Política, ética y derecho

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Transcripción de la presentación:

Política, ética y derecho

Ética y política: Maquiavelo

Una pregunta importante que debe hacerse la filosofía política es si la acción en la esfera pública debe regirse o no por las mismas normas morales que imperan en la esfera privada. Por decirlo en pocas palabras: ¿qué relación hay entre ética y política? EDAD ANTIGUA: Esta no era una pregunta que inquietase demasiado a los antiguos: para ellos, ética y política eran indisociables. Tenemos un ejemplo paradigmático de ello en la filosofía política de Aristóteles, para quien el hombre es un animal político por naturaleza: los seres humanos no somos autosuficientes, y necesitamos de la comunidad política para poder alcanzar el fin que nos es propio: la eudaimonía. Quien no precisa de la ciudad, dice Aristóteles, sólo puede ser una bestia o un Dios. La política, por tanto, está al servicio de nuestro perfeccionamiento como seres humanos, y tiene una finalidad ética bien clara: su objetivo no es otro que el bien común —un bien común que sería inalcanzable sin ella. EDAD MEDIA: En la Edad Media tampoco era objeto de disputa si ética y política van o no de la mano, pues todas las esferas de la acción humana estaban sometidas al dictado de la moral cristiana. EDAD MODERNA: El problema de la relación entre ética y política no emerge, por tanto, hasta la Edad Moderna. Será el pensador florentino Nicolás Maquiavelo (1469-1527) quien lo ponga sobre la mesa. En sus dos obras capitales, El Príncipe y los Discursos sobre la primera década de Tito Livio, Maquiavelo convierte la política en un campo autónomo, completamente independiente de la ética y la religión. Según él, la acción política tiene unos fines propios: la conservación o el aumento del poder del Estado. Lograr esos fines es lo que debe importar al gobernante, y para ello debe desplegar los medios que considere necesarios, sin atender a otras reglas que las que impone la propia prudencia política.

A partir de Maquiavelo, por lo tanto, la relación entre ética y política se torna problemática. Se toma conciencia de que la política es un campo autónomo, y una gran parte del pensamiento político moderno y contemporáneo lo estudiará sin tomar en consideración la ética A esta tradición, que nace con el propio Maquiavelo, la denominamos realismo político, pues se dedica a analizar el funcionamiento real de la política: no se pregunta cómo debería funcionar la política, sino cómo funciona. Sin embargo, otra tradición de pensamiento político entenderá que, aunque la política sea independiente de la ética, es necesario acudir a esta última para legitimar la acción de gobierno y las instituciones políticas. Esta otra tradición tendrá como objetivo buscar una fundamentación normativa de la política: no se pregunta cómo funciona la política, sino cómo debería funcionar.

Iusnaturalismo y positivismo jurídico Ética y derecho: Iusnaturalismo y positivismo jurídico

Llamamos derecho al conjunto de normas que regulan la conducta humana y permiten la convivencia en sociedad. Esta definición se aproxima mucho a la definición de «moral» , que es el conjunto de normas por las que debe regirse el comportamiento de una persona para que su conducta sea juzgada como correcta o buena por la sociedad. Derecho y moral tienen en común, pues, su carácter normativo e imperativo y su necesidad para mantener la cohesión social. La filosofía del derecho se pregunta por la justificación y los fundamentos de los ordenamientos jurídicos. Una pregunta fundamental que tendrá que abordar es si las normas jurídicas tienen o no su fundamento en criterios de justicia preexistentes. Tradicionalmente, el iusnaturalismo ha defendido que sí, mientras que el positivismo jurídico ha sostenido la tesis contraria.

El problema de la necesidad de fundamentar las normas jurídicas surge cuando tenemos que responder a preguntas como: en los países en que existe pena de muerte, ¿por qué no se considera al verdugo un asesino? O ¿por qué no es lo mismo un inspector de hacienda que un atracador? El verdugo y el asesino, el inspector de Hacienda y el atracador usan la fuerza, la coacción y la violencia contra un individuo, pero sus formas de coaccionar son muy diferentes. Unas están justificadas y otras injustificadas, por ser subjetivas y arbitrarias. ¿Cómo se justifican dichas normas? Según el iusnaturalismo las normas pueden ser justas, aunque no sean válidas. Según el positivismo jurídico, las normas pueden ser válidas sin ser justas.

IUSNATURALISMO Defiende la existencia de unos derechos innatos, naturales, previos y prioritarios a la ordenación jurídica de los estado. Suelen destacar el derecho a la vida, a la seguridad, a la libertad, a la propiedad y a la resistencia ante la opresión. Esta teoría presupone que hay un fundamento universal de los derechos y que todos los seres humanos pueden disfrutar de ellos sin ningún tipo de discriminación. Ante los derechos naturales los Estados tendrían que limitarse a garantizarlos y protegerlos. Para el iusnaturalismo, LA POLÍTICA ESTÁ SUBORDINADA A LA MORAL, y los derechos de los individuos marcan el límite de la acción política.

IUSNATURALISMO La historia de la doctrina del derecho natural o iusnaturalismo se basa en la creencia de que existen ciertos principios de derecho natural que están por encima de las leyes creadas por el ser humano. Estos principios son también principios de la moralidad, inmutables y eternos, al contrario que las leyes positivas, que pueden cambiar de un Estado a otro y con el paso del tiempo. Las leyes humanas, que se encargan de regular los asuntos de la comunidad, deben estar de acuerdo con los principios del derecho natural para ser válidas. En consecuencia, la validez de las normas jurídicas depende necesariamente de los establecido en tales principios. Por tanto, el iusnaturalismo justifica la fuerza normativa del derecho, de lo jurídico, sobre los ciudadanos bien en la naturaleza o bien en la racionalidad de carácter moral comunes a todos los seres humanos.

POSITIVISMO JURÍDICO Frente a la teoría iusnaturalista, el positivismo jurídico defiende que los derechos individuales derivan de la legislación sancionada por una organización estatal (derecho positivo). Los derechos no son fruto de ninguna naturaleza humana ni tendrían un alcance universal, sino que son tan solo las libertades concedidas por las autoridades políticas de un país determinado. Así pues, el fundamento del derecho no radica en la naturaleza humana sino en la voluntad política de un pueblo encarnada en unas instituciones que garantizan y conceden derechos a los individuos. Para el positivismo, LA POLÍTICA ES TOTALMENTE INDEPENDIENTE DE LA MORAL, de modo que los derechos son el resultado de una acción política, no de una reflexión sobre la naturaleza humana.

POSITIVISMO JURÍDICO. Hans Kelsen El austriaco Hans Kelsen quiso hacer del derecho una ciencia normativa positiva, independiente y libre de consideraciones naturalistas (como la psicología, la política y la sociología) o morales. La ciencia del derecho, la jurisprudencia, no es una ciencia causal de la naturaleza humana, sino una ciencia normativa. Por lo tanto, las leyes no se justifican por principios externos al propio ordenamiento jurídico, sino, como pretendía el iusnaturalismo, sino por referencia a otra ley de rango superior. Ej. ¿Por qué una sentencia judicial es una norma jurídica válida y debe ser aplicada? Porque esa norma individual fu dictada en aplicación del Código Penal. En conclusión, el conjunto de las leyes que forman la constitución del Estado se basan en el presupuesto jurídico que Kelsen llama “norma básica”. Kelsen considera que esta norma básica, que consiste en superponer que la constitución del Estado es una norma obligatoria, es lo que hace que aceptemos las normas jurídicas como normas válidas, obligatorias de forma general.