IMPUESTO PREDIAL Y DERECHOS POR SUMINISTRO DE AGUA

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO ESCUELA SUPERIOR DE ZIMAPÁN Licenciatura en Contaduría Tema: Ley de coordinación Fiscal L.C. Beatriz Caballero.
Advertisements

Vivir mejor ¡En Coahuila sí es posible!. PARTICIPACIÓN Y CONTRALORÍA SOCIAL PLATAFORMA ESTATAL DEL REGISTRO DE LOS CONSEJOS ESCOLARES DE PARTICIPACIÓN.
La Sostenibilidad de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento Junio 2016.
LOS METODOS DE PAGO EN LOS CFDI (FACTURAS) A PARTIR DEL 15 DE JULIO DE 2016.
COMISIÓN ESTATAL DE MEJORA REGULATORIA. La Comisión Estatal de Mejora Regulatoria es un organismo público desconcentrado de la Secretaría de Economía,
OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION OFICINA DE CONTABILIDAD Y CONTROL PREVIO COORDINACION DE CONTROL PREVIO DIRECTIVA N° MINEDU/SG-OGA RESOLUCION.
LEY DEL INFONAVIT. ARTICULO 123 Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estará obligada, según lo determinen las.
Programa de Regularización de Construcciones
Obligados a relacionarse a través de medios electrónicos
Comprobantes Fiscales
PROYECTO DE ACUERDO Napoleón De la Rosa Peinado
TIPOS DE PERSONAS MORALES
Informe de la Hacienda Pública Municipal.
Complemento de Recepción de Pagos
REFORMAS.
RÉGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
Portal de Recepción y Validación de Facturas Electrónicas
Contratación e Instalación del Servicio de Agua y Drenaje Sanitario.
Ingresos gravados por premios
“AFECTACIONES FORTAMUN” Victoria y Romita
SOLICITUD DE PERMISO DE RÉGIMEN EN CONDOMINIO
Informe de la Hacienda Pública Municipal.
Prácticas indebidas en el proceso de facturación
Modernización y Tendencias de Fiscalización
Subcontratación laboral
Emisión de notas de crédito (factura de egresos)
Materia: Contabilidad y gestión administrativa Infocab:
SECRETARIA DE FISCALIZACIÓN
“AFECTACIONES FORTAMUN” Tarimoro
“AFECTACIONES FORTAMUN” MOROLEÓN PURISIMA DEL RINCON SAN DIEGO DE LA UNION SAN FRANCISCO DEL RINCON Abril, 2016.
MUNICIPIO DE URUAPAN Cuenta Pública Anual 2016
“AFECTACIONES FORTAMUN” JERÉCUARO
Fiscalización Electrónica
“AFECTACIONES FORTAMUN” SAN DIEGO DE LA UNION SAN FRANCISCO DEL RINCON
Comité Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Salamanca, Gto.
Licenciatura en Contaduría Tema: Ley de Coordinación Fiscal
Junio 2006 Comprobantes de venta y retención. QUE ES EL SISTEMA DE FACTURACIÓN ? Aplicación Informática que permite al SRI entregar a los contribuyentes.
“AFECTACIONES FORTAMUN” Yuriria y León
Fiscalización Electrónica
“AFECTACIONES FORTAMUN” COMONFORT JARAL DEL PROGRESO SAN MIGUEL ALLENDE SAN FELIPE SALVATIERRA Marzo, 2016.
I. Tipo: Trámite II. Clave : T48-DPC-PIPC
Solicitud de Autorización de Uso y Ocupación de la Construcción
DEVOLUCIONES DE SALDOS A FAVOR
Unidad 2. Calculo de Impuestos. 2
PARTICIPACIONES Y APORTACIONES FEDERALES
S. A. C. P. I. Dirección de Catastro
PERSONAS FÍSICAS CON ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES
Emisión de notas de crédito (factura de egresos)
Uso del comprobante de recibo de pagos
¿Cómo administramos los recursos económicos?
Emisión del recibo de pagos
REFORMAS EN MATERIA DE COMBATE A LA CORRUPCIÓN
Objetivo. Dar a conocer las nuevas disposiciones y procedimientos correctos para mantener actualizado el inventario de bienes muebles (equipo de cómputo,
APLICACIÓN DE ENCUESTAS
COMITÉ DE ASUNTOS LABORALES 2017 LAB-TWITTER NO.1
Recomendaciones para el cierre
CENA SOBRE FINANZAS PÚBLICAS SUBNACIONALES
Normatividad Aplicable a la Contraloría Social
RÉGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
Capacitación para enlaces de Transparencia del Ayto. de Tepic.
PANEL 4 RAMO 28 Y 33 Naturaleza Realidades Propuestas
Becas y otros apoyos económicos
CAPACITACIÓN CONTRALORÍA SOCIAL.
Consulta de Facturas C.F.D.I. y Empresas de Papel
APOYOS A LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA: 
Proveedor de Certificación de Recepción de Documentos Digitales
GASTO PÚBLICO Y RENDICIÓN DE CUENTAS
Antecedentes de la Factura electrónica en México ● En 2014 desaparece el esquema de emisión de factura electrónica por medios propios y la opción del.
Publicación de Información Fundamental (Obligaciones de Transparencia)
CAPACITACIÓN DEL : PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE PRODEP UTTECAM.
Transcripción de la presentación:

