RÍO URUGUAY CURSO: DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO I

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Transcripción de la presentación:

RÍO URUGUAY CURSO: DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO I Relaciones Internacionales Dr. Enrique Hernández Preparado por Lic. Sandra Rodríguez.

Guía de clase - RÍO URUGUAY Generalidades. Instrumentos jurídicos. Tramos de la totalidad del Río. Antecedentes del Tratado de Límites 1961. Tratado de Límites - generalidades - sectores ROU/ARG -lecho,subsuelo, espacio aéreo Estatuto del Río – propósitos - normas importantes - distribución de la competencia Estatuto de la C.A.R.U.

Nace en BRASIL en la Sierra de Mar. Recorre 1750 km (496 km frontera ROU/ARG) Curso fluvial internacional (atraviesa territorio de más de un Estado) TRAMOS ALTO Desde las nacientes en BRASIL hasta SALTO. MEDIO Desde SALTO hasta CONCEPCIÓN DEL URUGUAY. BAJO Desde CONCEPCIÓN DEL URUGUAY al paralelo de PUNTA GORDA.

ISLAS Desde desembocadura del Río Cuareim hasta Fray Bentos. Represa de Salto Grande produjo desaparición de islas

LÍMITES ROU/ARG: Tratado 1961 - Estatuto del Río Uruguay 1975. ARG/BRAS: Tratados 1898-1910-1927 (reservado por ROU en 1940) ROU vuelve a reservar Tratado 1961.

ANTECEDENTES 1946 – Convenio y Protocolo del 30 diciembre Crea Comisión Técnica Mixta. No límites ni derechos jurisdiccionales 1916 – Tratado BRUM-MORENO Firmado - no ratificado por ROU. Aguas = thalweg. Islas = según línea divisoria: ROU = oriente ARG = occidente 1957 – Acta SECCO ELLAURI- LANÚS Voluntad de demarcación definitiva 1918 – Convenio de Triangulación Reconoce derechos de ROU en el Río. 1958 – Declaración del 7 de Agosto Base Tratado1961. Reconoce derechos. Territorios insulares/zonas fluviales. 1938 – Acta SAAVEDRA LAMAS- MARTINEZ THEDY Descarta Tratado BRUM-MORENO (no thalweg)

TRATADO DE LÍMITES DEL RÍO URUGUAY 1961 (vigor 1966) Igualdad de derechos. Delimita aguas/islas. Planificación ejercicio jurisdicción. Art. 7 = Estatuto del Río. Ni thalweg ni línea media. “Permanente e inalterable” . 4 Sectores.

SECTOR 1 Punta sudoeste Isla Brasileña / perfil del Ayuí (Represa Salto Grande) LÍNEA MEDIA

CANAL PRINCIPAL DE NAVEGACIÓN SECTOR 2 Perfil del Ayuí / bifurcación Canales del Medio y de la Filomena CANAL PRINCIPAL DE NAVEGACIÓN (aguas e islas)

SECTOR 3 Bifurcación canales del Medio y Filomena / donde confluyen AGUAS = CPN (Canal de la Filomena) ISLAS = Canal del Medio al Este de ROU al Oeste de ARG (islas de ROU en aguas ARG)

CANAL PRINCIPAL DE NAVEGACIÓN SECTOR 4 Unión canales (Medio y Filomena) / paralelo Punta Gorda CANAL PRINCIPAL DE NAVEGACIÓN (thalweg)

LECHO - SUBSUELO - ESPACIO AÉREO No previsto en Tratado 1961 / Estatuto Tratado 1961: 4to. tramo = línea limítrofe “a todos los efectos” 3er. tramo = “al solo efecto” (aguas/islas) Interpretación s/Preámbulo (no previsto seguirá régimen de lo previsto): Canal Filomena al Este = Canal del Medio al Oeste = entre Canales: -- perteneciente a islas = --lecho, subsuelo y espacio aéreo suprayacente a vías de agua =

ESTATUTO DEL RÍO URUGUAY- 1975 Ley 14521 (aprobado 4/5/76) - Propósitos fundamentales: óptimo y racional aprovechamiento. jurisdicción no prevista en Tratado 1961. - Comisión Administradora - Complementa Tratado 1961 NAVEGACIÓN Reglamentación común de navegación y normas de seguridad. OBRAS Arts. 7 al 13 – mecanismo consultas en caso de perjudicar sensiblemente: Navegación Régimen del Río Calidad de las aguas

Artículo 13 “Las normas establecidas en los artículos 7 a 12 se aplicarán a todas las obras a que se refiere el artículo 7, sean nacionales o binacionales, que cualquiera de las Partes proyecte realizar, dentro de su jurisdicción, en el Río Uruguay fuera del tramo definido como Río y en las respectivas áreas de influencia de ambos tramos.”

