Contratos del Gobierno del Estado y responsabilidad: tendencias jurisprudenciales Daniel Nallar Salta, octubre de 2009.

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Transcripción de la presentación:

Contratos del Gobierno del Estado y responsabilidad: tendencias jurisprudenciales Daniel Nallar Salta, octubre de 2009

1. La operatividad del orden jurídico mundial: lo peor es ignorarla

Respetar: no impedir ejercicio de derechos Proteger: evitar que terceros impidan Promover: facilitar medios para ejercerlos Garantizar: asegurar ejercicio

CSJN Lavado el Gobierno súbdito del orden internacional

La CS puede de oficio solicitar al PE informe de medidas adoptadas por disposición de CIDH Medidas de CIDH son obligatorias y su incumplimiento genera responsabilidad en el Gobierno y en sus funcionarios Si acto u omisión del PE puede generar responsabilidad internacional del Estado Argentino, la CS debe adoptar medidas para evitarla

CSJN 2007 Defensor del Pueblo de la Nación c. Estado Nacional

Ordena 1) Presupuesto y ejecución 2) Programas vigentes en detalle 3) Grado de ejecución 4) Proveer agua, alimentos y transporte

2. El control judicial proactivo ¿activismo o legalidad?

a. El primer llamado de atención El caso Massa: ¿emergencia o negligencia?

Habrá deber de reparar a aquellos que demostraren un sacrificio especial en su propiedad Pero… quién responde?

b. Segundo llamado de atención Golpe de timón: el funcionario y los eventos contractuales

C.S.J.N Sánchez, Granel - Dirección Nac. de Vialidad

Resolución unilateral lícita = resarcimiento Fuerza mayor = imposibilidad absoluta Inconvenientes de orden económico = culpa del Gobierno

C.S.J.N Estructuras Tafí - Tucumán

Deber de coherencia No es lícito hacer valer un derecho en contradicción con la anterior conducta Observar en el futuro la conducta que los actos anteriores hacían prever

C.S.J.N Laser Disc Argentina - Instituto Provincial de la Cultura de Mendoza

Inexistencia Validez y eficacia de contratos administrativos se supedita al cumplimiento de las formalidades exigidas en cuanto a la forma y procedimientos de contratación

Ante un contrato celebrado en disconformidad con las formas establecidas, el contratista carece de un interés jurídico tutelable

C.S.J.N Sapag – Dirección Provincial de Vialidad

Los hechos de los contratantes subsiguientes al convenio sirven para explicar la intención al tiempo de celebrarlo Si hubo error debe se tratado como negligencia culpable

C.S.J.N Maronese – I.PV. Actos propios y aislados

Principio de la confianza Deben castigarse duramente los actos incompatible con la confianza que el Gobierno del Estado suscitó en la otra parte

CSJN 2005 Junta Nacional de Granos c. Frigorífico La Estrella S.A.

La cláusula contractual que contradice regulaciones estatales anteriores a las que remite el propio acuerdo debe considerarse que no existe

Si una norma requiere incluir una cláusula en los contratos el contrato debe leerse como incluyéndola aunque no esté físicamente incorporada

CNCAF 2005 Maipú Inversora S.A. contra Empresa Ferrocarriles Argentinos

Acto ad referendum Es ineficaz hasta su aprobación por organismo superior Es ineludible la existencia del segundo para dar efectos a lo dispuesto o acordado en el primero

C.S.J.N Cardiocorp

No puede haber obligaciones derivadas de un "supuesto" contrato que, de existir, no responde a las fue formas preestablecidas

C.S.J.N Venturino Eshiur - Municipalidad de General Pueyrredón

El Juez debe analizar si se violaron disposiciones del pliego de bases y condiciones lo que torna nula la contratación ab initio

CNACAF 3º 2008 Estudio Consultor de Obras Públicas S.R.L v. Ejército Argentino

La transacción necesitaba el refrendo del Ministro, pero… la mora en la elevación y otras irregularidades demuestran el reconocimiento de la deuda

CSJN 2009 MANTYC S.R.L. c. Estado

Expresión de Dirección de Construcciones y los dictámenes contables y jurídicos sirven para considerar la deuda reconocida por el Gobierno del Estado

c. Tercer llamado de atención cada derecho ciudadano es un deber del funcionario

CSJN 2007 Banco Latinoamericano Sociedad Anónima c. Banco Central de la República Argentina

Las formas del procedimiento son requisitos que integran el concepto de juicio en sentido constitucional

El funcionario debe observar las formas legales y las impuestas por ppios de orden público administrativo o el acto es nulo

La imposibilidad de producir prueba de descargo viola el derecho de defensa

La omisión de fundar un acto administrativo viola derecho de defensa

La omisión de poveer en el plazo legal viola derecho de defensa

La negativa de otorgar vista de todas las actuaciones viola derecho de defensa

3. Funcionarios, agentes y asesores en el marco de las tendencias jurisprudenciales

Ley artículo 2º Negligencia en el ejercicio de la competencia falta reprimible con sanciones y responsabilidad civil, penal o política

Ley artículo 16º Órdenes manifiestamente ilegítimas en su forma o contenido deber y el derecho de desobediencia su cumplimiento no exime de responsabilidad

Ley artículo 29 AA no podrá contravenir constituciones y leyes sentencias judiciales actos administrativos reglamentos

Código Penal Art. 248: prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo el funcionario público que 1. dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales 2. ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes 3. no ejecutare leyes cuyo cumplimiento le incumbiere

Ley Art. 130 Funcionario o agente responde por daños económicos que por su dolo, culpa o negligencia en el ejercicio de sus funciones sufra el fisco

Cuarto llamado de atención la construcción del funcionario responsable

Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Sala 2º Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires s/ Amparo

Intima a PEP Convertir hospitales en entes descentralizados Iniciar dentro de las 24 horas y en 180 días

Informar identidad de los funcionarios responsables de llevar a cabo la tarea

Prever en próximo presupuesto partidas específicas para los hospitales en el rubro de entes descentralizados

Proveer inmediatamente insumos hospitalarios medicamentos cargos médicos auxiliares de medicina

Suministrar fondos suficientes para eficaz atención de las necesidades diarias y urgentes dentro de las veinticuatro horas de notificado el fallo

Remitir copias a la Fiscalía para investigación penal: 1. fallecimientos 2. omisión de reclamo al I.O.M.A. de facturas pendientes

CSJ Santa Fe 2005 Ch., G. E.

Se probó panorama desquiciado en cuanto a la organización, control y dirección del servicio

Fallas en recurso humano Falta de equipamiento básico Abandono y desatención

CamContAdmTrib Cdad. BsAs, Sala I 2007 Asesoría Tutelar Justicia Contenciosa c. Cdad de BsAS

Designar personal técnico y profesional Presentar esquema de planta de personal

Derivar pacientes a establecimientos públicos o privados Realizar obras de refuncionalización Informar cada 30 días