Derecho Constitucional I Profesor Titular de Derecho Constitucional

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Transcripción de la presentación:

Derecho Constitucional I Profesor Titular de Derecho Constitucional Universidad de Oviedo Derecho Constitucional I Lección 12: Las Cortes Generales (I): representación y estructura bicameral. El Congreso de los Diputados y el Senado Miguel A. Presno Linera Profesor Titular de Derecho Constitucional presno@uniovi.es http://www.uniovi.es/contitucional/miembr/presno.htm

CONCEPTO DE REPRESENTACIÓN EN DERECHO PÚBLICO LOS PARLAMENTOS COMO ÓRGANOS REPRESENTATIVOS: Origen y evolución del concepto de representación en el derecho público Representación medieval ---> representación importada del Derecho privado. Representación liberal ---> representación política (Nación/pueblo y Parlamento como sujetos de la relación). Representación democrática ---> representación política + participación de los ciudadanos (elección) ---> ligazón entre representación y elección Representación y representatividad: --->el contenido de la representación: Representatividad (representación) política. abstracción de cualidades del ciudadano. Representatividad (representación) especial: concreción de cualidades del ciudadano.

LAS CORTES GENERALES Y EL CONCEPTO DE REPRESENTACIÓN Las Cortes Generales como órgano representativo Estructura bicameral: Congreso de los Diputados y Senado. Relación de representación: Cortes-pueblo español (art. 66 CE). Representatividad: política más que especial (territorial).

EL BICAMERALISMO Y LAS FUNCIONES PARLAMENTARIAS I Estructura bicameral de los Parlamentos: A) Origen del bicameralismo: Estados unitarios: origen conservador antidemocrático ---> cámara alta de reflexión (representatividad política) ---> división de poderes; Estados compuestos: bicameralismo federal (representatividad territorial) ---> Estado federal. B) Bicameralismo y representación: Cámara alta y Cámara Baja = órganos del Estado. Mecanismos de selección de los miembros de la segunda Cámara (elección/designación; órganos de la federación/órganos de los entes federados). Representación política y representación especial respecto del bicameralismo.

EL BICAMERALISMO Y LAS FUNCIONES PARLAMENTARIAS II El bicameralismo en la actualidad: Estados federales: USA, RFA, Austria, Suiza; Estados unitarios: Gran Bretaña, Francia; Estados compuestos: España. Bicameralismo perfecto e imperfecto: Perfecto: igualdad jurídica y funcional de las dos Cámaras; Imperfecto: Diferencias jurídicas y funcionales de las dos Cámaras; Elección/designación miembros Cámara Alta.

LAS CORTES COMO ÓRGANO BICAMERAL I EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL BICAMERALISMO EN ESPAÑA: Estatuto Real de 1834; Constitución de 1837; Constitución de 1876; Ley 1/1977 Fundamental para la Reforma Política; Constitución de 1978. RELACIÓN ENTRE EL CONGRESO Y EL SENADO: independencia, incompatibilidad personal, deliberación separada y simultaneidad de sesiones, sesiones conjuntas de las cámaras (art. 74.1 CE), desacuerdos entre las Cámaras (art. 74.2, 167.1 CE), conflictos entre órganos constitucionales ---> resolución por el Tribunal Constitucional (art. 59.3 y 73 ss. LOTC)

LAS CORTES COMO ÓRGANO BICAMERAL II EL BICAMERALISMO IMPERFECTO EN LA C. E. El Senado como órgano del Estado ---> representa al pueblo español (art. 66.1 CE), El Senado como cámara de representación territorial (art. 69.1 CE) ¿representación política o representación especial? ---> principalmente política, Mecanismos de selección de sus miembros ---> elección mayoritaria por órganos del Estado, Desigualdad funcional con el Congreso: - En la función constituyente (reforma parcial); - En la función legislativa (procedimiento legislativo ordinario u orgánico/normas con rango de Ley), - En la función de gobierno (plebiscitos, control extraordinario del Gobierno),

LAS CORTES COMO ÓRGANO BICAMERAL III EL BICAMERALISMO IMPERFECTO EN LA C. E. Senado y CCAA: posición debilitada con respecto al Congreso y merma de la representatividad especial: composición de la Cámara, iniciativa legislativa, Estatutos Autonomía, Leyes del art. 150 CE, acuerdos de cooperación, Fondo de Compensación interterritorial, excepción: coacción estatal sobre las CCAA (art. 155 CE)

COMPOSICIÓN Y ELECCIÓN: CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Nº de miembros: 350: 2 por provincia fijos+resto en proporción a la población; la CE permite elegir 400 y que el fijo por provincia sea 1; Tamaño del Congreso: pequeño; Circunscripción: provincias, Ceuta y Melilla; Tamaño: pequeñas o medianas; Voto único, de lista cerrada y bloqueada; Formula electoral proporcional tipo D’Hondt; la CE permitiría otra fórmula proporcional; Barrera electoral: 3%; Duración del mandato: 4 años salvo disolución por mandato constitucional o decisión del Presidente del Gobierno (art. 68.4 CE)

COMPOSICIÓN Y ELECCIÓN: SENADO Nº de miembros indeterminado: senadores electivos (208, 4 por provincia, 3 Gran Canaria, Mallorca y Tenerife, 1 Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma; 2 en Ceuta y 2 en Melilla) + senadores designados por las CCAA (1 fijo + 1 por cada millón de habitantes); Los Senadores designados lo son por las Asambleas Legislativas de las CCAA atendiendo a criterios de proporcionalidad; Tamaño de la circunscripción: pequeña; Voto limitado en lista abierta; Fórmula electoral mayoritaria de mayoría relativa; Duración del mandato: los electivos como los Diputados los designados vuelven a serlo hasta el fin del mandato de la Asamblea que los designó.

SENADORES A DESIGNAR POR CCAA EN IX LEGISLATURA Comunidad Autónoma IX Legislatura (2008- ) Andalucía  9* Aragón 2 Asturias (Principado de) Balears (Illes)  2* Canarias  3* Cantabria 1 Castilla-La Mancha Castilla y León 3 Cataluña  8* Comunitat Valenciana 5 Extremadura Galicia Madrid (Comunidad de)  7* Murcia (Región de) Navarra (Comunidad Foral de) País Vasco Rioja (La) TOTAL 56 * A cada una de las Comunidades Autónomas señaladas le corresponde designar un Senador más respecto de la Legislatura anterior.