyecto Presupuesto Total Presupuesto Acumulado 2. Proyectos de Inversión Presupuesto del período Nivel de Ejecución

Ejemplo de incumplimiento en el rubro Proyectos de Inversión- no se específica los montos de presupuesto total y del presupuesto acumulado

Información sobre Proyectos de Inversión

Rango salarial por categoría Nombre Cargo Monto de remuneración Rango salarial por categoría 3. Personal Total del gasto en remuneraciones Beneficios de altos funcionarios

Ejemplo de incumplimiento en el rubro personal - no se específica el monto de las Remuneraciones de todo el Personal

Ejemplo Publicación de Información en el Rubro Personal

Información sobre Personal

4. Contrataciones y Adquisiciones Nombre de los bienes Valor referencial Nombre de los contratistas 4. Contrataciones y Adquisiciones Monto de los contratos Cantidad de bienes y servicios adquiridos Penalidades si los hubiera

Información sobre Contrataciones

Publicación de Información sobre Contrataciones

Ordenes de Servicio

Información sobre progreso realizados en los Planes Estratégicos institucionales

Publicación de Información sobre Progresos realizados en los Indicadores de Desempeño en Planes Estratégicos Institucionales La entidad debe publicar: Los progresos realizados en los indicadores de desempeño establecidos en los planes estratégicos institucionales o en los indicadores que les serán aplicados, en el caso de entidades que hayan suscrito Convenios de Gestión.

Publicación de Información sobre Progresos realizados en los Indicadores de Desempeño en Plan Estratégico Institucional

Plazo de publicación de la información Metodología La metodología y denominaciones empleadas en la elaboración de la información, deberán ser publicadas expresamente, a fin de permitir un apropiado análisis de la información. Plazo de publicación de la información Dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de concluido cada trimestre, y comprenderá, para efectos de comparación, la información de los dos períodos anteriores.

Información que debe actualizarse de manera permanente Fecha de actualización La actualización del Portal deberá realizarse al menos una vez al mes, salvo los casos en que la Ley hubiera establecido plazos diferentes. (Artículo 9 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública)

Actividades oficiales Datos Generales Información que debe actualizarse de manera permanente o una vez al mes Actividades oficiales Información Adicional

Información que debe Actualizarse de manera permanente Datos Generales de la Entidad Directorio Marco Legal Nomas emitidas por la entidad Comunicados (Inciso 1 del artículo 5 de la Ley N° 27806.

Información que debe Actualizarse de manera permanente Directorio Nombres de los principales funcionarios, cargos, teléfonos y correo electrónicos. Debe ser permanentemente actualizado

Información que debe actualizarse de manera permanente Marco Legal Normas de creación de la entidad Ley de Transparencia y Acceso la información Pública Normas a los cuales está sujeta la institución (Inciso 1 del Artículo 5 TUO Ley N° 27806) Otras que crea conveniente la entidad

Información que debe Actualizarse de manera permanente Normas emitidas por la entidad Organizadas por la fecha de expedición a partir del 2009, enlazando al archivo histórico registrado en la entidad.

Información que debe Actualizarse de manera permanente Planeamiento y Organización Instrumentos de gestión y la norma que lo aprueba Planes y políticas

Información que debe Actualizarse de manera permanente Instrumentos de Gestión Reglamento de organización y funciones Organigrama de la entidad y sus dependencias según fuera el caso Manual de Organización y Funciones – MOF Manual de Clasificación de Cargos Cuadro de Asignación de Personal- CAP Manual de Procedimientos Administrativos-MAPRO Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA, registrado en el Módulo TUPA de servicios al ciudadano Indicadores de desempeño

Información que debe Actualizarse de manera permanente Planes y Políticas Políticas Nacionales (De ser aplicable a la entidad) Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM Plan Estratégico Institucional- PEI Plan Operativo Institucional-POI

