Gobernabilidad del agua

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Transcripción de la presentación:

Gobernabilidad del agua Auditoría núm. 458 Cuenta Pública 2015 http://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2015/Documentos/Auditorias/2015_458.pdf ASF | 1

Opinión del avance en la atención del problema Contenido Problema público Política pública Resultados Opinión del avance en la atención del problema ASF | 2

I. Problema público ASF | 3

I. Problema público El uso no sostenible de las fuentes de abasto en el país, aunado a la escasez y la sobreexplotación de las fuentes de abastecimiento de agua, ocasiona la disminución de su disponibilidad, afectando su preservación, lo que pone en riesgo la seguridad nacional hídrica. La disponibilidad per cápita dismi-nuyó en 25.6% en el periodo 1990-2015. ASF | 4

II. Política pública ASF | 5

Art. 14 BIS 5, fracciones I y IX, LAN. II. Política pública ¿Qué hace? Gobernabilidad hídrica: regular, controlar, manejar, promover, conciliar y coordinar el uso el agua. Art. 9, 14 BIS 6, LAN. ¿Para qué lo hace? En el corto plazo: preservar el agua. En el mediano plazo: contribuir a disminuir los riesgos de la seguridad nacional hídrica. Art. 14 BIS 5, fracciones I y IX, LAN. LAN: Ley de Aguas Nacionales ASF | 6

III. Resultados ASF | 7

Regulación Control Manejo Promoción Conciliación Coordinación III. Resultados Regulación Control Manejo Promoción Conciliación Coordinación Gobernabilidad Preservación ASF | 8

III. Resultados 1. Regulación Cláusula Quinta, de las Bases: la CONAGUA debe designar un Enlace Institucional y establecer un Grupo de Contacto con el CISEN para identificar, prevenir y contrarrestar riesgos y amenazas, en materia hídrica, a la SN en el marco del Consejo de Seguridad Nacional. En 2015, la CONAGUA no designó un enlace ni evidenció acciones orientadas a cumplir los compro-misos asumidos en el marco del Consejo de Seguridad Nacional. Bases : Bases de Colaboración que en el marco de la Ley de Seguridad Nacional celebran la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. CONAGUA: Comisión Nacional del Agua. CISEN: Centro de Investigación y Seguridad Nacional SN: Seguridad Nacional ASF | 9

III. Resultados 1. Regulación LAN, artículos 7, fracción I y 14 bis 5, fracción I: la CONAGUA debe promover modificaciones al marco normativo en materia hídrica a fin de que sea armónico y considere criterios de SN que contribuyan a la preservación del agua. A 2015, la CONAGUA no armonizó la normativa hídrica, lo que limitó que la gobernabilidad del agua se realice con criterios de SN y contri-buya a preservar el agua. CONAGUA: Comisión Nacional del Agua LAN: Ley de Aguas Nacionales. SN: Seguridad Nacional ASF | 10

III. Resultados 1. Regulación LAN, artículos 7, fracción I y 14 bis 5, fracción I; y LFPRH, artículo 45: los OC deben cumplir con oportunidad y eficiencia las metas y objetivos orientados a la preservación del agua por ser asunto de SN. A 2015, los OC no incluyeron en sus Programas Hídricos Estatales y Regionales objetivos y metas enfo-cados en preservar el agua con criterios de SN hídrica. LAN: Ley de Aguas Nacionales LFPRH: Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. OC: Organismos de Cuenca SN: Seguridad Nacional. ASF | 11

III. Resultados 2. Control LAN, artículos 1, 12 BIS 6, 14 BIS 5, fracción I: los OC deben inspeccionar y vigilar los aprovechamientos de las aguas nacionales y las descargas de aguas residuales para asegurar su cumplimiento, y contribuir a su preservación. En 2015, la baja inspección a las concesiones de agua y a las descargas de aguas residuales no aseguró su cumplimiento, lo que pone en riesgo la preservación. LAN: Ley de Aguas Nacionales OC: Organismos de Cuenca ASF | 12

III. Resultados 3. Manejo LAN, artículos 9, fracción XI, 12 BIS 6, fracciones VI, y X, 14 BIS 5, fracción I, y las Bases, antecedentes, numeral IV: la CONAGUA debe conservar y mantener las obras hidráulicas federales, incluyendo las declaradas como de SN para mejorar su funcionamiento y evitar fugas de agua. En 2015, la CONAGUA desconoció la infraestructura hídrica declarada de SN y su estado, así como el vo-lumen de agua perdida por fugas. LAN: Ley de Aguas Nacionales. Bases: Bases de Colaboración que en el marco de la Ley de Seguridad CONAGUA: Comisión Nacional del Agua. Nacional celebran la Secretaría de Gobernación y SN: Seguridad Nacional. la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ASF | 13

III. Resultados 4. Promoción LAN, artículo 12 BIS 6, fracción XV: los OC, en coordinación con los CC, deben promover acciones que lleven a consolidar la participación de los usuarios, la sociedad organizada y los ciudadanos en la cultura del agua y su buen uso. En 2015, los OC y los CC no se coordinaron para promover la cul-tura del agua, en detrimento de su uso eficiente y conservación. LAN: Ley de Aguas Nacionales OC: Organismos de Cuenca. CC: Consejos de Cuenca. ASF | 14

