LA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES:

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Transcripción de la presentación:

LA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES: UNIDAD 6. FOL LA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES: CONCEPTOS BASICOS

Ley de Prevención de Riesgos Laborales Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Riesgo laboral: la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar la gravedad de un riesgo, se valorarán la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo.

Prevención: conjunto de medidas adoptadas en la empresa con el fin de eliminar los riesgos derivados del trabajo. Protección: conjunto de medidas que tratan de disminuir los daños ocasionados durante el trabajo. Finalidad de ambas: tener puestos de trabajo seguros.

Ley de Prevención de Riesgos Laborales “Daños derivados del trabajo“: las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.

Ley de Prevención de Riesgos Laborales “Equipo de trabajo“: cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo. Pueden ser potencialmente peligrosos, por lo que han de revisarse periodicamente, y solo se utilizarán por trabajadores adiestrados. (ejemplo: gruas).

Ley de Prevención de Riesgos Laborales Se entenderán como procesos, actividades, operaciones, equipos o productos "potencialmente peligrosos" aquellos que, en ausencia de medidas preventivas específicas, originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan.

Ley de Prevención de Riesgos Laborales “Condición de trabajo" cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador. Abarcan entre otras: presencia de contaminantes, el ambiente social del trabajo, la seguridad de los equipos de trabajo, la carga de trabajo etc.

Ley de Prevención de Riesgos Laborales “Equipo de protección individual" cualquier equipo o accesorio destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo. El empresario tiene obligación de proporcionarlos a los empleados.

PILARES EN LA PRL Seguridad en el Trabajo Estudia las condiciones que pueden poner en peligro la salud de los trabajadores con el fin de eliminarlas o minimizarlas.

PILARES EN LA PRL Higiene industrial Descubre la presencia de contaminantes químicos, físicos y biológicos, los evalúa, y corrige su concentración para prevenir la generación de enfermedades. El fin último es evitar la aparición de enfermedades profesionales, ocasionadas con factores que tienen que ver con el entorno laboral.

PILARES EN LA PRL Ergonomía Pretende adecuar el puesto de trabajo al trabajador, buscando optimizar su eficacia, seguridad y confort. Medicina del trabajo: se encarga de la curación de enfermedades y accidentes.

PILARES EN LA PRL Psicosociología Aplicada Esta rama se ocupa de aquellos factores organizativos del trabajo que pueden afectar tanto al bienestar o salud del trabajador, como al desarrollo mismo de las tareas. Ejemplo: - Equipos y ambiente laboral - Concepción de las tareas del puesto - Carga y ritmo de trabajo - Programación del trabajo

Derechos de los trabajadores - Derecho de información: de riesgos y medidas. Específicos de su puesto de trabajo y generales del centro de trabajo. - Derecho a la formación: teórica y práctica, suficiente y adecuada. Centrada en las características de su puesto de trabajo

Derechos de los trabajadores Derecho de consulta: los trabajadores serán consultados en todas las cuestiones que afectan a su seguridad y salud en el trabajo. Derecho de participación: Los trabajadores podrán participar en todas las cuestiones que afecten a la seguridad y salud en el trabajo.

Derechos de los trabajadores Derecho a una protección específica: El trabajador tiene derecho a disponer de medidas de protección específicas, si sus características personales o del puesto de trabajo, le hacen sensible a determinados riesgos. Derecho a interrumpir la actividad: El trabajador podrá interrumpir su trabajo y/o abandonar la empresa, si considera que hay un riesgo grave e inminente para su salud.

Derechos de los trabajadores Derecho a la vigilancia de la salud: El trabajador podrá vigilar periódicamente su estado de salud, dependiendo de los riesgos inherentes a su puesto de trabajo (por medio por ejemplo de reconocimientos médicos).