Programa de fomento de empleo

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Transcripción de la presentación:

Programa de fomento de empleo -Incentivos a la contratación inicial o mantenimiento de contratación indefinida- Plan extraordinario para la conversión de empleo temporal en fijo Tesorería General de la Seguridad Social Subdirección General de Inscripción, Afiliación y Recaudación en Periodo Voluntario Madrid, junio de 2006

Índice 1. Programa de fomento del empleo: bonificaciones 1.1 Objeto, beneficiarios y colectivos 1.2 Cuantías de la bonificación 1.3 Mantenimiento 1.4 Transformaciones de contratos temporales 2. Reducción de cotizaciones empresariales 3. Mejora de la utilización de la contratación temporal

1. Programa de fomento del empleo: bonificaciones 1.1 Objeto, beneficiarios y colectivos: colectivos incentivados 1.200 € Mujeres reincorporadas al trabajo en los 2 años siguientes al inicio del permiso por maternidad. Trabajadores de sesenta o más años, con una antigüedad en la empresa de cinco o más años 850 € Mujeres en general 1.200 € Mujeres contratadas en los 24 meses siguientes a la fecha del parto o de la adopción o acogimiento preadoptivo o permanente Ind: 600 € Temp: 500 € Exclusión social 1.200 € Ind: 850 € Temp: 600 € Mujeres que se reincorporen al empleo después de 5 años de inactividad, habiendo estado dadas de alta en cualquier régimen de la SS durante un mínimo de 3 años Violencia de género COLECTIVOS 500 € 800 € Transformación de contratos temp. Ind: 3.000 € Enclaves: 3.200 € Temp: 2.200 € 1.200 € Mayores de 45 años Personas con discapacidad Trabajadores inscritos como desempleados en la oficina de empleo durante al menos 6 meses Jóvenes de 16 a 30 años (ambos inclusive) Los contratos formativos y de prácticas continúan con el régimen de incentivos actual –reducción de cuotas-. Se incluyen los contratos en prácticas a tiempo parcial 800 € Contratación inicial de carácter indefinido o temporal Quedan asimilados a personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, los pensionistas de incapacidad permanente del sistema de Seguridad Social o Clases Pasivas. Contratación inicial de carácter indefinido 600 € Mantenimiento del empleo e igualdad de oportunidades

1. Programa de fomento del empleo: bonificaciones 1.1 Objeto, beneficiarios y colectivos: Requisitos y Exclusiones Requisitos de las empresas beneficiarias –Mantenimiento Ley 30/2005-: Hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social. No haber sido excluidos del acceso a beneficios derivados de programas de empleo –L.I.S.O.S.- No tratarse de la Administración General del Estado, Administraciones autonómicas y entidades locales Exclusiones sobre colectivos incentivados: Relaciones laborales de carácter especial Cónyuge y familiares hasta el 2ª grado, salvo para autónomos. Trabajadores que hubiesen prestado servicios en la misma empresa o grupo de empresas: En los 24 meses anteriores con contrato indefinido En los 6 meses anteriores con contrato temporal Trabajadores que hayan finalizado en los últimos 3 meses una relación laboral indefinida –salvo despido improcedente o despido colectivo-[No aplicable a trabajadores procedentes de enclaves laborales] Empresas que hayan extinguido por despido improcedente o colectivo: Excluidas durante 12 meses en un número de contrataciones igual al de las extinciones. Aplicable a los trabajadores discapacitados, salvo la extinción de contratación indefinida en los últimos 3 meses para trabajadores procedentes de enclaves laborales. Novedad

1. Programa de fomento del empleo: bonificaciones 1.2 Cuantía de la bonificación: aspectos generales Cuantía: Cantidad fija e independiente de la base de cotización. Limitación: Aportación empresarial Excepción: Los trabajadores de 60 ó más años, con una antigüedad en la empresa de 5 ó más años, mantienen una bonificación porcentual de la aportación empresarial por contingencias comunes Duración: 4 años. Excepción: Durante toda la vigencia del contrato, en los supuestos de: Mayores de 45 años Personas con discapacidad Victimas de violencia de género y trabajadores en situación de exclusión social, con contratos temporales. Mayores de 60 años y antigüedad de 5 ó más años

1. Programa de fomento del empleo: bonificaciones 1.2 Cuantía de la bonificación: Contratos a tiempo parcial La cuantía se reduce en proporción en función de la duración de la jornada laboral. Para jornadas iguales o superiores a 3/4 de la jornada a tiempo completo no se reduce la cuantía. Jornada laboral a tiempo parcial Cuantía de bonificación Jornada completa 100% 75% 50% 25% Jornada ≥ ¾ jornada completa ½ jornada completa ≤ jornada < 3/4 jornada completa ¼ jornada completa ≤ jornada < ½ jornada completa Jornada < ¼ jornada completa

1. Programa de fomento del empleo: bonificaciones 1.3 Mantenimiento de la bonificación: Novaciones de contrato: En la primera transformación de un contrato de trabajo de tiempo completo a parcial, o viceversa, se mantienen las bonificaciones. Contratación sucesiva dentro de un grupo de empresas Sucesión de empresas al amparo del artículo 44 del E.T. En el supuesto de reiteración de la novación, se pierden las bonificaciones a partir de la 2ª novación, salvo que ésta última sea de tiempo parcial a tiempo completo, o sea consecuencia de una jubilación parcial. NOVEDAD Se mantiene* Se mantiene* Se pierde Tiempo Completo Tiempo Parcial Tiempo Completo Tiempo Parcial Se pierde Se mantiene* Tiempo Parcial Tiempo Completo Tiempo Parcial * conforme corresponde al nuevo contrato

1. Programa de fomento del empleo: bonificaciones 1.4 Transformaciones de contratos: Plan extraordinario para la conversión de empleo temporal en fijo (De 1 de julio a 31 diciembre 2006) Transformaciones ordinarias a partir del 1-1-2007 1 julio 2006 1 enero 2007 Bonificación Contrato temporal vigente a 1 junio 2006 Transformación Contrato indefinido 800 euros/año 3 años 1 enero 2007 Bonificación 500 euros/año 4 años Contratos formativos, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación vigente a cualquier fecha Transformación Contrato indefinido Posterior a 1 enero 2007

Índice 1. Programa de fomento del empleo: bonificaciones 1.1 Beneficiarios y colectivos incentivados 1.2 Cuantías de la bonificación 1.3 Mantenimiento 1.4 Transformación de contratos temporales 2. Reducción de cotizaciones empresariales 3. Mejora de la utilización de la contratación temporal

2. Reducción de cotizaciones empresariales Modificación Ley 30/2005: Incentivación de contratos indefinidos a través de la reducción de la cuota empresarial por desempleo y FOGASA Eliminación del tratamiento diferenciado de las E.T.T. en relación a los contratos temporales o de duración determinada. NOVEDAD NOVEDAD

Índice 1. Programa de fomento del empleo: bonificaciones 1.1 Beneficiarios y colectivos incentivados 1.2 Cuantías de la bonificación 1.3 Mantenimiento 1.4 Transformación de contratos temporales 2. Reducción de cotizaciones empresariales 3. Mejora de la utilización de la contratación temporal

3. Mejora de la utilización de la contratación temporal CONDICIÓN DE TRABAJADOR FIJO Contratos para el mismo puesto con la misma empresa, directamente contratada por ésta o a través de ETT. Periodo de 30 meses Contrato 1 Contrato 2 = + + ... Duración >24 meses 2 ó mas contratos temporales, con o sin solución de continuidad. Se computan únicamente los contratos temporales vigentes a la entrada en vigor del Real Decreto-Ley No aplica para contratos formativos, de relevo e interinidad