Arts. 17 y 18 = Facilidades portuarias, alijos y complementos de carga. Arts. 19 a 23 = Salvaguarda de la vida humana. Arts. 27 a 29 = Aprovechamiento de las aguas. Arts. 30 a 34 = Recursos de lecho y subsuelo. Art. 42 = Responsabilidad internacional. Art. 44 = Autorización de estudios científicos. Art. 49 = crea CARU.

Artículo 40 - CONTAMINACIÓN “introducción directa o indirecta por el hombre, en el medio acuático, de sustancias o energía de las que resulten efectos nocivos”

Artículo 60 Toda controversia acerca de la interpretación o aplicación del Tratado y del Estatuto que no pudiere solucionarse por negociaciones directas, podrá ser sometida, por cualquiera de las Partes, a la Corte Internacional de Justicia.”

DISTRIBUCIÓN DE LA COMPETENCIA Criterio general - Tratado 1961 = cada Estado ejerce jurisdicción en sector geográfico de su soberanía. Qué pasa cuando ocurre algo en buque/s navegando por línea media o CPN?: Solución en Art. 48 del Estatuto

Artículo 48 (distribuye competencia en el canal) Dentro del buque: bandera ribereña se aplica jurisdicción de bandera tercera bandera hacia donde navega ? Sur a Norte (aguas arriba) Norte a Sur (aguas abajo)

2 buques ambos de ROU = ambos de ARG = 1 ROU / 1 ARG = 1 de guerra = bandera de guerra

= mayor tonelaje 1 ribereño y 1 3ra. Bandera: = ribereño ambos guerra o mercantes: = mayor tonelaje 1 ribereño y 1 3ra. Bandera: = ribereño ambos 3ra. Bandera: se combinan criterios (mayor tonelaje y hacia donde se dirige) aguas arriba = aguas abajo =

ESTATUTO DE LA COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO URUGUAY C.A.R.U. (1976) Establecimiento y funciones previstas en Estatuto Río Uruguay. 10 delegados (5 de c/ribereño) Sujeto de DIP - personalidad jurídica para cumplimiento de cometidos / celebrar tratados / crear órganos subsidiarios. Aprobación Estatuto - notas reversales en Gualeguaychú en 1976. No competencia para control cumplimiento normas CARU – autoridades de c/país (principalmente Prefecturas Navales) Carácter permanente con 2 Secretarías (Técnica y Administrativa) Funciones administrativas y legislativas. Decisiones por acuerdo de ambas delegaciones (1 voto por delegación)

RESUMEN Tratado de Límites 1961: Límites ROU / ARG definitivos. Igualdad derechos 4 sectores con diferentes criterios. Obliga creación de Estatuto del Río. RESUMEN Estatuto del Río Uruguay 1975: Complementa Tratado 1961. Establece C.A.R.U. Competencia dentro de canales de navegación. Regula navegación y obras. Estatuto de la C.A.R.U. 1975: Sede permanente (Paysandú) 10 delegados (5 c/u) igual votos. Funciones administrativas y legislativas. Celebrar tratados /crear órganos subsidiarios / crear normas jurídicas.

CASO PRÁCTICO Una lancha va navegando hacia el norte por aguas jurisdiccionales argentinas a la altura del tercer tramo del Río Uruguay y roza con una barcaza de la Prefectura Nacional Naval Uruguaya. Qué país tiene competencia en el incidente?

CASO PRÀCTICO En un barco mercante de bandera brasileña se produce un incidente entre los tripulantes donde uno de ellos es herido gravemente. El barco había zarpado desde el Puerto de Montevideo y se encuentra a la altura de Salto donde el tripulante herido es internado. Comente el caso.

BIBLIOGRAFÍA eva.universidad.edu.uy (fder – Curso de apoyo DIP) Tratado de Límites en el Río Uruguay 1961 Estatuto del Río Uruguay DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO - Tomo III Jiménez de Aréchaga Roberto Puceiro Heber Arbuet