Boletín Nº 11.986-01 Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor Ossandón y señora Aravena, que establece la obligación.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
ANDRES MOLINA DIEGO CASTELLANOS ANGELICA ORTIZ ANDREA OJEDA
Advertisements

Laura Catalina Velasco Sindy Katherine Getial
Reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los aceites y grasas de origen vegetal o animal.
Leche en Polvo. Leche en polvo Leche pasteurizada y deshidratada Se obtiene a partir de la extracción de agua de la leche fluida a través de distintos.
DESTILERÍAS AREHUCAS S.A.  Samuel  Saulo  J.Antonio  Misael IES Bañaderos 1º Bachillerato B CCMC.
Análisis del mercado nacional de la leche Santiago 13 de junio, 2016 Horacio Carrasco H. Presidente.
Prof. Jonathan Lujan Gutiérrez
Introducción a la Tecnología de Productos Lácteos M en C. SHIRLEY ORDOÑEZ MENDOZA.
BLUE PEACE. EL AGUA EN EL MUNDO 97.5% del mundo es agua salada. Si toda el agua del mundo estuviera dentro de una cubeta, solo una cucharada seria el.
“Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático” Profesora: Lic. July Risco Ucharima. Curso: Tecnología y producción alimentaria.
Hoy 5 de junio se celebra en todo el mundo el Día Mundial del Medio Ambiente 2013, una fecha reconocida por la ONU y que en este año tiene como lema "Piensa.
Protección de los consumidores en los alimentos Abog. Alexander Joao Peñaloza M.
El cuidado del agua El cuidado del agua Paula, Candela y Sebastián 5º”A”
NOMENCLATURA Y COMPRAVENTA INTERNACIONAL Secretaría General ALADI.
ETIQUETEADO. ¿QUÉ ES UNA ETIQUETA? La utilidad de la etiqueta, es conocer la identidad de los productos y asegurar la calidad en ellos. El etiquetado.
“Evaluación del vínculo entre los sistemas productivos y el uso del agua en el Paraguay en un contexto de cambio climático” Reunión de trabajo 22 de junio.
CARACTERISTICAS DE LAS CONSERVAS
Ofertas de productos industriales
“Los recursos, los desechos y su clasificación”.
UNIDAD IV: INGENIERÍA INDUSTRIAL DE LA LECHE.
INGENIERÍA INDUSTRIAL DE LA LECHE
Unidad: Comunicación y Distribución
Unidad VI: PREPARADOS LÁCTEOS: MANTEQUILLA , CREMA Y HELADOS
ALIMENTOS GRASOS II OBTENCIÓN DE ACEITES
DIPLOMA en PLANIFICACIÓN y GESTIÓN TRIBUTARIA
Mercado de la leche, comercio exterior y perspectivas.
Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA)
EL57C Taller de Diseño en Sistemas de Potencia I
CASO DE ESTUDIO EMPRESA ASERRA LTDA.
Propiedades de la materia
La diversidad de la materia
Los residuos que generamos son un reflejo de las formas de producción y consumo de las sociedades en que vivimos, por lo cual su gestión debe adecuarse.
SUNAT RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA Y SUSPENSIÓN DE RETENCIONES Y/O PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA.
ALIMENTOS GRASOS II OBTENCIÓN DE ACEITES
Ponente: Francisco Cárdenas Guerrero.
22 de Marzo Día Mundial del Agua
UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS
Descripción del producto e identificación del uso final Pasos segundo y tercero CAPÍTULO 3 Mod. 4 Código Internacional Recomendado de Prácticas – Principios.
LUIS CHINGAL LUIS DARÍO LÓPEZ LUZ DARY MEDICIS MAYRA VILLARREAL MANUEL JARAMILLO Septiembre 2017.
REPUBLICA DE CHILE MINISTERIO DE SALUD
TIPOS DE DIETAS..
Matriz de Insumo-Producto
SISTEMAS DE PRODUCCIÓN.
Ventajas y Desventajas de la posición de Argentina
Ley federal de instituciones y procedimientos electorales
El uso de energía en chile
Sistema de Control de Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria
PRÁCTICA #2: Procesos Agroindustriales: Producción de Queso
VIVIENDA PREFABRICADA O INDUSTRIALIZADA.
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO INSTITUCIONAL PARA AJUSTE DE COSTOS
La información nutricional para el consumidor en nuestros envases
PROYECTO FECIC CARNES ALTERNATIVAS CARNES ALTERNATIVAS PROYECTO FECIC
Control de suministros y residuos en la zona de catástrofe
Bioquímica de Alimentos
PREGUNTAS ¿Qué tipos de recursos naturales podemos encontrar en el sector primario? Explica  Productos naturales : son aquellos que no necesitan ningún.
Sebastián Ganderats F. Ms. Ingeniero Agrónomo Gerente General
Gestión de residuos de medicamentos
Rubro: FICHA TÉCNICA No. _______________
Blanca Beatriz Estefany Uriel Ortega Camacho
Desde 1981, por las farmacias independientes de Chile
Descripción del producto e identificación del uso final Pasos segundo y tercero CAPÍTULO 3 Mod. 4 Código Internacional Recomendado de Prácticas – Principios.
ALIMENTOS GRASOS I ANÁLISIS DE ACEITES
CALIDAD DE LOS ALIMENTOS DEFINICIONES
Rotulación de alimentos envasados de Argentina
VERIFICACIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS
CALIDAD DE LA INGENIERÍA, DIAGNÓSTICOS E IDEAS PARA UNA NUEVA AGENDA
INSTALACIONES ELECTRICAS II
Política de Estado para la Producción
MEDIDAS NO ARANCELARIAS APLICADAS A LA IMPORTACIÓN DE MERCANCÍAS
11 de junio,2019 Stefan Larenas Presidente de ODECU
Transcripción de la presentación:

Boletín Nº 11.986-01 Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor Ossandón y señora Aravena, que establece la obligación de etiquetar en los envases el origen y el tipo de la leche y otros productos lácteos. Eduardo Schwerter A. Presidente Santiago 03 de septiembre, 2018

Fedeleche valora la preocupación del Senado por esta materia. Necesidad planteada por el Gremio Lechero desde hace más de 15 años. Fundamental que el consumidor sepa qué es, qué tiene y cómo se elaboró lo que está comprando y consumiendo. Amplio apoyo a esta iniciativa. Sólo representantes del sector industrial se oponen.

cteo Nacional

Los 830 millones de litros importados el año 2017 corresponden a: 1.672 lecherías. 5.814 empleos directos. 87% de la producción de la región de Los Lagos del año 2017. 1,3 veces la producción de Los Ríos del año 2017. 41% de la recepción nacional informada por el Ministerio de Agricultura. 33% del consumo nacional de productos lácteos.

Boletín Nº 11.986-01 Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor Ossandón y señora Aravena, que establece la obligación de etiquetar en los envases el origen y el tipo de la leche y otros productos lácteos.

Observaciones: Artículo 105 bis: La leche sin otra denominación, es el producto de la ordeña completa e ininterrumpida de vacas sanas, bien alimentadas y en reposo, exenta de calostro. Las leches de otros animales se denominarán según la especie de que proceden, como también los productos que de ellas se deriven. Codex: Leche es la secreción mamaria normal de animales lecheros obtenida mediante uno o más ordeños sin ningún tipo de adición o extracción, destinada al consumo en forma de leche líquida o a elaboración ulterior.   Para efectos de etiquetado, leche sin otra denominación, es el producto de la vaca. Las leches de otros animales se denominarán según la especie de que proceden, como también los productos que de ella se deriven.

Observaciones: a) Leche natural: es aquella que solamente ha sido sometida a enfriamiento y estandarización de su contenido de materia grasa antes del proceso de pasteurización o tratamiento a ultra alta temperatura (UHT) o esterilización; Sin observaciones

Observaciones: b) Leche reconstituida: es el producto obtenido por adición de agua potable a la leche concentrada o a la leche en polvo, en proporción tal, que cumpla los requisitos sanitarios y características establecidas en el Reglamento Sanitario de los Alimentos, y su contenido de materia grasa corresponda a alguno de los tipos de leche señalados en el referido Reglamento. Deberá ser pasteurizada, sometida a tratamiento UHT o esterilizada; Sin observaciones

Observaciones: c) Leche recombinada: es el producto obtenido de la mezcla de leche descremada, grasa de leche y agua potable en proporción tal que cumpla los requisitos sanitarios y características establecidas en el Reglamento Sanitario de los Alimentos, y su contenido de materia grasa corresponda a alguno de los tipos de leche señalados en el referido Reglamento. Deberá ser pasteurizada, sometida a tratamiento UFIT o esterilizada. Sin observaciones

Observaciones: Artículo 105 ter: Producto lácteo es aquel obtenido mediante cualquier elaboración de la leche, que puede contener aditivos alimentarios y otros ingredientes funcionalmente necesarios para la elaboración. Completamente de acuerdo en su incorporación

Observaciones: Artículo 105 quater: Las botellas o envases de leche líquida que se vendan al público deberán contener una etiqueta o rotulado en su parte frontal y cerca de la marca, que señale en forma clara el tipo de leche según lo establecido en el inciso segundo del artículo 105 bis, indicando, además, el origen de la leche, entendiendo por tal, el país en donde se ordeñó. Sin observaciones

Observaciones: En caso de que la leche líquida que se venda al público sea una mezcla de distintos tipos de leches, de acorde a la clasificación del inciso segundo del artículo 105 bis, en la etiqueta o rotulado frontal del envase o botella deberá indicarse los tipos de leche que la componen, indicando en la parte posterior del envase o botella el porcentaje aproximado que corresponde a cada tipo de leche. Para que la leche pueda ser catalogada de origen chileno, la totalidad de la leche contenida en el envase o botella debe ser ordeñada en Chile. En caso que se venda mezcla de leches de distintos países, deberá indicarse en la etiqueta o rotulo frontal los países de origen, indicando en la parte posterior del envase o botella el porcentaje aproximado que corresponde a cada país. Eliminar el porcentaje de cada tipo de leche utilizado, de la etiqueta de la parte posterior del envase o botella.

Observaciones: Los envases o botellas de productos que se enmarquen dentro de la definición del artículo 105 ter deberán contener una etiqueta o rotulo en su parte frontal y cerca de la marca, que señale en forma clara la expresión "producto lácteo", indicado, además, el tipo y origen de la leche con la cual ha sido elaborado en los mismos términos que lo señalado en el inciso precedente. Sin observaciones

Observaciones: Se prohíbe catalogar como leche a un producto que no sea de origen a animal y que no cumpla con lo establecido en el inciso primero del artículo 105 bis. Sin observaciones

Boletín Nº 11.986-01 Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor Ossandón y señora Aravena, que establece la obligación de etiquetar en los envases el origen y el tipo de la leche y otros productos lácteos. Muchas Gracias Santiago 03 de septiembre, 2018