Fundación Laboral San Prudencio I. R. P

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Unidad 5 “Formas Jurídicas de la Empresa”
Advertisements

LEY DEL SISTEMA PRIVADO DE AHORRO PARA PENSIONES
NORMA FORAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS 2007
TEMA 5. ACTUALIZACIÓN LA REFORMA DEL IRPF
Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones FISCALIDAD DE LA INVERSIÓN COLECTIVA EN IBEROAMÉRICA Madrid, 21 de Noviembre de.
PAGE 1 El tratamiento fiscal de las grandes empresas Paris Del 23 al 26 de Abril de 2007.
Últimos datos consolidados publicados 2009 Fuente: Intervención General de la Administración del Estado (Ministerio de Hacienda y AAPP)
IMPUESTO A LA RENTA EMPRESARIAL (ASPECTOS A CONSIDERAR)
ASPECTOS A CONSIDERAR DEL IMPUESTO A LA RENTA
IRPF 2007: ASPECTOS NOVEDOSOS A TENER EN CUENTA
NOVEDADES IRPF Javier Armentia Basterra Novedades IRPF-2008 (1)
IRPF San Prudencio 2009 Javier Armentia Basterra Noviembre 2009.
NOVEDADES Charla Director San Prudencio 2009 Josu Zubiaga Nieva Noviembre 2009.
MEDIDAS TRIBUTARIAS PARA EL 2010 S. Prudencio medidas 2010 Javier Armentia Basterra 16 de noviembre 2010.
PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
UD. 12 GESTIÓN FISCAL 1. EL SISTEMA TRIBUTARIO ESPAÑOL
Calculo de la prestación económica BOST
CÁLCULO DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN EN LA MODALIDA NO CONTRIBUTIVA
Novetats de la Reforma Fiscal 2007
SISTEMA FISCAL ESPAÑOL & INTRODUCCIÓN AL IRPF
DECLARACIONES DE BIENES
Retención y Capacitación; Precontrato Capacitación Medidas Presidenciales Junio
Programa de fomento de empleo
MUJER TRABAJADORA Y REFORMA PREVISIONAL.
Capítulo 5 Estados Financieros.
Impuesto a la Renta Mayo2008.
Concepto y modalidades
MATERIAL ELABORADO EN ENERO DE 2009 POR despacho c.p. elio t. zurita garcía y asoc. s.c. ______________________________________________________________________________________________________.
Este financiamiento con garantía hipotecaria pueden recibirlo los derechohabientes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores.
PROGRAMA EMPRENDEDORES AUTÓNOMOS Subvención para el establecimiento como trabajador autónomo Subvención financiera Subvención para formación PROGRAMA.
Ley /2014, publicada el 3 de marzo de Fija Condiciones Especiales para Bonificación por Retiro Voluntario Departamento de Recursos Humanos.
I.R.P.F. CIERRE 2009 CIERRE 2009Y NOVEDADES 2010.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
FACULTAD DE ECONOMÍA Y NEGOCIOS
1 El debate de la justa distribución de la riqueza.
REFORMA FISCAL Ley 26/2014, de 27 de noviembre, de modificación del IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS Diciembre 2014.
Agrupación Nacional de Empleados Fiscales
Cotización Previsional Contratos a Honorarios
1. MARCO TRIBUTARIO ESPAÑOL. JUSTIFICACIÓN DEL SISTEMA TRIBUTARIO
IRPF 2013 DEDUCCIONES AUTONÓMICAS EN CASTILLA Y LEON Colegio Oficial de Gestores Administrativos de C y L.
Mónica Titze Asesora Subsecretario de Previsión Social 8 de noviembre 2013 DEVOLUCIÓN DE FONDOS PREVISIONALES A EXTRANJEROS.
Jubilación voluntaria Aplicación en el País Vasco según el Acuerdo Docente
REFORMA FISCAL Proyecto de Ley de reforma del
JORNADA TRIBUTARIA 2013 COITIRM Murcia 11 de marzo de 2013.
¿ QUE SON LOS P.I.A.S. ? PLAN INDIVIDUAL AHORRO SISTEMÁTICO
Desafíos de la Reforma Previsional Guillermo Arthur E. Presidente Encuentro Nacional de Seguridad Social:
DECLARACIÓN DE LA RENTA 2013 NOVEDADES Y PRINCIPALES CUESTIONES.
DR. BARROS BORGOÑO 384, PISO 3º PROVIDENCIA – SANTIAGO – CHILE Teléfono: (56 2) ATM CHILE & CONSULTORES ATM CHILE PROYECTO DE LEY REFORMA TRIBUTARIA.
TIPOLOGIA SOCIEDADES.
NOVEDADES EN LA FISCALIDAD DE LAS PERSONAS FISICAS
SISTEMA FISCAL ESPAÑOL & INTRODUCCIÓN AL IRPF
INGRESOS Es todo hecho económico que sea susceptible de producir un incremento neto del patrimonio en el momento de su ocurrencia. El origen de los Ingresos.
“Los impuestos que pagamos los españoles”. El IRPF es un impuesto directo que grava la obtención de renta de los ciudadanos. Del conjunto de los impuestos,
1 NAVARRO ABOGADOS Enero NAVARRO ABOGADOS  Incremento del MÍNIMO EXENTO por aumento de las reducciones personales y creación de una nueva reducción.
INSTITUTOINTERNACIONAL INSTITUTO INTERNACIONAL SAN TELMO 1 Cierre Fiscal Novedades Tributarias 2011/2012.
EL NUEVO IRPF PARA EL CARACTERISTICAS PRINCIPALES: 3REFORMA GLOBAL 3NUEVA ESTRUCTURA * Renta General * Renta del Ahorro 3NEUTRALIDAD EN EL TRATAMIENTO.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
1. EL CICLO CONTABLE.
Nueva Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades
IMPUESTOS A LOS INGRESOS
JORNADA INFORMATIVA FEDERACIONES Y CLUBS DEPORTIVOS CUESTIONES FISCALES, CONTABLES Y LEGALES 22 Mayo 2015.
Obligaciones fiscales de la empresa: IRPF e IS
UNIDAD 5: EL SISTEMA TRIBUTARIO
Principales modificaciones en materia fiscal introducidas por el Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria,
EJEMPLOS DE PLAN DE PREJUBILACIÓN
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES CIERRE 2010 CIERRE 2010 Y NOVEDADES 2011.
RETENCIONES DE IMPUESTO Instrumento legal de recaudación cuyo propósito fundamental radica en asegurar para el fisco, la percepción periódica del tributo.
 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS
IMPUESTO SOBRE LA RIQUEZA Y LAS GRANDES FORTUNAS (IRGF) Donostia, a 20 de septiembre de 2012.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS Prof. Álvaro Salas Suárez.
Transcripción de la presentación:

Fundación Laboral San Prudencio I. R. P Fundación Laboral San Prudencio I.R.P.F Aspectos Principales Declaración 2009 Noviembre 2009

Índice Obligación de Declarar 3 Novedades principales IRPF 2009 4 Esquema de liquidación 2009 5 Rendimientos Trabajo 6 Tributación de EPSV’s, PP’s y PPA’s 7 Rendimientos Actividades Económicas 10 Rendimientos Capital Inmobiliario 11 Base del Ahorro 13 Ganancias Patrimoniales 14 Previsión Social 17 Tributación conjunta 19 Tarifa 2008 20 Deducciones por Vivienda Habitual 21 Deducciones personales y familiares 2009 23

Obligación de declarar Contribuyentes que obtengan unos rendimientos brutos del trabajo > 20.000 euros. Contribuyentes que obtengan unos rendimientos brutos del capital y ganancias patrimoniales, incluidas las exentas, que superen conjuntamente los 1.600 euros anuales. Contribuyentes que obtengan unos rendimientos brutos del trabajo > 12.000 y < 20.000 euros siempre que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: Perciban rendimientos del trabajo procedentes de más de un pagador. Hubiesen suscrito más de un contrato de trabajo, laboral o administrativo. Perciban pensiones compensatorias recibidas del cónyuge o pareja de hecho, excepto anualidades por alimentos recibidas de los padres en virtud de decisión judicial. Hayan soportado retenciones con normativa no foral, que no hayan sido ingresadas en alguna Diputación Foral del País Vasco, hayan percibido retribuciones “especiales” o en caso de pérdida de beneficios fiscales de años anteriores. El contribuyente que tenga obligación de declarar por estar en alguno de estos supuestos podrá optar entre: Tributar de acuerdo con las disposiciones generales de este impuesto. Tributar teniendo en cuenta exclusivamente los rendimientos del trabajo, excluidas las exentas aplicando las tablas de retención y restando las retenciones soportadas y los ingresos a cuenta, sin tener en cuenta otros gastos deducibles, ni aplicando bonificación, deducción, reducción o beneficio fiscal alguno.

