1 OFPLA – DIPON – 077 CANDIDATOS La Seguridad Vial: una prioridad para el Estado OFICINA DE PLANEACIÓN Agosto de 2011.

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Transcripción de la presentación:

1 OFPLA – DIPON – 077 CANDIDATOS La Seguridad Vial: una prioridad para el Estado OFICINA DE PLANEACIÓN Agosto de 2011

2 OFPLA – DIPON – 077 CONTENIDO 1.Objetivo General 2.Interrogantes Generales acerca del rol de los gobernadores y alcaldes en la gestión territorial de la seguridad vial. 3.Rol de los diputados y concejales y sus obligaciones respecto a la seguridad vial.

3 OFPLA – DIPON – 077 OBJETIVO GENERAL 1

4 OFPLA – DIPON – 077 Objetivo General Dar a conocer a todos aquellos ciudadanos, que participarán en calidad de candidatos en las próximas elecciones, las competencias, funciones y atribuciones, que las normas conceden a las autoridades en materia de seguridad vial.

5 OFPLA – DIPON – 077 Gobernadores y Alcaldes 2

6 OFPLA – DIPON – 077 Importancia ¿Por qué es importante que los gobernadores o alcaldes asuman el liderazgo en los temas referentes a la seguridad vial? En Colombia, durante los últimos diez años por lo menos personas han sido víctimas de accidentes de tránsito, casi medio millón de víctimas, de las cuales, el 12% ha fallecido a consecuencia de las lesiones sufridas en estos hechos Las muertes en accidentes de tránsito se constituyen en la segunda causa de muerte en el país. Por cada persona que muere de esta manera, otras siete han resultado lesionadas en eventos similares en la última década en nuestro país (Fuente: Revista Forensis 2010)

7 OFPLA – DIPON – 077 Importancia ¿Por qué es importante que los gobernadores o alcaldes asuman el liderazgo en los temas referentes a la seguridad vial? En el marco del Plan Nacional de Desarrollo Prosperidad para todos Más empleo, menos pobreza y más seguridad el Gobierno nacional declaró la seguridad vial como una política de Estado. Así mismo, esta es la década fue declarada por la Organización de Naciones Unidas - ONU la década de la seguridad vial. El Ministerio de Transporte liderará junto con las autoridades político-administrativas las acciones para mejorar la seguridad vial a nivel nacional.

8 OFPLA – DIPON – 077 Autoridades competentes ¿Quiénes son las autoridades y organismos de tránsito con los que como gobernador o alcalde debo coordinar para atender las problemáticas que afectan la seguridad vial? AUTORIDADES DE TRÁNSITO LEY 1383 DE 2010 ART. 2 El Ministro de Transporte.Los demás Gobernadores y los Alcaldes.Los organismos de tránsito de carácter departamental, municipal o Distrital.La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte. Los Inspectores de Policía, los Inspectores de Tránsito, Corregidores o quien haga sus veces en cada ente territorial. La Superintendencia General de Puertos y Transporte. Las Fuerzas Militares para los casos dispuestos en el parágrafo 5° del Articulo 3 del Código de Tránsito. Los Agentes de Tránsito y Transporte ORGANISMOS DE TRÁNSITO LEY 769 DE 2002 ART. 6 Los departamentos administrativos, institutos distritales y/o municipales de tránsito; Los designados por la autoridad local única y exclusivamente en los municipios donde no hay autoridad de tránsito; Las secretarías municipales de tránsito dentro del área urbana de su respectivo municipio y los corregimientos; Las secretarías distritales de tránsito dentro del área urbana de los distritos especiales; Las secretarías departamentales de tránsito o el organismo designado por la autoridad, única y exclusivamente en los municipios donde no haya autoridad de tránsito

9 OFPLA – DIPON – 077 Competencias de las autoridades ¿Cuáles son las competencias y atribuciones que tengo como gobernador o alcalde respecto a la seguridad vial? Los gobernadores y los alcaldes, las Asambleas Departamentales y los Concejos Municipales, no podrán, en ningún caso, dictar normas de tránsito de carácter permanente, que impliquen adiciones o modificaciones al Código de Tránsito. Los Alcaldes dentro de su respectiva jurisdicción deberán expedir las normas y tomarán las medidas necesarias para el mejor ordenamiento del tránsito de personas, animales y vehículos por las vías públicas con sujeción a las disposiciones del presente código. Los alcaldes de municipios vecinos o colindantes podrán suscribir convenios interadministrativos para ejercer en forma conjunta, total o parcialmente, las funciones de tránsito que le correspondan a cada uno de ellos, dentro de las respectivas jurisdicciones que los compongan

10 OFPLA – DIPON – 077 Planear en asuntos de seguridad vial ¿Cómo gobernador o alcalde existe algún instrumento que me permita atender de manera organizada los asuntos de seguridad vial? Ley 769 de 2002 Art. 4º “Plan Nacional de Seguridad Vial, que tiene como finalidad disminuir la accidentalidad vial en el país y sirve de referente para los planes departamentales, metropolitanos, distritales y municipales en la materia” PLANES DE SEGURIDAD VIAL Ley 1083 de 2006 “Los Planes de Movilidad, deben ser formulados y adoptados por los municipios y distritos que de acuerdo con el literal A del artículo 9º de la Ley 388 de 1997 están llamados a elaborar planes de ordenamiento territorial. ( habitantes)” PLANES DE MOVILIDAD

