Correctivos pedagógicos Según disposición de la Ley 1620 de 15 de marzo de 2013 y su decreto reglamentario 1965 del 11 de septiembre de 2013 se entiende.

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Transcripción de la presentación:

Correctivos pedagógicos Según disposición de la Ley 1620 de 15 de marzo de 2013 y su decreto reglamentario 1965 del 11 de septiembre de 2013 se entiende por:

 Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de diversas habilidades que son adquiridas a un individuo para que actué de manera constructiva. Competencias ciudadanas

 Es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos, sexuales y reproductivos con la cual se podrán comunicar con los demás y consigo mismo. Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos

 Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico o por medios electrónicos contra un niño. Acoso escolar o bullying

 Forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información para ejercer maltrato psicológico y continuado. Ciberbullying o ciberacoso escolar

 Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. Conflictos

 Son situaciones en las que los conflictos no son resultados de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamiento o riñas entre 2 o mas miembros del plantel educativo. Conflictos manejos inadecuadamente

 Es toda acción ejercida por uno o varios integrantes de la comunidad educativa. Estas agresiones se pueden dividir en: física, verbal, gestual, relacional, electrónica. Agresión escolar

 Se entiende por violencia sexual el abuso ejercido a los niños, niñas y adolecentes todo acto o comportamiento de tipo sexual. (resumido de acuerdo con lo establecido en el articulo 2 de la Ley 1146 de 2007) Violencia sexual

 Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolecente. Vulneración a los derechos de los niños, niñas y adolecentes.

 Es el conjunto to de actuaciones administrativa y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad de disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolecentes.