Títulos valores ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS

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ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO.
Transcripción de la presentación:

Títulos valores ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Concepto: Es el documento que representa o contiene derechos patrimoniales, destinados a la circulación que reúne los requisitos formales esénciales que señala la ley. Los principales son: LETRA DE CAMBIO FACTURA CONFORMADA PAGARÉ TÍTULOS VALORES CHEQUE Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

FORMULIDAD INCORPORACIÓN CIRCULACIÓN PRINCIPIOS DE LOS TÍTULOS VALORES ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS FORMULIDAD INCORPORACIÓN CIRCULACIÓN PRINCIPIOS DE LOS TÍTULOS VALORES LEGITIMACIÓN AUTONOMÍA LITERALIDAD Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

POR LA FORMA DE CREACIÓN POR EL SUJETO QUE LOS CREA ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS CLASIFICACIÓN: POR LA FORMA DE CREACIÓN POR EL SUJETO QUE LOS CREA T.V Privados T.V Singulares T.V En serie T.V Públicos Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

T.V Causales T.V Simples T.V Compuestos T.VAbstractos T.V nominativos ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS POR LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES POR LOS EFECTOS DE LA CAUSA EN LA VIDA DE LOS TÌTULOS VALORES T.V Causales T.V Simples T.V Compuestos T.VAbstractos POR SU FORMA DE CIRCULACIÓN T.V nominativos T.V a la orden T.V al portador Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

Requisitos: Entre los mÁs resaltantes tenemos: ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Requisitos: Entre los mÁs resaltantes tenemos: El nombre del tÍtulo valor que se trate. La fecha y lugar de creación. Las prestaciones y derecho que el tÍtulo confiera. El lugar de cumplimiento o ejercicio de las mismas. La firma de quien lo expide. Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

Función económica de los títulos valores: ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Función económica de los títulos valores: Los títulos valores tienen una importancia vital dentro del sistema económico y dentro del manejo del mismo de manera constante y efectiva. Según esto, uno de los elementos que se destaca es el hecho que como tal, los títulos valores permiten la circulación de riquezas en la economía y el manejo efectivo de la misma para crear condiciones que permitan no sólo su intercambio, sino además, su transformación, evolución y desarrollo efectivo. Según esto, una de las funciones económicas centrales es la de circulación de las riquezas y su posibilidad de especulación en el mercado público de valores, lo cual se hace más rápido, más seguro y más eficÁz con la utilización de varios documentos creados por el derecho denominados títulos valores. Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

Definición de protesto: ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Definición de protesto: Es la constancia del incumplimiento de las obligaciones representadas por títulos valores (letra, pagare, cheque, warrant, factura conformada). ¿Qué títulos valores son protestados? Letra de cambio Warrant- certificado de deposito Factura conformada. TÍtulo de crédito hipotecario negociable Cheque Clases de cheque no requieren de protesto cheque de gerencia Cheque giro Cheque garantizado Cheque viajero Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

Títulos valores que no requieren protesto: ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Títulos valores que no requieren protesto: Certificado bancario moneda extranjera. Certificado bancario moneda nacional. Conocimiento en embarque. Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Letra de cambio Es un documento mercantil que contiene una promesa u obligación de pagar una determinada cantidad de dinero a una convenida fecha de vencimiento. Constituye una orden escrita, mediante el cual una persona (librador) manda a pagar a su orden a otra persona (tomador o beneficiario), en una cierta fecha, a una tercera persona llamada librado. Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

Personas que intervienen en una letra de cambio: ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Personas que intervienen en una letra de cambio: El librador o girado: es la persona que da la orden de pago. El librador o girador: es la persona que ordena hacer el pago El beneficiario o tomador: es aquel cuya orden debe hacerse el pago de la suma ordena por el librador. El fiador o avalista: es la persona que garantiza el pago de la letra. función de la letra: Función de pago obligaciones Función de concesión de crédito a corto y medio plazo. TÍtulo financiero (relaciones bancarias) como garantía de operaciones de crédito a medio plazo Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Formas de giro: El girador puede librar una letra de cambio de cuatro formas: A la orden del propio girador o un tercero A cargo de tercera persona. A cargo del propio girador. Por cuenta de un tercero ¿Cómo se transfiere una letra de cambio? Es un tÍtulo valor, por la cual el nombre del tenedor se encuentra precedido de la cláusula a la orden. Es por eso que su transferencia deberá efectuarse mediante endoso. Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Parte legal: La denominación de letra de cambio inserta en el mismo texto del titulo y expresado en el mismo idioma empleado en relación del documento. La orden pura y simple de pagar una suma determinada. Nombre del que debe pagar (librado) Identificación de la fecha de vencimiento. Lugar donde el pago debe efectuarse. Nombre de la persona cuyo cargo debe efectuarse el pago (beneficiario o tomador) Fecha y lugar donde se emitió la letra. La firma del que gira la letra (librador) Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

Modelo de letra de cambio: ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Modelo de letra de cambio: Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS El pagaré Es un tÍtulo valor o instrumento muy similar a la letra de cambio, se usa para obtener recursos financieros. Los pagares pueden ser al portador o endosables; pueden transmitir a un tercero. Pueden emitirlos individuos particulares, empresas o el estado; este instrumento de crédito suele usar entre banqueros y compañías. Personas que intervienen en el pagare: Librador: quien se compromete a pagar la suma de dinero. El beneficiario o tenedor: es aquel cuya orden debe hacerse el pago de la suma de dinero estipulada en el pagare. El fiador o avalista: la persona que garantiza el pago del pagare. Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