Novedades principales IRPF 2009 Actualización al 2% de la reducción por tributación conjunta, deducción general y deducciones familiares y personales. Deflactación de la tarifa también en un 2%. Nuevas medidas en la deducción por vivienda habitual: Consideración de las circunstancias económicas que impiden satisfacer el pago de la vivienda como excepción válida para la consideración de vivienda habitual a pesar de que el contribuyente no haya residido en ella durante un plazo continuado de 3 años. Se amplía el plazo para la materialización de las cantidades depositadas en Cuentas-Vivienda de 6 a 8 años, para aquellas cuentas cuyo plazo finalice entre el 1/01/2008 y el 31/12/2009. Las aportaciones realizadas en el plazo de prórroga de 2 años también darán derecho a deducción. Se amplía el plazo para la reinversión en vivienda habitual de 2 a 4 años en caso de transmisión entre 1/01/2006 y 31/12/2008 o de adquisición entre 1/01/2006 y 31/12/2008 y posterior transmisión de la anterior vivienda habitual. Ampliación de plazo de 3 a 5 años para la aplicación de las cantidades depositadas en entidades de crédito para la inversión en el inicio de una actividad económica, cuyo plazo finalice en el año 2009.

Esquema de liquidación 2009

Rendimientos netos del trabajo Reducción de la base imponible Rendimientos Trabajo Rendimientos del trabajo: mantenimiento de los gastos deducibles actuales (Seguridad social y cuotas obligatorias a organización política por cargo político) y de la bonificación: entre 3.000 y 4.650 euros conforme al siguiente cuadro: Esta bonificación, se incrementa para trabajadores discapacitados en: 100% si minusvalía > 33% y < 65%. 250% si minusvalía: > 33% y < 65% y estado carencial de movilidad reducida. > 65 %. La bonificación tiene como límite máximo el importe de los rendimientos netos del trabajo (no cabe rendimiento negativo). Rendimientos netos del trabajo Reducción de la base imponible < 7.500 euros 4.650 euros anuales Entre 7.500,01 y 15.000 euros 4.650 euros – 0,22 x (rendimiento neto – 7.500) > 15.000 euros o con rentas distintas de las del trabajo > 7.500 euros 3.000 euros anuales .

Tributación de EPSV’s, PP’s, PPA’s… Prestaciones en forma de renta: integración al 100% como RTP. Prestaciones en forma de capital: Se entenderá por primera prestación el conjunto de cantidades percibidas en forma de capital en un único ejercicio por el acaecimiento de cada contingencia (jubilación, invalidez, fallecimiento, enfermedad grave, paro larga duración, baja voluntaria transcurridos al menos 10 años en EPSV). Aplicable también a prestaciones sucesivas. Primera prestación por cada contingencia: reducción 40%. Segundas y ulteriores prestaciones por cada contingencia: también reducción 40% si se cumplen dos requisitos simultáneamente: Al menos 5 años desde la anterior prestación por dicha contingencia. Periodicidad y regularidad suficiente en las aportaciones (ver ejemplo).

Tributación de EPSV’s, PP’s, PPA’s…

Tributación de EPSV’s, PP’s, PPA’s…

Rendimientos Actividades Económicas ESQUEMA MÉTODOS Y MODALIDADES DE DETERMINACIÓN RAE RAE = RENDIMIENTO ACTIVIDAD +/- ALTERACIONES PATRIMONIALES ELEMENTOS AFECTOS (*) En algunos sectores posible aplicación de reglas específicas.

Rendimientos Capital Inmobiliario Rendimiento íntegro: importe recibido por todos los conceptos, incluidos los correspondientes a los bienes cedidos con el inmueble y excluido el IVA. Rendimientos procedentes de viviendas: Se incluyen en la base imponible del ahorro (BIA): 18% Bonificación: 20% del rendimiento íntegro. 25% si es la primera vez. Gastos deducibles intereses de capitales ajenos invertidos en la adquisición, rehabilitación o mejora. Rendimiento neto ≥ 0 para cada vivienda.

Rendimientos Capital Inmobiliario Rendimientos procedentes de bienes inmuebles distintos de vivienda: Se incluyen en la base imponible general (BIG). Gastos deducibles: Gastos necesarios para la obtención de los rendimientos, incluidos los intereses de capitales ajenos invertidos en la adquisición, rehabilitación o mejora. Tributos y recargos no estatales y tasas y recargos estatales que no tengan carácter sancionador. Gastos de administración, vigilancia, portería y similares. Gastos de formalización y defensa jurídica relacionados con los bienes, derechos o rendimientos. Saldos de dudoso cobro, con ciertos requisitos: Deudor en situación de concurso. Transcurso de 6 meses entre la primera gestión de cobro y la finalización del período impositivo. Gastos de conservación y reparación. Primas de contratos de seguro. Servicios o suministros. Amortización del 3% del coste de adquisición, sin incluir el suelo en inmuebles. Si no se conoce el valor de adquisición del suelo, se aplica ese 3% sobre el coste de adquisición total ponderado por el porcentaje que resulte de dividir el valor catastral del vuelo entre el valor catastral total. La suma de gastos deducibles no puede dar lugar, para cada inmueble, a un rendimiento neto negativo.

Porcentaje integración Base del Ahorro Frente a la base imponible general está la base imponible del ahorro: rendimientos de capital inmobiliario (arrendamiento de vivienda) + rendimientos capital mobiliario (RCM) + ganancias y pérdidas patrimoniales por transmisión de elementos patrimoniales no afectos a actividades económicas: Tipo de gravamen único (18%). Seguros : Prestaciones en forma de capital: Capital rescatado – Sumatorio de primas. Prestaciones en forma de rentas: integración en la Base Imponible Ahorro, de acuerdo al siguiente cuadro: Dividendos: mínimo exento 1.500 euros por autoliquidación. Rentas vitalicias Edad del rentista en el momento de constitución de la renta Porcentaje integración Menos de 40 años 40 Entre 40 y 49 años 35 Entre 50 y 59 años 28 Entre 60 y 65 años 24 Entre 66 y 69 años 20 Más de 70 años 8 Rentas temporales Duración renta Porcentaje integración Inferior o igual a 5 años 12 Entre 5 y 10 años 16 Entre 10 y 15 años 20 Más de 15 años 25

Ganancias Patrimoniales Coeficientes de actualización en transmisiones patrimoniales de inmuebles-acciones-participaciones fondos de inversión: Ejercicios Coeficientes 2009 1994 y anteriores 1,455 1995 1,545 1996 1,488 1997 1998 1,422 1999 1,383 2000 1,337 2001 1,287 2002 1,241 2003 1,207 2004 1,172 2005 1,134 2006 1,097 2007 1,067 2008 1,020 2009 1,000

Ganancias Patrimoniales Coeficientes reductores por antigüedad (11,11% inmuebles; 25% acciones cotizadas; 14,28% resto). La transmisión de elementos adquiridos antes de 31.12.1994 seguirá siendo susceptible de aplicar tales coeficientes, pero como regla general sólo sobre la parte de la plusvalía asignable linealmente hasta 31 de diciembre de 2006.

Ganancias Patrimoniales Regla especial para títulos cotizados y participaciones en fondos de inversión: no regla lineal, sino consideración de un valor objetivo a 31/12/2006 para distinguir la parte de la plusvalía anterior y posterior a esta fecha (ver ejemplo siguiente):

Previsión Social Previsión social: Límites máximos anuales de reducción por aportaciones a mutualidades, planes de pensiones y EPSVs:

Previsión Social Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS) Contratos con entidades aseguradoras. Percepción. Renta vitalicia asegurada. 10 años desde primera aportación. No necesario acaecimiento de jubilación o invalidez. Límite aportación (no reducción de base imponible, pero compatible con aportaciones a PP, EPSV, PPA): Anual: 8.000€ Acumulado: 240.000€ Exentas las rentas puestas de manifiesto en su constitución (rentabilidad acumulada). Tributación como RCM por la renta (con los coeficientes de integración de las rentas vitalicias inmediatas). Si los derechos económicos acumulados se hacen líquidos en supuestos distintos a renta vitalicia. Si previamente a constitución de la renta, tributación al 18% del rendimiento obtenido (importe percibido-primas satisfechas). Si anticipación de derechos (total o parcialmente) una vez constituida la renta, tributación de renta exonerada de gravamen en su constitución.

