PROF. JUAN CARLOS MARTÍNEZ ORTEGA CURSO “APLICACIÓN PRÁCTICA DE LOS PRINCIPIOS NOTARIALES” 5ª Lección LOS PRINCIPIOS DE INMEDIACIÓN Y OBLIGATORIEDAD EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PROF. JUAN CARLOS MARTÍNEZ ORTEGA
El principio de inmediación Exige que las personas que requieren los servicios del Notario estén ante él y en su presencia se expresen. Los empleados de Notarías, por muy cualificados que estén, no pueden suplir la presencia del Notario. El ejercicio de la función notarial es indelegable e intransferible.
Obligación de prestación del servicio El carácter de funcionario le condiciona e impone un régimen de servicio especial. No es un profesional libre. No puede negarse sin justa causa a actuar si ha sido requerido legítimamente. La prestación del servicio tiene carácter obligatorio. La atención es predicable con independencia de la cuantía, naturaleza y complejidad del requerimiento. Pondera el tiempo.
Denegación de la función notarial No puede negar sus funciones por razones de conciencia o moral individual Tienen que existir razones de peso. Estará habilitado si los actos que se pretenden autorizar son ilícitos. La denegación del Notario de cualquier actuación puede recurrirse, debiendo indicar por escrito los motivos y los recursos que pueden interponer.