LEY DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA ¿DE QUÉ ESTAMOS HABLANDO? Foro sobre la Ley de Educación Universitaria UNEG-Sede Atlántico UNEG-AVANZA, 13 de Enero del.

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Transcripción de la presentación:

LEY DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA ¿DE QUÉ ESTAMOS HABLANDO? Foro sobre la Ley de Educación Universitaria UNEG-Sede Atlántico UNEG-AVANZA, 13 de Enero del 2011 Alexander Mansutti Rodríguez

21 DE DICIEMBRE : SE INICIA LA DISCUSIÓN EN LA ASAMBLEA NACIONAL. 23 DE DICIEMBRE : TERMINA LA DISCUSIÓN EN LA ASAMBLEA NACIONAL A LAS 3:30 AM 04 DE ENERO : PRESIDENTE CHAVEZ VETA LA LEY Y LA DEVUELVE A LA ASAMBLEA NACIONAL PARA ABRIR UN DEBATE NACIONAL 11 DE ENERO : SE REVOCA SU APROBACIÓN POR UNANIMIDAD EN LA ASAMBLEA NACIONAL CRONOLOGÍA

6 CAPÍTULOS 111 ARTÍCULOS 41 PÁGINAS A UN SOLO ESPACIO EN LETRA PALABRAS ATRIBUTOS DE LA LEY ATRIBUTOS DE LA LEY

Capítulo I Disposiciones Generales Capítulo II De la Organización del Subsistema de Educación Universitaria Sección Primera Componentes del Subsistema de Educación Universitaria Sección Segunda Organización de los Procesos Fundamentales Sección Tercera De los Niveles y Modalidades de la Educación Universitaria Capítulo III De los Procesos Fundamentales de la Educación Universitaria Sección Primera Conceptualización y Caracterización de los Procesos Fundamentales: la Formación Integral, la Creación Intelectual y la Interacción con las Comunidades Sección Segunda Organización de los Procesos Fundamentales Sección Tercera Desempeño, Servicio Comunitario y Contribución de la Educación Universitaria con el Modelo Productivo Socialista Capítulo IV De la Comunidad Universitaria De la Carrera Académica Capítulo V De la Democracia Participativa y Protagónica en la Educación Universitaria Capítulo VI Del Gobierno Universitario Sección Primera Órganos de Gobierno Universitario Sección Segunda Régimen Disciplinario en las Instituciones Sección Tercera Sanciones a las personas que dirijan instituciones universitarias de gestión privada y competencia del ministerio en materia de educación universitaria Disposiciones TransitoriasINDICE

Capítulo de disposiciones transversales. Define el objeto de la Ley, su ámbito de acción y define a la educación universitaria, establece sus valores, fija los fines, establece los procesos que permiten lograr sus fines a través de la formación, la creación de saberes y la interrelación con las comunidades, define al subsistema universitario como parte del sistema educativo, fija propósitos y define al estado docente. Capítulo I Disposiciones Generales

Regular, supervisar y controlar : El funcionamiento del subsistema, a las instituciones universitarias, la creación y autorización de nuevas instituciones y la creación y autorización de nuevos programas (antes CNU), el ingreso de los egresados, la creación de centros de creación de saberes (antes CUs), la matrícula estudiantil (antes CUs), el registro de nóminas y la carrera de los trabajadores y las trabajadoras académicos de las instituciones de educación universitaria oficiales, de gestión popular o de gestión privada, lo cual incluye los procesos de ingreso, permanencia, desempeño, formación permanente, ascenso, promoción, régimen disciplinario, egreso y vinculación institucional orgánica del egresado y egresada (antes CUs). También a las fundaciones (antes CUs), la socialización de los productos generados por los trabajadores académicos a los que se consideran bienes públicos, la vinculación de las universidades con las misiones (antes CUs), el cobro por matrículas (antes CUs); la emisión de certificados, títulos y notas (antes CUs); los términos de los convenios; los reconocimientos y revalidas de títulos. Capítulo II De la Organización del Subsistema de Educación Universitaria Sección Primera Competencias del Ministerio del PoPo para la Educación Universitaria

Formular, planificar, coordinar y ejecutar políticas para: La universalización de la educación universitaria; la territorialización; la creación, desarrollo y fortalecimiento de programas de formación de estudiantes; la formación permanente, pertinente y oportuna de los trabajadores y las trabajadoras de las instituciones de educación universitaria; el acceso de la comunidad universitaria a la información; intercambios académicos, recreativos, deportivos y artísticos; publicaciones; tecnologías de información y comunicación; la acreditación y reconocimiento de los aprendizajes, experiencias y saberes ancestrales, artesanales, tradicionales y populares; prevenir la captación de profesionales universitarios, mediante políticas de emigración selectiva aplicadas por algunos países; la seguridad, resguardo y confidencialidad de la data considerada estratégica Capítulo II De la Organización del Subsistema de Educación Universitaria Sección Primera Competencias del Ministerio del PoPo para la Educación Universitaria