Información que debe Actualizarse de manera permanente Actividades Oficiales Actividades oficiales que desarrollarán o desarrollaron los altos funcionarios de la respectiva entidad, entendiéndose como tales a los titulares de la misma y a los cargos del nivel subsiguiente. Debe ser permanentemente actualizada

Información que debe Actualizarse de Manera Permanente Información Adicional Comunicados (Artículo10.1 de los Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública) Declaraciones juradas Formato de solicitudes de acceso a la información

Información Adicional en cada rubro Tomar en cuenta: Información Adicional en cada rubro En cada módulo de registro por rubro temático, la entidad tendrá la opción de agregar información adicional que consideré difundir

Unidad orgánica encargada de las contrataciones Declaraciones juradas de bienes y rentas Información sobre contrataciones Información detallada sobre las contrataciones del Estado Los saldos de balance Los laudos y procesos arbitrales –actas de conciliación Decreto Supremo N° 070-2013 Información de montos percibidos por las personas del Estado Registro de visitas en línea Enlaces de otros registros Recomendaciones de informes de auditoria

Acceso Amigable y Participación Ciudadana

Acceso Amigable La amigabilidad se refiere a la facilidad de uso. Un Portal es más amigable cuanto es más fácil de utilizar. Tomar en cuenta los siguientes elementos: Exactitud de la denominación de los enlaces con la información que contienen. Los enlaces deben indicar claramente la información que contienen. La Información debe publicarse de forma completa y actualizada, que permita su fácil identificación y acceso expedito. Facilidad en la búsqueda de la información. Facilidad en la descarga de información. Formato amigable de la información descargada que facilite al ciudadano trabajar con ella. Capacidad de interactuar con el ciudadano. Mecanismos de participación ciudadana.

Exactitud de la Denominación de los Enlaces Los vínculos y enlaces deben indicar claramente la información que contienen

La Información debe publicarse de forma completa y actualizada La Información debe publicarse de forma completa y actualizada. Debe permitir su fácil identificación y acceso expedito.

Información incompleta (no se publicó información sobre remuneración del personal)

Información desactualizada

Facilidad en la Búsqueda de la Información Implica que la entidad utilice motor de búsqueda eficiente y eficaz. El buscador debe tener ítems que permitan buscar la información por fecha, materia, nombre de persona u otros aspectos. El buscador de tener la capacidad de buscar toda la información que se encuentra en el Portal, incluso la recientemente actualizada. El buscador debe presentar la relación de la información ubicada en varios ítems: fecha, orden alfabético u otros aspectos.

Facilidad al Descargar la Información Los archivos en los que se encuentran la información deben ser sencillos de descargar Formato amigable de la Descarga que facilite al ciudadano trabajar con ella El formato del archivo que contiene la información debe ser lo más amigable posible para que el ciudadano pueda trabajar con ella.

Capacidad de Interactuar con la Población Los ciudadanos exigen una adecuada rendición de cuentas

Participación Ciudadana La participación ciudadana requiere: Crear mecanismos de participación. Establecer Reglas mínimas para que los participantes no utilicen expresiones agraviantes o difamatorias. En el caso que esto sucede el comentario debe ser retirado. Responder los más rápido posible y en forma respetuosa a las consultas de la ciudadanía. No discriminar a ningún ciudadano permitiéndole que participe en los temas que desee. Publicar las consultas más comunes con sus respectivas respuestas y en forma sistematica.

Proyecto Estado, Regiones y Municipios Transparentes Kela León, Directora Ejecutiva, Consejo de la Prensa Peruana kelal@consejopp.org.pe David Álamo, Coordinador Proyecto Estado, Regiones y Municipios Transparentes lineadeacceso@consejopp.org.pe Línea de consultas y denuncias de Acceso a la Información Pública: 0800-1-0945 Consejo de la Prensa Peruana Calle Ignacio Merino 616, Miraflores, Lima, Perú Telefax: 51 1 4215293/ 4215295