Argentina - 2015 Módulo 16 - LAR 43 Capitulo A – Generalidades Capitulo B – Responsabilidad Capitulo C - Personal CURSO LAR 145 Y 43.

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Transcripción de la presentación:

Argentina Módulo 16 - LAR 43 Capitulo A – Generalidades Capitulo B – Responsabilidad Capitulo C - Personal CURSO LAR 145 Y 43

Objetivo Proporcionar los fundamentos básicos del contenido de los requisitos sobre definiciones, aplicación, responsabilidad del mantenimiento, informe de condiciones no aeronavegables; falsificación, reproducción o alteración de datos de mantenimiento y personal de mantenimiento del LAR 43.

LAR Definiciones Componente de aeronave Todo equipo, instrumento, sistema, incluyendo motor y hélice o parte de una aeronave que, una vez instalado en ésta, sea esencial para su funcionamiento.

LAR Definiciones Competencia Habilidad demostrada para aplicar conocimientos y aptitudes, en base a la educación, formación, pericia y experiencia apropiada.

LAR Definiciones Mantenimiento Realización de las tareas requeridas para asegurar el mantenimiento de la aeronavegabilidad de una aeronave, incluyendo, por separado o en combinación, la revisión general, inspección, sustitución, rectificación de defecto y la realización de una modificación o reparación.

LAR Definiciones Mantenimiento de la aeronavegabilidad Conjunto de procedimientos que permite asegurar que una aeronave, motor, hélice o pieza cumple con los requisitos aplicables de aeronavegabilidad y se mantiene en condiciones de operar de modo seguro durante toda su vida útil.

LAR –Inspección en proceso Es una inspección que garantiza un nivel adecuado de seguridad de un cambio de componente de aeronave, una reparación, una modificación y acciones correctivas de mantenimiento necesarias para solucionar las no conformidades derivadas de las tareas de mantenimiento de verificación de la condición de la aeronave o componente de aeronave. Estas inspecciones no deben ser confundidas con los ítems de inspección requerida (RII), los cuales son definidos por el operador.

LAR – Definiciones – Mantenimiento de línea Operaciones de mantenimiento sencillas antes del vuelo para asegurar la condición de aeronavegabilidad de la aeronave: caza de fallas (troubleshooting), corrección de defectos sencillos, cambio de componentes reemplazables en línea (LRU), mantenimiento y/o chequeos programados que comprendan inspecciones visuales para detectar condiciones insatisfactorias obvias y que no requieran inspecciones detalladas extensas.

LAR – Definiciones – Mantenimiento de línea Normalmente son inspecciones de pre-vuelo, diarias, semanales e inspecciones tradicionalmente conocidas como chequeo A (básico) para aeronaves mayores de kg. de masa máximo de despegue. Las inspecciones de 100 horas o anuales para aeronaves pequeñas son consideradas inspecciones de línea.

Definiciones Modificación Una modificación de una aeronave o componente de aeronave significa un cambio en el diseño de tipo que no constituya una reparación.

Definiciones Restauración de un producto aeronáutico y/o componentes a la condición de aeronavegabilidad de acuerdo a los requisitos aplicables, cuando este haya sufrido daños o desgaste por el uso incluyendo los causados por accidentes/incidentes.

LAR Aplicación Este reglamento prescribe las reglas que rigen el mantenimiento de cualquier aeronave y sus componentes de aeronave con un certificado de aeronavegabilidad emitido por un Estado de matrícula del SRVSOP. Este reglamento no aplica para aeronaves experimentales.

LAR (a) - Responsabilidad Cualquier persona u organización que realice mantenimiento, inspección en proceso o emita una certificación de conformidad de mantenimiento es responsable de la tarea que realice.

LAR (a) - Informes de condiciones no aeronavegables Toda persona que es responsable de emitir la CCM debe informar a: La AAC del Estado de matrícula; La organización responsable del diseño de tipo o de tipo suplementario; y El operador o propietario de la aeronave. Sobre cualquier condición de una aeronave o componente de aeronave que haya identificado que pueda poner en peligro la aeronave

LAR (b) - Informes de condiciones no aeronavegables Los informes deben ser hechos en la forma y manera indicada por la AAC del Estado de matrícula y deben contener toda la información pertinente sobre la condición que sea de su conocimiento.

