Ética Profesional. Ética Es una disciplina filosófica que estudia la conducta humana o el acto humano, en tanto se adecua al DEBER que es el ideal de.

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Transcripción de la presentación:

Ética Profesional

Ética Es una disciplina filosófica que estudia la conducta humana o el acto humano, en tanto se adecua al DEBER que es el ideal de la Moralidad. Deber Estudia el entendimiento de que los deberes son normas de entraña, o de raíz, puramente MORAL Conducta Ética Es la práctica de la Moral

El Acto Humano Es una conducta voluntaria que produce un resultado BONDAD O MALDAD Pensar (Motivos) Vida Mental SABER Racional Actuar (Móviles) Vida Afectiva QUERER Libre Bondad = BIEN Maldad = MAL El hombre tiene que Pensar antes de: HABLAR, ESCRIBIR Y ACTUAR

Ética Profesional La palabra profesión significa acción de profesar, empleo, facultad u oficio de cada cual. En este sentido, la profesión tiene como finalidad el bien común o el interés público, nadie es profesional, para sí mismo, pues toda profesión tiene una dimensión social de servicio a la comunidad, que se anticipa a la dimensión individual del Profesional cuyo interés particular es el beneficio que de ella obtiene. Por eso en toda profesión existe un cumplimiento de deberes, dados como manifestación de respeto al prójimo y servicio a los demás (sentido ético). El predominio de los intereses egoístas y el afán de lucro, significan la manera de desvirtuar la profesión, y negarle el sentido ético de servicio que ella debe tener.

Valores Éticos – Profesión Contable Los profesionales de la Ciencia Contable, toman decisiones e inducen a otras personas a tomarlas, por lo que la información que producen debe reunir características de veracidad, oportunidad, objetividad, confiabilidad, verificabilidad, de tal manera que sus servicios se conduzcan bajo la guía de las virtudes morales como la prudencia, la justicia, la fortaleza y la templanza. Todo Contador Público Colegiado debe tener presente que siempre debe estar ceñido a los principios éticos de Integridad, Objetividad, Independencia, Confiabilidad, Responsabilidad, Observancia de las Normas y Leyes, Competencia, Actualización Profesional, Respecto y Colaboración con los Colegas.

Teoría de la Toma de Decisiones Libres Toma de Decisiones Equivocadas ArrebatoHuidaEvasiónSuicidio Correctas Delimitación del Problema Análisis del Problema Búsqueda de Alternativas Elección de Alternativa Ejecución o Puesta en marcha

Código de Ética Profesional Ica, 15 de Junio de 2007

CONSEJO DIRECTIVO / PERIODO

Integridad: Impone sobre todo Contador Público Colegiado, la obligación de ser justo y honesto en sus relaciones profesionales. Objetividad: EL profesional contable, no debe permitir que los favoritismos, conflictos de interés o la influencia indebida de otros elimine sus juicios profesionales o de negocios. El contador debe actuar siempre con independencia en su manera de pensar y sentir, manteniendo sus posiciones sin admitir la intervención de terceros. Competencia Profesional y Debido cuidado: El profesional contable, tiene el deber de mantener sus habilidades y conocimientos profesionales en el más alto nivel, para asegurar que el cliente o empleador reciba un servicio profesional competente basado en la práctica, técnicas y legislación vigente. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA ÉTICA PROFESIONAL

Confidencialidad: debe respetar la confidencialidad de la información obtenida como resultado de sus relaciones profesionales, y no debe revelar esa información a terceros, salvo que exista un deber legal o profesional. Comportamiento Profesional: debe cumplir en forma obligatoria las leyes y reglamentos y debe rechazar cualquier acción que desacredite a la profesión. El contador debe ser honesto, y sincero, y no debe realizar afirmaciones exageradas sobre los servicios que puede ofrecer. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA ÉTICA PROFESIONAL

ALCANCE Y APLICACIÓN A todos los contadores, que ejerzan su profesión en forma individual como asociada Regula el ejercicio profesional contable Todos los contadores están obligados a acatar las normas de ética para el desarrollo de su profesión

NORMAS GENERALES Actuar con probidad, buena fe, manteniendo el honor, dignidad y capacidad profesional. Ningún profesional contable, deberá hacer declaraciones públicas sin haber presentado denuncia respectiva ante el colegio profesional

RESPONSABILIDAD PROFESIONAL Asumir la responsabilidad profesional en relación a sus informes, dictámenes, declaraciones juradas, etc. No podrá retener libros ni documentación contable de sus clientes, por tratarse de una apropiación indebida.

SECRETO PROFESIONAL Tiene la obligación de guardar el secreto profesional y de no revelar por ningún motivo los hechos, datos, circunstancias de los que tenga conocimiento excepto por mandato judicial Ningún profesional deberá beneficiarse haciendo uso de la información que obtenga en el ejercicio de su profesión, ni deberá comunicar dicha información a terceros que se pudieran favorecer El profesional contable tiene la libertad de consultar con otros colegas, acerca de impresiones en cuanto a doctrina contable

INDEPENDENCIA DE CRITERIO El profesional contable deber mantener independencia de criterio, ofreciendo el mayor grado de objetividad e imparcialidad Sus dictámenes deben basarse en hechos debidamente comprobables en aplicación de las Normatividad vigente. La labor profesional debe ser objetiva e imparcial y su actuación debe ser mesurada frente a la intervención de otros colegas

RELACIÓN CON OTROS COLEGAS El profesional contable podrá asociarse para el ejercicio profesional con otros colegas, esta asociación deberá darse a conocer en forma de persona jurídica y tributar como tal. El profesional deberá abstenerse de formular opiniones, comentarios o juicios negativos sobre la intervención profesional expresada por otro colega.

DEL CAMPO DE LA PROFESION Puede ejercer sus actividades profesionales: en relación de dependencia Independiente

ACTIVIDADES PROFESIONALES EJERCIDAS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA Deberá fomentar en forma permanente la conciencia tributaria de su empleador, además de mantenerse actualizado en los conocimientos inherentes al servicio que presta.

ACTIVIDADES PROFESIONALES EJERCIDAS EN FORMA INDEPENDIENTE No deberá expresar opinión profesional sobre estados financieros sin antes haber sido supervisados por él.

RETRIBUCIÓN ECONÓMICA El profesional contable deberá determinar con sus clientes o usuarios, el monto de sus honorarios, teniendo en cuenta las labores a realizar y la responsabilidad que asuma En todos los casos deberán remitir un contrato por locación de servicios profesionales, en donde debe establecerse en forma exacta y expresa sus obligaciones, responsabilidades y el monto de sus honorarios.

ANUNCIO DE SERVICIOS PROFESIONALES El profesional contable podrá ofrecer sus servicios en forma seria, decorosa y mesurada, mediante anuncios en periódicos, revistas, medios electrónicos y otros medios de comunicación Su identificación debe limitarse a anunciar el nombre individual o razón social, titulo profesional, dirección agrupación o representaciones si lo hubiere.

INFRACCIONES Encubra un hecho importante Deje de expresar cualquier dato importante Incurra en negligencia al emitir su informe profesional Induzca a falsear los estados financieros y cualquier otra información de su competencia. Intervenga en actos indebidos con sus clientes Obtenga beneficios personales valiéndose de su cargo para favorecer a terceros Edite textos o publique expresiones literales contenidas en artículos de otros colegas.

SANCIONES El profesional que infrinja el código de ética, deberá ser sancionado por el Colegio de Contadores Públicos de la respectiva región o departamento. Se tomará en cuenta la gravedad de la infracción cometida. Amonestación Verbal Amonestación Escrita Suspensión temporal en el ejercicio de la profesión Expulsión o cancelación definitiva de su matrícula en el Colegio de Contadores Públicos

ÓRGANOS INSTITUCIONALES Comité de Ética Tribunal de Honor Consejo Directivo Evaluar, califica e investiga en primera instancia administrativa las denuncias presentadas, deben ser quienes hayan ejercido el cargo de vicedecanato y ostente el título de abogado. Resuelve recursos impugnativos de apelación interpuestos con resoluciones del comité de ética. Serán designados por el consejo directivo, entre los miembros que hayan ejercido el cargo de Decano y ostente el título profesional de abogado Encargado del cumplimiento de las resoluciones expedidas por el comité de ética profesional y el tribunal de honor.

AHORA ESTAS PARA COLEGIARTE