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Figuras Jurídicas Negocios en Panamá. Diferentes Figuras Jurídicas Para operar un negocio en Panamá, usted puede realizar sus actividades a través de:

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Presentación del tema: "Figuras Jurídicas Negocios en Panamá. Diferentes Figuras Jurídicas Para operar un negocio en Panamá, usted puede realizar sus actividades a través de:"— Transcripción de la presentación:

1 Figuras Jurídicas Negocios en Panamá

2 Diferentes Figuras Jurídicas Para operar un negocio en Panamá, usted puede realizar sus actividades a través de: Persona Natural: Son personas físicas que actúan en nombre propio para la realización de su actividad comercial, y que se identifican con su número de cédula. Persona Jurídica: Es una sociedad o institución formada para la consecución de un fin y con aprobación legal.

3 Empresa individual de responsabilidad limitada La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada se caracteriza por: Poseer un único miembro La persona transfiere parte de su patrimonio a esta entidad. El patrimonio de la empresa puede constituirse con muebles, inmuebles o dinero. Las personas de cualquier nacionalidad o país de residencia, puede usar su propio nombre como denominación de la empresa o elegir otro nombre que sea seguido de las siglas LTDA o EIRL. Beneficios: La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada es un instrumento jurídico de gran utilidad para las personas que desean iniciar un negocio de pequeña escala sin poner en riesgo su patrimonio personal.

4 Sociedades Comerciales en Panamá Las sociedades panameñas se pueden constituir en un término de tres a cinco días laborables. Existen sociedades como: Sociedad anónimas Sociedades de responsabilidad limitada Sociedad en comandita simple Sociedad en comandita por acciones Entre otras figuras jurídicas Nuestra legislación permite que usted incorpore una sociedad extranjera en nuestro registro público, previo cumplimiento de los requisitos previamente establecidos para tales efectos.

5 Sociedad Anónima Creación de una sociedad anónima en Panamá Las sociedades anónimas panameñas están reguladas por la Ley 32 de 1927. Esta Ley establece que dos o más personas con mayoría de edad pueden formar una sociedad anónima para cualquier objetivo lícito sin tener que ser panameños y/o sin tener que estar domiciliados en la República de Panamá. La constitución de una sociedad anónima puede ser empleada por personas naturales o jurídicas. De acuerdo a la Ley, el Pacto Social de las Sociedades Anónimas o Corporaciones debe contener, entre otras cosas: 1.Los nombres, apellidos y domicilios de los otorgantes. 2.La razón o firma social, así como la denominación de la sociedad en su caso, expresando la clase y el domicilio de la misma. 3.El objeto y duración de la sociedad y la manera de computar dicho término 4.El capital social especificando el aporte suscrito y pagado total o parcialmente por cada socio, y los plazos y modo como deba entregarse el resto en este último caso. 5.Mención de los socios que han de tener a su cargo la dirección o administración de la sociedad y el uso de la firma social.

6 Sociedad Anónima Beneficios : 1.Se rige por el principio de territorialidad 2.Se rige por la estrictas leyes de secreto bancario y de velo corporativo 3.Puede emitir tanto acciones al portador como nominativas 4.Las sociedades panameñas están sujetas a un sistema territorial de impuestos. Capital de la sociedades anónimas en Panamá: Lo usual para este tipo de sociedades en que el capital de inversión inicial sea de al menos US$ 10,000.00 y por esta cantidad que tiene que pagar alrededor de US$ 60.00 en el Registro Público, más el costo de Notario, que es de aproximadamente US$ 40.00, más los honorarios del abogado. Si el capital es mayor, así mismo el costo aumenta. Impuesto anual de las sociedades anónimas en Panamá Las sociedades anónimas panameñas tienen la obligación de pagar un impuesto anual de sociedades por la cantidad de USD 300.00. Tan solo la primera tasa única será por la cantidad menor de USD 250.00.

7 Sociedades anónimas extranjeras Una sociedad anónima extranjera podrá tener oficinas o agencias y hacer negocios dentro de la República, después de haber presentado al Registro Mercantil para su inscripción los siguientes documentos: 1. Escritura de protocolización del pacto social; 2. Copia del último balance acompañado de una declaración de la parte del capital social que se utiliza o que se propone utilizar en negocios de la República; 3. Certificado de estar constituida y autorizada con arreglo a las leyes del país respectivo, expedido y autenticado por el Cónsul de la República en ese país; y en su defecto por el de una nación amiga.

8 Sociedad colectiva de responsabilidad limitada Las Sociedades de Responsabilidad Limitada están reguladas por la Ley 4 del 9 de enero del 2009. Una Sociedad Colectiva de Responsabilidad Limitada es una sociedad mercantil que divide el capital social en cuotas de distinto o igual valor limitando la responsabilidad de sus socios de acuerdo al capital suscripto por cada uno. Para su constitución se requiere los siguiente: Un mínimo de dos personas naturales o jurídicas de cualquier nacionalidad El nombre de estos socios que será inscripto en el registro publico de Panamá. El capital que cada uno de los socios ha aportado.

9 Sociedad colectiva de responsabilidad limitada Beneficios: Puede ser constituida por personas naturales o jurídicas de cualquier nacionalidad Es posible realizar cualquier clase de negocio lícito, ya sea civil o comercial, en cualquier parte del mundo y por tiempo indefinido La responsabilidad de los socios estará limitada al capital aportado para la constitución de la sociedad. Los ingresos conquistados están exentos de impuestos en caso de que sean operaciones que se consumen en el extranjero. El capital social no tiene que ser pagado por los socios al formarse la sociedad y puede estar representado en cualquier moneda.

