PLAN DE RETIRO ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN Ley N DO

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
TEMINACION DEL CONTRATO DE TRABAJO
Advertisements

Sistema de Afiliación de Trabajadores de la Industria de la Construcción (SATIC) Agosto de 2008.
Federación Académicos Universidades Estatales
ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS ACADÉMICOS UNIVERSIDAD DE TALCA - AFAUTAL
Gestión de las Personas hacia el Bicentenario
El Comité Ejecutivo Extraordinario reunido el Día miércoles 17 de Junio ante los últimos Decretos ejecutivos emanados por parte del Gobierno, y del manifiesto.
REGLAMENTO DE AHORRO PROGRAMADO
Jugadores ya afiliados
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN UNIDAD SANTO TOMÁS SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS E INTEGRACIÓN SOCIAL.
Procesos Administrativos Sancionatorios
Incentivo al Retiro Ley Nº D.O
LEY Nº Bonificación por Retiro Voluntario y Bonificación Adicional a Los funcionarios del Sector Salud Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota.
SEGURO DE CESANTíA PARTE I CONCEPTOS.
Informativo Ley Reforma Previsional
Becas y Créditos Postulación a Becas y Créditos 2012 Se da inicio al Proceso 2012 de Postulación a las Ayudas Estudiantiles para.
PROYECTO LEY INCENTIVOS REMUNERACIONALES PROFESIONALES FUNCIONARIOS – SERVICIOS DE SALUD AGOSTO 2013.
Ley Con fecha 26 de febrero del 2011, ha entrado en vigencia la Ley Nº que establece bonificaciones para el retiro de los profesionales de.
Fondo para la Educación Previsional
Trabajamos para Usted Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima-Callao Dirección de Prevención y Solución de Conflictos SUB DIRECCION.
Ana María Gutiérrez y Jorge Consales Carvajal
PROCESO DE RENDICIONES ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES
Beneficios del Sistema de Pensiones
Pilares básicos del sistema de pensiones
Ley /2014, publicada el 3 de marzo de Fija Condiciones Especiales para Bonificación por Retiro Voluntario Departamento de Recursos Humanos.
Bono Laboral Ley
ORDENES DE PAGO HOJA DE ACTIVIDADES CONTRATOS ACADEMICOS SECRETARIA DE FINANZAS DEPARTAMENTO DE NOMINA.
PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA EL OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO DE INEXISTENCIA DE RESTOS ARQUEOLÓGICOS (PROSIC)
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Agrupación Nacional de Empleados Fiscales
RECURSOS HUMANOS.
Crédito Personal con Cobranza Delegada
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS UNIVERSIDAD DE CHILE
Cotización Previsional Contratos a Honorarios
Mónica Titze Asesora Subsecretario de Previsión Social 8 de noviembre 2013 DEVOLUCIÓN DE FONDOS PREVISIONALES A EXTRANJEROS.
Un mejor futuro está cerca de llegar Guía de Orientación para los que están cerca de Pensionarse Todo lo que tienes que saber antes de pensionarte adelante.
COMISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL Equipo de Representación de los Trabajadores en el BPS Leyes relativas a la Seguridad Social aprobadas en el año 2013 Dr.
“COYUNTURA LABORAL” Junio 2006 Carlos Cornejo Vargas
Reglamento y postulación
1. ORDENANZA SUBVENCIONES ORDENANZA SUBVENCIONES Una Subvención Municipal, se define como toda cantidad de dinero, otorgada discrecionalmente por la Municipalidad.
Grupo de Talento Humano
Situación Previsional de Notarios y Conservadores de Bienes Raíces. Auxiliares de la Administración de Justicia Legislación aplicable: 1. Código Orgánico.
TRABAJADORES INDEPENDIENTES Fondo para la Educación Previsional.
CRONOGRAMA DS 67 PROCESO 2011.
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
“ PROCEDIMIENTO PARA CONVENIOS DE PAGO PERMISOS DE CIRCULACION ” DECRETO Nº 2.308, JULIO 31 DEL 2006.
Ministerio Secretaria General de Gobierno.
SEGURO DE CESANTÍA.
Programa Financiamiento Compartido «Pre – Grado» Subgerencia Desarrollo de Personas 2015.
BONO DE RETIRO VOLUNTARIO ÚLTIMA OFERTA GOBIERNO
D. L. Nro : Servicios Complementarios en Salud
UGEL Nº 06 OFICINA DE BIENESTAR SOCIAL EQUIPO:
PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL Ana María Gutiérrez Ramírez
Programa Financiamiento Compartido «Pre – Grado» Subgerencia Desarrollo de Personas 2014.
Lo que hagas hoy protegerá mañana a tu Familia El Seguro Potenciado surge en septiembre de 2002 con una cobertura de 90 meses del sueldo base (07), en.
Fondo para la Educación Previsional
Cálculo y Pago De Subsidios de Incapacidad Laboral Empresas
SUBDIRECCIÓN DE RACIONALIZACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA JULIO 2015
ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA SERVICIOS DE SALUD 2015
INSTRUCCIONES PARA LA RENDICION DE CUENTAS
Programa Financiamiento Compartido «Pre – Grado» Subgerencia Desarrollo de Personas 2016.
Bono al Trabajo de la Mujer Ley N° y Ministerio de Desarrollo Social.
PROYECTOS FONDO PARA LA EDUCACIÓN PREVISIONAL FEP 2014 “EDUCACIÓN PREVISIONAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y DEBERES PREVISIONALES” PROYECTOS FONDO.
Instituto de Previsión Social ETAPA IV REFORMA PREVISIONAL PUNTAJE DE FOCALIZACIÓN PREVISIONAL JUNIO, 2010.
LEY SUBVENCIÓN ESCOLAR PREFERENCIAL DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN JURÍDICA.
NEGOCIACION COLMED- MINSAL Dr. Sergio Rojas C. Sr. Adelio Misseroni Colegio Médico de Chile A.G.
SUBSIDIO DE INCAPACIDAD TEMPORAL MARCO LEGAL El Artículo 3 del Código de Seguridad Social, de 14 de diciembre de 1956, determina que el Seguro Social tiene.
Antigüedad laboral con fines habitacionales o AHF en el marco de la Ley No. 677 “Ley especial para el fomento de la construcción de vivienda y de acceso.
SUBVENCION A INSTITUCIONES Dirección de Administración y Finanzas.
 El contrato de trabajo terminará en los siguientes casos:  Mutuo acuerdo de las partes.  Renuncia del trabajador, quién debe dar aviso a su empleador.
DUDAS FRECUENTES DE PERMISO PARENTAL Preparado por Sandra Olivares Camus Anastasia Díaz Tapia Asesora Macarena García.
Transcripción de la presentación:

PLAN DE RETIRO ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN Ley N 20.652 DO 26.01.2013 Unidad de Apoyo Municipal División de Planificación y Presupuesto Ministerio de Educación

CONTENIDOS 1.- ANTECEDENTES GENERALES DE LA LEY 1.1.- BENEFICIARIOS BONIFICACIÓN POR RETIRO 1.2.- CARACTERÍSTICAS DEL BENEFICIO 1.3.- PLAZOS DE POSTULACIÓN DEL ASISTENTE 1.4 .- COMPATIBILIDAD BONO POST LABORAL 2.- FLUJO DEL PROCESO: FASES 1 y 2 3.- FASE 1: POSTULACIÓN BONO RETIRO 3.1.- POSTULACIÓN DEL ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN 3.2.- ANTECEDENTES POSTULACIÓN DEL ASISTENTE 3.3.- ANTECEDENTES PRESENTACIÓN SOSTENEDOR 3.4.- EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES EN MINEDUC 4.- FASE 2: SOLICITUD DE RECURSOS Y PAGO BONO RETIRO 4.1.- SOLICITUD DE RECURSOS 4.2.- PAGO BONIFICACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS

1. ANTECEDENTES GENERALES DE LA LEY Ley N°20.652 (DO 26.01.2013): Otorga al personal Asistente de la Educación una bonificación por retiro voluntario y una bonificación adicional por antigüedad y las compatibiliza con los plazos de la Ley Nº 20.305 BENEFICIARIOS DEL PLAN Asistentes de la Educación de que se desempeñan en: Establecimientos educacionales administrados directamente por las Municipalidades o a través de Corporaciones Municipales Establecimientos educacionales regidos por Decreto Ley Nº 3.166 de 1980, En la administración central de la educación Municipal, sea DAEM, DEM o Corporación. En entidades administradoras de establecimientos educacionales regidos por el Decreto Ley Nº 3.166 de 1980

1.1 BENEFICIARIOS BONIFICACIÓN POR RETIRO Se distinguirán 3 grupos de beneficiarios según fecha de cumplimiento de edad para jubilar: 1 Edad para jubilar hasta el 19.01.2008 y se mantienen como asistentes al 26-01-2013 GRUPO 2 Edad para jubilar entre el 20-01-2008 y el 31-12-2012 3 Edad para jubilar entre el 01-01-2013 y el 30-06-2014 NOTA: Se entenderá como edad para jubilar 60 años, en caso de mujeres, y 65 años, en caso de hombres

1.2 CARACTERISTICAS DEL BENEFICIO Bono Asistentes Bonificación por retiro Bonificación Antigüedad (cargo sostenedor) + (cargo fiscal) Un mes de remuneración por años de servicio (con un máximo de 11) Monto en base a remuneración mensual imponible últimos 12 meses promedio reajustados por IPC Se financia con anticipo de subvención (Art. 11 Ley N°20.159) o recursos propios del sostenedor Grupo 1: Funcionarios con 15 años de servicios o más al 26-01-2013 (UF 50,7) Grupo 2 y 3: Funcionarios con 15 años de servicios o más (Máximo de 395 UF, para quienes tienen 44/45 hrs. de contrato y 35 o más años de servicio, es proporcional con menos) INCOMPATIBILIDADES: con toda indemnización que, por termino de relación laboral o por años de servicio, pudiese corresponder a los asistentes, especialmente con las indicadas en el Art. 163º del Código del Trabajo.

1.3 PLAZOS DE POSTULACION DEL ASISTENTE GRUPO EDAD PARA JUBILAR CUMPLIDA PLAZOS DE POSTULACION FECHA EFECTIVA DE RENUNCIA CUPOS 1 Hasta el 19-01-2008 Hasta el 26-04-2013 INMEDIATA 200 2 Del 20-01-2008 al 31-12-2012 Hasta el 26-05-2013 Hasta el 31-03-2014 2.000 3 Del 01-01-2013 al 30-06-2014 Hasta el 31-05-2014 Hasta el 31-03-2015 1.987 Los cupos establecidos para el GRUPO 3 podrán ser incrementados con los cupos no utilizados en el GRUPO 2. Los postulantes del GRUPO 2 que cumplan requisitos y no hayan sido seleccionados por falta de cupos, tendrán derecho preferente en el GRUPO 3, sin necesidad de nueva postulación. El término de la relación laboral se producirá cuando el empleador ponga a disposición del asistente la totalidad de la bonificación a que tenga derecho.

1.4 COMPATIBILIDAD CON BONO POST LABORAL Bono Retiro Asistentes Ley N°20.652 Bono Post Laboral Ley N°20.305 Compatible Los Asistentes de la Educación que postulen a retiro voluntario durante los años 2013 y 2014, bajo el marco de la Ley Nº20.652, tienen derecho a postular, conjuntamente, al Bono Post Laboral establecido en la Ley Nº20.305. Esto, sin atenerse al plazo de doce meses establecidos en la Ley Nº20.305 para su tramitación. La postulación al Bono Post Laboral se realiza ante el sostenedor de la institución donde se desempeñe, quien procederá a la tramitación de dicha solicitud, en los plazos y condiciones establecidas por Tesorería General de la República.

