LOS PRESUPUESTOS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL

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Transcripción de la presentación:

LOS PRESUPUESTOS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD SILVINA FURLOTTI 2017

MAESTRIA DAÑOS 2016 S Furlotti PRESUPUESTOS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL: Sec. 3 y 4, Cap. I, Tít. V, Lib. III daño Rel. causal Antijur. Factor at. Oblig. reparar Sec. 4 Sec. 3 MAESTRIA DAÑOS 2016 S Furlotti

SILVINA FURLOTTI 2017

SILVINA FURLOTTI 2017

SILVINA FURLOTTI 2017

SILVINA FURLOTTI 2017

¿QUIÉN LO HIZO? La relación causal consiste en el enlace material o físico que existe entre un hecho- antecedente (acción u omisión) y un hecho- consecuente (el resultado dañoso SILVINA FURLOTTI 2017

La "relación de causalidad" implica el lazo, la unión, la relación entre el obrar humano con el daño SILVINA FURLOTTI 2017

EXTENSIÓN DEL RESARCIMIENTO PASADO FUTURO EXTENSIÓN DEL RESARCIMIENTO CUALES SON LAS CONSECUENCIAS DAÑOSAS RESARCIBLES AUTORÍA AUTOR DEL DAÑO DAÑO Funciones de la relación de causalidad SILVINA FURLOTTI 2017

FUNCIONES DE LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD: 1°) desde el daño hacia atrás, hacia el pasado, determina la autoría del daño, 2°) desde el daño hacia adelante, hacia el futuro, señala la extensión del resarcimiento, dando lugar a las consecuencias indemnizables (inmediatas, mediatas previsibles,) SILVINA FURLOTTI 2017

Análisis causal 1) analizar el nexo causal a nivel autoría - la causalidad material y la causalidad jurídica 2) la extensión del resarcimiento SILVINA FURLOTTI 2017

¿cuál fue la causa del daño? autoría SILVINA FURLOTTI 2017

SILVINA FURLOTTI 2017

Distintas teorías sobre la relación de causalidad SILVINA FURLOTTI 2017

El fenómeno causal se presenta como una sucesión continua e indefinida de hechos antecedentes y hechos consecuentes, de causas y efectos enlazados o atados SILVINA FURLOTTI 2017

Ejemplos: (Ubiría) Una persona se golpea al resbalar en el piso mojado de la casa de un amigo. Luego, camino a la farmacia para comprar un analgésico es herida de muerte por un delincuente. ¿el amigo también resulta responsable por el desenlace fatal? Una persona hiere a otra de una puñalada y un tercero que se ofrece a llevarla al hospital se queda sin nafta en el camino y la víctima muere. ¿la muerte de la persona puede imputarse al conductor o al autor de las lesiones?. SILVINA FURLOTTI 2017

CAUSAS SILVINA FURLOTTI 2017

SILVINA FURLOTTI 2017

Equivalencia de las condiciones Distintas teorías Equivalencia de las condiciones Causa próxima Causa remota Causalidad adecuada CCyC SILVINA FURLOTTI 2017

Causa y condición Por condición "situación o circunstancia indispensable para la existencia de otra toda condición constituye un antecedente del daño, pero no significa que revista entidad suficiente para generarlo por sí misma. Entre condición y causa existe una relación de género a especie: si bien la causa es siempre una condición (antecedente) del daño, no toda condición alcanza jerarquía de causa SILVINA FURLOTTI 2017

Equivalencia de las condiciones todas las condiciones tienen el mismo valor para la producción del daño, son consideradas equivalentes. Si falta una de las condiciones el daño no se hubiera producido. Es suficiente que el hecho resulte un antecedente del daño, que haya tenido que existir para que el perjuicio tenga lugar para acarrear responsabilidad. El análisis se practica "en concreto", es decir, como verdaderamente (estrictamente) sucedieron los hechos, sin agregados valorativos. SILVINA FURLOTTI 2017

Causalidad a adecuada (J. Von Kries, Siglo XIX) la individualización de la CAUSA se logra a partir de un juicio de probabilidad y regularidad, conforme a la experiencia de la vida cotidiana, acordes al curso natural y ordinario de las cosas Es causa aquel acontecimiento que generalmente es apto o adecuado para provocar el resultado del caso de análisis. SILVINA FURLOTTI 2017

“acorde al curso natural y ordinario de las cosas” el criterio de previsibilidad es el eje central de la causalidad jurídica pues permite determinar la causa a partir de lo esperable. No se toma en cuenta el punto de vista del propio autor del hecho, lo que éste conocía o podía conocer (enconcreto, culpabilidad), porque el estudio de probabilidad se practica en abstracto, con un criterio objetivo, prescindiendo de lo que efectivamente ocurre en el caso concreto: el parámetro es el del "hombre promedio“ o "hombre razonable". SILVINA FURLOTTI 2017

