Acoso Laboral.

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Transcripción de la presentación:

Acoso Laboral

Acoso Laboral Modalidades Maltrato laboral Conducta persistente y demostrable. Ejercida por parte del jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, compañero de trabajo o subalterno. Encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo o inducir la renuncia del trabajador. Maltrato laboral Persecución laboral Discriminación laboral Entorpecimiento laboral Inequidad laboral Desprotección laboral

Conductas que NO constituyen acoso laboral ( Art 8 ley 1010 del 2006) Las exigencias y órdenes necesarias para mantener la disciplina Los actos destinados a ejercer la potestad disciplinaria que legalmente corresponde a los superiores jerárquicos sobre sus subalternos; La formulación de exigencias razonables de fidelidad laboral o lealtad empresarial e institucional; La formulación de circulares o memorandos encaminados a solicitar exigencias técnicas o mejorar la eficiencia laboral Las Evaluaciones laborales conforme a indicadores, objetivos y generales de rendimiento La solicitud de cumplir deberes extras de colaboración con el colegio, cuando sean necesarios para la continuidad del servicio o para solucionar situaciones difíciles en la operación. La solicitud de cumplir los deberes de la persona y el ciudadano. La exigencia de cumplir las obligaciones o deberes de la persona o del ciudadano. Las exigencias de cumplir con las estipulaciones contenidas en los reglamentos, normas y cláusulas de los contratos de trabajo. La exigencia de cumplir con las obligaciones, deberes y no incurrir en las prohibiciones de que trata la ley.

Conductas que constituyen acoso laboral ( Art 7 ley 1010 del 2006 ) Agresión física Expresiones injuriosas o ultrajantes: palabras soeces o con alusión a la raza, género, origen familiar o nacional, preferencia política, estatus social. Comentarios hostiles o humillantes de descalificación profesional en presencia de los compañeros. Injustificadas amenazas de despido en presencia de los compañeros. Múltiples denuncias disciplinarias temerarias. Descalificación humillante de opiniones de trabajo en presencia de los compañeros Burlas sobre apariencia física. Alusión pública a hechos pertenecientes a la intimidad de la persona. Imposición de deberes ostensiblemente extraños a las obligaciones laborales, exigencias desproporcionadas, cambios bruscos en el lugar de trabajo o de la labor, sin fundamento objetivo. Exigencia de laborar en horarios excesivos y exigencia permanente de laborar domingos y festivos, sin fundamento alguno. Trato discriminatorio en otorgamiento de derechos y prerrogativas, y en la imposición de deberes. No suministro de materiales e información necesaria para el trabajo. Negativa injustificada a otorgar permisos, licencias ordinarias y vacaciones. Envío de anónimos, llamadas telefónicas y mensajes virtuales con contenido injurioso, ofensivo e intimidatorio; aislamiento social.