DUDAS ACERCA DE LA HUELGA DEL 29-S
1.- Por la reforma laboral, aprobada hace unas semanas por el Congreso, que: Facilita a las empresas abaratar la indemnización por despido, desde los actuales 45 días (y tope de 42 mensualidades) hasta el despido de 20 días (y tope de 12 mensualidades). Deja, a partir de ahora, como contrato único el contrato bonificado de 33 días de indemnización por despido. Pasa a utilizar recursos públicos para subvencionar los despidos. Iguala la calidad y la protección del trabajo fijo a la del trabajo temporal. Amplía la duración de los contratos por obra y servicio hasta los tres años (cuatro según convenio). Privatiza la gestión del desempleo. Posibilita a la empresa saltarse los convenios colectivos para bajar salarios. 2.- Por el plan de ajuste económico que: Planea retrasar la edad de jubilación y recortar todo tipo de gasto público en atención a los colectivos más vulnerables (dependencia, mayores, lactancia, educación infantil, sanidad...). Perpetuará desigualdades sociales y afectará en mayor medida a la mujer, que es sobre quien más recae esa carga de trabajo en las familias, y cuya labor ni está remunerada ni cotiza para que puedan cobrar en el futuro pensión alguna. ¿POR QUÉ SE CONVOCA LA HUELGA GENERAL?
Desde hace meses la Confederación Europea de Sindicatos (de la que forman parte los sindicatos mayoritarios de los 27 países de la UE) convoca a los trabajadores europeos a un Día de Acción el 29 de septiembre, donde se prevé una marcha a Bruselas con la consigna de que "no seamos los trabajadores los únicos que paguemos la crisis", y distintas movilizaciones por todos los países vecinos. En España, una vez roto en junio el diálogo social, las centrales sindicales mayoritarias, CCOO y UGT, se adhirieron al llamamiento convocando una huelga general. Para esta huelga se han ido sumando a la convocatoria el resto de centrales sindicales, así como organizaciones sociales. ¿QUIÉN CONVOCA LA HUELGA?
Al no ir a trabajar, de tu nómina se descuenta el salario de ese día + la parte proporcional de las pagas extras. Tampoco cotizas ese día a la seguridad social. De la cantidad que dejas de ganar, no entran ni las vacaciones ni otro tipo de complementos o bonificaciones. ¿QUÉ PIERDO SI VOY A LA HUELGA? Si nuestros abuelos no hubieran ido a la huelga por mucho menos, no habríamos conocido el Estado de bienestar que tan complacientemente nos estamos dejando arrebatar. Almudena Grandes El País, 13 de septiembre de 2010
No. La huelga es un derecho fundamental y está protegido por la Constitución, y cualquier tipo de presión es denunciable. La decisión es únicamente personal y se puede decidir en el último momento. Tampoco importa si antes has dicho que no la vas a hacer, porque se notifica cuando no se acude a trabajar. Estamos inmersos en una campaña mediática que tiene el objetivo de desacreditar y atacar a las figuras sindicales, confundiendo con malicia los liberados con los delegados, y utilizando argumentos como que los delegados cobran el día de huelga (porque disponen de horas sindicales y las podrían utilizar para compensar esa jornada). Os informamos que ninguno de nosotros va a utilizar sus horas sindicales para una cosa así, por mera y evidente coherencia personal. SI ME PREGUNTA MI JEFE SI HARÉ HUELGA, ¿TENGO QUE RESPONDERLE? A LOS DELEGADOS SINDICALES, ¿TAMBIÉN SE LES DESCUENTA EL SALARIO DEL DÍA DE HUELGA ?
Para más información precisa de lo que está en juego con esta movilización, te invitamos a ver este vídeo de cinco minutos: