UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

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Transcripción de la presentación:

UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS EL COMERCIO DE LOS SERVICIOS BANCARIOS BAJO EL TLC-USA-RD Por: José Manuel López Valdés 1ro. de abril del 2004 Santo Domingo, D.N

I. Introducción. a) Modos de Prestación del Comercio de Servicios Bancarios. 1. Presencia Comercial. Requiere el establecimiento de un banco en el país. 2. Suministro Transfronterizo. El servicio bancario fluye del banco establecido en el país hacia usuarios domiciliados en el extranjero. 3. Consumo en el Extranjero. El consumidor nacional usa los servicios bancarios domiciliados en el exterior. 4. Presencia de Personas Físicas. Desplazamiento de personas que prestan servicio en un país a otro país.

b) Doble Regulación Bancaria en USA Versus Una en RD. En Estados Unidos existen dos tipos de bancos, los bancos federales y los estatales, estando sujetos los bancos a regulaciones federales y estatales. Existe doble regulación. En la República Dominicana hay una sola regulación, la nacional. El TLC es a nivel federal. Sin embargo, toda Presencia Comercial en Estados Unidos se enfrenta a 52 regulaciones diferentes lo que equivale en la práctica a negociar con 52 “países” (50 Estados + Distrito de Columbia + Puerto Rico). La firma del TLC entre RD y USA no asegura el acceso a todos los Estados que integran EEUU. Estos Estados tienen requisitos diferentes y el TLC no garantiza la homogenización de los mismos ni el reconocimiento de licencias entre los Estados.

II. Posición Bancaria Dominicana ante TLC. Objetivos: a) Consolidar la posición de la Banca Dominicana en cuanto a la Presencia Comercial y el Comercio Transfronterizo. b) Explorar vías para ofrecer mayores servicios a los dominicanos residentes en los Estados Unidos. c) Explorar apertura de los Estados Unidos para ofertar servicios bancarios dominicanos en EEUU (mediano plazo).

A) Consolidar la Posición de la Banca Dominicana en cuanto a la Presencia Comercial. La Ley Monetaria y Financiera (LMF) es clara y abierta en lo que respecta a la participación de la banca extranjera en el mercado financiero dominicano. Esta Ley establece (Art. 39) que la participación de la inversión extranjera en la actividad de intermediación financiera nacional podrá realizarse bajo cuatro modalidades:

1. Mediante la adquisición de acciones de Bancos Múltiples y Entidades de Crédito existentes. 2. Mediante la constitución de nuevos Bancos Múltiples y Entidades de Crédito. 3. Bajo la modalidad de filial (mediante el estable- cimiento de bancos propiedad de entidades financieras extranjeras). 4. Mediante el establecimiento de Sucursales de bancos constituidos con arreglo a la legislación de otros países.

Adicionalmente los bancos extranjeros podrán establecer Oficinas de Representación en el país, las cuales no pueden realizar actividades de intermediación financiera. Los bancos extranjeros deberán contar con la aprobación previa de la Junta Monetaria para operar en el país, quedando sujetos a las mismas normas y requerimientos de las entidades bancarias nacionales.

Posición RD Posición USA Presencia Comercial con internación de capital en el país, el que se considerará para las Normas Prudenciales y Coe-ficientes Técnicos. Posición USA Para las sucursales bancarias extranjeras en RD, que se tengan en cuenta los recursos de la Casa Matriz sin necesidad de internar capital en el país. Resultado de la Negociación Se acogió la posición de República Dominicana consolidando la Presencia Comercial.

A2. Suministro Transfronterizo. La Ley Monetaria y Financiera establece claramente los requisitos para la participación de la inversión extranjera en la actividad de intermediación financiera nacional, requiriendo la realización de una inversión de capital en territorio dominicano para poder prestar servicios bancarios y financieros. En consecuencia, estos no podrían ofrecerse de manera transfronteriza incluyendo el Comercio Electrónico.

Resultado de la Negociación. Consolida la prestación de servicios relacionados con procesamiento de datos financieros, asesoría financiera y otros servicios financieros auxiliares, excluyendo la actividad de intermediación financiera transfronteriza. En lo que respecta a la Administración de Cartera, la RD deberá emitir una Ley especial para el manejo de inversiones (fondos mutuos, etc.) en un plazo no mayor a 4 años.

B) Explorar vías de Acceso al Mercado de Dominicanos Residentes en los Estados Unidos. El mercado objetivo: los Inmigrantes dominicanos residentes en Estados Unidos. El propósito: Asegurar el mayor éxito económico del inmigrante vía la provisión de un servicio de administración financiera de las remesas, tanto a sus dependientes nacionales localizados en el país de origen como a los inmigrantes mismos en el país destino a través de instituciones con Presencia Comercial en territorio de EEUU.

2. Venta y Contratación del Servicio. 3. Servicios Conexos. Específicamente, las instituciones financieras de la República Dominicana podrían ofrecer, sobre la base de los términos del acuerdo, servicios financieros a los inmigrantes residentes, vía la realización de diversas actividades en el territorio de los Estados Unidos, como por ejemplo: 1. Publicidad y Mercadeo. 2. Venta y Contratación del Servicio. 3. Servicios Conexos.

Resultado de las Negociaciones. Promover el establecimiento de Oficinas de Representación en Estados Unidos para dar asesoría y asistencia a los dominicanos residentes en dicho país. Para ello se requerirán negociaciones con las Autoridades en los Estados respectivos.

C) Explorar apertura de los Estados Unidos para ofertar servicios bancarios dominicanos en su territorio.

Resultado de la Negociación. Dado que el TLC es a nivel federal los esfuerzos del país en este sentido deberán llevarse a cabo con las Autoridades de los Estados en los que se tenga interés de instalar Sucursales u Oficinas de Representación bancarias en el futuro. Se requerirá además una mejoría de la supervisión bancaria de RD.

Conclusión. El país consolidó su posición en cuanto al Comercio de los Servicios Bancarios en materia de Presencia Comercial y del Suministro Transfronterizo de los mismos. Con la firma del TLC se inicia una nueva etapa que requerirá continuar negociaciones a nivel Estatal para aprovechar en el corto y mediano plazo las oportunidades que el TLC traerá para el comercio de los servicios bancarios para la República Dominicana.

Gracias!