“El pasado tiende a repetirse en el futuro” PREVISIBILIDAD REGULARIDAD SILVINA FURLOTTI 2017

CCyC RELACIÓN CAUSAL ARTICULO 1726.- Relación causal. Son reparables las consecuencias dañosas que tienen nexo adecuado de causalidad con el hecho productor del daño. Excepto disposición legal en contrario, se indemnizan las consecuencias inmediatas y las mediatas previsibles. SILVINA FURLOTTI 2017

EXTENSION DEL RESARCIMIENTO ¿HASTA DONDE SE RESPONDE? SILVINA FURLOTTI 2017

EXTENSIÓN DEL RESARCIMIENTO PASADO FUTURO EXTENSIÓN DEL RESARCIMIENTO CUALES SON LAS CONSECUENCIAS DAÑOSAS RESARCIBLES AUTORÍA AUTOR DEL DAÑO DAÑO Funciones de la relación de causalidad SILVINA FURLOTTI 2017

ejemplo un caso de mala praxis médica tiene lugar cuando el profesional transfunde a su paciente sangre portadora del HIV y lo contagia: la consecuencia inmediata es el referido contagio del paciente, el contagio de la esposa del paciente por vía sexual es consecuencia mediata previsible, y el suicidio del hijo del paciente a raíz de la depresión que le produce la enfermedad de sus padres es consecuencia mediata no previsible (casual) (Pizarro y Vallespinos). SILVINA FURLOTTI 2017

CONSECUENCIAS DAÑOSAS INDEMNIZABLES ARTICULO 1726.- Relación causal. Son reparables las consecuencias dañosas que tienen nexo adecuado de causalidad con el hecho productor del daño. Excepto disposición legal en contrario, se indemnizan las consecuencias inmediatas y las mediatas previsibles. SILVINA FURLOTTI 2017

Consecuencias dañosas indemnizables ARTICULO 1727.- Tipos de consecuencias. Las consecuencias de un hecho que acostumbran a suceder según el curso natural y ordinario de las cosas, se llaman en este Código "consecuencias inmediatas". Las consecuencias que resultan solamente de la conexión de un hecho con un acontecimiento distinto, se llaman "consecuencias mediatas". Las consecuencias mediatas que no pueden preverse se llaman "consecuencias casuales". SILVINA FURLOTTI 2017

“El pasado tiende a repetirse en el futuro” PREVISIBILIDAD REGULARIDAD SILVINA FURLOTTI 2017

CONSECUENCIAS INMEDIATAS son las consecuencias de un hecho que acostumbran a suceder según el curso natural y ordinario de las cosas: Es la adecuación en su máxima pureza, debe necesariamente ser representada en la mente de cualquier hombre normal; ejemplo, en el incumplimiento de un contrato de mutuo la consecuencia que acarrea es la obligación de pagar intereses moratorios; SILVINA FURLOTTI 2017

CONSECUENCIAS MEDIATAS son las que resultan de la conexión de un hecho con un acontecimiento distinto, y también resultan previsibles pues habitualmente van relacionadas. La conexión causal es más distante, constituye un segundo escalón o grado de conexión con el evento dañoso; ejemplo si un albañil sufre un daño por los que debe guardar reposo, ínterin no podrá trabajar y generar ganancias (lucro cesante). SILVINA FURLOTTI 2017

Previsibilidad contractual SILVINA FURLOTTI 2017

función la previsibilidad contractual es un mecanismo jurídico que permite delimitar cuáles de todas las consecuencias dañosas que se generan con el incumplimiento obligacional deberán ser reparadas por el deudor SILVINA FURLOTTI 2017

Hadley v. Baxendale" Los hermanos Hadley, propietarios de un molino harinero, contrataron con una empresa de transporte —de la que Baxendale era el gerente— a fin de que esta trasladara el eje dañado del molino hasta Greenwich, donde se fabricaría uno nuevo. Hasta la llegada de la nueva pieza el molino quedaba paralizado, circunstancia que era des-conocida por el transportista. La empresa a cargo del traslado demoró siete días más de lo prometido en la entre-ga del nuevo eje a los Hadley. Ante ello, los propietarios del molino reclamaron el daño derivado de su paraliza-ción productiva durante los días en se retrasó la entrega de la pieza. En su resolución, el tribunal desechó la pre-tensión indemnizatoria, considerando que la reparación de las ganancias perdidas no había podido ser razona-blemente previsto por la empresa transportista como una consecuencia probable de su incumplimiento SILVINA FURLOTTI 2017