2. FLUJO DEL PROCESO: FASES 1 y 2 Asistente: Presenta renuncia y certificado Sostenedor: Recopila antecedentes , prepara presentación y envía al MINEDUC MINEDUC: Revisa y valida antecedentes Postula Bonificación FASE 1: Asistente: Es informado de obtención del bono Sostenedor: Prepara información remuneraciones y evalúa financiamiento disponible MINEDUC: Otorga beneficio e informa a sostenedor Sostenedor: Solicita recursos, indicando fuentes de financiamiento MINEDUC: Evalúa y aprueba solicitud de recursos Solicita Recursos para Pago FASE 2: Asistente: Recibe bonificación por retiro Sostenedor: Ejecuta pago de bonificación y establece procesos de cese funciones MINEDUC: Transfiere recursos a cada sostenedor Sostenedor: Efectúa rendición de cuentas de todos los recursos recibidos MINEDUC: Aprueba/Rechaza Rendición

FASE 1: POSTULACIÓN BONO RETIRO

ASISTENTES DE TODOS LOS GRUPOS 3.1 FASE 1: POSTULACIÓN DEL ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN POSTULACIÓN Los Asistentes de la Educación, que cumplan los requisitos establecidos en la Ley, deberán presentar sus antecedentes ante sus sostenedores para postular al beneficio, en los plazos y condiciones estipuladas. ASISTENTES DE TODOS LOS GRUPOS SÓLO ASISTENTES GRUPO 1 1. Certificado de nacimiento 2. Carta de renuncia voluntaria firmada 3. Ficha de postulación firmada 4. Certificado histórico cotizaciones pre-visionales con todos sus empleadores 1. Presentar certificado médico emitido por una institución de salud que acredite enfermedad grave, crónica o terminal. 2. Certificado de licencias médicas de los últimos 2 años.

Deben ser presentados al sostenedor municipal: 3.2 FASE 1: ANTECEDENTES PARA POSTULACIÓN DEL ASISTENTE Deben ser presentados al sostenedor municipal: 1. Ficha de postulación firmada: indicando antecedentes de antigüedad laboral y años servidos en el sistema (formato tipo en www.mineduc.cl) 2. Certificado de nacimiento del Asistente de la Educación 3. Carta de renuncia voluntaria firmada (de carácter irrevocable) a la totalidad de horas servidas (formato tipo en www.mineduc.cl) 4. Certificado histórico de cotizaciones previsionales desde que ingresó al sistema Nota: En caso que requiera le sean reconocidos tiempos servidos con otros sostenedores, deberá adjuntar contratos de trabajo (con anexos y/o modificaciones), decretos o resoluciones de nombramiento, que demuestren la carga horaria y la totalidad de años de servicio.

El sostenedor debe enviar al MINEDUC: 3.3 FASE 1: ANTECEDENTES PRESENTACIÓN DEL SOSTENEDOR El sostenedor debe enviar al MINEDUC: 1. Oficio conductor (formato tipo en www.mineduc.cl) 2. Ficha de presentación de postulantes (formato tipo en www.mineduc.cl) en la que se indica información personal de los asistentes postulantes, horas vigentes y años servidos, tanto con el respectivo sostenedor como con otras entidades públicas mencionadas en el art. 1º (en los casos que corresponda). 3. Certificado del secretario municipal, en el que se acredita la fecha en que fueron recibidas las postulaciones y renuncias. 4. Antecedentes del Asistente de la Educación: ficha de postulación; certificado nacimiento; carta de renuncia; certificado de cotizaciones; y copia de contratos, decretos o resoluciones que acrediten antigüedad laboral y años de servicio. IMPORTANTE: Las presentaciones de los sostenedores, con todos los antecedentes requeridos, se recibirán dentro de los 30 días posteriores a la fecha de cierre de postulación de cada grupo.

