Diseño del título Subtítulo.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
SALARIOS LEGISLACIÓN LABORAL.
Advertisements

Sueldos y Salarios Articulo360 Salario, jornal o sueldo es la retribución que el patrono debe pagar al trabajador en virtud del contrato de trabajo, o.
Seguro de Pensión Plan Pensión Garantizada
PROCESOS CONTABLES EN LOS RR.HH.
 Es un instrumento de protección social destinado a proteger a las personas que quedan cesantes ya sea por causas voluntarias o involuntarias. mediante.
Juan Vergara Montoya Material elaborado para el Curso de Formación Sindical de la Facultad de Derecho de la U. de Chile Primer Semestre 2011 Protección.
Sueldos y Sobresueldos
Jóvenes y la Reforma Previsional Ministerio del Trabajo y Previsión Social Subsecretaría de Previsión Social.
UNIDAD III Remuneraciones y Cargas Sociales. CONCEPTOS BASICOS TRABAJO es la prestación del empleado TRABAJO es la prestación del empleado REMUNERACIÓN.
ARTICULO 58 CODIGO DEL TRABAJO. ARTICULO 58 El empleador deberá deducir de las remuneraciones los impuestos que las graven, las cotizaciones de seguridad.
CLASE IV Capitulo II: Legislación laboral Aprendizaje esperado: comprender la importancia de conocer la vigencia actual de la legislación laboral en Chile,
LICITACIÓN DEL SIS FERNANDO AVILA S. Gerente de Operaciones Asociación de AFP Presentación para la Comisión de Usuarios.
INTRODUCCIÓN A LAS FINANZAS RECURSOS DE APOYO 2009.
REMUNERAR
PORCENTAJES DE COTIZACIÓN A SEGURIDAD SOCIAL
LEGISLACION LABORAL n°1
ACTIVIDAD 1.
Explicación de conceptos de una liquidación de sueldos FCFM
ACTIVIDAD 1.
AHORRO PREVISIONAL VOLUNTARIO
Conceptos básicos de Compensación
LIQUIDACIÓN DE SUELDOS
“Desde un Sistema de AFP hacia un Sistema de Pensiones basado en los principios de la Seguridad Social” Presentación Propuesta Coordinadora Nacional.
LIQUIDACIÓN DE SUELDOS
PROVISIONES.
POLÍTICAS EN MATERIA DE SALUD Y PENSIONES
EL TRABAJO en Chile.
LA LEGISLACIÓN LABORAL EN CHILE
REMUNERACIONES LEGALES
Conceptos Introductorios
Sueldos y salarios ELABORADO POR: LUZ MYRIAM SALAS CERQUERA Ibagué,
GENERACION DE NOMIMA MODULO 2
GENERALIDADES DE NOMINA
TALLER DE REMUNERACIONES
Devengado, deducciones y apropiaciones de nómina
“El impuesto es una parte de la renta del ciudadano, que el Estado percibe con el fin de proporcionarse los medios necesarios para la producción de.
TALLER MODULO 2 Rosalba Díaz Ortiz Técnico en procesos administrativos
CONTRATO DE TRABAJO CENTRO DE MEDIACION Y CONCILIACION REGION DE LA ARAUCANIA PABLO LEON PICHINCURA.
Información sobre APV y APVC a Septiembre 2011
CURSO AUXILIAR ADMINISTRATIVO
FONDO COMPLEMENTARIO PREVISIONAL CERRADO
“Desde un Sistema de AFP hacia un Sistema de Pensiones basado en los principios de la Seguridad Social” Propuesta Coordinadora Nacional de Trabajadores.
DERECHO DEL TRABAJO Vanessa Loreto Abarca M. Consuelo Carmona M. José Sinuiri S. Francisco Javier Maureira P. Cátedra del Profesor Ricardo Araya Remuneraciones.
Planificación financiera personal
Información sobre APV y APVC a Junio 2012
Información sobre APV y APVC a Diciembre 2011
Diseño del título subtítulo.
El salario y la nómina GRUPO: Nerea Cañadas. Índice: ★ Definición del Salario ★ Características ➢ Clases de salarios ➢ Lugar y momento del pago ➢ El salario.
CONTRATO DE TRABAJO CENTRO DE MEDIACION Y CONCILIACION REGION DE LA ARAUCANIA PABLO LEON PICHINCURA.
Diseño del título Subtítulo.
Diseño del título Subtítulo.
Cotizaciones para Trabajadores Independientes
EL TRABAJO en Chile.
Diseño de título Subtítulo.
Diseño del título Subtítulo.
Diseño del título Subtítulo.
Cotizaciones para Trabajadores Independientes
Información sobre APV y APVC a Junio 2011
Información sobre APV y APVC a Septiembre 2012
EL SALARIO 04/05/2019 Prof. Gómez Armario.
Diseño de título Subtítulo.
SALARIO BASE COTIZACIÓN
Diseño del título Subtítulo.
Diseño del título Subtítulo.
Novedades laborales y de la Seguridad Social
Diseño del título Subtítulo.
Diseño del título Subtítulo.
Curso Contribuciones Patronales
PREVISIÓN SOCIAL Y DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL
UNIDAD 4 “EL MERCADO DEL TRABAJO Y LA LEGISLACIÓN LABORAL” LOS DERECHOS LABORALES.
Transcripción de la presentación:

Diseño del título Subtítulo

Diseño del título y del contenido con lista Agregue aquí la primera viñeta Agregue aquí la segunda viñeta Agregue aquí la tercera viñeta

¿Que es la remuneración? Es la retribución que el trabajador, recibe de acuerdo con lo pactado en el contrato de trabajo. Esta puede consistir en: • Dinero, y • Prestaciones adicionales en especies, siempre que sean avaluables en dinero, por ejemplo habitación, luz, agua, vestuario, etc. El monto mensual de la remuneración no puede ser inferior al ingreso Mínimo Mensual que se fija anualmente, como piso, por ley.

¿Qué pagos constituyen remuneración? 1) El sueldo: Es la cantidad fija de dinero que recibe el trabajador por la labor realizada y que se paga en periodos iguales. 2) El sobresueldo: Es el pago que recibe el trabajador por las horas extraordinarias de trabajo. 3) La comisión: Es el porcentaje calculado sobre el precio de las ventas o compras, o sobre el monto de otras operaciones que el empleador efectúa con la colaboración del trabajador. Las comisiones deben calcularse sobre el valor neto de venta al público, excluyéndose el I.V.A., salvo que por acuerdo de las partes las comisiones se calculen sobre el valor bruto de la venta. 4) La participación: Es la proporción de las utilidades de un negocio determinado, de una empresa o sólo la de una o más secciones o sucursales de la misma. 5) La Gratificación: Corresponde a la parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador. El pago de gratificaciones es obligatorio cuando las empresas obtienen utilidades, y es una remuneración que se paga además de lo pactado en el contrato.

3.- ¿Qué pagos no constituyen remuneración? • la asignación de movilización, • la asignación por pérdida de caja, • la asignación de desgaste de herramientas, • la asignación por colación, • los viáticos, • las prestaciones familiares otorgadas en conformidad a la ley, • la indemnización por años de servicio, • las indemnizaciones que procedan pagarse al extinguirse la relación laboral • las devoluciones de gastos en que se incurra por causa del trabajo.

¿Cómo se fija la remuneración? Puede fijarse por unidad de tiempo (día, semana, quincena o mes) o bien, por pieza, medida, obra, producción, trato o comisión. En ningún caso la unidad de tiempo podrá exceder de 1 mes. Lo más habitual es que se fije una remuneración mensual.

¿Qué descuentos se aplican a las remuneraciones y para qué? El empleador debe descontar obligatoriamente de la remuneración: a) los impuestos que la afecten: su monto varía de acuerdo al ingreso del trabajador.. b) las cotizaciones de seguridad social: su monto mínimo es de un 7% del sueldo. c) las obligaciones con instituciones de previsión: Su monto mínimo es de 10% más la cotización adicional por concepto de seguro y de la comisión que cobra la AFP, cuyo monto es variable (aproximádamente un 2,61%). Estas sumas de dinero son depositadas por el empleador en una cuenta de capitalización individual (parecida a una cuenta personal de ahorro) y tiene por objeto, entre otros, que cuentes con una pensión de vejez adecuada al término de la vida laboral (60 años las mujeres y 65 los hombres)

El trabajador al iniciar una relación laboral como trabajador dependiente debe comunicar a su empleador cuál es la AFP a la que se encuentra afiliado o a cuál desea afiliarse. Si el trabajador no hace esta declaración de voluntad, dentro de los 30 días siguientes o la iniciación de sus servicios, será el empleador el que elija la A.F.P. a la cual ingresará las cotizaciones previsionales.

d) El aporte del trabajador al Fondo de Seguro de Cesantía, en el caso que el trabajador tenga derecho a ello. Como regla general, tienen derecho a dicho aporte todos los trabajadores que celebraron su contrato de trabajo con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley que reglamenta dicho seguro. El fondo se financia con aportes del estado, del empleador y del trabajador.

e) las cuotas sindicales: Es descontado a los trabajadores asociados a un sindicato, a los adherentes a un contrato o convenio colectivo y a todos aquellos a los que se les hizo extensivo éste. Este dinero está destinado al patrimonio del sindicato ayudando a financiar las actividades que desarrolle y los beneficios que otorgue a sus afiliados.

Atención: El empleador no puede descontar, retener ni compensar ninguna cantidad por arriendo de habitación, luz, entrega de medicinas, atención médico u otras prestaciones en especies; o por multas que no estén autorizadas en el reglamento interno; ni mucho menos por robos, hurtos o pérdidas de caja.

Ejemplo Identificación del periodo Identificación de la parte empleadora Identificación de la parte trabajadora Sueldo base Parametros para calculo Los haberes Descuentos imponible No imponible Sueldo liquido

video https://youtu.be/j1MLYbrapOU

Material de apoyo http://opcionis.cl/blog/liquidacion-de-sueldo/