Artículo 17: la autonomía será ejercida: 1. En plena correspondencia con los Planes de Desarrollo Nacional….. 2. Mediante la libertad académica, para debatir las corrientes del pensamiento. 3. Mediante la democracia participativa y protagónica ejercida en igualdad de condiciones, por estudiantes, trabajadoras y trabajadores académicos, administrativos y obreros en la definición de sus planes de gestión y programas de formación, creación intelectual e interacción con las comunidades, en la planificación y gestión del presupuesto, en su rendición de cuentas y demás recursos universitarios, en sus estructuras académicas, administrativas y en las prácticas educativas. ¿CÓMO SE EJERCE LA AUTONOMÍA?

Consejo Nacional de Transformación Universitaria a nivel nacional. Sustituye al CNU. Es un cuerpo fundamentalmente de articulación. Consejo Territorial de Transformación Universitaria a nivel de los ejes de desarrollo territorial. Lo define el Ministerio. Es un cuerpo fundamentalmente de articulación Centro de Estudios Territoriales, unidad de apoyo de los Consejos Territoriales integrado por académicos y poder popular. Comités Territoriales de Educación Universitaria : A nivel de distritos motores y ejes comunales. Los crea el Ministerio a propuesta de los Consejos. Núcleos académicos: Unidades básicas de las universidades. Sus actividades están organizadas por las prioridades definidas por los objetivos de cada eje territorial. LAS NUEVAS INSTITUCIONES

LEY DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA MINISTERIO CONSEJOS TERRITORIALES DE TRANSFORMACIÓN UNIVERSITARIA (CTTU) C.T.T.U. C.E.T. CENTRO DE ESTUDIOS TERRITORIALES (C.E.T.) C.T.T.U. COMITES TERRITORIALES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIAUniversidad UniversidadUniversidad CONSEJO NACIONAL DE TRANSFORMACIÓN UNIVERSITARIA NÚCLEOS ACADÉMICOS Eje de desarrollo territorial Distrito motor Eje comunal

CARACTERÍSTICAS DE LA FORMACIÓN

LOS PODERES EN LA UNIVERSIDAD O LA LOGICA REVOLUCIONARIA DE LOS FRACTALES CONSEJO DISCIPLINARIO PODER JUDICIAL CONSEJO DE APELACIONES PODER JUDICIAL ÓRGANO ELECTORAL PODER ELECTORAL CONSEJO EJECUTIVO PODE R EJECUTIVO CONSEJO CONTRALOR PODER CIUDADANO DEFENSORIA UNIVERSITARIA PODER CIUDADANO ASAMBLEA DE TRANSFORMACIÓN UNIVERSITARIA PODER LEGISLATIVO Órganos Colegiados de Similar Jerarquía, sin Dependencia.

Artículo 64. La educación universitaria debe contribuir a la construcción del modelo productivo socialista mediante la vinculación, articulación, inserción y participación de los estudiantes y trabajadores universitarios, conjuntamente con las comunidades, en el desarrollo de actividades de producción de bienes materiales, transferencia tecnológica y prestación de servicios. Desempeño, Servicio Comunitario y Contribución de la Educación Universitaria con el Modelo Productivo Socialista

Artículo 65. La comunidad universitaria … está compuesta por las y los estudiantes, las trabajadoras y los trabajadores académicos, administrativos y obreros, así como por las egresadas y los egresados Art. 70. Se organizan consejos estudiantiles de transformación universitaria pero no se hace lo mismo con profesores, trabajadores administrativos y obreros. Naturaleza y Composición de la Comunidad Universitaria

Artículo 75. Cada trabajadora y trabajador académico dispondrá de un plan de carrera, en el que deberán conjugarse los intereses, inclinaciones y potencialidades de cada uno de ellos con los principios y fines de la educación universitaria y los objetivos de la institución específica en la que presta sus servicios. … Principios: Autonomía, carácter público, gratuidad, democracia participativa y protagónica, calidad, pertinencia, innovación, inter e intraculturalidad, universalización, universalidad, territorialidad (se promueve la construcción socialista desde el territorio), diversidad, igualdad y propugna la conducta ética como sentido del bien común. Fines: Voluntad colectiva para la transformación, cultura para la participación, formar para el trabajo creador y liberador, construir modelo social incluyente, formar un nuevo ciudadano con elevada conciencia social y ética, contribuir con la unidad de los pueblos LA CARRERA ACADÉMICA

Art. 82 : El Ministerio con competencia en materia de educación universitaria desarrollará un centro de formación permanente y continua de los trabajadores y las trabajadoras académicas de las instituciones de educación universitaria. FORMACIÓN DE PROFESORES

La organización de los sectores de la comunidad universitaria; La participación de la comunidad universitaria y las organizaciones del poder popular en los ámbitos establecidos en esta Ley; La carrera académica; El sistema de carrera de los trabajadores y las trabajadoras administrativos y obreros; Los procesos electorales; Los órganos de gobierno universitario; La organización y funcionamiento de los Consejos de Transformación Universitaria; Los lineamientos para la formulación y elaboración de los Planes de Desarrollo Institucional de las universidades; Sobre la vinculación de las instituciones de educación universitaria con el modelo productivo socialista. NORMAS A SER DICTADAS POR EL EJECUTIVO NACIONAL

Art …Las universidades autónomas se darán las normas de gobierno, funcionamiento y la administración eficiente de su patrimonio bajo el control y vigilancia que a tales efectos establezca la ley… CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Artículo 90. El Ejecutivo Nacional, dictará un reglamento de órganos de gobierno universitario, en el que se establecerán las atribuciones, organización, funcionamiento, el número y proporción en que estarán integrados por voceros y voceras de todos los sectores de la comunidad universitaria, así como los mecanismos y requisitos de elegibilidad o designación de sus miembros, según sea el caso. Del Gobierno Universitario

ELEMENTOS CRÍTICOS DE LA LEY La construcción de la patria socialista como fin (Arts. 3; 4; 14; 48; Sección tercera; 64; 111) Contradicciones entre principios de libertad y de cerramiento (libertad académica vs dialéctica) Hiperconcentración de poder en el MinPoPoEU de atributos que antes eran del CNU y de los CUs Democratización e igualación del peso de la participación de la comunidad en su gestión. Vaciamiento de lo estratégico de las áreas de decisión del co-gobierno universitario Control de la carrera académica por órganos ajenos a las universidades. Discrecionalidad en la evaluación Inconstitucionalidad

CONSEJO NACIONAL DE TRANSFORMACIÓN UNIVERSITARIA C.T.T.U.C.T.T.U.UNIVERSIDADOFICIALRECTORUNIVERSIDADOFICIALRECTOR DIRECTOR I.U.T. U.G. POP. RECTOR RECTOR E. U.G.OF. U.G. PRIV. RECTOR RECTORE.U.G.POPE.U.G.POP E.U.G. PRIV OB.U.G. PRIV OB.U.G.POPOB.U.G.POPOB.U.OFOB.U.OF ADM. U.G.PRIV ADM.U.G.POPADM.U.G.POPPROF.U.G.PRIVPROF.U.G.PRIVADM.U.OFADM.U.OF PROF.U.G. POP PROF.U.G.OFPROF.U.G.OF Ministro 1 Ministro 2 Ministro de Educación Universitaria Ministro 3 PODERPOPULARPODERPOPULAR Varios + 60 Varios

CONSEJO TERRITORIAL DE TRANSFORMACIÓN UNIVERSITARIA ( Su composición la define el Ministerio de Educación Universitaria ) CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO UNIVERSIDADESUNIVERSIDADESMISIONESMISIONES ENTE PUBLICO Ministro INSTANCIAS COMUNALES Idealmente serian así ENTE PUBLICO

CONSEJO EJECUTIVO UNIVERSITARIO VICE RECTOR 1 VICE PROFESORESPROFESORESOBREROSOBREROS ESTUDIANTESESTUDIANTES RECTORRECTOR ADMINISTRATIVOSADMINISTRATIVOS REPRESENTANTE MINISTRO VICE RECTOR 2 VICE EGRESADOSEGRESADOS

Estudiantes Profesores Administrativos Obreros Egresados ASAMBLEA DE TRANSFORMACIÓN UNIVERSITARIA Sin definir aún números ni proporciones

CONSEJO CONTRALOR ESTUDIANTESESTUDIANTES OBREROSOBREROS ADMINISTRATIVOSADMINISTRATIVOS PROFESORESPROFESORES

DEFENSORIA UNIVERSITARIA DEFENSORDEFENSOR ?

CONSEJO DISCIPLINARIO No está definido quienes lo conforman. ? Se debe esperar la Ley

CONSEJO DE APELACIONES No está definido quienes lo conforman. ?

ORGANO ELECTORAL No está definido. Queda sujeto a ley. ?

Eje Comunal Programa de Educación Universitaria Distrito Motor de Desarrollo Institución Gobierno Programa de Educación Universitaria COMITES TERRITORIALES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA En Función de Planes y Proyectos de Gobierno

NUCLEOS ACADEMICOS TRABAJADORES (AS) ESTUDIANTES (AS) Trabajando Proyectos

CENTROS DE ESTUDIOS TERRITORIALES Genera Redes de Proyectos Poder Popular Núcleo Académico Misión 1Misión 2Misión 3 Organismo de Estado Poder Popular Depende del Comité Territorial de Educación Universitaria