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Transcripción de la presentación:

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abc Artículo 118: Se declaran exentos del pago de los derechos y tasas a las que se refiere la Ley Orgánica de Aduanas y sus reglamentos, que causen las importaciones temporales o definitivas de buques, los materiales, maquinarias, insumos y equipos destinados a la construcción, la reparación, la modificación o el desguace de buques realizados en astilleros, fábricas de embarcaciones, diques, varaderos y talleres navales; así mismo los equipos y maquinarias necesarios para la infraestructura de la industria naval los cuales deberán estar debidamente inscritos en el Registro de la Industria Naval Venezolana así como las maquinarias y equipos destinados directa- mente a la manipulación de cargas en los puertos, previa autoriza- ción del Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos. El reglamento respectivo regulará lo referente al contenido de este artículo. 2

abc Artículo 119: Se declaran exentos del Impuesto al Valor Agregado, la importación temporal o definitiva de buques, así como materias primas, accesorios, repuestos y equipos necesarios para la industria naval y de astilleros destinados directamente a la construcción, modificación y reparaciones mayores de buques. Igualmente las maquinarias y equipos portuarios destinados directamente a la manipulación de cargas. Artículo 120: Se concede a los titulares de los enriquecimientos derivados de las actividades del sector de la marina mercante, industria naval, puertos y marinas, y, en general, a todas las actividades inherentes y conexas al sector, una rebaja de Impuesto sobre la Renta equivalente al 75% del monto de las nuevas... 3

abc Artículo 120:... inversiones destinadas a la adquisición o arrendamiento de buques que estén inscritos en RENAVE, incluidos los costos de financiamiento, así como las inversiones realizadas en la adquisición de equipos, tecnologías, ampliaciones, mejoras y equipamientos y en la constitución de sociedades mercantiles o la adquisición de acciones en estas sociedades que sean titulares de los enriquecimientos referidos en el presente artículo, y las inversiones realizadas en la formación y capacitación de sus trabajadores, así como las derivadas de la conversión de deuda en inversión. Dichas rebajas sólo se concederán en aquellos ejercicios en los cuales hayan sido efectuadas las nuevas inversiones y podrán traspasarse a los ejercicios siguientes hasta por un total de 15 ejercicios. 4

abc Artículo 121: Se declaran exentos del pago del Impuesto a los Activos Empresariales, a los titulares de los enriquecimientos derivados de las actividades del sector de la marina mercante, industria naval, puertos y marinas, y, en general, a todas las actividades inherentes y conexas al sector. Artículo 122: El enriquecimiento global neto annual obtenido por los contribuyentes titulalres de los enriquecimientos derivados de las actividades del sector de la marina mercante, industria naval, puertos y marinas, y, en general, a todas las actividades inherentes y conexas al sector, se gravará con base a una tarifa preferencial expresada en unidades tributarias que para este sector establezca la Ley de Impuesto sobre la Renta. 5

abc Artículo 123: Los pagos por flete de buques inscritos en RENAVE, a personas jurídicas constituidas y domiciliadas en el país, no serán objeto de retención del Impuesto Sobre la Renta. 6

abc 7 Artículo 127: El Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros, en ejercicio de las facultades que le otorgan las leyes impositivas y aduaneras podrá otorgar exoneraciones totales o parciales de los tributos que causen las importaciones temporales o definitivas de buques, materiales, maquinarias, insumos, equipos, repuestos y demás accesorios relacionados con la actividad objeto de esta Ley, así como de los enriquecimientos derivados de las actividades de la marina mercante, industria naval, puertos y marinas y demás actividades inherentes y conexas al sector. Artículo 128: Se declaran exentos del pago del impuesto a los activos empresariales, los activos tangibles e intangibles, propiedad de los titulares de los enriquecimientos derivados de las actividades del sector de la marina mercante, industria naval, puertos y marinas.

abc El Ministerio de Infraestructura a la gente de mar Los incentivos fiscales y desgravámenes tributarios previstos en la Ley de Reactivación de la Marina Mercante mantienen su plena vigencia, ya que en ningún momento se prevé la derogación de dicha Ley; de acuerdo al Plan de Desarrollo del Sector Acuático el proceso de reactivación continuá con empeño y disposición para promover inversiones y con voluntad para alcanzar signos de desarrollo económico capaces de coadyuvar a la mejora de nuestros niveles de vida. La redacción del Artículo 127 de la Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos e Insulares (LOEA), lejos de desmejorar la intención de reactivación del sector, lo refuerza, al establecer la facultad presidencial de otorgar exoneraciones totales o parciales de tributos, además de las exenciones indicadas en la Ley de Reactivación, o procurando su mejora.... 8

abc El Ministerio de Infraestructura a la gente de mar … Está claro que el propio título de la Ley de Reactivación de la Marina Mercante, evidencia la temporalidad de la Ley, ya que se supone una vez reactivado el sector acuático, carecería de fundamento su aplicación. En cambio es de aspiración general que el propósito de la Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos mantenga su vigencia por una prolongada etapa de la vida nacional, y abra las puertas al Ejecutivo Nacional para el establecimiento de incentivos futuros (Art. 127 LOEA).... 9

abc Ley de Reactivación de la Marina Mercante Nacional Artículo 5: Se concede a los titulares de enriquecimientos derivados de la actividad en el sector de la marina mercante y de astilleros, una rebaja de Impuesto sobre la Renta equivalente al 75% del monto de las nuevas inversiones destinadas a la adquisición o arrendamiento de nuevos buques o accesorios de navegación, a la adquisición de nuevos equipos o nuevas tecnologías en materia de seguridad marítima, a la ampliación o mejoras y equipamiento de buques y accesorios de navegación existentes, a la constitución de sociedades mercantiles o adquisición de acciones en estas sociedades que sean titulares de los enriquecimientos antes descritos, y a la formación y capacitación de sus trabajadores

abc Ley de Reactivación de la Marina Mercante Nacional Artículo 5: … Las rebajas establecidas en este artículo sólo se concederán en aquellos ejerccios en los cuales hayan sido efectuadas las nuevas inversiones y podrán traspasarse a los ejercicios siguienes por el tiempo a que hace referencia el artículo 58 de la Ley de Impuesto sobre la Renta. Dichas rebajas procederán inclusive cuando se trate de conversión de deuda en inversión. 11

abc Tonelaje de Registro Bruto aumentó 120,82 porciento 12

abc Se nacionalizaron 536 nuevos Buques Buques nacionalizados a partir de la Ley de Reactivación de la Marina Mercante Junio Junio 2001 Petroleros ……………………………………...…….18 Pesqueros ……………………………...…………….06 Carga General ………………………… ……………12 Buques de Servicio (Lanchas/Remolcadores) ….. 25 Lanchas Deportivas y Recreacionales ………… Gabarras ……………………………………………..14 Total ………………………………………………

abc Se crearon 25 nuevas Agencias Navieras 14

abc nuevos empleos Empleos Directos.…… Empleos Indirectos … Total ………………… empleos generados por las Agencias Navieras Empleos generados a partir de la LRMM Junio Junio 2001 Empleos generados por las Agencias Navieras Junio Junio 2001 Empleos Directos.……. 90 Empleos Indirectos … Total ……………………

abc Proyección del Registro de Buques Toneladas AB 16