IMPUESTO PREDIAL Y DERECHOS POR SUMINISTRO DE AGUA D i r e c c i ó n G e n e r a l d e R e c a u d a c i ó n IMPUESTO PREDIAL Y DERECHOS POR SUMINISTRO DE AGUA 2018 Secretaría de Finanzas Públicas Subsecretaría de Ingresos

Derechos por suministro de agua: Impuesto predial: Derechos por suministro de agua: Es un impuesto que cobran los municipios y que debe pagar cualquier persona que sea dueña de una propiedad, sin importar el uso que se le dé, ya sea habitacional, comercial, industrial, ejidal o agrícola. Es un derecho que cobran los municipios y que debe pagar toda persona que tiene derecho al acceso, la disposición y el saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.

Marco legal: Impuesto predial: Ley de Hacienda para los Municipios. Actas de cabildo. Ley de Ingresos de los municipios. Derechos por suministro de agua: Actas de asamblea. Ley de Ingresos de los municipios. Ley Estatal de Agua y Alcantarillado del Estado de Hidalgo. Ley de Hacienda para los Municipios.

Ingresos Municipales Propios

Recaudación Impuesto Predial 2012 -2017 Incremento 81 % $ 238,631,643.49

Derechos por Suministro de Agua 2012 -2017 Incremento 53 % $326,264,213.64

El gran reto de la Recaudación Municipal 2018 = 2017 +15 %

¿Por qué es importante la recaudación de agua y predial? FONDO GENERAL DE PARTICIPACIONES (FGP) PIBE y número de habitantes (INEGI); recaudación de Impuestos y Derechos Locales (Cuenta Pública Estatal, formatos y cuestionarios proporcionados por las entidades federativas) y; recaudación del Impuesto Predial y de los Derechos por Suministro de Agua (formatos y cuestionarios proporcionados por las entidades federativas); FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL (FFM) Recaudación del Impuesto Predial y de los Derechos por Suministro de Agua (formatos y cuestionarios proporcionados por las entidades federativas) y; el número de habitantes (INEGI). FONDO DE FISCALIZACIÓN Y RECAUDACIÓN DE LOS MUNICIPIOS (FOFIR) Recaudación de Impuestos y Derechos Locales (incluyendo Predial y Agua) (Cuenta Pública Estatal e información proporcionada por las entidades federativas); Cifras Virtuales (SAT); Valor de la Mercancía Embargada (SAT); Participaciones Federales (SHCP); número de habitantes y PIBE (INEGI).

Proceso de validación de cifras del Impuesto Predial y Derechos de Agua: Entrega a la UCEF - SHCP de las cifras de recaudación de impuesto predial y derechos de agua, con evidencias respectivas. Revisión y validación de cifras de recaudación del impuesto predial y derechos de agua. (1ª Etapa) (Diez días posteriores a la entrega) Solicitud de información adicional a las entidades federativas. (15 días hábiles posteriores a que se le notifique) Consolidación de Cifras de Recaudación del Impuesto Predial y Derechos por Suministro de Agua. (Junio de 2018) Comparecencia del Titular del Órgano Hacendario de la Entidad o el funcionario público designado, para aclaraciones respecto a la recaudación de predial y agua. (Fecha que se le convoque) Revisión realizada por el Comité de Vigilancia del Sistema de Participaciones de la Comisión permanente de Funcionarios Fiscales.

