REGULACIÓN SANITARIA EN LA CADENA DE FRÍO

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
ASPECTOS GENERALES DE MANEJO DE ALIMENTOS
Advertisements

ARGUMENTOS OPORTUNOS EN CASO DE UNA INSPECCIÓN DEL INPSASEL
CONSERVACION DE ALIMENTOS POR BAJAS TEMPERATURAS
CONGELACION Y REFRIGERACION DE ALIMENTOS
COMPROMISO DE LA COFEPRIS
Abastecimiento de Agua y control de plagas
CHOCOLATES SMUAK ‘’DELEITATE CON UN SUAVE SENTIR’’
Curso de Higiene y Seguridad Alimentaria
PROGRAMA DE DIFUSIÓN Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA
Equipos y transporte ¿Que debemos tener en cuenta?
Conservación de alimentos a bajas temperaturas
NORMA Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.
OBJETIVO Establecer requisitos de quienes manipulen los alimentos en todo su proceso Es obligatoria en todas las compañías donde manipulen alimentos es.
SOLICITUDES ESTA ES UNA GUIA RAPIDA PARA EL LLENADO DEL FORMATO EN LA CUAL SE INDICA QUE SECCIONES DEL MISMO SE DEBERAN LLENAR DE ACUERDO A CADA TRÁMITE.
UNIVERSIDAD SAN IGNACIO DE LOYOLA ESPECIALIDAD DE AGROINDUSTRIA
Enlace Consultores NOM251-SSA-2009 Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios Esta NOM establece requisitos.
Definición de productos curados.
Salud del Consumidor en las Américas
COMISIÓN DE OPERACIÓN SANITARIA
D. PROYECTO ESCOLAR El Proyecto Escolar es un documento que sintetiza los resultados de un proceso sistemático de: Diagnóstico, Autoevaluación Planeación.
Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Distintivo nacional de los productos orgánicos
Fases asociadas a la implementación de un proceso de trazabilidad
¿QUE SE ENTIENDE POR BPM?
REGLAMENTO 183/ /01/2006 Dpto. de Calidad. Objetivo Asegurar un elevado nivel de protección de los consumidores por lo que respecta a la seguridad.
Objetivos: Conocer la importancia de la higiene personal y del área de trabajo al momento de manipular alimentos. Conocer cuales son los riesgos que podrían.
DS SA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA
SERVICIO DE ALIMENTACIÓN
COMISION FEDERAL PARA LA PROTECCION CONTRA RIESGOS SANITARIOS COMISION DE AUTORIZACION SANITARIA SUBDIRECCION EJECUTIVA DE AUTORIZACIONES EN SERVICIOS.
Manejo de Medicamentos TBC
CADENA DE FRIO Constituye la piedra angular del PAI.
ESTUDIANTE: Gingler Alvarado Santillán.
CONSERVACIÓN DE ALIMENTOS REFRIGERACIÓN Y CONGELACIÓN
Recepción de materias primas
DEFINICIONES CONSERVAS VEGETALES INDUSTRIA CONSERVERA
SEGURIDAD ALIMENTARIA
SOLICITUDES ESTA ES UNA GUIA RAPIDA PARA EL LLENADO DEL FORMATO EN LA CUAL SE INDICA QUE SECCIONES DEL MISMO SE DEBERAN LLENAR DE ACUERDO A CADA TRÁMITE.
VALIDACIÓN DE CADENA FRÍA
Calificación de unidades de almacenaje y distribución
APLICACIÓN DE BAJAS TEMPERATURAS EN LA CONSERVACIÓN DE ALIMENTOS
Registro de patentes Las marcas y leyes en Honduras
Higiene de los alimentos
Facilitador: Lic. Miguel Medina Manzueta Técnico en operaciones alimentarias Higiene y Manipulación de Alimentos.
Centro de enseñanza técnica industrial Envasado del pescado
BUENAS PRACTICAS DE MANOFACTURA – BPM
Universidad Nacional de Ingeniería
ANDRES MOLINA DIEGO CASTELLANOS ANGELICA ORTIZ ANDREA OJEDA
Normas Oficiales Mexicanas
III CICLO DE CONFERENCIAS “ALIMENTACIÓN FUERA DEL HOGAR” COMPROMISO SANITARIO MÁLAGA, 27 DE OCTUBRE DE 2004.
Experiencia de México en la Gestión Sanitaria de los Esquemas de
TALLER DE SEGURIDAD ALIMENTARIA EN LA ESO Guadix, 7-8 abril 2014
CONCEPTOS BASICOS DE ALIMENTOS
Carnes crudas MODULO IV. SUBMODULO 2. “ANALIZA MUESTRAS DE ALIMENTOS Y
IMPLEMENTACIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA (BPM)
BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA
UNIVERSIDAD técnica de Ambato Facultad de ingeniería civil y mecánica
Conservación de los alimentos
Entidades reguladoras
Recomendaciones logísticas Temperatura: conozca las características y tiempos de conservación de su producto y estudie el tipo de refrigerante y.
Dirección General de Normas
Seminario Apertura a las Importaciones de Gasolina y Diésel Coordinación General de Ingeniería y Normalización Dr. Alejandro Breña de la Rosa Marzo 11.
Trazabilidad en la Cadena de Valor Secretaría General de Pesca. Madrid. 22 de mayo de 2012 T RAZABILIDAD EN LA A CUICULTURA Javier Ojeda APROMAR Asociación.
Secretaría Distrital de Desarrollo Económico Convenio Nº Plan Maestro de Abastecimiento de Alimentos y Seguridad Alimentaria Programa de capacitaciones.
PAI LACTEOS SENASAG UNIDAD DE INOCUIDAD ALIMENTARIA.
CADENA DE FRIO ABRIL DEL 2006 CIUDAD AUTONOMA DE BS AS.
INGENIERIA DEL PRODUCTO 2016 – I Ing. Maria del Pilar Vera Prado UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN FRANCISCO.
RESOLUCION 683 de 28 de Marzo de 2012
CARGA REFRIGERADA.
Seguridad Alimentaría Análisis de Riesgos y Control de Puntos Críticos HACCP El HACCP, es un sistema preventivo de control de los alimentos, cuyo objetivo.
ETIQUETA PARA EL PRODUCTO La resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social es la que regula este tema y dice que “Por la cual se establece.
Transcripción de la presentación:

REGULACIÓN SANITARIA EN LA CADENA DE FRÍO 29 de mayo 2013

COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS (COFEPRIS) Órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud con autonomía administrativa, operativa y financiera. Con competencia para el ejercicio de las atribuciones que le corresponden a la Secretaría de Salud en materia de regulación, control y fomento sanitario de productos y servicios de su importación y exportación, así como de los establecimientos dedicados al proceso de los mismos.

Misión: proteger a la población contra riesgos sanitarios ocasionados por el uso y consumo de alimentos, bebidas, medicamentos, tejidos, equipos médicos, productos de perfumería, belleza y aseo, nutrientes vegetales, plaguicidas y otros productos, servicios y sustancias.

Está facultada para intervenir en cualquier etapa de la cadena, con la coordinación que sea necesaria con las dependencias involucradas, siempre que exista un riesgo a la salud de los consumidores. Vinculación con epidemiología Fraude al Consumidor Contrabando / Evasión de Impuestos Producción primaria de alimentos Persecución del Delito …entre otras.

PROCESO DE ALIMENTOS Conjunto de actividades relativas a la obtención, elaboración, fabricación, preparación, conservación, mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulación, transporte, distribución, almacenamiento y expendio o suministro al público de productos. *NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.

QUÉ ES LA CADENA DE FRÍO Proceso que asegura la continuidad en el estado de refrigeración o congelación de alimentos perecederos para mantenerlo en condiciones óptimas de calidad e inocuidad

TIPOS DE CONSERVACIÓN POR FRÍO Existen dos tipos de conservación a través del frío: La refrigeración (corto o medio plazo desde días hasta semanas) La congelación (a largo plazo).

CADENA DE FRIO Mantener la cadena de frío resulta fundamental a la hora de garantizar la inocuidad alimentaria, por lo que todos los eslabones implicados, productores, distribuidores, comercializadores y consumidor final deben poner especial atención en preservarla. Si alguno de los puntos de la cadena de frío llegara a verse comprometido, toda ella se vería afectada perjudicando la calidad y seguridad del producto.

INTERRUPCIÓN DE LA CADENA DE FRIO Cuando se realizan operaciones de traslado de productos congelados o refrigerados sin el cuidado adecuado, se produce lo que se conoce como interrupción de la Cadena de Frío, esto es la discontinuidad del frío que mantiene a estos alimentos en estado de conservación.

CONSECUENCIAS DE LA INTERRUPCIÓN DE LA CADENA DE FRIO Se favorece el desarrollo microbiano, tanto de microorganismos alterantes como de microorganismos productores de enfermedades.