3.4 FASE 1: EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES EN MINEDUC Una vez recepcionadas las presentaciones de cada sostenedor, el Ministerio de Educación procederá a la revisión de cumplimiento de requisitos y validación de información de cada asistente. En base a lo anterior, dictará los actos administrativos correspondientes para el otorgamiento el beneficio. Cada nómina de seleccionados, por cada grupo de postulación (ateniéndose al máximo de cupos disponibles) , se informará a los sostenedores. Habiendo tomado conocimiento de los asistentes a quienes se les otorgó el bono, los sostenedores generarán las solicitudes de los recursos necesarios para su pago. CASOS ESPECIALES: Para el GRUPO 1, la evaluación implicará la consideración de situaciones agravantes, de acuerdo a criterios establecidos en la Ley

CASOS ESPECIALES: CRITERIOS DE SELECCIÓN GRUPO 1 Mayor antigüedad y con enfermedad de carácter grave, crónica o terminal, que impida la continuidad del desempeño de sus labores Mayor edad y años de servicio Mayor edad y menor renta ENFERMEDAD GRAVE* ENFERMEDAD CRONICA* ENFERMEDAD TERMINAL* Accidentes graves como gran quemado, politraumatizado grave, traumatismo cráneo encefálico, trauma ocular grave Enfermedades del corazón y cerebrovasculares Enfermedades respiratorias Enfermedades de la visión como cataratas, retinopatía diabética y desprendimiento de retina Insuficiencia Renal Crónica Terminal Diabetes Mellitus Tipo I y II Hipertensión arterial primaria o esencial Artritis Reumatoidea Hemofilia VIH/SIDA Fibrosis quística Epilepsia no refractaria Enfermedad de Parkinson Esclerosis múltiple recurrente remitente Hepatitis B y C Artrosis de cadera y/o rodilla Cáncer en estado avanzado Leucemia Linfoma *De acuerdo a patologías garantizadas por Plan AUGE

FASE 2: SOLICITUD DE RECURSOS Y PAGO BONO RETIRO

4.1 FASE 2: SOLICITUD DE RECURSOS Habiendo sido informado de los beneficiarios del bono, el sostenedor deberá remitir al MINEDUC la solicitud de recursos en un plazo mínimo de 60 días anteriores a la fecha en que el asistente manifiesta hacer efectiva su renuncia. DOCUMENTOS PARA PRESENTAR SOLICITUD 1. Oficio conductor (formato tipo en www.mineduc.cl) 2. Ficha de solicitud de recursos (formato tipo en www.mineduc.cl) que indica cálculo del promedio de remuneración reajustado por IPC, señala fuentes de financiamiento. 3. Copia simple de las últimas 12 liquidaciones de sueldo de cada asistente de la educación. 4. Acuerdo de Concejo Municipal que autoriza anticipo de subvención Art. 11 de la Ley 20.159 (SÓLO SI UTILIZA ESTE FINANCIAMIENTO)

4.2 FASE 2: PAGO BONIFICACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS Una vez aprobadas las solicitudes de recursos,y tramitado el acto administrativo que entrega los recursos, estos serán transferidos al sostenedor en la cuenta que percibe subvención. En un plazo de 30 días siguientes a la fecha de la transferencia, el sostenedor debe ejecutar el pago al asistente e informar al MINEDUC del uso de los recursos. Siempre debe respetarse la fecha de renuncia indicada por el Asistente de la Educación en su carta. Las rendiciones de cuenta deben ser enviadas al Subsecretario de Educación, con oficio tipo, ficha de rendición y antecedentes de desvinculación (incluye copia simple de decretos de ceses o finiquitos). La Subsecretaría de Educación deberá poner en conocimiento de Contraloría General de la República los hechos que no se ajusten a las disposiciones establecidas en la Ley .

PLAN DE RETIRO ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN Ley N 20.652 DO 26.01.2013 Unidad de Apoyo Municipal División de Planificación y Presupuesto Ministerio de Educación