Consolidación de Estados Financieros bajo NIIF

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Transcripción de la presentación:

Consolidación de Estados Financieros bajo NIIF Guillermo L. Berrío Gracia William García Pérez

Contenido Fechas de interés en el proceso de reporte NIIF Consolidación de Estados Financieros NIIF 10 Estados Financieros Consolidados NIC 27 Estados Financieros Separados NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos NIIF 11 Acuerdos Conjuntos Fiducias, Consorcios y Patrimonios Autónomos Procedimiento para la consolidación de Estados Financieros.

Fechas de interés en el proceso de reportes NIIF

Normatividad NIIF en Colombia Ley 1314 de 2009 – por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad generalmente aplicados en Colombia. Grupo 1 Grupo 2 Grupo 3 Decreto 2784 del 28 de diciembre de 2012 por el cual se reglamenta la ley 1314 en el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera que conforman el grupo 1 Decreto 3023 y 3024 del 27 de diciembre de 2013 modifican el Decreto 2784 de 2012 y se dictan otras disposiciones Decreto 2615 del 17 de diciembre de 2014 por el cual se modifica el marco técnico normativo previsto en el decreto 2784 y 3023. Decreto 3022 del 27 de diciembre de 2013 por el cual se reglamenta la ley 1314 sobre el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera que conforman el grupo 2. Decreto 2129 del 24 de Octubre de 2014 Por el cual se señala un nuevo plazo para que los preparadores de información financiera que conforman el grupo 2 den cumplimiento a lo señalado en el decreto 3023 (plazo para aplicar NIIF plenas voluntariamente) Decreto 2706 del 27 de diciembre de 2012 por el cual se reglamenta la ley 1314 en el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera para las microempresas. Decreto 3019 del 27 de diciembre de 2013 Modifica el Marco técnico normativo de información financiera para las microempresas anexo al decreto 2706 de 2012.

Transición (paralelo) Transición (paralelo) Fechas del Proceso de Convergencia Proceso de convergencia según Decreto 2784 y 2706 – Grupo 1 y Grupo 3 respectivamente NIIF Plenas obligatorio Expedición Normativa Preparación Transición (paralelo) Obligatoriedad 31/Dic/2012 31/Dic/2013 Año 2014 Año 2015 Proceso de Convergencia según Decreto 3022 (decreto 2129 de 2014) - Grupo 2 NIIF para Pymes obligatorio / NIIF Plenas voluntario Expedición Normativa Preparación Transición (paralelo) Obligatoriedad 31/Dic/2013 31/Dic/2014 Año 2015 Año 2016

Últimos dos dígitos NIT Normatividad NIIF en Colombia Superintendencia de Sociedades Circular Externa 115-000004 del 30 de abril de 2014 Se solicitó y se establecieron los plazos y requisitos mínimos para la presentación del Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA) para las sociedades que se clasificaron en el Grupo 1, acorde con lo previsto en el Decreto número 2784 del 28 de diciembre de 2012, modificado por el Decreto número 3024 del 27 de diciembre de 2013. Plazos para el envío del Estado de Situación Financiera de Apertura Grupo 1 Últimos dos dígitos NIT Envió de información 00 - 49 Miércoles 25 de Junio de 2014 50 - 99 Jueves 26 de Junio de 2014

Últimos dos dígitos NIT Normatividad NIIF en Colombia Superintendencia de Sociedades Circular Externa 200-000010 del 28 de noviembre de 2014 Se establecen los plazos y requisitos mínimos para la presentación del periodo de transición del grupo No.1 lo cual lo define el numeral 4 del artículo 3° del Decreto número 2784 de 2012, las sociedades que voluntariamente se acogieron a la aplicación del marco técnico normativo del Grupo 1 y que utilicen para ello el calendario establecido para el Grupo 2 (parágrafo 4° del artículo 3° del Decreto número 3022 de 2013, modificado por el Decreto número 2129 de 2014) y el estado de situación financiera del grupo No. 2 del decreto 3022 de 2013. Estados financieros a 31 de diciembre de 2014 que deben ser presentados por los preparadores de información financiera clasificados en el grupo 1. Últimos dos dígitos NIT Envió de información 01 - 33 Miércoles 24 de Junio de 2015 34- 67 Jueves 25 de Junio de 2015 68- 00 Viernes 26 de Junio de 2015 Esta solicitud comprenderá el envío de la siguiente información: Estado de Situación Financiera. Estado de Resultado Integral – resultado del período, por función del gasto, Estado de Resultado Integral – componentes ORI presentados netos de impuestos.

Últimos dos dígitos NIT Normatividad NIIF en Colombia Superintendencia de Sociedades Circular Externa 200-000010 del 28 de noviembre de 2014 Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA), que debe ser presentado por los preparadores de información financiera clasificados de manera voluntaria en el grupo 1 Aquellas sociedades que voluntariamente se acojan a la aplicación del marco técnico normativo del Grupo 1 y que utilicen para ello el calendario establecido para el Grupo 2 (parágrafo 4° del artículo 3° del Decreto número 3022 de 2013, modificado por el Decreto número 2129 de 2014) deberán remitir el Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA) con corte al 1° de enero de 2015 en un plazo que vencerá el 6 de julio de 2015. Presentación del Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA), que debe ser presentado por los preparadores de información financiera clasificados en el grupo 2 Últimos dos dígitos NIT Envió de información 01 - 25 Martes 7 de Julio de 2015 25 - 50 Miércoles 8 de Julio de 2015 51 - 75 Jueves 9 de Julio de 2015 76 - 00 Viernes 10 de Julio de 2015 Se deberá presentar el Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA), con fecha de corte al 1° de enero de 2015.

NIIF 10 Estados Financieros Consolidados

Controladora Subsidiaria Definiciones Es una entidad que controla una o mas subsidiarias. Controladora Entidad que es controlada por otra entidad. Subsidiaria

Actividades Relevantes Definiciones Son todas aquellas actividades de la subsidiaria que afectan de forma significativa los rendimientos de la subsidiaria. Actividades Relevantes EEFF donde los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, gastos y flujos de efectivo de la controladora y subsidiarias se presentan como si fueran una sola entidad económica. Estados Financieros Consolidados

Alcance Una entidad que es una controladora presentará estados financieros consolidados, EXCEPTO si cumple TODAS las condiciones siguientes: Es una subsidiaria total o parcialmente participada por otra entidad. Sus instrumentos de deuda o de patrimonio no se negocian en un mercado público. No registra, ni está en proceso de hacerlo, sus estados financieros en una comisión de valores u otra organización reguladora. Su controladora última, o alguna de las controladoras intermedias elabora estados financieros consolidados que se encuentran disponibles para uso público y cumplen con las NIIF.