Reglas del caso segunda regla, "un daño derivado del incumplimiento contractual, que no se adecua a los re-quisitos exigidos por la primera regla será, no obstante, indemnizable, si las circunstancias especiales que condu-cen al acaecimiento de ese daño eran conocidas por ambas partes al haber sido comunicadas por el demandante al demandado en el momento de la celebración del contrato". primera regla, "un daño es indemnizable si en el momento de la celebración del contrato las partes podían contemplarlo como un daño derivado naturalmente del incumplimiento del contrato conforme al usual devenir de los acontecimientos". SILVINA FURLOTTI 2017

Previsibilidad contractual artículo 1728 establece “Previsibilidad contractual. En los contratos se responde por las consecuencias que las partes previeron o pudieron haber previsto al momento de su celebración. Cuando existe dolo del deudor, la responsabilidad se fija tomando encuentra estas consecuencias también al momento del incumplimiento”. SILVINA FURLOTTI 2017

PARTICULARIDADES DE LA CAUSALIDAD CONTRACTUAL el art. 1728 se resarcen "las consecuencias que las partes previeron o pudieron haber previsto al momento de su celebración". dolo del deudor, "la responsabilidad se fija tomando en cuenta estas consecuencias también al momento del incumplimiento". distingue entre el momento de la celebración del contrato y el del incumplimiento. SILVINA FURLOTTI 2017

Diferencias con el sistema de causalidad adecuada a) la prognosis (juicio) no es póstuma, sino que se tiene que tomar en cuenta la previsibilidad al momento de contratar. b) Es la previsibilidad está referida a las partes del contrato y no al estándar objetivo del hombre medio . SILVINA FURLOTTI 2017

ejemplo en el marco de un contrato de transporte se resolvió que la reparación de los daños generados por la destrucción de la maquinaria transportada debía limitarse al valor que tenía al tiempo y lugar fijado en la carta de porte, pero no a las multas que le fueron impuestas al propietario de la maquinaria como consecuencia de la imposibilidad de cumplir con otro contrato —debido a la imposibilidad de utilizarla—, pues ellos constituyen una contingencia que excede lo que el autor del daño pudo prever normal y ordinariamente SILVINA FURLOTTI 2017

ejemplo compraventa de semen vacuno, una empresa dedicada a la reproducción de terneros puro pedigree, demando a un laboratorio que entregó semen infectado con una enfermedad y reclamó el lucro cesante derivado de la impo- sibilidad de vender las crías obtenidas de animales infectados. La sentencia admitió el reclamo por considerar que el laboratorio tenía conocimiento de la enfermedad del animal, de sus efectos perjudiciales y del particular destino del semen SILVINA FURLOTTI 2017

¿Cómo se juzga la previsibilidad? concreta conocimiento. SILVINA FURLOTTI 2017

Conocimiento el juicio de previsibilidad —es decir, la posibilidad de prever consecuencias dañosas que efectúa el deudor al contratar—, depende de un elemento cognitivo. Sobre la base del conocimiento disponible al contratar podrá efectuarse la previsión de los daños consecuencia del incumplimiento SILVINA FURLOTTI 2017

Posibilidad de prever La posibilidad de prever se define según el conocimiento con el que contaban las partes al momento del contra-tar. Se tendrán por conocidas las circunstancias ordinarias, esto es, las comúnmente usuales o habituales (las que son de público conocimiento; art 1727), o las que debieron serlo por la naturaleza del acto (objeto y finalidad), o por las condiciones particulares del deudor (art. 1725, CCCN). Para que otras circunstancias excepcionales y propias del contrato en particular se tengan por efectivamente conocidas o conocibles deberán ser comunicadas a la otra parte —directa o indirectamente— al momento del contratar, pues su conocimiento no puede presumirse; SILVINA FURLOTTI 2017

EXIMENTES SILVINA FURLOTTI 2017

EXTENSIÓN DEL RESARCIMIENTO PASADO FUTURO EXTENSIÓN DEL RESARCIMIENTO CUALES SON LAS CONSECUENCIAS DAÑOSAS RESARCIBLES AUTORÍA AUTOR DEL DAÑO DAÑO Funciones de la relación de causalidad SILVINA FURLOTTI 2017

RELACIÓN DE CAUSALIDAD EXIMENTES RELACIÓN DE CAUSALIDAD SILVINA FURLOTTI 2017

EXIMENTES EXIMENTE ROMPE TOTAL O PARCIALMENTE EL NEXO DE CAUSALIDAD RELACIÓN DE CAUSALIDAD SILVINA FURLOTTI 2017

EXIMENTES SILVINA FURLOTTI 2017

Causa ajena o extraña La "causa ajena" —casus— es el hecho o acontecimiento extraño al sindicado como responsable que altera —suprime o desvía— el nexo causal, que lo exonera o atenúa su responsabilidad. SILVINA FURLOTTI 2017

Causa ajena AJENA EXTRAÑA hecho del damnificado; hecho de un tercero por quien no se debe responder; caso fortuito - fuerza mayor. SILVINA FURLOTTI 2017