Modelo del pagare ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

Diferencia entre letra de cambio y pagare ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Diferencia entre letra de cambio y pagare Letra de cambio pagare Es un documento Es una promesa de pago hecha por escrito Es un documento legal que se lleva a cabo entre comerciantes Es un documento legal entre comerciantes y una entidad bancaria o compañía de financiamiento Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS El cheque Es un documento bancario en que una persona autorizada para extraer dinero de una cuenta (el titular). Es un tÍtulo valor de crédito en virtud de la cual una persona (librador), ordena incondicionalmente a una institución de crédito. ¿Quiénes intervienen en un cheque? El emisor o girador: es la persona que gira el cheque para ello ser el titular de una cta cte bancaria. El girado: es el banco o empresa del sistema financiero, descontando fondos constituidos en cta cte. El tenedor, beneficiario o titular: a favor de quien se emite el cheque el mismo que se dirigirá al banco para cobrar el importe Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

Tipos de cheque: Cruzado: ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Tipos de cheque: Cruzado: Cheque nominativo cruzado: en su adverso por dos líneas paralelas las cuales indican que ese cheque solo puede cobrarse por otra institución de crédito Cruzamiento general: entre línea no se anota la denominación de ninguna institución de crédito y puede depositarse en cualquier banco. Cruzamiento especial: entre líneas va el nombre de una institución de crédito y solo puede cobrarse por esta. Para abono en cuenta: Cheque nominativo en el que se anotan dichas cláusulas, que prohíbe al banco el cheque en efectivo y solo lo recibe para abono en cuenta. El cheque no es negociable a partir de inserción de la cláusula. Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

Cheque de emergencia puesto al servicio de los clientes del banco. ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Certificado: El librador de un cheque nominativo solícita al banco librado, al momento de expedir el cheque lo certifique, declarando que existan fondos para cubrir el importe. De caja: Instrumento de pago de mayor para beneficiario respecto a la existencia de fondos. De viajero: Igual que un cheque nominativo, emitido por la oficina matriz de un banco a su propio cargo. De ventanilla: Cheque de emergencia puesto al servicio de los clientes del banco. Postfechados o diferidos: Se inserta una fecha posterior a la que se libra, acentuar al tomador que no habrá fondos hasta el día que aparece en el texto. Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

Modelo de cheque ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Factura conformada: Es un tÍtulo valor crediticio con garantía prendaría que se origina en la compra – venta y en general, en todo contrato que transfiera la propiedad de bienes, en que se acuerde el pago diferido del precio. ¿Quiénes intervienen en una factura conformada? EL EMITENTE: PUEDE SER EL VENDEDOR O TRANSFERENTE DE LA MERCADERIA QUIEN TIENE LA CONDICION DE BENEFICIARIO O TOMADOR ORIGINAL. EL COMPRADOR O ADQUIRIENTE: CONSTANCIA DE SU CONFORMIDAD EN EL TITULO VALOR DE HABER RECIBIDO LA MERCADERIA. Un garante Un endosante: que es el tomador que transfiere mediante endoso. Un endosatario: es el que adquiere vía endoso la factura conformada Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

Requisitos: La denominación de factura conformada. ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Requisitos: La denominación de factura conformada. La indicación del lugar y fecha de emisión. El nombre, nº de documento oficial de identidad, firma y domicilio. El nombre, domicilio y el nº del documento oficial del comprador o adquirente. El lugar de entrega de las mercadería o bienes descritos en el titulo. La descripción de la mercadería entregada. El valor unitario y total de la mercadería. El precio total o parcial pendiente de pago a cargo del comprador. El nÚmero del comprobante de pago correspondiente. La firma del comprador o adquiriente. Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

Modelo de la factura conformada ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Modelo de la factura conformada Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

Certificado de deposito y warrant ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Certificado de deposito y warrant ¿Qué es el certificado de deposito? Es un tÍtulo valor a la orden que representa el derecho real de propiedad sobre la mercadería depositada en un almacén general de deposito. La entidad facultada par emitir el certificado de deposito es el almacén general el mismo que procederá a emitirlo una vez. ¿Qué es el warrant? Es un tÍtulo valor a la orden que al igual que certificado de deposito representa derechos reales sobre las mercaderías depositadas. La diferencia que radica que el warrant representa una derecho real de prenda a favor del tenedor de dicho titulo valor mientras la propiedad de mercaderías corresponde al tenedor del certificado de deposito. Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

Sujetos que intervienen : ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Sujetos que intervienen : Sujetos que intervienen en el certificado de deposito y el warrant: El almacén general de deposito o depositario El depositante Requisitos: La denominación y nÚmero correspondiente tanto al certificado de deposito como al warrant, se emiten ambos títulos. El lugar y fecha de emisión. El nombre, nº del documento oficial y domicilio del depositante. El nombre y domicilio del almacén general. Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO

Integrantes: Ortiz bedoya milagros. Sandoval Ibáñez anabelen. ESCUELA DE CONTABILIDAD - FINANZAS PRIVADAS Integrantes: Ortiz bedoya milagros. Sandoval Ibáñez anabelen. Villalva caballero nataly. Reyes armas danna. Mantilla urbano yuriko. Econ. ELÍ CASTILLO LUCIO