Influencia importante Niveles de control Niveles de control- Presunción inicial 100 % Control Nivel de control Control conjunto 50 % Influencia importante 20 % Sin influencia 0 %

Concepto de control Un inversor controla una participada si y solo si éste reúne todos los elementos siguientes:

Poder Existe PODER sí el inversor: Posee derechos que le otorgan la capacidad de dirigir las actividades relevantes, es decir, que afectan de forma significativa los rendimientos de la participada Son Ejemplos de los derechos: Derechos en forma de derechos de voto Derecho a nombrar, reasignar o cesar a miembros del personal clave de la gerencia Derecho a nombrar o cesar a otra actividad para que dirija las actividades relevantes Derecho a dirigir la participada para realizar transacciones en beneficio del inversor

Actividades relevantes Son ejemplos: Venta y compra de bienes o servicios Gestión de activos financieros durante su vida Selección, adquisición o disposición de activos Investigación y desarrollo de nuevos productos o procesos

Factores para la determinación del control El propósito y el diseño de la participada Que actividades son relevantes y la forma en que se toman las decisiones sobre esas actividades Si los derechos del inversor le otorgan la capacidad de dirigir las actividades relevantes

Requerimientos de contabilización Los estados financieros consolidados se deben elaborar utilizando políticas contables uniformes para transacciones y otros sucesos que, siendo similares, se hayan producido en circunstancias parecidas. La consolidación inicia desde la fecha en que el inversor obtenga el control de la participada. La consolidación cesa cuando se pierda el control sobre la participada

Requerimientos de contabilización

Pérdida de control Cuando una controladora pierda el control de una subsidiaria, ésta: Dará de baja en cuentas los activos y pasivos de la entidad que ha dejado de ser subsidiaria del estado de situación financiera consolidado. Se reconocerá cualquier inversión conservada en la antigua subsidiaria a su valor razonable. Reconocerá la ganancia o pérdida asociada con la pérdida de control atribuible a la anterior participación controladora.

Comparativo entre NIIF plenas y NIIF para Pymes COMPONENTE NIIF PLENAS NIIF PARA PYMES Estados financieros Consolidados NIIF 10 Las NIIF requieren que cuando una entidad ejerce control sobre otra, ésta debe consolidar sus estados financieros con los de la entidad poseída. - Propiedad de más del 50% Instrumentos de Control y poder Se deben emplear elementos de juicio determinados en la norma al evaluar el control SECCIÓN 9 No hay cambios importantes respecto de la consolidación de estados financieros.

NIC 27 Estados Financieros Separados

Estados financieros separados Los estados financieros separados se elaborarán de acuerdo con todas las NIIF aplicables, excepto por que contabilizará las inversiones en subsidiarias, negocios conjuntos y asociadas: (a) al costo, o (b) de acuerdo con la NIIF 9 Se debe aplicar el mismo tratamiento contable a cada categoría de inversión. Se reconocerá un dividendo procedente de una subsidiaria, negocio conjunto o asociada en el resultado de periodo en sus estados financieros separados cuando se establezca su derecho a recibirlo

NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos

Objetivo El objetivo de esta Norma es prescribir la contabilidad de las inversiones en asociadas. Establecer los requerimientos para la aplicación del método de la participación al contabilizar las inversiones en asociadas y negocios conjuntos.

Alcance Esta Norma se aplicará a todas las entidades que sean inversores con control conjunto de una participada o tengan influencia significativa sobre ésta.

Definiciones Una asociada es una entidad sobre la que el inversor tiene una influencia significativa. Influencia significativa es el poder de intervenir en las decisiones de política financiera y de operación de la participada, sin llegar a tener el control ni el control conjunto de ésta.

Definiciones Un acuerdo conjunto es un acuerdo mediante el cual dos o más partes mantienen control conjunto. Operación conjunta es un acuerdo conjunto mediante el cual las partes que tienen control conjunto del acuerdo tienen derecho a los activos y obligaciones con respecto a los pasivos, relacionados con el acuerdo. Un negocio conjunto es un acuerdo conjunto mediante el cual las partes que tienen control conjunto del acuerdo tienen derecho a los activos netos de éste. Control conjunto es el reparto del control contractualmente decidido de un acuerdo, que existe solo cuando las decisiones sobre las actividades relevantes requieren el consentimiento unánime de las partes que comparten el control.

Definiciones El método de la participación es un método de contabilización según el cual la inversión se registra inicialmente al costo, y es ajustada posteriormente por los cambios posteriores a la adquisición en la parte del inversor, de los activos netos de la participada. El resultado del periodo del inversor incluye su participación en el resultado del periodo de la participada y el otro resultado integral del inversor incluye su participación en el otro resultado integral de la participada.

A menos que pueda demostrarse claramente que tal influencia no existe. Influencia significativa Presunción: Se presume que la entidad ejerce influencia significativa si posee, directa o indirectamente (por ejemplo, a través de subsidiarias), el 20 por ciento o más del poder de voto de la participada. A menos que pueda demostrarse claramente que tal influencia no existe.

A menos que pueda demostrarse claramente que existe tal influencia. Influencia significativa Presunción: A la inversa, se presume que la entidad no ejerce influencia significativa si posee, directa o indirectamente (por ejemplo, a través de subsidiarias), menos del 20 por ciento del poder de voto de la participada. A menos que pueda demostrarse claramente que existe tal influencia.

Influencia significativa La influencia significativa se pone en evidencia a través de las siguientes vías: Representación en el consejo de administración, u órgano equivalente de dirección de la entidad participada Participación en los procesos de fijación de políticas , entre los que se incluyen las participaciones en las decisiones sobre dividendos y otras distribuciones. Intercambio de personal directivo Transacciones de importancia relativa entre la entidad y la participada Suministro de información técnica esencial

Influencia significativa La existencia de otro inversor , que posea una participación mayoritaria o sustancial , no impide necesariamente que una entidad ejerza influencia significativa La influencia significativa es el poder de intervenir en las decisiones de política financiera y de operación de la participada, sin llegar a tener el control ni el control conjunto

Pérdida de Influencia significativa La entidad perderá la influencia significativa sobre la participada cuando carezca del poder de intervenir en las decisiones de política financiera y de operación de ésta. La pérdida de influencia significativa puede ir o no acompañada de un cambio en los niveles absolutos o relativos de propiedad.

Método de participación Reconocimiento Inicial: En el reconocimiento inicial la inversión en una asociada o negocio conjunto se registrará al costo. Medición Posterior: El importe en libros se incrementará o disminuirá para reconocer la parte del inversor en el resultado del periodo de la participada, después de la fecha de adquisición.

Método de participación INVERSOR: % Participación del resultado. % Participación del ORI. Dividendos RESULTADO DEL PERIODO DE LA PARTICIPADA

Exención del Método de participación Una entidad no necesitará aplicar el método de la participación a su inversión en una asociada o negocio conjunto si: La entidad es una controladora que esté exenta de la elaboración de estados financieros consolidados. Si se aplican TODOS los siguientes elementos: a. La entidad es una subsidiaria totalmente participada, o parcialmente participada por otra entidad.

Exención del Método de participación b. Los instrumentos de deuda o de patrimonio de la entidad no se negocian en un mercado publico. c. La entidad no registró, ni esta en proceso de registrar, sus estados financieros en una comisión de valores. d. La controladora ultima, o controladora intermedia de la entidad, elabora estados financieros consolidados cumpliendo las NIIF.

