Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia.

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Transcripción de la presentación:

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia

PROYECTO DE LEY No. 15/03 SENADO POR EL CUAL SE PROMUEVE LA CONFIANZA INVERSIONISTA EN COLOMBIA

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Fuente: DANE, DNP, Mincomercio En Colombia el ingreso per cápita se deterioró con la crisis de 1999 Por qué necesitamos inversión

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia El reto es recuperarlo... Fuente: DANE, DNP, Mincomercio Por qué necesitamos inversión

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Para lograrlo necesitamos crecer más... Fuente: DNP Por qué necesitamos inversión

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Muy posiblemente se requerirá inversión extranjera adicional, cerca de 3% del PIB Fuente: Mincomercio 2.0% Por qué necesitamos inversión

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Fuente: DNP, Mincomercio Por lo tanto es necesario romper la inercia prevista de los flujos de inversión extranjera Por qué necesitamos inversión

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia México: Inversión extranjera directa US$ millones Fuente: Cepal - 5,000 10,000 15,000 20,000 25,000 30, México ingresa a NAFTA Caso mexicano

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Confianza El 20 de julio, el Gobierno Nacional, radicó en el Congreso de la República el Proyecto de Ley de Confianza Inversionista. Esta iniciativa responde a la necesidad de generar herramientas que incentiven la confianza y la claridad en las reglas de juego para promover la inversión.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Confianza Equidad CONFIANZA Crecimiento económico Ahorro e inversión privada Seguridad democrática Estabilidad macroeconómica Eficiencia Entorno jurídico Gestión pública Empleo Erradicación pobreza

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia El Gobierno presenta la novedosa figura de los contratos de confianza inversionista, mediante la cual la Naci ó n garantiza a quienes efect ú en inversiones nuevas por montos iguales o superiores a cincuenta mil millones de pesos colombianos ($ ), que en caso de que sean modificadas ciertas disposiciones normativas espec í ficas previstas en dichos contratos, cuya estabilidad sea determinante en la decisi ó n de inversi ó n, é stos ser á n indemnizados. El Gobierno busca que el inversionista que suscriba estos contratos tenga la confianza y seguridad de que aquellos incisos, ordinales, literales, par á grafos o art í culos espec í ficos de leyes o actos administrativos, que sean trascendentales para conformar su decisi ó n de invertir, no le sean modificados en su detrimento. Los contratos son un compromiso que asume libremente la Naci ó n, para mitigar las consecuencias de cambios normativos espec í ficos, en las condiciones y con las limitaciones previstas en el contrato. De esta manera la Naci ó n le apuesta plenamente a la estabilidad en las reglas del juego, a la generaci ó n de inversi ó n y al desarrollo econ ó mico y social. Contratos

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Las inversiones deben ser nuevas y por montos superiores o iguales a cincuenta mil millones de pesos ($ ); Los contratos deben contar con las firmas del representante legal de la entidad contratante, el Ministro de Hacienda y el Ministro del ramo; Concepto previo y favorable de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público respecto de su impacto en la estabilidad macroeconómica y la solvencia fiscal de la Nación; Contratos - requisitos

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Identificación precisa de las normas específicas objeto del contrato. No es posible garantizar la estabilidad de regímenes completos, como por ejemplo, el tributario, laboral o cambiario; Estimación anticipada de los daños frente a cada una de las disposiciones objeto del contrato; La determinación de un tope máximo para el monto de la indemnización, que es hasta el valor de la inversión efectivamente realizada; Contratos - requisitos

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia En caso de que se indemnice a un inversionista por la modificación de una norma prevista en un contrato de confianza inversionista, dicho inversionista no puede interponer otras acciones en tribunales nacionales o internacionales por la misma causa. Contratos - requisitos

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Necesidades a las que responde La necesidad de contar con un mecanismo que permita dar estabilidad a las reglas del juego en los casos en que dicha estabilidad sea socialmente justificada por la magnitud e importancia social de las inversiones que dependen de ella. Impedir que dicha estabilidad se convierta en inamovilidad, al punto de ser una camisa de fuerza para la facultad normativa del Estado.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Necesidades a las que responde Evitar que una normatividad de estas características implique una proliferación de regímenes jurídicos particulares que conlleve la atomización del Estado de Derecho. Prevenir situaciones de inequidad, por aplicación diferencial de la Ley a los asociados.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Experiencia en otros países PERU PANAMA ECUADOR CHILE

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Perú SUJETOS: inversionistas nacionales y extranjeros. OBJETO DE LA COBERTURA: Empresa receptora, inversión e inversionista. REQUISITOS INVERSION: 1. Monto de la inversión (US $ 5M - 10M); 2. Empresas nuevas o existentes. PLAZO INGRESO INVERSION: 2 a 3 años. BENEFICIOS: 1. Estabilidad impuesto renta (tasa + 2 puntos %); 2. Estabilidad régimen exportaciones; 3. Estabilidad régimen zonas francas; 4. Estabilidad régimen laboral. TIEMPO BENEFICIO: 10 años MECANISMO: contrato