LAR (c) - Informes de condiciones no aeronavegables Los informes deben ser enviados en un período no mayor de tres (3) días calendarios, a partir de la identificación de la condición no aeronavegable.

LAR (a) - Falsificación, reproducción o alteración de registros de mantenimiento Ninguna persona u organización puede ser causante directa o indirectamente de: Anotaciones fraudulentas o intencionalmente falsas, en los registros de mantenimiento o informes requeridos, archivados o usados, para demostrar cumplimiento con cualquier requerimiento; Reproducción, con propósitos fraudulentos, de cualquier registro o informe requerido; o Alteraciones con propósitos fraudulentos, de cualquier registro o informe requerido.

LAR (b) - Falsificación, reproducción o alteración de registros de mantenimiento La realización de un acto prohibido por parte de cualquier persona u organización de acuerdo con lo indicado anteriormente será motivo para: Suspender o revocar cualquier autorización, certificación o licencia dada por la AAC competente a esa persona u organización.

LAR (a) - Falsificación, reproducción o alteración de registros de mantenimiento Alteraciones de registros Reproducción de registros Anotaciones fraudulentas

Solamente las siguientes personas y organizaciones pueden realizar mantenimiento de acuerdo a sus atribuciones: LAR (a) - Personal autorizado

Las siguientes personas u organizaciones pueden realizar inspecciones en proceso: La OMA LAR 145 de acuerdo a su lista de capacidad aprobada. El poseedor de una licencia otorgada o convalidada por un Estado del SRVSOP de acuerdo a los alcances de su licencia. LAR (a) - Personal autorizado para inspección en proceso

La persona que realiza inspecciones en proceso en las aeronaves y componentes de aeronaves debe: Tener adecuada calificación y competencia que garantice la apropiada realización de la inspección en proceso, asegurando buenas prácticas de mantenimiento y el cumplimiento de todos los requisitos de aeronavegabilidad pertinentes. LAR (b) Personal autorizado para inspección en proceso

estar adecuadamente familiarizado con los requisitos de este reglamento y con los métodos y técnicas de inspección, prácticas, equipo y herramientas para determinar la aeronavegabilidad de las aeronaves o componentes de aeronave que son objeto de una inspección en proceso; y poseer habilidad en el uso de los diferentes tipos de equipos para desarrollar la inspección en proceso. LAR (b) Personal autorizado para inspección en proceso

Solamente pueden emitir una CCM a una aeronave o componente de aeronave después que ha sido sometido a mantenimiento: Una OMA LAR 145, conforme a los alcances de su lista de capacidad, de acuerdo con el LAR (f). Un mecánico de mantenimiento aeronáutico con licencia otorgada o convalidada por la AAC del Estado de matricula, según sus alcances, para: LAR (a) - Personal autorizado para CCM

aeronaves con masa máxima de despegue menor que 5700 kg, operando de acuerdo con las reglas del LAR 91, limitado a servicios de mantenimiento de línea; a servicios de mantenimiento hasta inspecciones de 100 horas o equivalente y las acciones correctivas derivadas de complejidad equivalente, excepto la ejecución de reparaciones mayores y modificaciones mayores. LAR (a) - Personal autorizado para CCM

La persona que emite un CCM en las aeronaves y componentes de aeronaves debe: Tener calificación y competencia adecuada para garantizar la emisión apropiada del certificado de conformidad de mantenimiento, asegurando buenas prácticas de mantenimiento y el cumplimiento de todos los requisitos de aeronavegabilidad pertinentes. LAR (b) - Personal autorizado para CCM

Estar adecuadamente familiarizado con los requerimientos de este reglamento y con los métodos y técnicas de inspección, prácticas, equipo y herramientas para determinar la aeronavegabilidad de las aeronaves o componentes de aeronave que son objeto de la certificación de conformidad de mantenimiento. Tener experiencia real en mantenimiento de aeronave o componentes de aeronaves en un período de seis (6) meses, en los últimos dos (2) años. LAR (b) - Personal autorizado para CCM

“adquisición de experiencia real en mantenimiento de aeronave o componentes de aeronaves” Implica que la persona ha trabajado en un ambiente de mantenimiento de dicha aeronave o componentes de aeronaves y que ha emitido certificados de conformidad de mantenimiento y/o haya realizado tareas efectivas de mantenimiento como mínimo en algunos de los tipos de sistemas de aeronave o componentes de aeronaves. LAR (a) - Personal autorizado para CCM