El Cheque.  Definición:  “El cheque es un título crédito de naturaleza no crediticia, pues no constituye un instrumento de crédito, sino un instrumento.

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Transcripción de la presentación:

El Cheque

 Definición:  “El cheque es un título crédito de naturaleza no crediticia, pues no constituye un instrumento de crédito, sino un instrumento de pago en sustitución del dinero, por ello es que la doctrina lo llama quasi dinero”

El Cheque  Sujetos que intervienen:  El emisor del cheque  Cuenta corriente bancaria  El beneficiario  El banco.

El Cheque  Condición previa para la emisión del cheque:  Fondos suficientes en la cuenta corriente bancaria:  Depósitos.  Línea de crédito.  Sobregiro bancario.

El Cheque  Prohibiciones:  No puede emitirse en garantía.  No puede emitirse con fecha negociación.  No puede emitirse post datado.

El Cheque  Contenido del Cheque:  El número o código de identificación.  Lugar y fecha de emisión.  La orden de pagar una cantidad determinada de dinero.  El nombre del beneficiario.  El nombre y domicilio del banco.  El nombre y firma del emisor

El Cheque

 Beneficiario del cheque:  A favor de persona determinada, con cláusula “a la orden”.  A favor de persona determinada, con cláusula “intransferible”, “no negociable” u otra equivalente.  Al Portador.

Artículo El cheque debe contener:  I.- La mención de ser cheque, inserta en el texto del documento;  II.- El lugar y la fecha en que se expide;  III.- La orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero;  IV.- El nombre del librado;  V.- El lugar del pago; y  VI.- La firma del librador.

El Cheque  Reglas de Emisión de cheques:  La referencia de “bancos” se aplica solo a la empresas autorizadas CNBV.  El importe debe ser en # y en letras,  Se permite el uso de cláusulas “y”, “o”, “y/o”.  Se puede emitir “a mi mismo”.

 Artículo El cheque será siempre pagadero a la vista. Cualquiera inserción en contrario se tendrá por no puesta.

El Cheque  Pago del Cheque:  Artículo Los cheques deberán presentarse para su pago:  I.- Dentro de los quince días naturales que sigan al de su fecha, si fueren pagaderos en el mismo lugar de su expedición;  II.- Dentro de un mes, si fueren expedidos y pagaderos en diversos lugares del territorio nacional;  III.- Dentro de tres meses, si fueren expedidos en el extranjero y pagaderos en el territorio nacional; y  IV.- Dentro de tres meses, si fueren expedidos dentro del territorio nacional para ser pagaderos en el extranjero, siempre que no fijen otro plazo las leyes del lugar de presentación.

 Cuando, sin justa causa, se niegue el librado a pagar un cheque, teniendo fondos suficientes del librador, resarcirá a éste los daños y perjuicios que con ello le ocasione. En ningún caso la indemnización será menor del veinte por ciento del valor del cheque.

 Artículo El tenedor puede rechazar un pago parcial; pero si lo admite, deberá anotarlo con su firma en el cheque y dar recibo al librado por la cantidad que éste le entregue.

El Cheque  Transferencia de los cheques:  Endoso.  En caso de endoso al portador, la identificación del beneficiario al momento del cobro es obligatoria.

El Cheque  Pago parcial del Cheque:  Si el tenedor exige la constancia de no pago, está obligado a recibir el pago parcial.  La anotación del pago se efectúa en el mismo cheque, y el pagador puede exigir se le otorgue el recibo correspondiente.  Entrega de copia certificada.

 Causales para no pagar cheques:  Falta de fondos.  Presentación fuera del plazo de presentación.  Cuando se haya solicitado la suspensión del pago.  Cuando el tenedor no estuviere legitimado.  Cuando el portador no se identifique.

El Cheque  Cierre de cuentas corrientes por cheque sin fondos:  Los bancos cerraran las cuentas corrientes de quienes giren dos cheques sin fondos, en el plazo de seis meses contados desde la fecha del primer rechazo.  El titular queda inhabilitado por un año para aperturar una nueva cuenta corriente.

El Cheque  Cheques Especiales:  Cheque cruzado:  Sólo puede ser abonado en cuenta corriente bancaria.  No se cobra en ventanilla.

El Cheque  Cheque de gerencia:  A cargo del propio banco emisor.  Pueden ser transferibles.  No pueden ser emitidos al portador.

El Cheque  Libramiento indebido:  Requerimiento de cumplimiento en un plazo no mayor de 72 horas (notarial, judicial u otro).  Denuncia penal.  Pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cinco años.

El Cheque  Cheques Especiales: 197  Cheque certificado:  Se inserta una cláusula que señala que existen fondos suficientes por el plazo de vigencia.  Cheque Intransferible:  Se paga solo al beneficiario o lo abona en su cuenta corriente.

El Cheque

 Cheque de pago diferido:  Sujeto a la condición de que para su pago transcurra el plazo señalado en el mismo titulo.  Dicho plazo no podrá mayor a treinta días desde su emisión.  Debe contener la denominación “cheque de pago diferido”, así como la fecha en la que procede ser presentado para su pago.

El Cheque