“Combate a la trata de personas”

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Transcripción de la presentación:

“Combate a la trata de personas” Auditorías 8-GB, 322-DS, 118-GB Cuenta Pública 2015 http://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2015i/Documentos/Auditorias/2015_0008 http://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2015i/Documentos/Auditorias/2015_0322 http://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2015i/Documentos/Auditorias/2015_0118

Opinión del avance en la atención del problema Contenido Problema público Política pública Resultados Opinión del avance en la atención del problema

I. Problema público

Cada año genera de 32,000 a 36,000 millones de dólares.2/ I. Problema público La trata de personas es una de las formas de explotación para obtener beneficios ilícitos; miles de personas víctimas de este delito, particu-larmente mujeres, niñas y niños, son captados, trasladados, vendidos y comprados con fines de explotación. 1/ Ocupa el tercer negocio ilícito más lucrativo después del tráfi-co de drogas y de armas.2/ Cada año genera de 32,000 a 36,000 millones de dólares.2/ 1/ Protocolo de Palermo 2/ Foro de Viena para Combatir la Trata de Personas, ONU

El aumento de dicho delito y la impunidad en su atención. I. Problema público De acuerdo con los diagnósticos oficiales1/, existe poca o nula denuncia del delito de trata de personas; la atención a las víctimas es incipiente y su persecución es limitada por la deficiente integración de las averiguaciones previas, por lo que el problema que dio origen a esa política es: El aumento de dicho delito y la impunidad en su atención. 1/ Programa Nacional para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos 2014-2018, Programa de Atención Integral a Víctimas 2014-2018

II. Política pública

II. Política pública Para atender esa problemática, el Ejecutivo Federal cuenta con tres instancias: Qué hacen Prevenir la trata de personas; atender a esas víctimas; así como, investigar y perseguir ese delito. SEGOB: Secretaría de Gobernación. CEAV: Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas. PGR: Procuraduría General de la República.

El objeto de esas instituciones en la materia es el siguiente: II. Política pública El objeto de esas instituciones en la materia es el siguiente: Qué pretenden Incidir en la disminución de la ocurrencia del delito de trata de personas; así como contribuir a la reducción de la impunidad del delito de trata de personas. SEGOB: Secretaría de Gobernación. CEAV: Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas. PGR: Procuraduría General de la República.

III. Resultados

III. Resultados 1. Prevención 2. Atención 3. Procuración

1. Prevención

III. Resultados 1. Prevención RICIPSEDMTP, artículo 11, fracción IV: la SEGOB someterá a aprobación de la comisión intersecretarial el programa de trabajo anual, el cual inclui-rá las directrices para contribuir a prevenir el delito de trata de personas. En 2015, la dependencia no tuvo ni sometió al pleno el programa de la comisión para su aprobación, por lo que no emitió las directri-ces de prevención de ese delito. 8 / 1 RICIPSEDMTP: Reglamento Interno de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. SEGOB: Secretaría de Gobernación.

III. Resultados 1. Prevención LGPSEDMTP, artículo 88, fracción V, y 91, fracción III: la SEGOB deberá desarrollar campañas de prevención, así como programas de desarrollo local para prevenir los delitos de trata. En 2015, la SEGOB no desarrolló campañas ni programas, como presidente de la Comisión, por lo que no difundió información para prevenir ese delito. 8 / 1 LGPSEDMTP: Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. SEGOB: Secretaría de Gobernación.

III. Resultados 1. Prevención LGV, artículo 93, fracción III: la CEAV contará, entre otros, con un Comité de trata y tráfico de personas a fin de lograr una especialización, atención integral y coordinada en el país. Aun cuando en junio de 2014 se instaló el Comité, éste inició labores el 16 de diciembre de 2015, por lo que hasta esa fecha no realizó actividades para contribuir a pre-venir y atender a esas víctimas. 322 / 1 LGV: Ley General de Víctimas. CEAV: Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

III. Resultados 1. Prevención LGPSEDMTP, artículo 89, fracción X: la PGR elaborará y ejecutará progra-mas de prevención del delito de trata de personas, para fortalecer la denuncia ciudadana. En 2015, la PGR no se coordinó con la SEGOB para elaborar y eje-cutar programas de prevención de este delito que permitieran fortalecer la denuncia ciudadana. 118 / 1 LGPSEDMTP: Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. PGR: Procuraduría General de la República.

III. Resultados 1. Prevención LGPSEDMTP, artículo 89, fracción X: la PGR promoverá la armonización le-gislativa de los tipos penales, y se coordinará con el SESNSP para actuali-zar los datos relativos a la incidencia delictiva, en todo el país, en materia del delito de trata. Entrada: 17.4 millones de extranjeros En 2015, la procuraduría no pro-movió la armonización legislativa en materia del delito de trata, ni se coordinó para actualizar los datos de la incidencia delictiva. 118 / 2 LGPSEDMTP: Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. SESNSP: Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública PGR: Procuraduría General de la República.

2. Atención

III. Resultados 2. Atención LGPSEDMTP, artículo 90: la SEGOB por medio de la Comisión Intersecreta-rial deberá diseñar y supervisar el funcionamiento de modelos de atención de víctimas, posibles víctimas, ofendidos y testigos de delitos de trata. La SEGOB no sustentó el diseño y supervisión del funcionamiento de los modelos de atención, lo que limitó conocer su aplicación en otras dependencias y entidades. 8 / 1 LGPSEDMTP: Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. SEGOB: Secretaría de Gobernación.

III. Resultados 2. Atención RISEGOB, artículo 26, fracción III: la SEGOB promoverá la coordinación de acciones y formulación de estrategias de atención a víctimas de trata, con dependencias y entidades de la APF, la PGR y los gobiernos locales. En 2015, la dependencia no coor-dinó labores ni formuló estrate-gias de atención a víctimas de trata, lo que limitó conocer su grado de atención en este tema. 8 / 2 RISEGOB: Reglamento Interno de la Secretaría de Gobernación APF: Administración Pública Federal. SEGOB: Secretaría de Gobernación. PGR: Procuraduría General de la República.

III. Resultados 2. Atención RLGV, artículo 6, fracciones I, II, y III: la CEAV es la encargada de emitir e implementar el MIAV, con procedimientos de atención y protección a las víctimas de trata; así como promover su aplicación en el país. En 2015, la CEAV no implementó el MIAV y desconoció de las depen-dencias y entidades que lo adop-taron para su operación, a fin de contar con una atención homolo-gada de las víctimas en el país. 322 / 2 RLGV Reglamento de la Ley General de Víctimas. CEAV Comisión ejecutiva de Atención a Víctimas. MIAV Modelo Integral de Atención a Víctimas.

III. Resultados 2. Atención LTIRNV, artículo cuarto: la CEAV suscribirá convenios con las entidades federativas, así como con la Ciudad de México para la transmisión de in-formación de víctimas, entre ellas las de trata, a su plataforma RENAVI. En 2015, no suscribió convenios con 25 de los 32 estados del país para la transmisión de datos; asi-mismo, el RENAVI presentó de-ficiencias en su integración, lo que limitó conocer el número y estatus de las víctimas. 322 / 4 LTIRNV: El artículo Cuarto transitorio del Acuerdo del Pleno por el que se emiten los Lineamientos para la transmisión de información al Registro Nacional de Víctimas. RENAVI: Registro Nacional de Víctimas.

3. Procuración

III. Resultados 3. Procuración LOPGR, artículo 4, fracción I, el MPF investigará y perseguirá los delitos de orden federal, entre ellos el de trata de personas y, ante los órganos jurisdiccionales ejercer la acción penal cuando esté acreditado el delito. Entrada: 17.4 millones de extranjeros 7.4 millones 42.7% 10.0 millones 57.3% En 2015, la auditoría reveló que 1 de cada 10 averiguaciones previas fue consignada ((AP consignadas / AP en trámite) x 100 /10). LOPGR: Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. MPF: Ministerio Público Federal. AP: averiguaciones previas

III. Resultados 3. Procuración LOPGR, artículo 4, fracción I, el MPF investigará y perseguirá los delitos de orden federal, entre ellos el de trata de personas y, ante los órganos jurisdiccionales ejercer la acción penal cuando esté acreditado el delito. En 2015, la investigación y perse-cución del delito de trata de per-sonas por parte del MPF fue limi-tada para contribuir a disminuir su incidencia e impunidad. 118 / 4 LOPGR: Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. MPF: Ministerio Público Federal.

IV. Opinión del avance en la atención del problema

VI. Opinión del avance en la atención del problema La ASF considera que los avances en la prevención de la trata de personas, la atención de esas víctimas y la procuración de ese delito fueron incipientes, para incidir en la disminución de la ocurrencia del delito de trata de personas, a fin de contribuir a la reducción de la impunidad de ese delito. En 2015, la SEGOB careció de mecanismos e instrumentos de coordinación y colaboración con los tres niveles de gobierno; la CEAV no implementó modelos de atención, además presentó deficiencias en el registro de víctimas; en tanto que, la PGR no acreditó la efectividad de las investigaciones y persecución en esa materia.