¿Qué se considera en Agua? Los derechos por el suministro de agua serán los efectivamente pagados, independientemente del ejercicio fiscal en que se hayan causado por su consumo, drenaje, alcantarillado, recargos, multas, gastos de ejecución, conexiones, reconexiones, intereses no bancarios e indemnizaciones. Se excluyen: Las contribuciones adicionales o cualquier otro concepto distinto que recaigan sobre el mismo. A la cantidad pagada se descontarán las devoluciones que se hayan efectuado por cualquier título o motivo. Regla 12, fracción II de las Reglas de Validación

¿Qué se considera en Predial? El impuesto predial será la cantidad efectivamente pagada en la entidad en el año de calendario de que se trate, independientemente del ejercicio fiscal en que se haya causado, así como los recargos, multas, gastos de ejecución, intereses no bancarios e indemnizaciones que se apliquen en relación con este impuesto. Se excluyen: Las contribuciones adicionales o cualquier otro concepto distinto que recaigan sobre el mismo. A la cantidad pagada se descontarán las devoluciones que se hayan efectuado por cualquier título o motivo. Regla 12, fracción I de las Reglas de Validación

¿Qué justifica el incremento en la recaudación? 1) Modificaciones a la Normatividad Aplicable 2) Esfuerzos Administrativos 3) Incremento en el Universo de Contribuyentes

? Problemática Cifras reportadas no cuadran con balanza. En balanza engloban la recaudación de varios conceptos en uno solo. No hay como identificar los importes de descuentos. Los cobras no corresponden a lo publicado en Ley de Ingresos. Se aplican descuentos sin acta de cabildo. El sistema que operan no les permite exportar la información. Tablas de valores desactualizadas o Inexistentes No se implementan mecanismos de cobro coactivo. ?

Problemática No hay clasificación de tomas (Domésticas, comerciales, industriales y públicas), ni de cuentas (Urbano, rústico, ejidal, agrícola e industrial). Falta de recibos del año actual y anterior, así como evidencia fotográfica de las acciones. Los recibos no desglosan los descuentos aplicados. No existen penalización por ausencia de pago de los servicios. No conocen sus cifras del año anterior, cuando se debe de integrar información de 5 años a la fecha. No saben si lo que están reportando es el importe neto o el importe bruto. ?

IMPORTE NETO de la recaudación es: Únicamente flujo de efectivo percibido, excluyendo los descuentos, subsidios, subvenciones o bonificaciones.

Justificar los descuentos para el incremento obtenido con: Recibos donde se reflejen cada uno de los descuentos aplicados. Evidencia de campañas de descuentos. Actas de cabildo. Copias de credencial de elector para adultos mayores (INSEN).

Información que deberán integrar y cuantificar en predial: Padrón de contribuyentes clasificado por cuenta (urbanos, rústicos, ejidales e industriales). Integración de pagos recibidos en el año, desglosados por impuesto predial, descuentos, recargos, rezagos, etc. Recibos de pago del año actual y anterior (en caso de incremento en cuota o actualización de valores catastrales). Cuantificación de predios nuevos y su impacto en la recaudación. Creación de nuevos fraccionamientos. Recibos de montos significativos.

Información que deberán integrar y cuantificar en predial: Publicidad (lonas, trípticos, perifoneo, audios, publicación en revistas, periódicos y/o redes sociales, etc.) Facturas de pago por concepto de publicidad. Licencias de construcción, avalúos, traslados de dominio, dictámenes de uso de suelo, inspecciones, regularización de construcciones, unificación de predios y actualización de valores fiscales. Notificaciones, cartas invitación, oficios a delegados y convenios de pago.

Información que deberán integrar y cuantificar en agua: Padrón de usuarios clasificando las tomas por cuenta y monto recaudado, con medidor y sin medidor (uso domestico, comercial e industrial). Cuantificación de tomas nuevas y su impacto en la recaudación. Relación completa de pagos recibidos en el año, y desglosados en consumo de agua, descuentos, recargos, rezagos, multas, etc. Recibos de pago del año actual y anterior (en caso de incremento en cuota). Recibos con montos significativos.

Información que deberán integrar y cuantificar en agua: Publicidad (lonas, trípticos, audios, revistas, etc.) Notificaciones, convenios de pago, oficios a delegados, relación de bajas, conexiones y reconexiones. Tomas nuevas, ampliación en redes de conducción. Detección de tomas clandestinas, actas circunstanciadas, orden de Inspección, visitas domiciliarias para detección de irregularidades (fugas de agua, reubicación de medidores, desazolves de drenaje, roturas, reposición de pavimento y rebacheo).

Sugerencias en caso de tener un software administrativo para el cobro: Permitir exportar la información a Excel. Conservar copia de recibos de cobro emitidos. Desglosar en el recibo los descuentos aplicados en impuesto, recargos y rezagos.

Entrega de Información Se instrumentará una plataforma web, para que los Ayuntamientos y los Organismos Operadores de suministro de Agua Potable, ingresen de manera ordenada y programada la información de su recaudación. Oficio para solicitar la designación de un enlace con conocimiento de la recaudación y con poder de decisión. Asignación de Usuario y Contraseña. Capacitación sobre la Plataforma. Retroalimentación durante la Captura.

