AFANIAS LABOR-3 VENTAJAS EN LA CONTRATACIÓN TRAYECTORIA LABOR-3

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Transcripción de la presentación:

AFANIAS LABOR-3 VENTAJAS EN LA CONTRATACIÓN TRAYECTORIA LABOR-3 PROYECTOS CLIENTES METODOLOGÍA

Cumplimiento LISMI Bonificaciones Valor añadido Responsabilidad social VENTAJAS Cumplimiento LISMI Bonificaciones Valor añadido Responsabilidad social Grandes empresas de la distribución ya se aprovechan de las ventajas de la contratación directa VOLVER

CUMPLIMIENTO LISMI La Ley de Integración Social de Minusválidos (B.O.E. núm. 103, 30 de abril de 1982 ) obliga a las empresas con más de 50 empleados a contratar al menos a un 2% de personas con un grado de discapacidad de al menos el 33%. Desde el servicio de inserción laboral nos marcamos como objetivo mostrar la realidad a las empresas, esta realidad es la capacidad de trabajo de las personas con discapacidad intelectual, ayudando a las empresas a contar con una fuerza de trabajo no siempre tenida en cuenta y ayudando, no solo a que cumplan con los mínimos marcados por la norma si no a que normalicen la contratación de este colectivo. VOLVER

BONIFICACIONES Y AYUDAS A LA CONTRATACIÓN Fomento para la contratación indefinido Fomento para la contratación temporal VOLVER

VALOR AÑADIDO Formar parte activa de la sociedad colaborando en proyectos sociales, es lo que ayuda a difundir los valores y la imagen social de una organización que participa en proyectos solidarios. Compartir con ella sus oportunidades, Hacer posible que sus estructuras no sean rígidas y se adapten a los cambios. Contribuir a la mejora del mercado laboral En definitiva, mejorar a través de pequeñas acciones nuestro entorno. VOLVER

REPONSABILIDAD SOCIAL Desde las organizaciones empresariales viene creciendo el deseo de reportar A la sociedad parte del beneficio obtenido, para ello es imprescindible un Intermediario capaz de convertir esos beneficios monetarios en verdaderos beneficios sociales. Desde Labor-3 llevamos a cabo programas y proyectos cuyo objetivo final es la Inserción Laboral de personas con discapacidad intelectual, en los que nos gustaría contar con la colaboración de cualquier organización preocupada y sensible a las dificultades que supone para determinadas personas mostrar su valía, por lo que invitamos a todas aquellas empresas que puedan y deseen, a participar con nosotros en esta actividad. VOLVER

Nuestra breve historia Equipo Instalaciones Metodología TRAYECTORIA Nuestra breve historia Equipo Instalaciones Metodología VOLVER

BREVE HISTORIA LABOR 3 es una entidad perteneciente a AFANIAS que comenzó a funcionar .en el año 1998 con el objetivo de normalizar la actividad laboral de las personas con discapacidad intelectual, para lo cual se apuesta por la inserción en el mercado de trabajo mediante la metodología de Empleo Con Apoyo. El número de usuarios de este servicio no ha parado de crecer, en los últimos años, este crecimiento de usuarios ha venido acompañado de un crecimiento de programas y proyectos ejecutados, tanto de entidades privadas, como Caja Madrid, La Caixa, como con la administración pública, como la Consejería de Empleo y Familia o la Consejería de Asuntos Sociales. Todas las actividades que desde Labor 3 se llevan a cabo giran en torno a la inserción, para ello llevamos a cabo acciones para preparar al usuario a afrontar dicha inserción, ajustar en la medida de lo posible personas y puestos, formar en el puesto, y mantener un seguimiento de todas las personas que consiguen insertarse en este mercado. Por otro lado se llevan a cabo acciones orientadas a la sensibilización del mercado de trabajo, implicación de organizaciones empresariales y prospección de empleo, consiguiendo la fidelización de grandes empresas. VOLVER

EQUIPO Dirección del Servicio Coordinadores Proyecto (2) Contabilidad Auxiliar Administrativa Evaluador Orientador (1) Preparador Laboral (5) Buscador de empleo (2) Responsable Calidad VOLVER

INSTALACIONES Contamos con un local de 400m², con una sala de formación, despachos para realizar valoraciones, un CAPI. Local adaptado, a pie de calle y a escasa distancia del metro de Portazgo (L1) C/ Rogelio Folgueras 3 Tlf: 913 339 701 E-mail: labor3@afanias.org VOLVER

METODOLOGÍA Empleo Con Apoyo, en esta tres palabras resumimos una compleja metodología de inserción que pone a disposición de la empresas que contrate al trabajador con discapacidad, un/a preparador/a laboral que entrena y forma en el puesto de trabajo al trabajador ya contratado durante el tiempo necesario, se presenta como el nexo entre la persona y la empresa mediante procesos que se relacionan: Persona: Valoración, Orientación, Selección, Entrenamiento, Seguimiento Empresa: Prospección, Sensibilización, Análisis, Inserción, Seguimiento VOLVER

Objetivos Proyectos públicos Proyectos privados VOLVER

OBJETIVOS Los objetivos de nuestro servicio pasan por aumentar la calidad y cantidad del empleo que ponemos a disposición de los trabajadores, trabajar con aquellos que necesitan un mayor apoyo, así como por mejorar el servicio que prestamos a nuestras empresas , intentando fidelizarlas como clientes. Para ello contamos con financiación pública y privada de nuestros proyectos, otro de nuestros objetivos marcados es aumentar la proporción de financiación privada. VOLVER

PROYECTOS PÚBLICOS Consejería de empleo y mujer: Proyecto experimental de empleo ITINERE Programa de Empleo Con Apoyo Consejería de familia y asuntos sociales Proyecto de Empleo Con Apoyo Instituto madrileño de la administración pública (IMAP) Programa de acceso al empleo público para trabajadores con discapacidad VOLVER

PROYECTOS PRIVADOS Programa ECA Caja Madrid Programa INCORPORA. Integración laboral. La Caixa VOLVER

CLIENTES Durante nuestra trayectoria hemos abarcado todo tipo de sectores y empresas, manteniendo una relación basada en la aplicación de nuestra metodología y la normalización de la fuerza de trabajo puesta a disposición de organizaciones como: VOLVER

METODOLOGÍA Empleo Con Apoyo, en esta tres palabras resumimos una compleja metodología de inserción que se presenta como el nexo entre la persona y la empresa mediante procesos que se relacionan: Persona: Valoración, Orientación, Selección, Entrenamiento, Seguimiento Empresa: Prospección, Sensibilización, Análisis, Inserción, Seguimiento VOLVER

FOMENTO DE LA CONTRACIÓN INDEFINIDA FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA • Ley 12/2001, de 9 de julio (BOE del 10-7-2001) • Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, modificada por Real Decreto 4/1999, de 8 de enero (BOE del 26-1-1999) y por Real Decreto 170/2004, de 30 de enero (BOE del 31-1-2004). • Ley 24/2001, de 27 de diciembre (BOE del 31-12-2001). CARACTERÍSTICAS • Solo se puede concertar con desempleados: · Jóvenes de 16 a 30 años · Mujeres (ocupaciones menor empleo femenino) · Mayores de 45 años · Más de seis meses desempleados · Minusválidos VOLVER SIGUIENTE

FOMENTO DE LA CONTRACIÓN INDEFINIDA • También se puede concertar con trabajadores que estuvieran empleados en la misma empresa mediante un contrato de duración determinada o temporal, incluidos los contratos formativos, celebrado con anterioridad al 31 de diciembre de 2003. • En caso de despido objetivo, declarado improcedente, la cuantía de la indemnización será de 33 días por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades. • No podrá concertarlo la empresa que en los seis meses anteriores a la celebración del contrato, hubiera realizado extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas declaradas improcedentes por sentencia judicial o hubiera procedido a un despido colectivo, salvo que haya sido acordada con los representantes de los trabajadores. En ambos supuestos, la limitación afectará únicamente a la cobertura de aquellos puestos de trabajo de la misma categoría o grupo profesional que los afectados por la extinción o despido y para el mismo centro o centros de trabajo. • Obligación de mantener la estabilidad en el empleo al trabajador minusválido contratado durante al menos tres años (salvo cese voluntario). Si hay despido, debe ser sustituido por otro trabajador minusválido, beneficiándose solo de la bonificación de la cuota de Seguridad Social. ANTERIOR SIGUIENTE

FOMENTO DE LA CONTRACIÓN INDEFINIDA INCENTIVOS POR LA CONTRATACIÓN DE MINUSVÁLIDOS • Bonificación de la cuota empresarial total: · 90% para mayores de 45 años. · 70% menores de 45 años. · Para mujeres con discapacidad: 100% para mayores de 45 años y 90% para menores de 45. · Las bonificaciones se aplican durante toda la vida del contrato, con independencia de si son a tiempo completo o parcial. • Subvención de 3.906,58 €, al comienzo del contrato. Se modulará para los contratos indefinidos a tiempo parcial, en función de la jornada. • 4.808,10 € de deducción en el Impuesto de Sociedades, por una sola vez. • Hasta 901,52 € por adaptación de puesto de trabajo o eliminación de barreras arquitectónicas. ANTERIOR SIGUIENTE

FOMENTO DE LA CONTRACIÓN INDEFINIDA DURACIÓN DEL CONTRATO Indefinido, a tiempo completo o parcial EXCLUSIONES INCENTIVOS • Relaciones laborales de carácter especial previstas en el artículo 2.1 del Estatuto de los Trabajadores. • Contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes, por consaguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive del empresario o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedades, así como las que se produzcan con estos últimos. ANTERIOR SIGUIENTE

FOMENTO DE LA CONTRACIÓN INDEFINIDA • Contrataciones realizadas con trabajadores que, en los veinticuatro meses anteriores a la fecha de la contratación, hubiesen prestado servicio en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato indefinido. Lo dispuesto en el párrafo precedente será también de aplicación en el supuesto de vinculación laboral anterior del trabajador con empresas a las que la solicitante de los beneficios haya sucedido en virtud de lo establecido en el artículo 44 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. • Trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un plazo de tres meses previos a la formalización del contrato. ANTERIOR INICIO

FOMENTO DE LA CONTRACIÓN TEMPORAL TEMPORAL DE FOMENTO DE EMPLEO • Ley 24/2001, de 27 de diciembre (BOE del 31-12-2001). • Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del 31-12-1994). • Ley 13/1996, de 30 de diciembre (BOE del 31-12-1994). • Real Decreto 170/2004, de 30 de enero (BOE del 31-1-2004). CARACTERÍSTICAS • Contratos temporales para la realización de actividades de la empresa, cualquiera que fuere la naturaleza de las mismas. • No exigible el requisito previo de ser beneficiarios de las prestaciones por desempleo ni estar previamente inscrito durante un periodo determinado como demandante de empleo. • A la terminación del contrato el trabajador tendrá derecho a percibir una compensación económica equivalente a doce días de salario por año de servicio. VOLVER SIGUIENTE

FOMENTO DE LA CONTRACIÓN TEMPORAL • No podrán contratar temporalmente al amparo de la presente disposición las empresas que hayan amortizado puestos de trabajo por despido declarado improcedente, expediente de regulación de empleo o por la causa prevista en el apartado c) del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores con posterioridad al 1 de enero de 2001 (para contratos suscritos en el 2002). INCENTIVOS POR LA CONTRATACIÓN DE MINUSVÁLIDOS • Hasta 901,52 € por adaptación de puesto de trabajo o eliminación de barreras arquitectónicas. • Reducción de la cuota empresarial a Seguridad Socia por contingencias comunes: · 100% si es el primer trabajador de la empresa. · 75% para el resto. • La reducción de cuotas se aplica durante toda la vida del contrato • Para beneficiarse de la misma el contrato tiene que ser a jornada completa ANTERIOR SIGUIENTE

FOMENTO DE LA CONTRACIÓN TEMPORAL • Los contratos temporales de fomento del empleo podrán transformarse en indefinidos gozando de los incentivos para este tipo de contratación. DURACIÓN DEL CONTRATO De 12 meses a 3 años, a tiempo completo a tiempo parcial. EXCLUSIONES INCENTIVOS • Trabajadores que hubiesen estado contratados con posterioridad a 1-1-2001 con la empresa (para contratos suscritos en el 2002). • Contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes, por consaguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive del empresario o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedades, así como las que se produzcan con estos últimos ANTERIOR INICIO