Tributación conjunta Reducción por tributación conjunta: 3.954 euros anuales por declaración. 3.434 euros en caso de unidad familiar formada por un solo progenitor y los hijos menores.

Tarifa 2008 Escala general del Impuesto 2009: La base liquidable del ahorro se gravará al 18%. Base liquidable hasta euros Cuota íntegra euros Resto base liquidable hasta euros Tipo aplicable porcentaje 14.570 23,00 3.351,10 28,00 29.140 7.430,70 35,00 43.710 12.530,20 18.730 40,00 62.440 20.022,20 EN ADELANTE 45,00

Deducciones por Vivienda Habitual Deducción por alquiler de vivienda habitual: 20% de las cantidades satisfechas con el límite de 1.600 euros anuales. 25% de las cantidades satisfechas con el límite de 2.000 euros anuales cuando los contribuyentes. Tengan < 35 años (al final del periodo impositivo). Titulares de familia numerosa. Tengan la obligación de pagar el alquiler de la vivienda familiar por decisión judicial (prorrateo entre los dos cónyuges si la obligación corresponde a ambos). Tributación conjunta: si unas personas con derecho a deducción < 35 años y otras con edad superior, se aplica el porcentaje de 25% y el límite de 2.000 euros.

Deducciones por Vivienda Habitual Deducción por adquisición de vivienda habitual. Regla general: Deducción del 18% de las cantidades invertidas en la adquisición vivienda habitual. Deducción del 18% de los intereses satisfechos por la utilización de capitales ajenos. Deducción anual máxima: 2.160 euros (12.000 euros en la base). Regla especial: Porcentajes de deducción del 23% (salvo cuentas vivienda) en caso de: Contribuyentes < 35 años (al final del periodo impositivo.) Titulares familia numerosa. Tengan la obligación de satisfacer cantidades por la vivienda familiar en virtud de decisión judicial. Deducción anual máxima 2.760 euros (12.000 euros en la base). Crédito vivienda: 36.000 euros por cada contribuyente, a lo largo de sucesivos periodos impositivos, lo que incluye: Crédito vivienda consumido entre 01/01/1999 y 31/12/2006, de acuerdo con la normativa anteriormente aplicable. Deducciones en la cuota por inversión y financiación a partir de 2007. A partir de 2007, el 18% de la ganancia patrimonial acogida a exención por reinversión en relación con la transmisión de vivienda habitual.

Deducciones personales y familiares 2009 Deducción por descendientes < 30 años o discapacitados, sin rentas (excluidas exentas) > S.M.I. y sin obligación presentar autoliquidación por este impuesto: Deducción adicional de 313 euros para < 6 años. Deducción por cada ascendiente que conviva de forma continua y permanente durante el año con el contribuyente (asimilable cantidades pagadas a residencias): 261 euros. Requisitos: rentas (excluidas exentas) < S.M.I. no pertenencia a unidad familiar con miembros con rentas anuales > S.M.I. y sin presentar u obligación presentar autoliquidación por este impuesto. Descendiente Reducción anual Primero 547 euros Segundo 677 euros Tercero 1.145 euros Cuarto 1.353 euros Quinto y sucesivos 1.769 euros

Deducciones personales y familiares 2009 Deducción por discapacidad: por cada contribuyente persona discapacitada: 729 euros si grado de minusvalía > 33% e < 65%. 1.041 euros si grado de minusvalía > 65%. 1.249 euros si grado de minusvalía > 75% y obtiene entre 15 y 39 puntos de ayuda de tercera persona. 1.561 euros si grado de minusvalía > 75% y obtiene 40 o más puntos de ayuda de tercera persona. Igual deducción para cada descendiente, ascendiente, cónyuge o pareja de hecho o por cada pariente colateral hasta el cuarto grado inclusive, cualquiera que sea su edad, que dependiendo del contribuyente y no teniendo, aquellos familiares, rentas anuales superiores al doble del S.M.I. en el periodo impositivo de que se trate, sean personas con discapacidad. Deducción por edad: 313 euros por cada contribuyente de edad superior a 65 euros. 573 euros si la edad es superior a 75 años.