Lic Javier D’Accorso Codigo civil y comercial

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Sociedad en Comandita Simple Sociedad en Comandita por Acciones
Advertisements

La vía para crecer y estar cada día mas fortalecidos.
SOCIEDADES MERCANTILES
Las sociedades mercantiles
1 Sociedades Unipersonales POSTURA NEGATORIA: El principio es que el deudor debe cumplir con sus obligaciones. EL EMPRESARIO UNIPERSONAL Y LA LIMITACIÓN.
Prof. Cra. Teresa Bisordi de Gutiérrez1 TRATAMIENTO CONTABLE DE HECHOS Y OPERACIONES ESPECÍFICAS UNIDAD IV EL PATRIMONIO NETO. FINANCIACIÓN PROPIA.
Alejandra Díaz – Paola A. Upegui Sociedad de Responsabilidad Limitada.
La forma mas simple de empresa es la individualidad o familiar. El empresario aporta su capital y su trabajo, contrata otros factores, busca financiación.
Práctica Empresarial I Sociedades Comerciales. Clasificación de las Empresas Según la forma jurídica…. Empresa Unipersonal Sociedades. Cooperativas.
Formas jurídicas de las empresas Imagen 1. Imagen elaboración propia. La empresa y su entorno: Formas jurídicas de las empresas.
Expositores: Elias saez Constanza Maldonado Flor Maldonado Olga Gallardo.
Figuras Jurídicas Negocios en Panamá. Diferentes Figuras Jurídicas Para operar un negocio en Panamá, usted puede realizar sus actividades a través de:
» Se constituye como mínimo con dos personas y puede llegar a tener como máximo 20 socios. » Los socios no responden con su Patrimonio personal » Órganos.
OBJETIVOS DE LA EMPRESA SE ENTIENDE POR LOS OBJETIVOS DE UNA EMPRESA COMO AQUELLOS EFECTO QUE UNA EMPRESA DESEA OBTENER O EL RUMBO QUE DESEA TOMAR.
PERSONAS JURIDICAS Personas jurídicas. Disposiciones generales. Personalidad. Clasificación. Atributos. Funcionamiento, disolución y liquidación. Asociaciones.
Prof: Rosa Barroso. 1 U.D. 2: LA FORMA JURÍDICA DE LA EMPRESA.
Artículos del Código Civil y Comercial. Son personas jurídicas todos los entes a los cuales el ordenamiento jurídico les confiere aptitud para adquirir.
JOSE ALI PORTILLO MARTINEZ CI El Derecho Mercantil es la rama del Derecho Privado constituido por una serie de normas que regulan aquellos actos.
SOCIEDADES COLECTIVAS Los socios tiene responsabilidad, subsidiaria, solidaria e ilimitada:
CREACIÓN DE EMPRESA Y ASPECTO DE LA ORGANIZACIÓN DEYSI MIREYA VILLOTA CORTES.
DOMINIO ADMINISTRACION Y CONTROL
Carlos Carnevali Dickinson 22 de marzo de 2017
Tema 4: Clasificación de empresa según su forma jurídica
Tema: Universidad politécnica de el salvador materia: Integrantes:
ADMINISTRACIÓN GENERAL
Capítulo 6: Patrimonio y Formas de Organización Empresarial
SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES
EMPRESA DEFINICIÓN: Empresa es toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes.
Personas Jurídica.
COOPERATIVAS Ley
SOCIEDADES EN NOMBRE COLECTIVO
CAPÍTULO VIII EL EMPRESARIO SOCIAL.
Mg. María Luisa Valdivia B. Docente USMP
Derecho comercial e industrial Trabajo académico
Fideicomiso Mercantil
Universidad de Chile Facultad de Derecho Derecho Comercial
CONTRATO DE SOCIEDAD Mg. María Luisa Valdivia B..
Mg. María Luisa Valdivia B. Docente USMP
Mg. María Luisa Valdivia B. Docente USMP
Sociedades mercantiles
Documentación jurídica en la constitución de una empresa
ELECCIÓN DE LA FORMA JURÍDICA
Clasificación de Las Sociedades
LAS EMPRESAS Y LAS SOCIEDADES
Sociedad de responsabilidad limitada
Formas jurídicas de las empresas
MATERIA: ASESORIA CONTABLE TEMAS: TIPOS DE SOCIEDADES. PASOS PARA FORMALIZACION DE UNA SOCIEDAD.
Tema 2 Clases de empresas.
Comunidad de bienes.
TIPOS DE SOCIEDADES COMERCIALES
EMPRESA EN EL PERÚ 2015.
SOCIEDADES MERCANTILES
SOCIEDAD COMANDITARIA POR ACCIONES
Comunidad de bienes.
TIPOS DE SOCIEDADES COMERCIALES
SOCIEDADES MERCANTILES
LA EMPRESA. ¿QUE DIFERENCIA EXISTE ENTRE UNA EMPRESA UNIPERSONAL Y UNA EIRL? FIFERENCIAS  EIRL  Forma una persona jurídica  Formalidad escritura publica.
Autor: Rafael Monterroza Barrios
1. Concepto y etimología  Proviene de la voz latina : prehendere = emprender  La empresa es la organización de los elementos de la producción; naturaleza,
UNIVERSIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES CONTABILIDAD PARA ABOGADOS Dr. JOSÉ HENRY ALZAMORA CARRIÓN 2014.
CONCEPTO DE EMPRESA “ La empresa es una organización social que realiza un conjunto de actividades y utiliza una gran variedad de recursos (financieros,
SOCIEDADES MERCANTILES TIPOS DE SOCIEDADES. SOCIEDADES MERCANTILES  A. ACCIONADAS  SOCIEDAD ANÓNIMA  SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES  B. NO ACCIONADAS.
TIPOS DE SOCIEDADES EN COLOMBIA Movimiento (Básico)
UNIDAD 4 ACTIVIDADES EMPRESARIALES
TEMA DE EXPOSICIÓN: V UNIDAD: “ESTUDIO DE LA EMPRESA” NOMBRE DEL DOCENTE:  LIC. DANILO DE JESÚS MORALES GALEANO GRUPO DE CLASE :  V448 FECHAS:  DEL.
Tema Sociedad colectiva Que es una sociedad colectiva Es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden de modo subsidiario,
SOCIEDADES MERCANTILES
SOCIEDADES DE CAPITAL HEIDY PARRADO CAMILA TABORDA YULIANA MORENO 11-1.
Empresa.
SOCIEDAD DE COMANDITA SIMPLE Vera Vasques Angelina Keren No Recuerdo Calvay Barrios Noemy Carrillo Dias Yulissa Herrera Mezones Any Adeli Adanaque Carranza.
Transcripción de la presentación:

Lic Javier D’Accorso Codigo civil y comercial

Ente aptitud para adquirir derechos contrae obligaciones Personas jurídicas Ente aptitud para adquirir derechos contrae obligaciones

Tipo de entes juridicos Publicos Estado nacional Estado provincial Ciudad de Buenos Aires Estados extranjeros Iglesia católica

Tipo de entes juridicos Privadas Sociedades Asociaciones civiles Fundaciones Iglesias Comunidades o entidades religiosas Mutuales Cooperativas Consorcio de propiedad horizontal

Asociación civil Entidad privada sin ánimo de lucro Con personalidad jurídica plena Objeto de fomentar entre sus socios y/o terceros alguna actividad socio-cultural. Integrada por personas físicas Objetivos: Culturales Educativos Divulgación Deportivos

Asociación civil Constitución Administradores Objetivo Duración (o por perpetuidad) Causales de disolución Integrantes Fondos Administradores

Sociedades Comerciales Pluralidad de personas Organización (estatuto o contrato social) Tipicidad (SA, SRL, Colectiva, etc)

Sociedades Comerciales Aportes Obligaciones de dar (ej. Dinero, inmuebles, cosas, derechos, uso y goce de bienes, fondos de comercio, etc.) o en obligaciones de hacer (trabajo humano) Fin societario Participación en los beneficios y soportar las pérdidas

Responsabilidad de los socios Según los BIENES con los que deben responder: Limitada: los socios responden sólo con los aportes efectuados a la sociedad. Ilimitada: los socios responden ante los acreedores sociales no sólo con el aporte efectuado, sino también con todos sus bienes personales.

Responsabilidad de los socios Según la CANTIDAD por la que deben responder: Mancomunada: cada socio responde sólo por una parte de las obligaciones. Solidaria: cualquiera de los socios es responsable por la totalidad de las obligaciones sociales (el acreedor puede exigirle el cumplimiento de toda la obligación a un solo socio y éste no puede exigir la división de la deuda entre los demás socios).

Responsabilidad de los socios Según el ORDEN en que deben responder: Subsidiaria (con beneficio de excusión): el acreedor social podrá ir contra el patrimonio personal de los socios, sólo si ya se dirigió contra el patrimonio de la sociedad y éste no alcanzó para satisfacer su crédito. No subsidiaria: el acreedor social puede exigir el cumplimiento de la obligación directamente al socio (y éste no podrá exigirle que accione primero contra el patrimonio de la sociedad).

Clasificación Sociedades de Interés o “de Personas” En este tipo social el capital se divide en “partes de interés”. Los socios tiene una importancia fundamental. La responsabilidad de los socios es ilimitada y solidaria, pero subsidiaria (con beneficio de excusión). Sociedad Colectiva Sociedad en Comandita Sociedad de Capital e Industria Sociedad Cooperativa (Ley 20.337)

Sociedad Colectiva Surge generalmente de una familia Todos los socios intervienen en la gestión de la sociedad. Los socios responden de forma personal, solidaria e ilimitadamente Sólo es adecuada para un número reducido de socios. La sociedad se disuelve por la muerte de un socio colectivo, salvo pacto expreso en la constitución La condición de socio no puede transmitirse libremente, será necesario el consentimiento de los demás socios. En este tipo social el capital se divide en “partes de interés”. Los socios tiene una importancia fundamental.

