Orígenes del derecho de autor Los orígenes del derecho de autor guardan estrecha relación con la invención de la imprenta que permitió la rápida producción.

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Transcripción de la presentación:

orígenes del derecho de autor Los orígenes del derecho de autor guardan estrecha relación con la invención de la imprenta que permitió la rápida producción de copias de libros a un costo relativamente bajo. El aumento del número de personas con capacidad para leer y escribir creó una amplia demanda de libros impresos y el proteger a los autores y editores de la copia no autorizada fue reconocido como un elemento cada vez más importante en el contexto de esta nueva forma de poner obras a disposición del público. Como resultado de ello, se promulgaron las primeras leyes de derecho de autor.

OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) La misión de la OMPI es llevar la iniciativa en el desarrollo de un sistema internacional de P.I. equilibrado y eficaz, que permita la innovación y la creatividad en beneficio de todos. El mandato y los órganos rectores de la OMPI, así como los procedimientos que rigen su funcionamiento, están recogidos en el Convenio de la OMPI, por el que se estableció la Organización en 1967.

Programas informáticos y métodos comerciales La tecnología informática desempeña un papel cada vez más importante en la sociedad actual. Está presente en un número creciente de aspectos de nuestra vida, no sólo en los contextos empresariales, sino también en nuestra vida cotidiana en general. Un computador no puede funcionar sin instrucciones. Dichas instrucciones, llamadas programas informáticos o software, pueden incorporarse en el computador o aparato, aunque a menudo se crean, se reproducen y se distribuyen en formatos como el CD-ROM o se transmiten en línea.

Una vez que un programa informático ha sido creado, suele ser fácil reproducirlo a un costo muy bajo. Por lo tanto, si no se protegen adecuadamente contra las copias y los usos no autorizados, los productores de programas informáticos no podrán recuperar sus inversiones. La especificidad de los programas informáticos radica en que realizan varias funciones mediante expresiones escritas en un lenguaje informático. Si bien el derecho de autor protege "las expresiones literales" de los programas informáticos, no ocurre lo mismo con el "concepto" subyacente del programa informático, que a menudo constituye el meollo de su valor comercial. Dado que esos conceptos suelen corresponder en los programas informáticos al cumplimiento de funciones técnicas tales como el control de las máquinas o el procesamiento de los datos, los programadores han empezado a solicitar la protección de los programas informáticos a través del sistema de patentes.

Dado que la innovación en el área de los programas informáticos suele implicar el desarrollo acumulativo y secuencial de obras de terceros y su reutilización, algunos afirman que los mecanismos del sistema de patentes no son compatibles con la necesidad de garantizar la interoperabilidad existente entre los componentes de los programas, los sistemas y las redes porque podrían reducir las alternativas disponibles para el segundo usuario de dichos elementos.

comercio electrónico A medida que aumenta este tipo de comercio, mayor es el riesgo de que otros copien la apariencia y el funcionamiento del sitio Web de su empresa, algunos de sus elementos o su contenido. Asimismo, aumenta el riesgo de que las empresas sean acusadas de uso no autorizado de los activos de propiedad intelectual de terceros. En el presente artículo se examinan algunas de las cuestiones básicas que deben tenerse en cuenta antes de crear un sitio Web.

¿Qué elementos del sitio Web pueden protegerse? Es posible proteger numerosos elementos del sitio Web de las empresas mediante derechos de propiedad intelectual (P.I.). Por ejemplo: Los sistemas de comercio electrónico, los motores de búsqueda y otras herramientas técnicas de Internet pueden protegerse por patente o como modelo de utilidad; los programas informáticos, incluido el código HTML de texto que se utiliza en los sitios Web, pueden protegerse por derecho de autor y por patente, conforme disponga la legislación nacional; el diseño del sitio Web se presta, probablemente, a la protección por derecho de autor; el contenido creativo del sitio Web, por ejemplo, textos, fotografías, gráficos, música y vídeos, puede protegerse por derecho de autor; las bases de datos pueden protegerse por derecho de autor o mediante legislaciones sui generis al respecto; los nombres comerciales, logotipos, nombres de productos y de dominio y otros signos publicados en el sitio Web de su empresa pueden protegerse como marcas.

Cómo proteger el sitio Web de su empresa Es necesario tomar algunas medidas de precaución para proteger el sitio Web de los usos abusivos, por ejemplo: a) Proteger los derechos de P.I.: Si desde el primer momento su empresa no elabora estrategias adecuadas para proteger sus activos de P.I., corre el riesgo de perder todo derecho sobre los mismos. Por lo tanto, deberá: registrar sus marcas 2 ; 2 registrar un nombre de dominio que sea fácil de utilizar y sea representativo de su marca o nombre comercial, o del carácter de su empresa. Si el nombre de dominio también puede registrarse como marca, convendrá hacerlo, puesto que de este modo su empresa podrá hacer valer más adecuadamente sus derechos contra quienes intenten utilizar el nombre para comercializar productos y servicios similares, e impedirá a otros registrar el mismo nombre como marca; considerar la posibilidad de patentar los métodos comerciales utilizables en Internet en los países en los que se contemple ese tipo de protección; registrar su sitio Web y los elementos protegidos por derecho de autor en las oficinas de derecho de autor de los países en que se prevea esta opción 3 ; 3 tomar precauciones respecto de la divulgación de sus secretos comerciales. Asegúrese de que todos quienes posean informaciones de tipo confidencial (por ejemplo, los empleados, los contratistas de empresas de mantenimiento, las empresas que se ocupan del sistema central, los proveedores de servicios de Internet) firmen un acuerdo de confidencialidad. considerar la suscripción de una póliza de seguros que cubra los costos jurídicos en caso de que tenga que iniciar acciones contra los infractores. Asegúrese de dejar constancia de este hecho, por ejemplo, publicando un aviso en el sitio Web de la empresa, con lo que se podría disuadir a posibles infractores;

Patentabilidad del software: nuevas cuestiones jurídicas Si definimos el software como un conjunto de instrucciones de computadora que producen un resultado determinado, entonces la forma en que se expresan esas instrucciones debe darnos alguna idea sobre el tipo de protección de la propiedad intelectual que resulta aplicable. Estas instrucciones se expresan inicialmente en código fuente, es decir, líneas de instrucciones en lenguaje de computadora. Puesto que el código fuente se expresa de forma escrita, resulta lógico pensar que el software puede ser protegido por el derecho de autor como obra literaria. Este es, en efecto, el enfoque vigente respecto de la protección del software en diversos tratados internacionales.

El artículo 4 del Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WCT), el artículo 10 del Acuerdo sobre los ADPIC 1 de la Organización Mundial del Comercio y el artículo 1 de la Directiva (91/250/CEE) del Consejo Europeo sobre la protección jurídica de programas de ordenador equiparan el software con las obras literarias, protegidas por el derecho de autor.

Referencias