Contabilidad de Sociedades Licenciatura en Contaduría

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Transcripción de la presentación:

Contabilidad de Sociedades Licenciatura en Contaduría Universidad Autónoma del Estado de México Centro Universitario UAEM Valle de Chalco Contabilidad de Sociedades Licenciatura en Contaduría Periodo escolar: 2017B (Agosto 2017 – Enero 2018) “Sociedad en Nombre Colectivo” Material de apoyo visual proyectable Dra. en A.D. Verónica Loera Suárez Octubre 2017

Contenido Justificación Guía para su uso Definición de la Sociedad en Nombre Colectivo Características de la SNC Responsabilidad Subsidiaria Responsabilidad ilimitada Responsabilidad Solidaria Composición del capital Tipos de capital Desventajas de este tipo de sociedad Administración de la sociedad Asiento de apertura Percepciones alimenticias Socios industriales Presentación en el balance Conclusiones Bibliografía  

Justificación El presente material didáctico tiene la finalidad de facilitar a los estudiantes la comprensión del tema de uno de los tipos de sociedades que contempla la Ley General de Sociedades Mercantiles, que es la Sociedad en Nombre Colectivo, conociendo su concepto y características, así como el tratamiento contable, con la finalidad de identificar las ventajas y desventajas de su constitución; información que será de utilidad al momento de proporcionar asesoría a las personas que les interese constituirse como sociedad mercantil.

Guía para su uso La estructura del material esta diseñada de forma que facilite al estudiante el abordar y comprender los temas. Se inicia mencionando el concepto de este tipo de sociedad, así como sus características, para posteriormente resaltar las desventajas de este tipo de sociedad. También se contempla información sobre el tratamiento contable respecto a los asientos de apertura, así como los que corresponden a las aportaciones alimentarias y al apoyo que se puede otorgar a los accionistas encargados de la administración de la sociedad.

SOCIEDAD DE NOMBRE COLECTIVO

SOCIEDADES EN NOMBRE COLECTIVO Es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden, de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.

CARACTERÍSTICAS ESENCIALES Responsabilidad ilimitada, solidaria y subsidiaria de todos los socios.  Debe de tener cuando menos dos socios, no hay un número máximo. Su razón social se compone por los nombres de todos los socios, o de alguno de ellos, seguido solamente de las palabras "y compañía" u otras equivalentes. Todos los socios deben estar de acuerdo para hacer una modificación del contrato social, a menos que se haya pactado que basta el acuerdo de la mayoría. tener una reserva que consiste en ahorrar el 5% de las utilidades obtenidas cada año, hasta llegar a la suma de la quinta parte del capital social.

Responsabilidad subsidiaria Significa que no puede exigirse individualmente a los socios el pago de alguna obligación social, sin antes haber ejercido acción en contra de la persona moral; es decir, los bienes particulares de los socios no podrán ser ejecutados para el pago de las obligaciones que la sociedad contrajo, sino después de agotar el recurso en contra de ella.

Responsabilidad ilimitada Los socios responden hasta con sus bienes personales del pago de las deudas y el cumplimiento de las obligaciones sociales

Responsabilidad solidaria Consiste en que un socio, individualmente puede ser sentenciado a responder por las obligaciones que la sociedad no cumplió y que correspondería absorber a todos los socios. Por este tipo de responsabilidad uno responde por todos.

¿QUÉ MODALIDADES PUEDE ADOPTAR LA SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO? ¿CÓMO SE COMPONE EL CAPITAL? Por aportaciones de cada uno de los socios las cuales pueden ser en dinero, bienes o trabajo. Se conocen como partes sociales. ¿QUÉ MODALIDADES PUEDE ADOPTAR LA SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO? 1 S. en N.C. Sociedad en nombre colectivo LGSM Arts. 25-50. 2 S. en N.C. de C.V. Sociedad en nombre colectivo de capital variable LGSM Arts. 1, 25-50.

Tipos de capital

Capital suscrito Capital exhibido Hace referencia al valor de todas acciones adquiridas, con independencia de que hayan sido pagadas o no, pero que poseen el compromiso del accionista. Capital exhibido Es aquél que se habían comprometido a aportar los socios o accionistas, y ha sido pagado, ya sea en efectivo o en bienes.

Desventajas de este tipo de sociedad El hecho de que a cada socio se le puede hacer responsable por todas las deudas de la sociedad. Cualquier socio puede comprometer a la sociedad al celebrar contratos en el curso ordinario de los negocios

Administración de la sociedad La sociedad será administrada por todos los socios individual o conjuntamente, salvo que en la escritura se señale que un socio o socios deben administrarla. También puede ser administrada por personas ajenas a la sociedad

* Aportaciones inmediatas Asiento de Apertura * Aportaciones inmediatas Cuenta D H Caja, Bancos o diversas cuentas de activo $ XXX.XX Capital social $XXX.XX SR. “X” SR. “Y” SR. “Z” Por el capital suscrito y exhibido, en al fecha de constitución de la sociedad

* Aportación mediatas Por el importe de capital suscrito Cuenta D H Aportaciones $XXX.XX SR. “X” SR. “Y” SR. “Z” Capital social SR. “Z” Por el importe de capital suscrito

Por el importe de exhibición Cuenta D H Caja, Bancos o diversas cuentas de activo $ XXX.XX Aportaciones $XXX.XX SR. “X” SR. “Y” SR. “Z”

Ejercicio Se constituye la sociedad en nombre colectivo, A, B y C, con un capital de $120,000.00 suscrito y exhibido como sigue: Socio A Suscribe $50,000.00 de capital que paga en efectivo Socio B Suscribe $20,000.00 de capital. Entrega un equipo de computo por $10,000.00 que tiene una depreciación acumulada de $3,000.00, entrega un documento por cobrar por $3,000.00 que vence en tres meses, el resto lo queda a deber.

Ejercicio Socio C Suscribe $50,000.00 de capital que paga con su negocio según el siguiente balance: Concepto Importe Caja $5,000.00 Documentos por cobrar $10,000.00 Clientes $12,000.00 Provisión para cuentas incobrables $2,000.00 Mobiliario y equipo $15,000.00 Depreciación acumulada Maquinaria y Equipo $20,000.00 $8,000.00 Gastos de instalación $6,000.00 Amortización acumulada $3,000.00

Registro del capital suscrito y social Se contabiliza el capital suscrito Concepto Parcial Debe Haber 1 Aportaciones $120,000.00 Socio A $50,000.00 Socio B $20,000.00 Socio C Capital social Registro del capital suscrito y social

Registro del capital exhibido Concepto Parcial Debe Haber 1 Caja $55,000.00 Documentos x cobrar $13,000.00 Clientes $12,000.00 Mobiliario y equipo $15,000.00 Equipo de cómputo $10,000.00 Maquinaria y equipo $20,000.00 Gastos de instalación $6,000.00 Depreciación acumulada de mobiliario $5,000.00 Depreciación acumulada de cómputo $3,000.00 Provisión para clientes $2,000.00 Depreciación acumulada de maquinaria y equipo $8,000.00 Amortización acumulada de gastos de instalación Aportaciones $110,000.00 Socio A $50,000.00 Socio B Socio C Se contabiliza el capital exhibido Registro del capital exhibido

Percepciones alimenticias Los socios capitalistas que dirijan y administren la marcha de la entidad, tendrán derecho a que se les asigne un sueldo que será fijado por la asamblea general. Esta remuneración es independiente a la participación en el reparto de las utilidades a que tienen derecho como socios. Este sueldo se carga a la cuenta de gastos de administración

Ejemplo A Jorge Duran socio capitalista administrativo, por acuerdo mayoritario de los socios se le ha asignado $6000.00 por concepto de alimentos, se expide un cheque a cargo de bancomer. Gastos de administración $6,000.00 Bancos $6,000.00 Bancomer X

Socios industriales Los socios industriales que aportan su trabajo tienen derecho a participar en el reparto de utilidades. ¿De que viven los socios industriales? De su trabajo, por lo tanto se fijan cantidades periódicas que podrán retirar como “percepciones para alimentos” a cuenta de las utilidades a que tienen derecho.

Si al determinar y distribuir las utilidades que les correspondan al finalizar el ejercicio estas son insuficientes o el ejercicio arroja pérdida, los socios industriales no tendrán la obligación de reintegrar las cantidades que recibieron por alimentos(art. 49 LGSM)

Ejemplo Si el socio industrial retira la percepción asignada se carga la cuenta de “percepciones” y se abona la cuenta de caja o bancos. Mario Ledezma socio industrial retira su percepción mensual por concepto de alimentos por la cantidad de $6,000.00 Percepciones $6,000.00 Alimentos Bancos $6,000.00 Bancomer X

Al finalizar el ejercicio El saldo deudor de la cuenta de percepciones se ajustara contra la cuenta de resultados del ejercicio. Resultado del ejercicio $6,000.00 Percepciones $6,000.00

Presentación en el balance En el balance general, al finalizar el ejercicio, la cuenta de percepciones se presenta disminuyendo las utilidades o aumentando la pérdida. Ejemplo: Resultado del ejercicio (utilidad) $100,000.00 Resultado del ejercicio (pérdida) $60,000.00 Menos Cuenta de percepciones $2,000.00 Más Total $98,000.00 $62,000.00

Conclusiones Cada tipo de sociedad contemplada en la Ley General de Sociedades Mercantiles tiene ventajas y desventajas, por lo que es necesario conocer las implicaciones de cada tipo de sociedad, con la finalidad de proporcionar asesoría adecuada a las personas que la necesiten y soliciten los servicios profesionales del Licenciado en Contaduría. En el caso de la Sociedad en Nombre Colectivo se observó una desventaja importante derivada de la responsabilidad Subsidiaria, Ilimitada y Solidaria que asumen los socios.

Bibliografía 1.- Ley General de Sociedades Mercantiles 2.-Jesús García Hernández. Contabilidad de sociedades. Ed. Trillas 3.- Ángel David Guillen, Daniel López Aguilar. De emprendedor a empresario. Grupo editorial Patria