GRUPO DE TRABAJO FOGAIN

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Transcripción de la presentación:

GRUPO DE TRABAJO FOGAIN JORNADA MIFID GRUPO DE TRABAJO FOGAIN BARCELONA-15 JUNIO 2007 IMPLICACIONES DE LA MIFID EN EL ÁMBITO DEL DESARROLLO DEL NEGOCIO DE LAS ESIS Ahorro Corporación

CONTENIDO Medidas de salvaguardia de los activos de los clientes Conflictos de Interés Incentivos Mejor Ejecución Transparencia Agentes Vinculados Asesoramiento vs Comercialización DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

MEDIDAS DE SALVAGUARDIA DE LOS ACTIVOS DE LOS CLIENTES DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

REQUISITOS EQUIPARABLES A LOS ACTUALMENTE EXIGIDOS MEDIDAS DE SALVAGUARDIA DE LOS ACTIVOS DE LOS CLIENTES REQUISITOS EQUIPARABLES A LOS ACTUALMENTE EXIGIDOS ELEMENTOS ESENCIALES: Garantía de separación Jurídica entre activos propios y activos de clientes Prohibición de utilización de activos de clientes sin consentimiento expreso Establecimiento de política de custodia. Información a clientes. Obligación de auditoria anual Determinación de activos aptos para la inversión de efectivo de clientes DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

No supera los problemas de aplicación práctica de la OM EHA/848/2005 MEDIDAS DE SALVAGUARDIA DE LOS ACTIVOS DE LOS CLIENTES TEMAS ABIERTOS: Regulación custodia Ejercicio de derechos políticos Cuentas omnibus Fondos de Inversión Subcustodia Forma y momento de entrega de la información a los clientes sobre política de custodia Repos, FI (FIAMM) No supera los problemas de aplicación práctica de la OM EHA/848/2005 DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

CONFLICTOS DE INTERÉS DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

PRINCIPALES NOVEDADES: CONFLICTOS DE INTERÉS LOS PRINCIPIOS ESTABLECIDOS POR LA MIFID NO SUPONEN UNA NOVEDAD SUSTANCIAL PRINCIPALES NOVEDADES: Definición del Concepto: situación en la que un cliente puede resultar perjudicado en beneficio de otro cliente o la propia ESI. Esta definición no se ha incorporado en el Anteproyecto de LMV DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

Política de gestión de conflictos de interés: Necesidad de identificar conflictos a priori Determinación de procedimientos y medidas Revelación a clientes en circunstancias concretas cuando las medidas sean insuficientes Control y seguimiento por Función de Cumplimiento Registro de situaciones de conflicto Especial atención a la actividad de análisis/elaboración de recomendaciones DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

Identificación de situaciones de potencial conflicto CONFLICTOS DE INTERÉS TEMAS ABIERTOS: Identificación de situaciones de potencial conflicto Determinación de medidas razonables, requisitos organizativos y políticas para evitar conflictos Alcance de información a clientes Contenido del Registro DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

INCENTIVOS DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

INCENTIVOS RÉGIMEN DE INCENTIVOS Elemento controvertido en la interpretación de la Directiva Desarrollo de conflictos de interés (art. 21 DVA 2º nivel) y principio general de actuación honesta, profesional, imparcial y en el mejor interés de los clientes (art. 26 DVA 2º nivel) Objeto de publicación de informe de CESR DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

I. CONCEPTO: artículo 26 Directiva de 2º Nivel INCENTIVOS I. CONCEPTO: artículo 26 Directiva de 2º Nivel Prohibición de cobro y pago de comisiones u honorarios, o beneficios no monetarios en relación con la prestación de un servicio de inversión, excepto: Los recibidos del cliente o por cuenta de éste (26.a) Cuando se cumplan los siguientes requisitos (26.b): Mejora de la calidad del servicio prestado al cliente, y no contradiga principio de actuación en mejor interés del cliente Información al cliente DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

INCENTIVOS Honorarios apropiados que permitan o sean necesarios para la prestación del servicio y que por su naturaleza no contradigan principio de actuación en mejor interés del cliente (26.c) DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

II. BORRADOR DOCUMENTO DE CESR INCENTIVOS II. BORRADOR DOCUMENTO DE CESR Borrador original publicado en diciembre 2006, abierto a consulta hasta 09/02/07 Objeto de numerosas contestaciones Documento definitivo aprobado en mayo 2007 DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

III. CONTENIDO DEL DOCUMENTO CESR INCENTIVOS III. CONTENIDO DEL DOCUMENTO CESR Amplia el ámbito de aplicación del apartado 26.b Interpretación flexible del principio de “mejorar la calidad del servicio del cliente” Restrictivo respecto a retrocesiones por volúmenes o rappels Necesidad de análisis del caso concreto DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

MEJOR EJECUCIÓN DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

I PRINCIPALES ELEMENTOS MEJOR EJECUCIÓN I PRINCIPALES ELEMENTOS Se impone la obligación de obtener la mejor ejecución razonablemente posible para clientes particulares y profesionales A estos efectos, será necesario: Tomar medidas necesarias/razonables, incluyendo la formalización de una política de Ejecución Informar a los clientes de la política de mejor ejecución DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

Obtener el consentimiento del cliente respecto de dicha política: MEJOR EJECUCIÓN Obtener el consentimiento del cliente respecto de dicha política: Tácito con carácter general Expreso para ejecutar fuera de mercados organizados o MTF Ser capaces de demostrar al cliente el cumplimiento de la política Obligación de seguimiento y revisión sobre cumplimiento y eficacia de la política DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

