RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES

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Transcripción de la presentación:

RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES

RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES La Comisión de Derecho Internacional de ONU comenzó a trabajar en el proyecto en el año 2000 con el relator especial G. Gaja. En el año 2004 había 7 proyectos provisionales.

RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES Todo hecho internacionalmente ilícito de una organización internacional, genera responsabilidad internacional. El comportamiento de un órgano o de un agente, aun en exceso de sus funciones, se considera como un hecho de la Organización. La violación de una norma DIP y las circunstancias de exoneración son las mismas que para el Estado. Un Estado puede tener responsabilidad subsidiaria por el hecho de un organización, si así lo acepta.

RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES Todo hecho internacionalmente ilícito de una organización internacional, trae como consecuencias la NULIDAD y RESPONSABILIDAD. NULIDAD: En relación a: actos normativos (resolución) actos operacionales (operación de asistencia técnica a un Estado, operación de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz). RESPONSABILIDAD: Puede ser de: derecho interno: por actos contractuales o extracontractuales realizados por la organización con base en su personalidad jurídica con arreglo a la legislación de un país, art. 104 Carta ONU; derecho internacional: violación de un tratado, por hechos dañosos cometidos por sus órganos, por riesgo, por las relaciones de la organización con sus órganos, por cláusula de exclusión en el acuerdo sede, por actos de administración internacional de territorios puestos bajo su gestión .

RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES RESPONSABILIDAD DE DERECHO INTERNACIONAL: Quebrantamiento de un tratado concluido con un Estado o con otra organización internacional (pacta sunt servanda). Una organización internacional no puede invocar reglas de la organización como justificación para el incumplimiento de un tratado (art. 26) Hechos dañosos cometidos por sus órganos o agentes, generadores de responsabilidad internacional, en ocasión de actividades operacionales (programas de asistencia técnica, intervenciones de las Fuerzas de Naciones Unidas en zonas conflictivas). Puede existir responsabilidad indirecta por actos ajenos (Estado huésped) Responsabilidad por riesgo cuando una organización técnica o especializada realice actividades que puedan caer bajo tal supuesto (experiencias nucleares llevadas a cabo bajo la dirección de la Agencia O.C.D.E. para la energía nuclear). La responsabilidad puede ser de derecho interno o de derecho internacional o mancomunada y solidaria.

RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES RESPONSABILIDAD DE DERECHO INTERNACIONAL: 4. Relaciones entre la organización y sus funcionarios y agentes (derecho interno de un órgano internacional). 5. Acuerdos sede de un Estado con una organización internacional: cláusula de exclusión de responsabilidad internacional del Estado territorial por actos propios de la organización. Ej: Acuerdo sede entre Austria y la Agencia Internacional de Energía Atómica (A.I.E.A.): “el hecho de que la sede de la AIEA se encuentre en territorio austríaco no hará incurrir a la República de Austria en responsabilidad internacional alguna por las acciones u omisiones de los agentes de la AEIA en ejercicio de sus funciones” 6. Por actos de administración internacional de territorios puestos bajo su gestión (Ej: Nueva Guinea Occidental, 1962/3).