TRATADOS INTERNACIONALES A FAVOR DE LA MUJER.  CEDAW  BEJING  BELEM DO PARA.

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Transcripción de la presentación:

TRATADOS INTERNACIONALES A FAVOR DE LA MUJER

 CEDAW  BEJING  BELEM DO PARA

¿Qué es la CEDAW? La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) se puede considerar como la carta internacional de los derechos de las mujeres. Es el documento que garantiza la igualdad de condiciones de la mujer, como ciudadana plena, respecto del hombre

La CEDAW fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas ONU el 18 de diciembre de 1979 Entró en vigor el 3 de septiembre de Bolivia firmó la Convención CEDAW el 30 de mayo de 1980 y la ratificó el 8 de junio de 1990, por mandato constitucional establecido por el Bloque de Constitucionalidad (art. 410.II. de la CPE). Hasta octubre de 2013, 189 países habían suscrito la Convención.

Es uno de los nueve tratados principales de derechos humanos de la ONU. Es regida por tres principios básicos: 1.No discriminación 2.Igualdad substantiva 3.Responsabilidad estatal

1.Amplía la responsabilidad estatal 2.Obliga a los Estados a adoptar medidas concretas para eliminar la discriminación contra las mujeres. 3.Permite medidas transitorias de “acción afirmativa” a las que la CEDAW llama “medidas especiales de carácter temporal”. IMPORTANCIA DE LA CEDAW

4. Reconoce el papel de la cultura y las tradiciones en el mantenimiento de la discriminación contra las mujeres y obliga a los Estados a eliminar los estereotipos en los roles de hombres y mujeres. 5. Define la discriminación y establece un concepto de igualdad sustantiva y de resultados.

6. Fortalece el concepto de indivisibilidad de los derechos humanos. 7. Obliga al Estado a reconocer, proteger y garantizar los derechos de las mujeres.

DERECHOS DE LA MUJERES SEGÚN EL CEDAW 1.Derecho a la protección de la salud 2.Derecho a la seguridad 3.Derecho a la atención medica 4. La elección libre de la cantidad de hijos aconcebir 5. Eliminar la discriminación contra la mujer 6. Garantizar servicios en relación al embarazo, parto y postparto. 7. Nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia

ASPECTOS POSITIVOS A NIVEL NACIONAL La Constitución de 2009, que establece la igualdad entre hombres y mujeres, penaliza la violencia por razón de género y contiene garantías específicas de los derechos de las mujeres. b) La Ley núm. 348 de 2013 (Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia) y su decreto correspondiente, en 2014 c) La Ley núm. 243 Contra el Acoso y la Violencia Política hacia las Mujeres, de 28 de mayo de 2012, que prohíbe cualquier forma de discriminación contra la mujer en la vida pública y política

d) La Ley núm. 070 de Educación Avelino Siñani- Elizardo Pérez, de 20 de diciembre de 2010, que dispone que la educación debería ser antipatriarcal e) La Ley núm. 026 del Régimen Electoral, de 30 de junio de 2010, que trata la aplicación de los principios de equidad de género, paridad y alternancia en los procesos de presentación de candidaturas, preselección y elección de los órganos de poder f ) El Decreto Supremo núm. 66, de 3 de abril de 2009, que establece incentivos para que las mujeres se sometan a reconocimientos médicos completos con vistas a reducir la mortalidad materna y en la niñez. SIPPASE

El Comité insta al Estado parte a que: a)Acelere la creación de tribunales y cortes de justicia que garanticen el acceso de las mujeres a la justicia sin discriminación en todo el territorio del Estado parte, proporcione servicios oficiales de interpretación fidedigna a las lenguas indígenas en todas las actuaciones judiciales y se asegure de que las mujeres tengan un acceso efectivo a asistencia letrada gratuita para reclamar sus derechos; a)Faciliten capacitación especializada a todos los funcionarios públicos involucrados en casos relacionados con la protección de los derechos de las mujeres en todos los ámbitos específicos del derecho b)Den prioridad al funcionamiento de tribunales especializados que se ocupen exclusivamente de casos de violencia contra la mujer y asignen los recursos humanos y financieros necesarios para ello, de conformidad con la Ley núm. 348