10 Sociedad colectiva de responsabilidad limitada Constitución de la Sociedad Colectiva de Responsabilidad Limitada debe estar dirigida por un bufete de abogados especializado en la constitución de este tipo de entidades mercantiles. A continuación lo informamos sobre cuáles son los pasos a seguir para su constitución: Piense y acerque a sus abogados los posibles nombres de la sociedad Brinde copias del documento de identidad del solicitante. Determine la duración de la sociedad así como el objeto social de la entidad. El Pacto Social debe ser constituido por escritura pública e inscripto en el Registro Público de Panamá para que su sociedad adquiera personalidad jurídica. Puede ser constituida por personas de cualquier nacional o país de residencia así como también podrá realizar actividades dentro o fuera de Panamá. El capital de la empresa puede estar integrado por bienes muebles, inmuebles y/o dinero. Las deudas contraídas por esta empresa estarán cubiertas por el capital suscrito mientras que el patrimonio personal de su constituyente estará protegido. A diferencia de otras sociedades, esta Empresa Individual no deberá realizar el pago único de la tasa de US$300.00. Para su constitución debe definir el capital inicial, el objeto social de su empresa y su tiempo de duración ya que puede ser perpetuo o de tiempo limitado.

11 Sociedad colectiva La compañía colectiva deberá ejecutar todos los actos y contratos de su giro bajo una razón comercial, constituida según expresa el artículo 39. No podrá incluirse en la razón o firma comercial nombres de personas que no pertenezcan de presente a la sociedad. Es la sociedad de las personas, se constituye con una pluralidad de socios sin que la ley fije su número máximo o mínimo para realizar actividades lucrativas. Una característica importante de este tipo de sociedad es la responsabilidad económica ilimitada y solidaria de todos los socios, en las transacciones hechas a su nombre y por cuenta de la compañía y por las personas legalmente autorizadas para el uso de la razón social.

12 Sociedad colectiva Formas de aportación: Es importante en toda sociedad que cada socio soporte alguna parte del capital ya sea en dinero, efectos, créditos, industria o trabajo como lo establece el art. 257 del cc. Los aportes pueden darse de formas variadas ya que pueden comprender sumas de dinero, bienes muebles o inmuebles, títulos de valores comerciales. Distribución de ganancias y pérdidas: La ley ha establecido normas flexibles a este punto al disponer que la participación de los socios en los beneficios y en las pérdidas se ajustará a lo que estuviere convenido. VentajasDesventajas Ningún socio puede cederle participación de la empresa a un extraño al retirarse Estas sociedades casi nunca suelen integrarse por mas de tres o cuatro personas, cuando no tienen nexos familiares. El esfuerzo económico individual de cada uno de los socios hace prosperar la empresa. Otro inconveniente es que los socios de la compañía no pueden fungir como socio de responsabilidad limitada en ninguna sociedad, sin el permiso de los otros socios.

13 Sociedad en comandita simple En la sociedad en comandita, los socios comanditarios tendrán limitada su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes; los socios comanditados, sean o no gestores, quedarán solidaria e ilimitadamente responsables por las obligaciones de la compañía. Hay dos clases de socios: Los comanditarios ( gestores) y los socios comanditados( socios industriales). Los socios de responsabilidad limitada no pueden intervenir en la gestión de los negocios sociales ni su nombre puede figurar en la razón social de la compañía. VentajasDesventajas Si algunos de los socios o todos carecen del capital necesario para realizar los gastos iniciales de instalación, equipo. Podrían acudir a un préstamo, aunque existe la inconveniencia de estar en la situación de deudores Los socios gestores o comanditados no suelen hallar fácilmente socios capitalista. La prohibición legal de que los comanditarios no pueden intervenir en la gestión del negocio les hace temer que la inexperiencia de los comandita hagan fracasar la empresa.

14 Sociedad en comandita simple Se diferencia de la comanditaria simple en que la participación de los socios comanditarios está representada por acciones (partes alícuotas de capital). Ninguna repartición podrá hacerse a los comanditarios bajo cualquiera denominación que sea, sino sobre las utilidades líquidas comprobadas en la forma determinada en la escritura social. Capital social: El capital social en las sociedades comanditas podrá estar representado en acciones como en las sociedades anónimas. Los certificados de acciones deberán contener, además de las menciones ordinarias de estos títulos, la expresión de los socios de responsabilidad personal e ilimitada. Administración: La administración y el gobierno de la sociedad corresponderán exclusivamente a los socios de responsabilidad ilimitada, pero la junta general, es decir los accionistas, nombrarán un comité de vigilancia compuesto de tres accionistas con el objeto de fiscalizar la labor de los administradores, examinar las cuentas e inventarios.

15 Otras Sociedades: Sociedades Cooperativa Las cooperativas son asociaciones formadas por personas naturales que, sin perseguir fines de lucro, tienen por objeto planificar y realizar actividades de trabajo o de servicio, de beneficio económico y social, encaminadas a la producción, distribución y consumo cooperativo de bienes y servicios con la aportación económica, intelectual y moral de sus asociados. Las cooperativas funcionan con capital y número de asociados variables e ilimitados y son de duración indefinida. En cuanto a la responsabilidad de sus asociados, las cooperativas pueden ser de responsabilidad limitada o suplementada. Patrimonio: El patrimonio de las cooperativas estará constituido por los certificados de aportación de los asociados, la parte de los intereses y excedentes que la asamblea general resuelva capitalizar, las reservas, los subsidios, donaciones, legados y otros recursos análogos que reciba.


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