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RÉGIMEN ESPECIAL DE CAPITALIZACIÓN DE PYMES PROYECTO DEL PODER EJECUTIVO.

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Presentación del tema: "RÉGIMEN ESPECIAL DE CAPITALIZACIÓN DE PYMES PROYECTO DEL PODER EJECUTIVO."— Transcripción de la presentación:

1 RÉGIMEN ESPECIAL DE CAPITALIZACIÓN DE PYMES PROYECTO DEL PODER EJECUTIVO

2 SUJETOS BENEFICIADOS - Sociedades en General - Unipersonales Que califiquen como PyMES

3 Res.675/2002 - Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional Tipo de Empresa Agropecuario Industria y Minería ComercioServicios Microempresa$ 270.000$ 900.000$ 1.800.000$ 450.000 Pequeña$ 1.800.000$ 5.400.000$ 10.800.000$ 3.240.000 Mediana$ 10.800.000$ 43.200.000$ 86.400.000$ 21.600.000

4 Beneficio Compra Compra Construcción Construcción Fabricación Fabricación Elaboración Elaboración Importación Importación De bienes de Capital Bienes Muebles (no automóviles) Inmuebles Exención del Impuesto a las Ganancias de utilidades impositivas que se reinviertan en:

5 No podrán acceder Declarados en quiebras (salvo que exista continuidad de la explotación) Declarados en quiebras (salvo que exista continuidad de la explotación) Denunciados o querellados penalmente con requerimiento fiscal de elevación a juicio por ley penal tributaria o delitos con conexión con incumplimiento de obligaciones tributarias. Denunciados o querellados penalmente con requerimiento fiscal de elevación a juicio por ley penal tributaria o delitos con conexión con incumplimiento de obligaciones tributarias. Si ocurre con posterioridad: caducidad del régimen Si ocurre con posterioridad: caducidad del régimen Ajuste por inflación impositivo Ajuste por inflación impositivo Quienes hayan promovido acciones: Quienes hayan promovido acciones: desistir acciones y cargar costos y gastos desistir acciones y cargar costos y gastos el resto: renunciar a promover estas acciones el resto: renunciar a promover estas acciones

6 Aplicación Utilidades impositivas de 2 ejercicios fiscales con cierre posterior a vigencia del régimen Utilidades impositivas de 2 ejercicios fiscales con cierre posterior a vigencia del régimen Debe manifestarse dentro del plazo de presentación de DD.JJ., según reglamente la AFIP Debe manifestarse dentro del plazo de presentación de DD.JJ., según reglamente la AFIP Utilidad del 2º ejercicio puede usarse a reinversiones del anterior Utilidad del 2º ejercicio puede usarse a reinversiones del anterior Inciso b) y último párrafo del Art. 49 (L.I.G) : Inciso b) y último párrafo del Art. 49 (L.I.G) : El beneficio procede respecto del titular, socio o partícipe en la proporción de la materia imponible atribuible de acuerdo a su participación en el capital de dichos sujetos. El beneficio procede respecto del titular, socio o partícipe en la proporción de la materia imponible atribuible de acuerdo a su participación en el capital de dichos sujetos.

7 Condiciones Compra o importación: dentro de un año posterior al cierre del ejercicio al que corresponden utilidades Compra o importación: dentro de un año posterior al cierre del ejercicio al que corresponden utilidades Construcción, fabricación o elaboración: inicio dentro del año y finalización: Construcción, fabricación o elaboración: inicio dentro del año y finalización: muebles: 2 años muebles: 2 años inmuebles: 4 años inmuebles: 4 años Reinversión en inmuebles: Reinversión en inmuebles: adquisición adquisición terreno y construcción terreno y construcción construcción construcción mejora sobre inmueble ya adquirido mejora sobre inmueble ya adquirido

8 Proporción a mantener Solo para inversores mayores a $ 200.000 Solo para inversores mayores a $ 200.000 Durante 2 ejercicios siguientes mantener proporción entre bienes de uso y remuneraciones brutas igual o menor al del ejercicio al cual corresponden las utilidades que se reinvierten Durante 2 ejercicios siguientes mantener proporción entre bienes de uso y remuneraciones brutas igual o menor al del ejercicio al cual corresponden las utilidades que se reinvierten En período base podrá computar el valor de los bienes sin considerar las amortizaciones acumuladas. En período base podrá computar el valor de los bienes sin considerar las amortizaciones acumuladas.

9 Caducidad del beneficio TOTAL: TOTAL: no adquirir o importar los bienes no adquirir o importar los bienes no se iniciaran o concluyeran las obras en plazo previsto no se iniciaran o concluyeran las obras en plazo previsto no se mantenga proporción de remuneraciones no se mantenga proporción de remuneraciones PARCIAL: PARCIAL: por el monto no afectado a reinversión por el monto no afectado a reinversión

10 Efectos de Caducidad Ingresar impuesto y accesorios Ingresar impuesto y accesorios No D.O. No D.O. Simple intimación de pago Simple intimación de pago


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