Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
Publicada poreu sali Modificado hace 4 años
1
RESPONSABILIDAD DE PADRES, MADRES Y REPRESENTANTES EN MATERIA DE EDUCACION ARTICULO 54 LOPNNA RESPONSABILIDAD DE PADRES, MADRES Y REPRESENTANTES EN MATERIA EDUCATIVA ARTICULO 54 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
7
ARTICULO Articulo 358 contenido de la responsabilidad de crianza La responsabilidad de crianza comprende el deber y derecho compartido, igual e irrenunciable del padre y de la madre de amar, criar, formar, educar, custodiar, vigilar, mantener y asistir la facultad de aplicar correctivos adecuados que no vulneren su dignidad, derechos, garantías o desarrollo integral. En consecuencia se prohíbe cualquier tipo de correctivos físicos, de violencia psicológica o de trato humillante en perjuicio de los niños, niñas y adolescentes.
8
Articulo 359. Ejercicio de la responsabilidad en crianza El padre y la madre que ejerzan la patria potestad tienen el deber compartido, igual e irrenunciable de ejercer la responsabilidad de crianza de sus hijos o hijas, y son responsables civil, administrativa y penalmente por su inadecuado comportamiento. En caso de divorcio, separación de cuerpos, nulidad de matrimonio o de residencias separadas, todos los contenidos de la responsabilidad de crianza seguirá conjuntamente por el padre y la madre.
11
MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION
Presentaciones similares
© 2024 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.