11 OFPLA – DIPON – 077 Planear en asuntos de seguridad vial ¿Qué aspectos debe contener un Plan de Seguridad Vial? Pedagogía y prevención Lograr que la seguridad vial se entienda como un bien público ligado al derecho a la movilidad. Crear conciencia de los riesgos que existen en las vías. Divulgar el Código Nacional de Tránsito Terrestre. Infraestructura Contemplar el mantenimiento apto, correctivo y preventivo de las vías. Señalizar de forma clara y pertinente las vías. Garantizar la correcta iluminación de las mismas. Atención a víctimas victimarios Prestar asistencia médica oportuna en caso de colisiones y accidentes. Atender adecuadamente a las víctimas,los victimarios y desarrollar procesos de capacitación para que aquellos que incumplen las normas. Normatividad Equilibrio entre la educación vial y la sanción. Expedición de normatividad adecuada para garantizar la seguridad de los que se encuentran en la vía.

12 OFPLA – DIPON – 077 La Policía Nacional y la seguridad vial ¿Cómo gobernador o alcalde puedo trabajar en coordinación con la Policía Nacional? SI, y para tal efecto puedo suscribir convenios con la Policía Nacional – Dirección de Tránsito y Transporte con el fin de que asuman las funciones de los organismos de tránsito. VENTAJAS DE CONVENIOS PONAL VS ORGANISMOS DE TRÁNSITO POLICÍACUERPO DE AGENTES URBANOS Suministro de medios logísticos para ejercer la actividad reguladora No requiere vinculación laboral con el organismo de tránsito. Articulo 218 (C.P.C.) Por mandato constitucional la Policía presta un servicio permanente, que no incide en gastos de funcionamiento. Experiencia Institucional en cumplimiento de las funciones de regulación y control del tránsito y transporte. Requiere vinculación laboral con el organismo de tránsito en carrera administrativa. Incidirá en gastos de inversión y funcionamiento del organismo de tránsito. (formación y capacitación, cargas prestacionales, horas extras, dotaciones ) Art. 209 PRINCIPIOS DE LA FUNCIÓN PÚBLICA: La función administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de: EFICACIA, ECONOMÍA, CELERIDAD

13 OFPLA – DIPON – 077 La Policía Nacional y la seguridad vial ¿Cómo gobernador o alcalde puedo trabajar en coordinación con la Policía Nacional? VENTAJAS DE CONVENIOS PONAL VS ORGANISMOS DE TRÁNSITO POLICÍACUERPO DE AGENTES URBANOS Además del cumplimiento del objeto del convenio, se ejercerán funciones constitucionales de seguridad ciudadana. (Art. 218 C.P.C.) Régimen Disciplinario Interno (ahorro demandas, despidos y demás situaciones laborales). Apoyo de Unidades de Policía Judicial para procedimientos de criminalística e inspección a cadáver. Genera derechos y prestaciones laborales y obligaciones pensiónales. La selección del personal para la contratación requiere un concurso de meritos.(Ley 1150/07) Actualmente se establece responsabilidad de orden fiscal y penal a los Alcaldes por contratar sin el lleno de los requisitos legales (idoneidad de aspirantes). Justificar la decisión de crear cuerpos urbanos de tránsito con particulares, pese a los beneficios presupuestales y administrativos obtenidos con la realización de convenios con la Policía Nacional.

14 OFPLA – DIPON – 077 Diputados y Concejales 3

15 OFPLA – DIPON – 077 Rol en seguridad vial ¿Qué debo hacer como diputado o concejal para propender por la seguridad vial? Verificar que los temas de seguridad vial se encuentren en el Plan de Desarrollo. Promover el trabajo coordinado con la Policía Nacional en temas de seguridad vial, el cual puede materializarse en la firma de convenios interadministrativos para la prestación del servicio. Motivar la destinación de recursos por parte de la administración departamental o municipal para la implementación del Plan de Seguridad Vial y los Planes de Movilidadn en los municipios que existen.

16 OFPLA – DIPON – 077 Rol diputados y concejales en seguridad vial ¿Qué debo hacer como diputado o concejal para propender por la seguridad vial? Motivar a los ciudadanos a identificar las problemáticas de seguridad vial que se presentan en la jurisdicción con el fin de que planteen soluciones que puedan ser incluidas en el Plan Municipal de Seguridad Vial. Estar atento al cumplimiento de la reglamentación que el Ministerio de Transporte disponga en demarcación y señalización de la infraestructura vial. Realizar jornadas de control político a las acciones que la administración departamental o municipal está desarrollando en seguridad vial.

17 OFPLA – DIPON – 077 Pagina web: PBX: (571) www.policia.gov.co