III. Resultados 5. Conciliación LAN, artículos 9, fracción XXI y 12 BIS 6, fracción XIV: la CONAGUA y sus OC deben conciliar y, a petición de las partes, fungir como árbitros en la prevención, mitigación y solución de conflictos del agua, para contribuir a asegurar su gobernabilidad y evitar riesgos a la SN en materia hídrica. En 2015, la ASF identificó 7 conflic-tos en el OCAM, 4 (57.2%) esta-ban activos ese año; pero ni la CONAGUA ni sus OC los registraron ni actuaron para su solución. LAN: Ley de Aguas Nacionales OC: Organismos de Cuenca. CONAGUA: Comisión Nacional del Agua. SN: Seguridad Nacional OCAM: Observatorio de Conflictos por el Agua en México. ASF | 15

“GUARDA DE SECRETO Y CONFIDENCIALIDAD“ III. Resultados 6. Coordinación LSN, artículo 10, 11 y 53, y Bases, cláusula PRIMERA, fracciones III, IV, y VI: establecer medidas dirigidas al personal para la protección de la información de las áreas de la CONAGUA declaradas de SN a fin de no poner en riesgo la integridad y estabilidad del país. ACUERDO “GUARDA DE SECRETO Y CONFIDENCIALIDAD“ En 2015, la CONAGUA no adoptó medidas para que el personal pro-tegiera la confidencialidad de la in-formación de sus áreas declaradas de SN, lo que pone en riesgo al Estado. LSN: Ley de Seguridad Nacional. CONAGUA: Comisión Nacional del Agua. SN: Seguridad Nacional. . Bases : Bases de Colaboración que en el marco de la Ley de Seguridad Nacional celebran la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. . ASF | 16

Total de acciones realizadas III. Resultados 7. Gobernabilidad LAN, artículos 12 BIS y 12 BIS 6, fracciones XIV y XV: la CONAGUA, mediante los OC, es responsable de la gobernabilidad de los recursos hídricos, por lo que debe realizar acciones de coordinación, regulación, control, manejo, promoción y conciliación, para lograr su preservación. RANKING DE LOS ORGANISMOS DE CUENCA EN LA GOBERNABILIDAD DEL AGUA, 2015 Organismo de Cuenca Total de acciones realizadas Total esperado 117 Total real 27 Pacífico Sur 4 Balsas 3 Frontera Sur * Península de Yucatán Aguas del Valle de México * 2 Península de Baja California Pacífico Norte Golfo Norte* Golfo Centro* Cuencas Centrales del Norte Lerma Santiago Pacífico 1 Río Bravo* Noroeste* * Organismos de Cuenca declarados como instancias de seguridad nacional. En 2015, no se dispuso de instrumen-tos para medir la gobernabilidad del agua por parte de los OC, por lo que la ASF realizó un ranking; éste evidenció deficiencias en la gestión de los OC. OC: Organismos de Cuenca. CC: Consejos de Cuenca CONAGUA: Comisión Nacional del Agua. SN: Seguridad Nacional ASF | 17

III. Resultados 8. Preservación LAN, artículos 1; 6, fracciones I, II y III, y 14 BIS 5, fracción I: la CONAGUA debe establecer zonas de veda de aguas subterráneas para su preservación, lo que se considera asunto de seguridad nacional. A 2015, la CONAGUA no preservó el agua, ya que desde 2004 únicamente se ha decretado una veda de agua subterráneas, lo que pone en riesgo la seguridad nacional hídrica. CONAGUA: Comisión Nacional del Agua. SN: Seguridad Nacional OC: Organismos de Cuenca. CC: Consejos de Cuenca ASF | 18

III. Resultados 8. Preservación LAN, artículos 1 y 14 BIS 5, fracción VII: el otorgamiento de concesiones de agua deben basarse en la disponibilidad del recurso, a fin de asegurar la preservación del agua, lo que se considera asunto de seguridad nacional. En 2015, la CONAGUA otorgó 1,124 concesiones en 306 cuerpos de agua con déficit, lo que no contribuyó a su preservación, poniendo en riesgo la seguridad nacional hídrica. OC: Organismos de Cuenca. CC: Consejos de Cuenca CONAGUA: Comisión Nacional del Agua. SN: Seguridad Nacional ASF | 19

IV. Opinión del avance en la atención del problema ASF | 20

IV. Opinión del avance en la atención del problema En opinión de la ASF, la CONAGUA no ha logrado que la gobernabilidad del agua contribuya a preservar su cantidad, ya que prevalece la falta de coordinación con las instancias de seguridad nacional, así como las deficiencias en la regulación, control, manejo, promoción y conciliación, lo que pone en riesgo la seguridad nacional hídrica. CONAGUA: Comisión Nacional del Agua. ASF | 21

ASF | 22