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Panamá SUJETOS: inversionistas nacionales y extranjeros. OBJETO DE LA COBERTURA: Empresa receptora, inversión e inversionista. REQUISITOS INVERSION: 1. Monto de la inversión (US$ 2M); 2. Empresas nuevas o existentes; 3. Sectores determinados; 4. Generación de empleo. PLAZO INGRESO INVERSION: 2 a 3 años. BENEFICIOS: 1. Estabilidad tributaria nacional; 2. Estabilidad tributaria municipal; 3. Estabilidad régimen aduanero; 4. Estabilidad régimen laboral; 5. Libre transferencia de capitales y utilidades. TIEMPO BENEFICIO: 10 años MECANISMO: Registro

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Ecuador SUJETOS: inversionistas nacionales y extranjeros. OBJETO DE LA COBERTURA: Empresa receptora, inversión e inversionista. REQUISITOS INVERSION: 1. Monto de la inversión (US$ ); 2. Empresas nuevas o existentes. PLAZO INGRESO INVERSION: 6 meses. BENEFICIOS: 1. Estabilidad impuesto renta; 2. Libre transferencia de capitales y utilidades; 3. Estabilidad régimen exportaciones; 4. Estabilidad régimen laboral; 5. Estabilidad régimen de zonas francas. TIEMPO BENEFICIO: 10 años empresas existentes; 20 años nueva inversión. MECANISMO: Contrato.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Chile SUJETOS: inversionistas extranjeros. OBJETO DE LA COBERTURA: Empresa receptora, inversión e inversionista. PLAZO INGRESO INVERSION: 2 a 3 años; Minería o inversiones superiores a US$ 50 M plazo de 8 años. BENEFICIOS: 1. Estabilidad impuesto renta (tasa 42%); 2. Estabilidad impuestos indirectos para maquinaria y equipos; 3. Estabilidad régimen arancelario para maquinaria y equipos; 4. Libre transferencia de capitales y utilidades. TIEMPO BENEFICIO: 10 años en general. 20 años para proyectos extractivos con inversión superior a US$ 50 M. Estabilidad impuestos indirectos y régimen arancelario por el mismo tiempo de ingreso de la inversión. MECANISMO: Contrato.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Problemas de las otras experiencias Garantizar la estabilidad de regímenes legales completos, como el régimen tributario, laboral o arancelario es altamente inconveniente, pues genera inamovilidad legislativa. Países en vías de desarrollo, como Colombia, requieren de un margen de maniobra en materia regulatoria, puesto que día a día deben adaptar sus normas a los cambios del entorno. Los esquemas no se adaptan a las necesidades del inversionista, puesto que es el Estado quien determina unilateralmente sobre qué normatividad recae la estabilidad. No es conveniente dar soluciones idénticas a problemas distintos. Es necesario contar con un mecanismo versátil que dé soluciones individuales a necesidades individuales, y tenga en cuenta los intereses de sus usuarios.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Carácter impredecible de las consecuencias de la firma de los contratos. En efecto, al otorgar estabilidad sobre regímenes completos se torna muy difícil para el Estado controlar las modificaciones normativas. Incluso, puede ser complicado establecer cuál es la normatividad vigente. Lo anterior eventualmente daría lugar a mayor inestabilidad jurídica, que es precisamente lo que se pretende evitar. Problemas de las otras experiencias

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia BENEFICIOS DE LOS CONTRATOS DE CONFIANZA INVERSIONISTA El mecanismo de confianza inversionista genera los incentivos adecuados tanto para la Nación como para el inversionista. La estabilidad de normas específicas, determinantes de grandes inversiones, reduce el costo de transacción para los actores económicos, lo cual redunda en una mejor asignación de los recursos de inversión. Desde el punto de vista de los actores económicos, la garantía de estabilidad de las normas determinantes de la inversión reducen el riesgo de la misma. Dado que el riesgo es un componente fundamental de los costos de toda inversión, la reducción del riesgo disminuye los costos para el inversionista, lo cual genera valor y aumenta la propensión a invertir.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Además, en un entorno de competencia, la disminución de los costos de producción se puede traducir en una reducción de los precios de los bienes y servicios ofrecidos a la comunidad, o en una mejor destinación de los recursos al interior de las empresas y de la sociedad en su conjunto. El beneficio social inmediato de estos contratos es la generación de valor, que viene acompañada de empleo y desarrollo. Pero en muchos casos la estabilidad genera incentivos para los actores económicos con consecuencias sociales favorables que superan los beneficios inmediatos.. BENEFICIOS DE LOS CONTRATOS DE CONFIANZA INVERSIONISTA

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia En su conjunto, los contratos de confianza inversionista son un mecanismo idóneo para aumentar certidumbre, reducir riesgo, y permitir una distribución más elaborada (y por ende más acorde con las necesidades e intereses de las partes) de incentivos entre los actores económicos en transacciones complejas. Pero, lo que es más importante, son un instrumento de generación de empleo y desarrollo para bien del pueblo colombiano. BENEFICIOS DE LOS CONTRATOS DE CONFIANZA INVERSIONISTA

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