Entrega de Información

Entrega de Información

Entrega de Información

RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL Dirección General de Recaudación RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL 2018 Secretaría de Finanzas Públicas Subsecretaría de Ingresos

Históricos El desarrollo de actividades económicas en la informalidad representa una barrera importante para el desarrollo de la sociedad y para el crecimiento de la productividad. El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), proporciona servicios de incorporación a la formalidad de aquellas unidades económicas que están en la informalidad fiscal, actualizar los datos del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de aquellas que ya son formales. El Programa Operativo Anual del Régimen de Incorporación Fiscal (POA RIF) 2018 en contexto de las atribuciones que se desprenden de los anexos 5 y 19 del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Hidalgo. El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), en el ejercicio fiscal 2014 sustituyo al Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS).

Subprogramas P O A R I F 2 1 8

Coordinación con Municipios RFC Coordinación con Municipios Acción Beneficio Invitar a los Municipios del Estado, para que incluyan como requisito obligatorio la presentación de la Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), para aquellos ciudadanos que soliciten trámites municipales relacionados con el desempeño de una actividad económica (Licencias de Funcionamiento). Reducción de informalidad. Control del padrón Municipal de contribuyentes. Mayor recaudación.

Beneficios Seguridad Social (IMSS). Créditos para vivienda (INFONAVIT). Créditos hasta de $300,000. (NAFIN) (FONACOT). Apoyos para emprendedores de $12,000.00. (INADEM). Seguros de vida. No pagas el 100% de impuestos.

Dirección General de Recaudación ISR PARTICIPABLE Y TIMBRADO NÓMINA 2018 Secretaría de Finanzas Públicas Subsecretaría de Ingresos

Fundamento Legal Existe la obligación de efectuar retenciones y enteros mensuales por conceptos de ingresos por salarios y en general por la prestación de servicio personal subordinado para todos los que realicen pagos por este concepto (Articulo 96 LISR). Derivado de la Reforma Fiscal, se hace obligatoria la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales de Nómina CFDI (Artículo 99 fracción. III LISR y 29 CFF). Se integra al comprobante de nómina, la identificación del origen de los recursos con los que pagan los sueldos o salarios y se hace 100% participable la recaudación de este impuesto al Estado y sus Municipios, que efectivamente enteren a la Federación con cargo a sus Recursos Propios (Artículo 3-B de LCF y sus Reglas de Operación). 2014 2015

Sistema de Notificaciones ISR (SISR) Se creo con finalidad de acortar tiempos y simplificar el envío de la información conciliada y proporcionada por el Sistema de Administración Tributaria (SAT), relativa al Impuesto Sobre la Renta por Retenciones a Sueldos y Salarios o Asimilados. Mensualmente la información es cargada al sistema y se notifica a través de correo electrónico a los enlaces que fueron designados por los entes públicos en su debido tiempo. Para el acceso al sistema, se proporciono a los Municipios y sus Organismos una clave y contraseña. La liga para acceder al SISR es: sif.hidalgo.gob.mx

Resguardo de Usuario y Contraseña sif.hidalgo.gob.mx Resguardo de Usuario y Contraseña

Criterios de validación Se consideran únicamente las cantidades efectivamente pagadas en la declaración. Los importes pagados por conceptos de actualización y recargos, no se consideran participables. Si la suma del ISR retenido de los CFDI no debe ser mayor al “impuesto a cargo” manifestado en la declaración. La cantidad participable será hasta por el monto del ISR retenido de los pagos realizados con ingresos locales. Se descuenta del importe efectivamente pagado en la declaración, la cantidad pagada con recursos federales. En ningún caso será participable una cantidad mayor efectivamente pagada.

Datos de interés En caso de omitir la presentación del CFDI de nómina, o de inconsistencia en los mismos, la liberación de las participaciones por parte de la UCEF, se efectuara hasta que se hayan corregido las inconsistencias o subsanado las omisiones. La Subsecretaría de Ingresos es enlace para entregar a los Entes la información Validada por SAT y en su caso apoyo para su interpretación La Subsecretaría de Egresos a través de su Dirección de Fortalecimiento Municipal es la encargada de la dispersión de los recursos validados por SAT El enlace entre UCEF- SAT y Entes Públicos será la Entidad Federativa, a través de la Subsecretaría de Ingresos

Contacto Dra. Delia Jessica Blancas Hidalgo Secretaria de Finanzas Públicas L.D. y M.D.F. Adalid Aldana Rodríguez Subsecretaria de Ingresos Vicente Segura 206 Altos, Col. Periodistas Pachuca de Soto Hidalgo Tel. 771 713 31 66 771 717 60 600 Ext. 2409 Lic. Jorge Daniel Escamilla Director General de Recaudación jorgedaniel@hidalgo.gob.mx