ADMINISTRACION DE LA SALUD Y SEGURIDAD

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Transcripción de la presentación:

ADMINISTRACION DE LA SALUD Y SEGURIDAD COMO SE INTEGRAN Y FUNSIONAN LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO

La Ley Federal del Trabajo establece en su artículo 509 que en cada empresa o establecimiento se organizarán las comisiones de seguridad e higiene que se juzgue necesarias, compuestas por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón.

El objetivo de las Comisiones de Seguridad e Higiene es: • Investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo; • Proponer medidas para prevenirlos • Vigilar que éstas se cumplan.

Constitución Las Comisiones de Seguridad e Higiene deben integrarse en los centros de trabajo en un plazo no mayor de 30 días hábiles a partir de la fecha de iniciación de sus actividades. Estas Comisiones deben de contar con su acta de constitución en aquellos centros de trabajo que ya se encuentren laborando y mostrarla a la autoridad laboral cuando se le solicite.

Integración Se debe integrar una comisión de seguridad e higiene por cada centro de trabajo. Si el centro de trabajo cuenta con menos de 15 trabajadores, la Comisión de Seguridad e Higiene debe integrarse por un trabajador y el patrón o su representante. Cuando el centro de trabajo tenga 15 o más trabajadores la Comisión debe integrarse invariablemente por un Coordinador y un Secretario así como los Vocales que acuerden el patrón y los trabajadores. Los representantes de los trabajadores que integren la Comisión de Seguridad e Higiene, deben desempeñar sus labores en ese centro de trabajo y tener conocimientos o experiencia en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.

Es sumamente importante contar con una comisión bien constituida, para delegar en ella toda la responsabilidad de controlar la seguridad del personal y prevenir las enfermedades profesionales de trabajo mediante la prevención y eliminación de riesgos de trabajo.

  Si en la empresa se establece un buen control, entonces acarreará al empresario los siguientes beneficios: Disminución de accidentes. Incremento en la productividad. Reducción de tiempos muertos. Disminución de gastos indirectos. Contará con toda la documentación que se requiere durante un visita de inspección, como las Actas de Recorridos, el Programa Anual de Verificaciones, los recorridos extraordinarios entre otros. Y como consecuencia lógica no tendrá que dar "mordidas", y por ende NO TENDRÁ SANCIÓN ADMINISTRATIVA ALGUNA.

http://prezi.com/2ehdoegi_nes/27-elementos-del-accidente/

COMISIONES MIXTAS DE SEGURIDAD E HIGIENE Una comisión o comité de seguridad es un medio eficaz para interesar y educar a grandes cantidades de personas en una determinada actividad. Puede también constituir un método para obtener cooperación, coordinación e intercambio de ideas entre personas que de otra manera no se reunirían en forma regular; pueden ser eficaces en la adopción de amplias líneas políticas.

¿QUÉ SON LAS COMISIONES MIXTAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD? Esta Comisión Mixta General es la encargada de determinar las labores que se consideran como insalubres y peligrosas, determinando las condiciones de trabajo, elementos de protección, higiene y prevención, y en general de los riesgos profesionales o de trabajo que se requieran, establecer los lineamientos generales para que se proporcionen los servicios y elementos de higiene y prevención de accidentes de trabajo y /o enfermedades profesionales en cada uno de los centros de trabajo. 

Para investigar las causas de los accidentes y enfermedades, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan”.  Al iniciar una comisión, debe prepararse una declaración escrita indicando: a) Misión o responsabilidad del comité. b) Autoridad. c) Presupuesto.  d) Procedimientos, es decir: frecuencia de las reuniones, orden del día, exigencia en cuanto a asistencia, minutas o actas, etcétera. 

OBJETIVO:  -Tiene como objetivo salvaguardar la vida y preservar la salud y la integridad física de los trabajadores por medio del dictado de normas encaminadas a que se les proporciones sus derechos y obligaciones. 

¿Cómo deben integrarse? El número total de representantes en las Comisiones, debe ser en relación con el número de trabajadores que laboren en cada división, planta o unidad, en la siguiente forma: a). Para un número de trabajadores no mayor de veinte, un representante de los trabajadores y uno de los patrones. b). De veintiuno a cien trabajadores, dos representantes de los trabajadores y dos de los patrones. c). Para un número mayor de cien trabajadores, cinco representantes de los trabajadores y cinco de los patrones. d). Se podrán nombrar más representantes si así se considera necesario. Por cada representante propietario, se debe designar un suplente.

IMPORTANCIA DE LAS COMISIONES Las comisiones de seguridad e higiene es el organismo por el cual el patrón conoce las desviaciones de seguridad e higiene en los siguientes aspectos:  • El cumplir con las normas establecidas en las leyes de seguridad e higiene para evitar sanciones o accidentes.  • Mantenimiento del equipo y maquinaria de trabajo: calculando el tiempo de vida de la maquinaria a fin de evitar accidentes de trabajo. • Aplicación de políticas de seguridad e higiene: por parte del patrón se debe cumplir con la creación y continuo mantenimiento de las comisiones de seguridad e higiene para encontrar los actos inseguros y de riesgo, para los compañeros de trabajo ya que son ellos los directamente afectados por algún accidente de trabajo, pudiendo llegar a perder hasta la vida. 

EL TRABAJADOR DEBERA: • Denunciar los riesgos de trabajo en la empresa a su comisión mixta de seguridad e higiene: a fin de levantar un acta para que quede constancia del el previo aviso a fin de que alguien que no lo ha visto salga dañado o muerto de ese acto inseguro. • Proponer mejorar en los procesos de trabajo: esto es con el fin de que el trabajador esté más a gusto, rinda más y evitar un accidente por apatía o descuido, logrando un mejor desempeño de su tarea.  • Participar en las actividades de seguridad e higiene: esto se logra motivando al trabajador con asociar al trabajador con los demás compañeros. 

EL SINDICATO DEBERA:  Vigilar el cumplimiento de las normas referentes a la seguridad e higiene: esto se logra denunciando los actos inseguros de los trabajadores en su área laboral, ya que la unión de los trabajadores es muy fuerte. 

LAS AUTORIDADES LABORALES DEBERAN: • Percatarse, a través de las actas de las comisiones los riesgos mayores que estén presentes en las empresas y adecuar las acciones correspondientes con mayor efectividad; la secretaría del trabajado no debe pasar por alto las condiciones inseguras de los trabajadores, informando al patrón para evitar un accidente.