Sociedad Comandita Socios industriales o colectivos Responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gestión de la sociedad Socios capitalistas o comanditarios No participan en la gestión y cuya responsabilidad se limita al capital comprometido

Clasificación Sociedades por Cuotas Su capital se divide en “cuotas”. (Ej: si el capital es de $100.000 puede estar conformado por 1000 cuotas de $100) La responsabilidad de los socios es limitada. Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)

SRL El nro de socios no puede exceder de 50. Los socios limitan su responsabilidad a las cuotas que suscribieron. CUOTAS SOCIALES: el capital se divide en cuotas. Todas las cuotas tendrán igual valor – de $10 o sus múltiplos – y cada cuota dará derecho a un voto.

Clasificación Sociedades por Acciones El capital social se divide en “acciones” (Ej: 1000 acciones de $100 cada una) Dichas acciones están representadas en títulos que circulan; es decir que pueden transmitirse, por lo cual los socios pueden cambiar continuamente. Los socios son denominados “accionistas”. Los accionistas tienen responsabilidad limitada. Sociedad Anónima (S.A.) Sociedad en Comandita por Acciones.

SA Se inicia con el 25% del capital social No existe un máximo de accionistas La S.A. es aquella en la que el capital se representa por acciones y los accionistas limitan su responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas. Los directores responderán ilimitada y solidariamente: cuando teniendo un interés contrario al de la sociedad, igualmente voten en las deliberaciones; cuando realicen actividades en competencia con la sociedad; en caso de mal desempeño en su cargo.

SUA Es de 1 persona La S.U.A. es aquella en la que el capital se representa por acciones y los accionistas limitan su responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas. Deben contar con 3 directores 3 síndicos Aportar 100% capital social

Hecho, SA, SUA o SRL ¿Que es mejor?

Disolución de una sociedad Contracturales: Prevista por los socios en el contrato constitutivo Legales: Por decisión de los socios Por vencer el término por el cual se constituyó Por cumplirse la condición a la que se subordinó su existencia Por lograr el objetivo para el cual se formó o por imposibilidad de lograrlo Por pérdida total del capital social Por declaración de la quiebra Por su fusión con otra sociedad Por reducción a uno del nro de socios; (3 meses de plazo) ** Por cancelación de la oferta pública o la cotización de sus acciones Por resolución firme que le retire la autorización para funcionar

Cambios en disolución Ley 26.994 artículo 94 bis La reducción a uno del número de socios no es causal de disolución -> Se transforman en: sociedad anónima unipersonal (si no se decidiera otra solución en el término de tres meses)

Resumen – Tipo Social SOCIEDAD COLECTIVA: Socios SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE: Colectivos o Gestores: Administran la sociedad. Comanditarios: No intervienen en la administración de la misma. SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES: Colectivos o Gestores:Administran la sociedad. Comanditarios :No intervienen en la administración SOCIEDAD ANONIMA: Accionistas. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITAAD : Socios.

Resumen – Capital Social SOCIEDAD COLECTIVA : El capital se divide en partes de interés cuyo valor puede ser desigual. Cada socio tiene un voto, sin importar el valor de su participación . El aumento o disminución del capital social , requieren reforma estatutaria. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE: El capital se divide en cuotas de igual valor que confieren un voto a cada una. Se integra con los aportes de capital de los socios comanditarios y de los colectivos , si estos aportes existen. El aumento o disminución del capital social requiere reforma estatutaria .

Resumen – Capital Social SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES: El capital se divide en acciones de igual valor. Se integra con los aportes de capital de los socios comanditarios y de los colectivos, si estos aportes existen. El aumento del capital autorizado requiere reforma estatutaria. SOCIEDAD ANONIMA: El capital se divide en acciones de igual valor . Las acciones en circulación corresponden al capital , parado por los accionistas. Se pude emitir acciones privilegiadas , acciones de goce o industrias, acciones con dividendo preferencia y sin derecho a voto,y bonos obligatoria mente convertibles en acciones SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: El capital se divide en cuotas de igual valor. El aumento o disminución del capital social requiere reforma estatutaria.

Resumen – Miembros SOCIEDAD COLECTIVA: SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE : Mínimo dos socios y no hay máximo. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE : Mínimo un socio gestor y 1 comanditario. No hay limite máximo SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES Mínimo un socio gestor y comanditarios y no hay limite máximo. SOCIEDAD ANONOMA: Mínimo 2 accionistas y no hay limite máximo. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITA Mínimo 2, máximo 50.

Resumen – Responsabilidad Socios SOCIEDAD COLECTIVA Solidaria e ilimitada la de los socios gestores. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE Hasta el momento de sus aportes, la de los socios comanditarios. SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES SOCIEDAD ANONIMA Hasta el momento de sus aportes. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Resumen – Responsabilidad Socios SOCIEDAD COLECTIVA Solidaria e ilimitada la de los socios gestores. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES Hasta el momento de sus aportes, la de los socios comanditarios. SOCIEDAD ANONIMA Hasta el momento de sus aportes. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Gracias