PLANIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN FISCAL 2015 - 2016
Novedades en la Imposición Indirecta 2016 IGIC Santa Cruz de La Palma, mayo 2016
IGIC Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2016 Decreto 75/2015, de 7 de mayo, de la Comunidad Autónoma de Canarias (modificación del Reglamento de gestión de los tributos del REF) Decreto 12/2016, de 29 de febrero, de la Comunidad Autónoma de Canarias (modificación del Reglamento de gestión de los tributos del REF)
IGIC Modificación base imponible Exenciones Tipos impositivos Eliminación de obligación de acreditar la remisión de factura rectificativa en todo caso. Se mantiene para créditos de deudor en concurso y créditos incobrables. Exenciones No aplicación a arrendamientos de viviendas vacacionales (criterio DGT Canarias 10-09-2015). Tipos impositivos Entrega de bienes 2015 2016 Perfumes, aguas de perfume, extractos 3% 13,5% Cuidado personal, cosméticos 7% Flores/plantas Cigarros puros 13,5% (precio > 1,8€/u) 13,5% (precio >2,5€/u)
IGIC Obligaciones formales Devolución en régimen de viajeros Nuevo plazo presentación Modelos 415-416 (febrero). Autoliquidación ocasional Modelo 412 julio: 1-20 agosto. Devolución en régimen de viajeros Posibilidad de reembolso a través de abono en tarjeta de crédito.
IGIC Regímenes Especiales Simplificado Nuevos límites para la aplicación del Régimen: 2015 2016-2017 2018 Volumen Ingresos año anterior 450.000,00 (Agíc.-Gan.-For., 300.000,00) 250.000,00 150.000,00 (Agíc.-Gan.-For., 250.000,00) Compras, excluido inmovilizado, año anterior 300.000,00
IGIC Agencias de Viajes Coordinación con la normativa de IVA Eliminación de exclusión del régimen de ventas al público efectuadas por agencias minoristas en viajes organizados por agencias mayoristas. Eliminación de inclusión en factura en concepto de “Cuota de IGIC” Pº x 2/100 en ventas a empresarios o profesionales. Eliminación de posibilidad de determinar base imponible global por período de liquidación. Inclusión de posibilidad de renuncia al régimen cuando adquirente sea empresario con derecho a deducción/devolución de IGIC → régimen general (operación por operación, por escrito, con carácter previo o simultáneo a la prestación del servicio). Hasta 31-12-2015: exención EB/PS localizados fuera de Canarias → no tributación parte del viaje que transcurría por UE. Desde 01-01-2016: Exención EB/PS localizados fuera de la UE.
Compras, excluida inmov., año anterior IGIC Agricultura, Ganadería y Pesca Ámbito subjetivo: Exclusión de SAT. Ámbito objetivo: Exclusión de Pesca Marítima. Nuevos límites para su aplicación: 2015 2016-2017 2018 Compras, excluida inmov., año anterior 300.000,00 250.000,00 150.000,00
IGIC Comerciantes Minoristas Hasta 31-12-2015: Comerciante Minorista ≠ Régimen Especial de Comerciantes Minoristas. Desde 01-01-2016: Comerciante Minorista = Régimen Especial de Comerciantes Minoristas. Inclusión automática de Comerciantes Minoristas en Régimen Especial, no alta censal, no autoliquidación valor de las existencias (DGT Canarias 13-01-2016).
ITP - AJD Tipo incrementado de AJD 2015 2016 General 0,75% Sujeta a IGIC 1% Sujeta a IVA