II DOCUMENTO CESR Documento definitivo publicado en mayo 2007 MEJOR EJECUCIÓN II DOCUMENTO CESR Documento definitivo publicado en mayo 2007 Contenido principal: Las medidas obligatorias o “Arrangements” incluyen la obligación de tener una política de mejor ejecución Contenido de la política de mejor ejecución: descripción de la forma de actuar “execution approach” en relación con los diferentes instrumentos DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

Régimen de información a clientes y consentimiento MEJOR EJECUCIÓN Determinación de los centros de ejecución y criterios de selección de los mismos Explicación sobre los factores y razones considerados en relación con la ejecución de las órdenes Establece la posibilidad de que se incluya un único centro de ejecución para un tipo de activo Régimen de información a clientes y consentimiento DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

Sólo el ejecutor debe tener una política de mejor ejecución completa Cadenas de ejecución: Diferenciación entre canalizador de órdenes/gestor de cartera y ejecutor Sólo el ejecutor debe tener una política de mejor ejecución completa Las ESI de la cadena pueden ser contraparte elegible entre sí Obligaciones de seguimiento y revisión DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

Diferentes tarifas directas para distintos centros de contratación MEJOR EJECUCIÓN Libertad en la selección de centros de contratación basado en criterios profesionales Con carácter general, respecto de los clientes particulares, no se consideran los costes implícitos Diferentes tarifas directas para distintos centros de contratación Contenido mínimo de Información a clientes: Categorización de criterios Listado de centros de contratación Advertencia sobre instrucciones específicas DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

Forma de obtener el consentimiento expreso del cliente MEJOR EJECUCIÓN Forma de obtener el consentimiento expreso del cliente El contraste de la calidad de ejecución debe realizarse con carácter general Necesidad de acceso a información Ámbito de aplicación: (RV, RF, IIC, Derivados negociados, Derivados OTC,..). Operaciones contra cuenta propia DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

TRANSPARENCIA DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

I OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA PRE-CONTRATACIÓN Sólo afectan a las ESI que operen un MTF o que sean Internalizador Sistemático II OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA POST-CONTRATACIÓN Obligación de las ESI de reportar a su Regulador las operaciones ejecutadas Mínimo tiempo posible, máximo tres minutos La información la puede remitir el Mercado MTF o IS DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

III DOCUMENTO CESR Comunicaciones de sucursales en otros países: TRANSPARENCIA III DOCUMENTO CESR Documento definitivo publicado en Mayo 2007 Comunicaciones de sucursales en otros países: Se permite que la sucursal escoja informar al Regulador del Estado de acogida Concepto de “ejecución” Operaciones gestionadas por la ESI que actúa directamente en el mercado Operaciones no incluidas en el punto anterior, contra la propia ESI DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

IV CONTESTACIÓN DE GRUPO TRABAJO FOGAIN TRANSPARENCIA IV CONTESTACIÓN DE GRUPO TRABAJO FOGAIN Valoración positiva del documento de CESR Sería conveniente contar con unos criterios de aceptación de sistemas de comunicación estandarizados. El reconocimiento mutuo entre Reguladores sería muy positivo DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

AGENTES VINCULADOS DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

Se reconoce el pasaporte para Agentes vinculados Actividades: Promover servicios de una ESI Recibir y canalizar órdenes Asesoramiento Tomar valores y efectivo siempre que lo autorice la normativa del Estado de origen y del Estado dónde se tomen los fondos DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

Responsabilidad plena de la ESI frente a clientes Registro AGENTES VINCULADOS Requisitos: Responsabilidad plena de la ESI frente a clientes Registro Política y procedimientos de control de la ESI sobre sus agentes Acreditación de honorabilidad y experiencia profesional DOCUMENTO CESR SOBRE PASAPORTE Documento definitivo aprobado en mayo 2007 Necesidad de un registro unificado con criterios únicos DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

Supervisión equivalente a sucursales Se identifican problemas: Supervisión y registro de agentes en Estados de acogida dónde no se reconoce la figura de Agente Vinculado Cobertura por fondo de garantía del Estado de Origen El Anteproyecto de LMV no recoge la obligatoriedad de crear un Registro de Agentes Vinculados de ESIS extranjeras que operan en España DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

ASESORAMIENTO VS COMERCIALIZACIÓN DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

Objeto de discusión en el GEIF en CNMV Anteproyecto de LMV: ASESORAMIENTO VS COMERCIALIZACIÓN Elemento clave para la adecuación de procedimientos y desarrollo de la actividad de las ESIS Objeto de discusión en el GEIF en CNMV Anteproyecto de LMV: No define plenamente el régimen jurídico de las SAFI No refleja la diferenciación entre comercialización y asesoramiento DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

Desarrollo de la actividad: conflicto de interés/incentivos ASESORAMIENTO VS COMERCIALIZACIÓN Afecta a: Obligaciones exigibles: información sobre clientes. Test de idonéidad-test de conveniencia Distintas consecuencias de la obtención de la información de clientes y de su resultado Desarrollo de la actividad: conflicto de interés/incentivos DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN

CRITERIOS DIFERENCIADORES ASESORAMIENTO VS COMERCIALIZACIÓN CRITERIOS DIFERENCIADORES Distinto Objetivo Forma de Prestación Naturaleza de la relación jurídica con el cliente Posible definición de comercialización: “ Toda presentación a un cliente o posible cliente, por iniciativa de la ESI o a petición del mismo, de uno o varios productos financieros, aunque incluya la descripción de las características, ventajas e inconvenientes de éstos, que no suponga el valor añadido de una recomendación personalizada de un producto concreto en atención al conocimiento, experiencia, situación financiera y obejtivos de inversión del cliente” DESARROLLO DEL NEGOCIO. BARCELONA, 15 DE JUNIO. GRUPO DE TRABAJO MIFID-FOGAIN