DIFERENCIAS, VENTAJAS O DESVENTAJAS DE LAS PYMES FRENTE A LAS PLENAS Comparativo entre NIIF plenas y NIIF para Pymes BASE DE COMPARACION NIIF PLENAS (NIC 28) NIIF PARA PYMES (SECCIÓN 14) DIFERENCIAS, VENTAJAS O DESVENTAJAS DE LAS PYMES FRENTE A LAS PLENAS Inversiones en asociadas y negocios conjuntos Las inversiones en asociadas son contabilizadas usando el método de participación. El método de costo o valor de mercado no es permitido excepto en EF’s separados Una entidad puede contabilizar sus inversiones en asociadas ó usando uno de los siguientes métodos : El método del costo (costo menos cualquier pérdida por deterioro acumulado). Método de participación. Valor razonable si existe precio de cotización. Simplifica el proceso de consolidación ya que no es obligatorio aplicar el método de participación

NIIF 11 Acuerdos Conjuntos

Objetivo y Alcance El objetivo de esta norma es establecer los principios para la presentación de información financiera por entidades que tengan una participación en acuerdos que son controlados conjuntamente (es decir acuerdos conjuntos). Para cumplir el objetivo, esta NIIF define control conjunto y requiere que una entidad que es una parte de un acuerdo conjunto determine el tipo de acuerdo conjunto en el que se encuentra involucrada mediante la evaluación de sus derechos y obligaciones y contabilice dichos derechos y obligaciones de acuerdo con el tipo de acuerdo conjunto Alcance: Esta NIIF se aplicará por todas la entidades que sean una parte de un acuerdo conjunto.

Definiciones Acuerdo conjunto: Es un acuerdo mediante el cual dos o más partes mantienen control conjunto. Un acuerdo conjunto tiene las siguientes características: Las partes está obligadas por un acuerdo contractual El acuerdo contractual otorga a dos o más de esas partes control conjunto sobre el acuerdo Un acuerdo conjunto es una operación conjunta o un negocio conjunto.

Acuerdos conjuntos El propósito, actividad y duración del acuerdo conjunto. La forma en que se nombran los miembros del consejo de administración, u órgano de gobierno equivalente. El proceso de toma de decisiones El capital u otras aportaciones requeridas a las partes. La forma en que las partes comparten los activos, pasivos, ingresos de actividades ordinarias, gastos o resultado del periodo, relativos al acuerdo conjunto. El acuerdo contractual otorga a dos o más de esas partes, control conjunto sobre el acuerdo El propósito, actividad y duración del acuerdo conjunto. La forma en que se nombran los miembros del consejo de administración, u órgano de gobierno equivalente, del acuerdo conjunto. El proceso de toma de decisiones, los temas que requieren decisiones delas partes, los derechos de voto de las partes y el nivel requerido de apoyo de esos temas. El capital u otras aportaciones requeridas a las partes. La forma en que las partes comparten los activos, pasivos, ingresos de actividades ordinarias, gastos o resultado del periodo, relativos al acuerdo conjunto.

Concepto de control conjunto Control conjunto es el reparto del control contractualmente decidido de un acuerdo, que existe solo cuando las decisiones sobre las actividades relevantes requieren el consentimiento unánime de las partes que comparten el control. Las partes actúan conjuntamente para dirigir las actividades que afectan de forma significativa a los rendimientos del acuerdo (ACTIVIDADES RELEVANTES) Existe control conjunto solo cuando las decisiones sobre las actividades relevantes requieren del consentimiento unánime de las partes que controlan el acuerdo de forma colectiva.

Concepto de control conjunto En un acuerdo conjunto, ninguna parte individualmente controla el acuerdo por sí misma. Una parte con control conjunto de un acuerdo puede impedir que cualquiera de las otras partes, o grupo de las partes, controle el acuerdo.

Ejemplo 1 Supóngase que tres partes establecen un acuerdo: A tiene el 50 por ciento de los derechos de voto del acuerdo, B tiene el 30 por ciento y C tiene el 20 por ciento. El acuerdo contractual entre A, B, y C especifica que se requiere al menos el 75 por ciento de los derechos de voto para tomar decisiones sobre las actividades relevantes del acuerdo. Aún cuando A pueda bloquear cualquier decisión, no controla el acuerdo porque necesita el acuerdo de B. Las condiciones de su acuerdo contractual que requieren al menos el 75 por ciento de los derechos de voto para tomar decisiones sobre las actividades relevantes implica que A y B tienen el control conjunto del acuerdo porque las decisiones sobre las actividades relevantes del acuerdo no pueden tomarse sin que lo acuerden A y B.

Ejemplo 2 Supóngase un acuerdo que tiene tres partes: A tiene el 50 por ciento de los derechos de voto del acuerdo y B y C tienen el 25 por ciento cada uno. El acuerdo contractual entre A, B, y C especifica que se requiere al menos el 75 por ciento de los derechos de voto para tomar decisiones sobre las actividades relevantes del acuerdo. Aún cuando A puede bloquear cualquier decisión, no controla el acuerdo porque necesita el acuerdo de B o de C. En este ejemplo A, B y C controlan de forma colectiva el acuerdo. Sin embargo, existe más de una combinación de las partes que puede acordar alcanzar el 75 por ciento de los derechos de voto (es decir A y B o A y C). En esta situación, para ser un acuerdo conjunto el acuerdo contractual entre las partes necesitaría especificar qué combinación de las partes se requiere que estén de acuerdo de forma unánime para acordar decisiones sobre las actividades relevantes del acuerdo.

Tipos de acuerdos conjuntos La clasificación de un acuerdo conjunto como una operación conjunta o un negocio conjunto depende de los derechos y obligaciones de las partes con respecto al acuerdo.

¿Como se determina si es un negocio Conjunto o una operación conjunta? Aplicar juicio profesional Considerar sus derechos y obligaciones surgidos del acuerdo. Evaluar sus derechos y obligaciones considerando la estructura y forma legal del acuerdo contractual

¿Como se determina si es un negocio Conjunto o una operación conjunta? Evaluación de los derechos y obligaciones de las partes que surgen del acuerdo

Reconocimiento de un Negocio Conjunto Un participe de un negocio conjunto reconocerá su participación en un negocio conjunto: Como una inversión Contabilizará esa inversión utilizando el método de participación de acuerdo con la NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos. Una parte que participa en un negocio conjunto, pero no tiene el control conjunto de éste, contabilizará su participación en el acuerdo según la NIIF 9 Instrumentos Financieros, a menos que tenga una influencia significativa sobre el negocio conjunto, en cuyo caso lo contabilizará de acuerdo con la NIC 28. Ejemplos: Joint Ventures Acuerdo comercial de inversión conjunta a largo plazo entre dos o más personas «riesgo compartido».

Reconocimiento de una Operación Conjunta Un operador conjunto reconocerá en relación con su participación en una operación conjunta: Sus activos, incluyendo su participación en los activos mantenidos conjuntamente; Sus pasivos, incluyendo su participación en los pasivos incurridos conjuntamente; Sus ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta de su participación en el producto que surge de la operación conjunta; Su participación en los ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta del producto que realiza la operación conjunta; y Sus gastos, incluyendo su participación en los gastos incurridos conjuntamente Ejemplos: Consorcios, contrato de participación

Normas básicas de Consolidación

Árbol de decisión manejo de inversiones

Presunción Decisiones Resumen tratamiento de las inversiones Inversiones Control Presunción Decisiones EF Individual EF Consolidado SUBISIDIARIA Se tiene el control total en las decisiones administrativas y financieras relevantes Votos > 50% Balance de Apertura: Al valor en libros de COLGAAP. Inversiones Posteriores: Se Reconoce al costo de la inversión. Línea a línea 100% Se calcula interés minoritario NIIF 10 ASOCIADA Se tiene influencia significativa en la toma de decisiones Votos >= 20% Votos < 50% Método de participación en una sola línea NIC 28 NEGOCIO CONJUNTO Control Conjunto. Hay interés en los activos netos. Hay separación patrimonial Acuerdo de control conjunto. Generalmente Unanimidad OPERACIÓN CONJUNTA Control Conjunto. Derecho a los activos y obligación con los pasivos Línea a línea proporcional a la participación NIIF 11 OTRAS No existe ningún tipo de control o influencia significativa Votos < 20% Valor razonable NIIF 9

Fiducias, Consorcios y Patrimonios Autonomos

Fiducias En los encargos fiduciarios (Fideicomisos de Inversión, garantía, administración e inmobiliario), la característica común es la responsabilidad de la fiduciaria, y esta es sólo de medio y no de resultados, por lo tanto, la Fiduciaria estará exenta de cualquier responsabilidad que esté más allá del cumplimento de las instrucciones del contrato La constitución del fideicomiso, mediante el contrato correspondiente, no da nacimiento a una nueva persona jurídica, distinta de sus constituyentes, tal como sí ocurre en los tipos societarios de la ley de sociedades comerciales. Esto es, desde el punto de vista jurídico, solamente un contrato

Fiducias Conclusión Mientras que los riesgos y beneficios no sean transferidos a la Fiducia o a un tercero independiente de la entidad, en esencia, el Fideicomitente es quien ha efectuado las operaciones en nombre propio, es decir debe registrar en su contabilidad los activos y pasivos subyacentes en el patrimonio autónomo, así como los ingresos ordinarios y costos derivados de la operación que se realiza.

Acuerdos conjuntos en vehículos separados El apéndice M22 de la NIIF 11 señala que la clasificación del Acuerdo conjunto si este se estructura a través de un vehículo separado se hará teniendo en cuenta: La forma legal del vehículo separado. Las condiciones del acuerdo conjunto. El vehículo separado será Operación Conjunta si: La forma legal no confiere separación entre las partes y el vehículo separado (es decir, los activos y pasivos mantenidos en el vehículo separado son de las partes). AB24 El vehículo separado será Negocio conjunto si: La forma legal confiere separación entre las partes y el vehículo separado.

Tratamiento de Consorcios y Uniones Temporales – bajo Colgaap La circular 115-006 del 23 de diciembre del 2009, define: Consorcios: Es un contrato de colaboración mediante el cual, las partes unen sus esfuerzos y recursos para la celebración y ejecución de contratos y responden solidariamente por todas las obligaciones que asuma el consorcio. Unión Temporal: son consideradas un acuerdo entre partes que unen sus esfuerzos y recursos para la celebración y ejecución de contratos, lo que hace que la existencia de la figura sea temporal (mientras dure el contrato). En este caso las partes responden solidariamente por el cumplimiento de la propuesta y del objeto contratado, pero no por las sanciones que se deriven de su incumplimiento, las cuales se impondrán de acuerdo con la responsabilidad o la participación de cada miembro de la unión temporal.

Tratamiento de Consorcios y Uniones Temporales – bajo Colgaap CLASES DE ACUERDO: Operación Conjuntas: El participe debe reconocer en su contabilidad de acuerdo con la naturaleza de las cuentas, los activos, pasivos, ingresos, costos y gastos que le correspondan, de acuerdo con las normas generales y técnicas y de revelación que resulten aplicables. Empresa Conjunta: Cuando la asociación se realiza a través de la constitución de un ente económico independiente de los partícipes, en cuyo caso éstos ejercen un control conjunto, por lo cual, no tienen derechos sobre los activos individuales, ni sobre las obligaciones originadas por gastos del negocio. En su lugar, cada participe tiene derecho a una parte de los resultados de las actividades.

Tratamiento de Consorcios y Uniones Temporales – bajo Colgaap El concepto del consejo técnico de la Contaduría CTCP C-143 -14 en relación al tratamiento contable actual bajo Colgaap de los Consorcios y Uniones temporales dijo: “Se registran los ingresos, costos y gastos del Consorcio o Unión Temporal , proporcionalmente a la participación. Este resultado se registra contra una cuenta corriente comercial” Ejemplo Construcciones S.A TRANSACCION CUENTA DB CR Aportes para la creación del Consorcio   13 Cuentas corrientes comerciales 809.617 1110 Bancos 244.199 1520 Maquinaria y Equipo 565.418

Tratamiento de Consorcios y Uniones Temporales – bajo NIIF Se deben clasificar como Operación Conjunta o Negocio Conjunto, atendiendo los criterios de la NIIF 11. Impacto tratamiento como Operación conjunta: Cambio en los indicadores de endeudamiento, liquidez y capital de trabajo.

Tratamiento de Patrimonios Autónomos – bajo Colgaap Reconocimiento en el Balance: En el Balance General el fideicomitente reconoce los aportes realizados a los Patrimonios autónomos como Derechos (Intangibles). El P&G del Patrimonio autónomo se registra en el P&G del fideicomitente proporcionalmente a su participación aumentando o disminuyendo la misma cuenta de intangibles.

Tratamiento de Patrimonios Autónomos – bajo NIIF Se deben clasificar como Operación Conjunta cuando exista control conjunto, ya que la forma legal no confiere separación entre las partes y el vehículo separado (es decir, los activos y pasivos mantenidos en el vehículo separado son de las partes). NIIF 11,B24 Se deben clasificar como una Inversión de acuerdo a la NIIF 9, cuando no exista control conjunto ni relación directa con los Activos y obligaciones con los pasivos del Patrimonio Autónomo.

Ejemplo Práctico de Consolidación

Contenido Ajustes de Consolidación Operaciones Reciprocas Inventarios Propiedades Planta y Equipo y/o Propiedades de Inversión Participación no Controladora Dividendos Bases Contables Homogéneas Conversión de Estados Financieros 4. Ejercicio práctico de Consolidación 5. Conclusiones

3. Procedimientos Para la Consolidación de Estados Financieros 1 2 IDENTIFICAR LA COMPAÑÍA CONTROLANTE, SUS SUBSIDIARIAS Y ENTIDADES DE CONTENIDO ESPECIFICO – FIDEICOMISO Y/O PATRIMONIO AUTONOMO. OBTENER LOS E/F A LA FECHA DE CONSOLIDAR 4 3 EXISTEN COMPAÑÍAS SUBSIDIARIAS EN EL EXTERIOR, SE DEBEN CONVERTIR A PESOS COLOMBIANOS. COMPROBAR LA HOMOGENEIDAD DE LAS BASES CONTABLES USADAS

Procedimientos para la Consolidación de Estados Financieros 5 6 COMPROBAR QUE LOS SALDOS POR COBRAR Y PAGAR ENTRE SUBSIDIARIAS COINCIDAN. DETERMINAR TIPO DE CONTROL 8 7 IDENTIFICAR LAS OPERACIONES QUE HUBO ENTRE COMPAÑÍAS A LA FECHA DE CONSOLIDACION PREPARAR HOJA TRABAJO PARA LA CONSOLIDACION

Procedimientos para la Consolidación de Estados Financieros 9 10 DETERMINAR LA PARTICIPACIÓN NO CONTROLADORA CONSOLIDAR LOS BALANCES DE C/CIA CON SUS ELIMINACIONES 11 PREPARAR ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS CON SUS NOTAS RESPECTIVAS.

Consolidación de los Estados Financieros DISTINTA FECHA E/F AL CORTE E/F ESPECIALES ULTIMOS E/F No. + 90 DIAS Saldos Intragrupos Información homogenea Transacciones intragrupos REQUISITOS CONTABLES BASES HOMOGENEAS SALDOS COINCIDENTES INTRAGRUPO

Ajustes de Consolidación ELIMINACION DE OPERACIONES RECIPROCAS OPERACIONES DE COMPRA Y VENTA DE INVENTARIOS OPERACIONES DE COMPRA Y VENTA DE ACTIVOS FIJOS ELIMINACION DE LA INVERSION PARTICIPACION NO CONTROLADORA PAGO DE DIVIDENDOS DIFERENCIAS TEMPORARIAS HOMOLOGACION CONVERSION DE ESTADOS FINANCIEROS

OPERACIONES RECIPROCAS BALANCE GENERAL CREDITOS RECIPROCOS INGRESOS Y COSTOS ANTICIPADOS PERDIDAS Y GANANCIAS INTERESES PAGADOS ARRENDAMIENTOS PAGADOS SERVICIOS PAGADOS

REVIERTE LA OPERACIÓN INICIAL CREDITOS RECIPROCOS CUENTAS POR PAGAR CUENTAS POR COBRAR INGRESOS EGRESOS SI NO COINCIDEN REVIERTE LA OPERACIÓN INICIAL PROCEDER A AJUSTAR

Eliminación de Operaciones Reciprocas Caso Práctico La compañía Matriz S.A. es la controladora de la compañía Subsidiaria S.A. en la cual posee el 70% de participación. Durante el año se presentaron las siguientes operaciones entre compañías: Al cierre del ejercicio los estados financieros de Matriz S.A. y Subsidiaria S.A. presentaban los siguientes saldos así: Cuenta por cobrar de Matriz S.A. a Subsidiaria S.A. por $ 4.500 Cuenta por pagar de Matriz S.A. a Subsidiaria S.A. por $ 6.000 Cuenta por pagar de Subsidiaria S.A. a Matriz S.A. por $ 4.500 Cuenta por Cobrar de Subsidiaria S.A. a Matriz S.A. por $ 6.000

Solución DETALLE MATRIZ SUBSIDIARIA ELIMINACION CONSOLIDADO SALDOS DEBITO CREDITO Cuentas por Cobrar a Subsidiaria 4,500   (4,500) - Cuentas por Pagar a Subsidiaria (6,000) 6,000 Cuentas por Pagar a Matriz Cuentas por Cobrar a Matriz

Inventarios Utilidad no realizada Cuando una empresa relacionada vende a otra entidad inventarios con algún margen de utilidad y no alcanza a venderlas a terceros durante el periodo, quedando todo o parte de sus inventarios. CASO PRÁCTICO N° 1 : La compañía ABC S.A. produce mercancías las cuales posteriormente comercializa a través de su compañía vinculada XYZ S.A., por lo tanto ABC S.A. le vende los inventarios a XYZ S.A. con un margen de utilidad del 30% sobre el costo del producto. Al cierre de diciembre de 2014 la compañía XYZ S.A. tiene un saldo en sus inventarios los cuales provienen de su vinculada. Las indagaciones indican, que el saldo de los inventarios obedece a operaciones del año en curso y que no hay saldos de ejercicios anteriores. ABC S.A. es el único proveedor de la compañía XYZ S.A.  

CASO PRÁCTICO N° 1 : El acumulado por ventas de inventarios realizadas durante el año 2014 en los registros de la compañía ABC S.A. por ventas a la compañía XYZ S.A. ascienden a $4.000.000.000. El saldo de los inventarios en la compañía XYZ S.A es de $2.500.000.000, el cual no se ha vendido al 31 de diciembre de 2014. La compañía XYZ S.A no ha realizado el pago de las facturas por este concepto.   Para realizar la eliminación en el consolidado es importante identificar la trazabilidad contable de las operaciones en cada una de las compañías individuales y así determinar las cuentas a afectar en la eliminación. Detalle eliminaciones XYZ S.A. ABC S.A. Eliminación Consolidado Saldos Débito Crédito Ingresos por venta de mercancías. $4.000.000.000 $0 Inventarios no fabricados por la empresa $2.500.000.000 $750.000.000(*) $1.750.000.000 Costo de ventas $2.800.000.000 $3.250.000.000

Procedimiento de Propiedades, Planta y Equipo y/o Propiedades de Inversión Identificar del saldo de las propiedades, planta y equipo a la fecha de la consolidación, cuales fueron comprados a compañías del grupo y a que compañías específicamente. Determinar la fecha de la operación. Determinar el valor de la venta. Determinar el costo, la depreciación acumulada y el resultado de la operación para la compañía vendedora. Reversar la operación original de compra y venta. Reversar la depreciación que ha sido calculada, por la compañía que lo adquirió, sobre el nuevo costo del activo.

Procedimiento de Propiedades, Planta y Equipo y/o Propiedades de Inversión Una vez efectuadas las operaciones indicadas en los numerales 5 y 6, tendremos el activo fijo a su costo original. Entonces, procederemos a recalcular la depreciación sobre el costo original.

ELIMINACIÓN DE OPERACIONES DE SERVICIOS QUE SE CAPITALIZAN EN ACTIVOS EN LA COMPAÑÍA ADQUIRIENTE   Estas operaciones suponen un ingreso para la entidad prestadora del servicio y un mayor valor del activo cuando está en montaje y/o en etapa de construcción para la adquiriente, teniendo en cuenta los criterios de reconocimiento del activo respectivo. Cuando estos servicios se incorporan como mayor valor de una propiedad, planta y equipo o una propiedad de inversión debe identificarse el margen de utilidad y eliminarlo del activo en los estados financieros consolidados.

CASO PRÁCTICO   La compañía Control Total S.A. Comercializa maquinaría para la industria de manufactura y dentro del giro ordinario de negocios, presta servicios de instalación de tales maquinarías, los cuales se pactan adicional al precio de venta de sus activos. Después de las negociaciones, las compañías Control Total S.A. la subsidiaria ABC S.A. pactan la compra de la planta de manufactura por valor de $45.000.000 y la instalación por $5.000.000. El costo total relacionado a la prestación de este servicio para la compañía matriz es de $42.000.000. Es importante tener en cuenta que la transacción da origen a un mayor valor de un activo productivo por $50.000.000 ya que este es un costo que puede ser capitalizado según la NIC 16 de propiedades, planta y equipos.   Para realizar la eliminación en el estado financiero consolidado es importante identificar la trazabilidad contable de las operaciones en cada una de las compañías individuales y así determinar las cuentas a afectar en la eliminación en los estados financieros consolidados.

REGISTRO DE LA VENTA EN LA COMPAÑÍA CONTROL TOTAL S. A REGISTRO DE LA VENTA EN LA COMPAÑÍA CONTROL TOTAL S.A.EN LOS ESTADOS FINANCIEROS SEPARADOS Venta Débito Crédito Cuentas por cobrar comerciales a compañías vinculadas $50.000.000 Ingresos por prestación de servicios Costos asociados Inventarios   $42.000.000 Costos de ventas REGISTRO DE ADQUISICIÓN DEL SERVICIO EN LA COMPAÑÍA ABC S.A.EN LOS ESTADOS FINANCIEROS SEPARADOS Compra Débito Crédito Propiedades, Planta y Equipos $50.000.000   Cuentas por pagar proveedores compañías vinculadas

SOLUCIÓN   AJUSTE 1 Detalle eliminaciones CONTROL TOTAL S.A. ABC S.A. Eliminación Consolidado Saldos Débito Crédito Ingresos por prestación de servicios $50.000.000 $0 Costos de ventas $42.000.000 Propiedades, Planta y Equipos $8.000.000 El efecto de la eliminación en el estado financiero consolidado es una reclasificación del costo de ventas a propiedades, planta y equipo, el cual se va depreciando a lo largo de su vida útil y se reconocerá en resultados de esa manera.   Cabe mencionar, que los servicios que se capitalizaron a propiedades, planta y equipo quedaron a su costo de origen, eliminando el margen de utilidad causado en los estados financieros separados de la compañía Control Total S.A.

Las propiedades, planta y equipo generaron un ajuste de $8. 000 Las propiedades, planta y equipo generaron un ajuste de $8.000.000, por lo tanto la depreciación debe realizarse por su valor ajustado.   Se cuenta con la siguiente información de la compañía ABC S.A. en los estados financieros separados para el cálculo de la depreciación: Vida útil: 25 años Valor residual: No aplica Método de depreciación: Línea Recta Fecha de adquisición: 01 de Mayo de 2014 Fecha de terminación de la instalación y pruebas: 30 de Septiembre de 2014 Fecha de inicio de actividades: Desmantelamiento: No existe obligación implícita ni explicita Ajuste al Gasto por Depreciación en el Estado Financiero Consolidado Control Total s.a.   La depreciación reconocida en el estado financiero separado de la subsidiaria ABC S.A. es de $500.000. La depreciación calculada teniendo en cuenta el costo ajustado en el estado financiero consolidado es de $420.000. La diferencia es de $80.000, lo que significa una disminución en el gasto depreciación por este importe.

Ajuste a la depreciación en el estado financiero consolidado: AJUSTE 2 Detalle eliminaciones CONTROL TOTAL S.A. ABC S.A. Eliminación Consolidado Saldos Débito Crédito Propiedades, Planta y Equipos (depreciación) -$500.000 $80.000 -$420.000 Gasto depreciación $500.000 $420.000 Eliminación de las cuentas por cobrar y cuentas por pagar vinculadas en el estado financiero consolidado:   AJUSTE 3 Detalle eliminaciones CONTROL TOTAL S.A. ABC S.A. Eliminación Consolidado Saldos Débito Crédito Cuentas por cobrar comerciales a compañías vinculadas $50.000.0000 $0 Cuentas por pagar proveedores compañías vinculadas

Caso Práctico AJUSTE AL GASTO POR DEPRECIACIÓN EN EL ESTADO FINANCIERO CONSOLIDADO DE LA COMPAÑÍA CONTROL TOTAL S.A.   La depreciación reconocida en el estado financiero separado de la subsidiaria ABC S.A. es de $904.762. La depreciación calculada teniendo en cuenta el costo ajustado en el estado financiero consolidado es de $833.333. La diferencia es de $71.429 ($904.762 - $833.333), lo que significa una disminución en el gasto depreciación por este importe. Detalle eliminaciones XYZ S.A. ABC S.A. Eliminación Consolidado Saldos Débito Crédito Propiedades, Planta y Equipos (depreciación) -$904.762 $71.429 -$833.333 Gasto depreciación $904.762 $833.333

Inversión Tiene como objeto excluir del balance general el monto invertido por una compañía matriz en una subsidiaria, de tal forma que el balance general consolidado refleje como inversiones únicamente aquellos saldos que corresponden a operaciones con terceros o compañías asociadas.

Caso Práctico La Compañía matriz tiene como política contable la medición al costo de las inversiones en el estado financiero separado.   A continuación se detalla el valor de la inversión y la política de medición de las Compañías a consolidar: Matriz S.A. Inversiones en compañías   Valor de la inversión Política de medición Compañía B Subsidiaria 5.250.000 Costo Compañía C 4.995.000 Patrimonio Autónomo ECE(Entidad de cometido especifico) 3.500.000 13.745.000

Caso Práctico Las inversiones equivalen al aporte realizado por la compañía matriz en el capital social de las subsidiarias y entidades de cometido especifico es el siguiente: Patrimonios Participación controladora Capital total Capital a eliminar Compañía B 70% 7.500.000 5.250.000 Compañía C 90% 5.550.000 4.995.000 Patrimonio Autónomo 100% 3.500.000

Caso Práctico AJUSTE DE ELIMINACIÓN Eliminación Inversión y Patrimonio   Matriz S.A. y Subsidiaria B Débito Crédito Inversiones en subsidiarias - 5.250.000 Capital Subtotal Matriz S.A. y Subsidiaria C 4.995.000 Matriz S.A. y Patrimonio Autónomo 3.500.000 Total Eliminación 13.745.000

Participación no Controladora Se entiende por Participación no Controladora, la parte de los activos netos y de los resultados de una subsidiaria, atribuibles a derechos sociales cuyos propietarios sean diferentes a los del grupo económico. La Participación no Controladora se presenta en el Patrimonio y en el estado de pérdidas y ganancias consolidado en un grupo separado

Total Patrimonios Subsidiarias Participación no controladora Caso Práctico  A continuación se detalla el patrimonio de la subsidiarias y del patrimonio autónomo y el porcentaje de participación no controladora:   Total Patrimonios Subsidiarias Participación no controladora 30% 10% 0% Compañía B Compañía C Patrimonio Autónomo Total Capital social 7.500.000 5.550.000 3.500.000 2.250.000 555.000 - 2.805.000 Reservas legales 1.600.000 480.000 Reserva de valorización 4.000.000  1.350.000 1.200.000 Resultados del ejercicio -824.575 15.000 675.000 -82.458 592.543 Resultados de ejercicios anteriores 7.906.000  190.000 2.371.800 Ajustes por conversión  - -26.825 -  -2.683 Participación no controladora Patrimonio 6.854.117 Participación no controladora Resultado

Solución La participación no controladora se calcula con base en todas las partidas patrimoniales de las subsidiarias en proporción a la participación de terceros sobre el capital. Una vez realizado el cálculo, se realiza el ajuste en el patrimonio: Participación no controladora   Cuenta Débito Crédito Capital social 2.805.000 -  Reservas legales 480.000 Reserva de valorización 1.200.000 Resultados del ejercicio 592.543 Resultados de ejercicios anteriores 2.371.800 Ajustes por conversión 2.683 - Participación no controladora Patrimonio 6.854.117 Participación no controladora Resultado  Total 7.446.660

Dividendos Se eliminan los dividendos como ingresos del ejercicio de una sociedad del grupo que haya sido distribuidos por otra perteneciente al grupo. Estos dividendos serán eliminados contra las utilidades acumuladas de la entidad que los distribuyo, restituyéndose el patrimonio como si no se hubiera realizado dicha distribución. Caso Práctico La compañía XYZ S.A. en marzo del año 2014 decreto dividendos por valor de $2.400.000.000 según Acta No. 25 de la Asamblea General de Accionistas sobre las utilidades del ejercicio del año 2013 a su compañía matriz Control Total S.A. la cual posee el 90% de participación. La compañía subsidiaria XYZ S.A. realizará el pago de sus dividendos en cuatro cuotas al término de los meses de mayo, agosto, noviembre del año 2014 y en febrero del año 2015.La fecha de consolidación de los estados financieros es al 31 de diciembre de 2014.

Solución ELIMINACIÓN DE CUENTAS DE BALANCE Detalle eliminaciones XYZ S.A. CONTROL TOTAL S.A. Eliminación Consolidado Saldos Débito Crédito Dividendos por cobrar a compañías subsidiarias $600.000.000 $0 Dividendos por pagar a compañía matriz Al 31 de diciembre de 2014 la compañía XYZ S.A. todavía tiene por pagar una cuota de los dividendos a su controladora, correspondiente a la cuota del mes de febrero del año 2015.

Solución ELIMINACIÓN DE LOS DIVIDENDOS EN RESULTADOS   Detalle eliminaciones XYZ S.A. CONTROL TOTAL S.A. Eliminación Consolidado Saldos Débito Crédito Ingresos por dividendos y participaciones $2.400.000.000 $0 Utilidades retenidas La compañía controladora reconoce un ingreso en el momento que su subsidiaria le decreta los dividendos, sin embargo, estos no son un gasto para XYZ S.A., sino que corresponde a una disminución de sus utilidades retenidas, por lo tanto la eliminación de los dividendos debe realizarse restituyéndolo al patrimonio como si no se hubiesen decretado ningún dividendo.  

Bases Contables Homogéneas Si un miembro del grupo utiliza políticas contables diferentes de las adoptadas en los Estados Financieros Consolidados, para transacciones y otros sucesos similares en circunstancias parecidas, se realizaran los siguientes ajustes:

Bases Contables Homogéneas Hecho Económico Matriz Subsidiaria Medición posterior de las diferentes categorías clasificadas según su naturaleza y uso de las propiedades, planta y equipo dentro del alcance de la NIC 16. La matriz tiene como política de medición posterior el modelo de revaluación para los bienes inmuebles utilizados en su proceso productivo. La subsidiaria tiene como política de medición posterior el modelo del costo para los bienes inmuebles utilizados en su proceso productivo. Manejo de pólizas de seguros y arrendamientos pagados por anticipado. (NIC 38 Activos intangibles). La matriz tiene como política contable reconocer directamente en el gasto todos los pagos por concepto de seguros y arrendamientos pagados por anticipado, así estos se puedan considerar como otros activos según NIC 38 párrafo 69A. La subsidiaria tiene como política contable reconocer en cuentas de otros activos todos los pagos por concepto de seguros y arrendamientos pagados por anticipados según NIC 38 párrafo 69A. Capitalización Costos por préstamos para activos aptos dentro del alcance de NIC 23. La matriz tiene como política capitalizar a sus activos aptos los costos por financiamiento. La subsidiaria tiene como política contable reconocer en el gasto del periodo todos los costos de financiamiento, así estos puedan ser capitalizados según NIC 23.

Caso Práctico La entidad Caso Práctico S.A. es la Matriz ubicada en Colombia de la entidad Claridad S.A. ubicada en Chile. La compañía debe preparar estados financieros consolidados de acuerdo con el alcance de la NIIF 10 para NIIF plenas y la sección 9 de NIIF para pymes. La Compañía Chilena Claridad S.A. decide medir sus terrenos y edificios a valor revaluado debido a que en este país el sector inmobiliario está en auge. Mientras que la compañía Caso Práctico S.A ubicada en Colombia decide medir este tipo de activos al Costo debido a que el mercado inmobiliario en este país ha llegado a su tope y su costo de adquisición está muy cerca de su valor razonable, cabe destacar que el uso del valor razonable en la medición posterior aplica solo para las NIIF plenas.   Este es un claro caso de homologación de políticas contables, se definió por norma corporativa que las políticas contables de todas las subsidiarias se homologaran a las políticas contables utilizadas por la compañía matriz, por esta razón debemos ajustar el mayor valor producto de la revaluación que presenta los activos de la compañía subsidiaria Chilena.

Caso Práctico Los saldos registrados en la contabilidad de la subsidiaria Claridad S.A. al 31 de diciembre del 2013 son los siguientes:   Costo Histórico Edificaciones: $ 100.000.000 Depreciación acumulada: $ 30.000.000 Valor Razonable: $ 150.000.000 Costo Revaluado: $ 150.000.000

Ajuste de Homologación SOLUCIÓN   Para efectos de llevar a cabo la homologación se requiere ajustar el mayor valor contabilizado por la subsidiaria la Claridad S.A., así: Costo Histórico Edificaciones $100.000.000 Valor Razonable $150.000.000 Menos: Depreciación Acumulada - $30.000.000 Menos: Costo neto -$70.000.000   $70.000.000 Revaluación $80.000.000 Descripción Claridad S.A Ajuste de Homologación Claridad S.A.   Saldos Débito Crédito Costo Histórico Edificaciones $ 100,000,000 Costo Revaluado Edificaciones $ 80,000,000 $ 80,000,000 $ 0 Depreciación Acumulada Edificaciones $ (30,000,000) Superávit por revaluación de Activos

Objetivos de la Conversión Consolidación de estados financieros. Valuación de inversiones Información al inversionista.

Conversion de Estados Financieros Los activos y los pasivos, tanto monetarios como no monetarios, deben convertirse al tipo de cambio de cierre. Las partidas del estado de resultado del periodo y el otro resultado integral se convierten al tipo de cambio de la fecha de la transacción. Sin embargo, por razones prácticas se utiliza una tasa de cambio promedio del periodo. Esta práctica resultará inadecuada cuando exista una variación significativa de un periodo a otro. Las diferencias en cambio resultantes deberán reconocerse en el otro resultado integral. Activos Tasa Corriente al cierre del periodo Pasivos Patrimonio Tasa Histórica Ingresos Tasa promedio ponderado para el periodo Costos Gastos Ganancias y perdidas

Caso Práctico La entidad Caso Práctico S.A. es la Matriz ubicada en Colombia de la subsidiaria Claridad S.A. ubicada en Chile. La compañía debe preparar estados financieros consolidados de acuerdo con el alcance de la NIIF 10 para NIIF plenas . La moneda Funcional para la compañía Claridad S.A. es el peso Chileno debido a que sus obligaciones financieras, sus proveedores, la nómina y el ochenta (80%) de las ventas las liquida través de esta moneda. Una vez realizado el análisis bajo NIC 21 se determinó que la moneda funcional en el peso chileno y la moneda de presentación será el peso colombiano. Cabe destacar que los factores utilizados para la conversión son producto de las dos tasas Pesos Chilenos y Pesos Colombianos que tiene otra tasa que es referente mundial (USD) los factores de conversión utilizados fueron los siguientes:   Tasa de cierre 4.2 Tasa Histórica Capital 3.5 Tasa Histórica Utilidades Acumuladas 3.8

Caso Práctico UTILIDAD DEL EJERCICIO Tasas promedio mensual Enero 4 Julio Febrero 3.5 Agosto 4.3 Marzo 4.1 Septiembre 3.8 Abril 4.5 Octubre 3.7 Mayo Noviembre 3.6 Junio 3.4 Diciembre 4.2

CLARIDAD S.A. PESOS CHILENOS CLARIDAD S.A. PESOS COLOMBIANOS Solución CONCEPTOS CLARIDAD S.A. PESOS CHILENOS Tasa de Cierre Tasa Histórica CLARIDAD S.A. PESOS COLOMBIANOS Disponible 20,000 4.2   84,000 Inversiones Permanentes 80,000 336,000 Propiedad Planta y Equipo 40,000 168,000 Propiedades de Inversión 25,000 105,000 Intangibles 15,000 63,000 TOTAL ACTIVOS 180,000 756,000 Obligaciones financieras 30,000 126,000 Proveedores Pasivos Laborales 9,000 37,800 TOTAL PASIVOS 59,000 247,800 Capital 3.5 140,000 Utilidades acumuladas 3.8 57,000 Utilidad del ejercicio 66,000 258,540 Ajuste por Conversión 52,660 TOTAL PATRIMONIO 121,000 508,200

Solución CONVERSION UTILIDAD DEL EJERCICIO Mes Valor en pesos Chilenos Tasa de Cierre Mes Valor en pesos Colombianos Enero 5,400 4 21,600 Febrero 2,300 3.5 8,050 Marzo 1,800 4.1 7,380 Abril 4,100 4.5 18,450 Mayo 2,900 3.8 11,020 Junio 3,500 3.4 11,900 Julio 3,800 15,580 Agosto 5,900 4.3 25,370 Septiembre 7,400 28,120 Octubre 8,500 3.7 31,450 Noviembre 10,100 3.6 36,360 Diciembre 10,300 4.2 43,260 Total 66,000   258,540

Ejercicio práctico de consolidación Entidad A Entidad B $000 $000 Propiedad, planta y equipos 400 160 Inversión en B 16 - 416 160 ACTIVOS CORRIENTES Inventarios 100 50 Otros 200 110 300 160 PASIVOS CORRIENTES (150) (120) 566 200 EQUITY Acciones comunes 200 20 Ganancia acumulada 366 180 Entidad A posee el 80% de acciones de entidad B. No genero ningún goodwill de la entidad A sobre la inversión que esta hizo en la entidad B B retiene el inventario de $20 comprado por A. El costo a A fue de $15 Prepare el estado consolidado de situación financiera al 31 de diciembre de 2014

Ejercicio práctico de consolidación Entity A posee 80% de las acciones equity de la entidad. Los estados de ingreso para ambas compañías para fin de año 31 de diciembre de 2014 son como se muestran a la derecha. B mantiene inventario de $20 comprado desde A. El costo de A fue $15 Entidad A Entidad B $000 $000 Ingresos 490 312 Costo de ventas y gastos (280) (200) Ganancia de operaciones 210 112 Dividendos de B 20 - Ganancias a/impuesto 230 112 Impuesto sobre la renta (100) (32) Ganancia neta para el año 130 80 Prepare el estado de ingresos consolidado para el año que finaliza el 31/Dic/2014

Ejercicio práctico de consolidación Propiedad, planta y equipos (400+160) 560 ACTIVOS CORRIENTES Existencia (100+50 – 5) 145 Otros (200+110) 310 455 PASIVO CORRIENTE(150+120) (270) 185 745 EQUITY Acciones ordinarias 200 Ganancias acumuladas (366-5+(80%*180) 505 Participación no controladora (20*200) 40 A mas 100% B A solo A menos ganancia en inventario de grupo mas 80% B post adquisición 20% de B

Ejercicio práctico de consolidación Ganancias por operaciones 317 $000 Ingresos (490-20+312) 782 Costo de ventas y gastos (280-15+200) (465) Ganancias por operaciones 317 Impuesto sobre la renta (100+32) (132) Ganancia para el año 185 Ganancia atribuible a: Propietarios de la matriz 169 Intereses no controlados (20%*80) 16 185 A mas 100% B, menos venta inter-grupo 20% de B

Conclusiones Se debe evaluar en las compañías que se poseen inversiones están obligadas a consolidar teniendo en cuenta los tres elementos de control definidos bajo NIIF 10, tales como el de poder, los rendimientos y la vinculación entre poder y rendimientos. En aquellas compañías subsidiarias en las cuales no se tenga participación patrimonial, es decir no se tiene una inversión, se debe evaluar si existe inherencia de control en la toma de decisiones en una compañía subsidiaria. En caso de control sobre la subsidiaria se debe consolidar. Es por ello, lo que se denomina la aplicación de estados financieros combinados, presentando en el consolidado la totalidad del patrimonio de la subsidiaria como no controlado. La participación de terceros ajenos al grupo a consolidar se presentan en el patrimonio consolidado denominado “participación no controladora” de forma separada del patrimonio de los propietarios de la controladora. Cabe mencionar que bajo COLGAAP se presentaba como interés minoritario y en el balance general consolidado después del pasivo y antes del patrimonio.

Conclusiones Las inversiones en subsidiarias en los estados financieros separados bajo NIIF se registran al costo y/o valor razonable acorde con lo establecido en la NIC 27 párrafo 10 y/o de acuerdo con la NIIF 9. Lo anterior es un cambio importante teniendo en cuenta que bajo COLGAAP se reconocen en los estados financieros básicos bajo el método de participación patrimonial.   Un aspecto relevante entre las NIIF y COLGAAP con respecto a la consolidación de estados financieros es la definición de control, teniendo en cuenta que bajo NIIF amplió la definición del principio de control. Lo anterior a raíz de la crisis global que comenzó en el año 2007 donde los inversionistas estaban expuestos por los vehículos fuera del balance como sucedió con los vehículos de titularización. El procedimiento de consolidación de los estados financieros entre COLGAAP y NIIF referente a la eliminación de la inversión, saldos y operaciones intragrupo, inventarios, activos fijos, entre otros; no tiene ningún cambio con este procedimiento, es decir es el mismo a seguir.

Conclusiones Es importante que las compañías a consolidar realicen periódicamente las conciliaciones de las operaciones intragrupo realizadas entre ellas y no esperar a la fecha de la consolidación, teniendo en cuenta que podrían generar diferencias muy significativas y dichos ajustes deben realizarse en los estados financieros separados y no en los estados financieros consolidados.   Respecto al alcance en la presentación de estados financieros consolidados bajo NIIF 10 de las plenas y Sección 9 de NIIF para pymes determina las condiciones cuando una entidad controladora no necesita presentar dichos estados. No obstante, bajo la normatividad local vigente existen diferencias significativas con respecto a las condiciones de presentación de estados financieros consolidados, en la cual el gobierno nacional se vería abocado en actualizar la ley 222 de 1995 o en su defecto se tendrían diferencias con la aplicación de la NIIF 10.

Conclusiones Para efectos de la consolidación de las compañías nacionales y del exterior es importante tener en cuenta que la compañía matriz prepare un instructivo y/o manual para la consolidación en el cual se detalle el procedimiento a seguir, los responsables de la información, la definición de la moneda funcional en cada país, la moneda de presentación, fecha del reporte, la homologación y/o ajustes de políticas contables, el detalle de los saldos y transacciones intragrupo, entre otros. Lo anterior contribuiría en dar las guías a seguir en cada compañía en el procedimiento de consolidación y a depurar la información requerida.  

Conclusiones En la práctica es indispensable que las entidades que pertenecen a un grupo económico que deba presentar información consolidada, adecuen sus sistemas de información financiera y la información misma, para poder identificar confiablemente las transacciones reciprocas y estas puedan ser conciliadas fácilmente. Es posible que producto de este alistamiento sea necesario utilizar cuentas contables separadas de las transacciones de terceros, utilizar centros de negocio independientes, identificar las compañías con códigos diferentes, crear reportes en los sistemas contables, diseñar formatos y papeles de trabajo, entre otros. Cada país debe afrontar un estudio serio sobre la tributación consolidada de grupos económicos y no por cada una de las compañías individuales, tal como se lleva a cabo en algunos países de Europa y en Estados Unidos.  

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