INTERRUPCIÓN DE LA CADENA DE FRIO El alimento se altera por reacciones enzimáticas degradantes. Una temperatura de conservación inadecuada provocará que se modifiquen las características del alimento tanto organolépticas (color, color, sabor, textura etc.) como nutricionales.

CONSECUENCIAS DE INTERRUMPIR LA CADENA DE FRIO Incumple la legislación sanitaria establecida. Afecta la inocuidad y calidad del producto Perdidas económicas

LEGISLACIÓN CADENA DE FRÍO Definición de Refrigeración: Método de conservación físico con el cual se mantienen los productos a una temperatura máxima de 7°C que se emplea para inhibir el desarrollo de la mayoría de los microorganismos, reducir las reacciones bioquímicas y el deterioro propio de los alimentos. NORMA Oficial Mexicana NOM-243-SSA1-2010, Productos y servicios. Leche, fórmula láctea, producto lácteo combinado y derivados lácteos. Disposiciones y especificaciones sanitarias. Métodos de prueba.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRÍO Definición de Congelación: Método de conservación físico que se efectúa por medio de equipo especial para lograr una reducción de la temperatura de los productos objeto de esta norma en su centro térmico a máximo -18°C. NORMA Oficial Mexicana NOM-243-SSA1-2010, Productos y servicios. Leche, fórmula láctea, producto lácteo combinado y derivados lácteos. Disposiciones y especificaciones sanitarias. Métodos de prueba.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRÍO REGLAMENTO DE CONTROL SANITARIO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS ARTÍCULO 28. Durante su transportación, los alimentos perecederos deberán mantenerse a temperaturas de refrigeración y los que requieran congelación se deberán conservar en ese estado. Las temperaturas específicas para cada tipo de producto se establecerán en las normas correspondientes.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRÍO REGLAMENTO DE CONTROL SANITARIO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS ARTÍCULO 28 (continúa). Las puertas de las cámaras de refrigeración o congelación de los vehículos deberán cerrarse antes de salir del establecimiento y no serán abiertas hasta que lleguen a cada uno de los puntos de destino, salvo a indicación de autoridad competente.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO REGLAMENTO DE CONTROL SANITARIO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS ARTÍCULO 36. Cuando el proceso de los productos requiera de sistemas de refrigeración o congelación, se deberá contar con termómetros o con los dispositivos necesarios para registrar la temperatura requerida.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios. 5.5 Control de operaciones 5.5.2 Los equipos de refrigeración se deben mantener a una temperatura máxima de 7°C.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios. 5.5 Control de operaciones 5.5.3 Los equipos de congelación se deben mantener a una temperatura que permita la congelación del producto. 5.13.3 Los alimentos, bebidas o suplementos alimenticios que requieren refrigeración o congelación deben transportarse de tal forma que se mantengan las temperaturas específicas o recomendadas por el fabricante o productor.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios. 5.6 Control de materias primas Tabla No 1: Características para la aceptación o rechazo Materia prima Aceptación Rechazo APARIENCIA Congeladas Apariencia sin signos de descongelación Con signos de descongelación TEMPERATURA Refrigeradas Temperatura 4°C o menos, excepto los productos de la pesca vivos, que pueden aceptarse a 7°C. mayor de 4°C, excepto los productos de la pesca vivos, que pueden aceptarse a 7°C

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios. 7.4.1 La manipulación de alimentos debe cumplir con lo señalado a continuación: Conforme al tipo de alimentos que se manipulen para su preparación, éstos deben estar expuestos a la temperatura ambiente el menor tiempo posible. b) La descongelación de los alimentos se debe efectuar por refrigeración, por cocción o bien por exposición a microondas.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios. 7.4.1 La manipulación de alimentos debe cumplir con lo señalado a continuación: c) Se debe evitar en todos los casos la descongelación a temperatura ambiente; en caso de aplicarse la descongelación con agua, ésta debe ser a “chorro de agua fría” evitando estancamientos. d) Los alimentos que se descongelen no deben volverse a congelar.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios. 7.4.1 La manipulación de alimentos debe cumplir con lo señalado a continuación: g) Cuando se utilicen vísceras para la preparación de alimentos, deben lavarse interna y externamente y conservarse en refrigeración o congelación.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios. 7.4.2 Los productos de la pesca frescos deben recibirse a una temperatura máxima de 4°C (39.2°F) o a una máxima de – 9°C (15.8°F) los congelados. Con excepción de los productos vivos que pueden recibirse a 7°C (45°F).

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO NOM-242-SSA1-2009, Productos y servicios. Productos de la pesca frescos, refrigerados, congelados y procesados. Especificaciones sanitarias y métodos de prueba. 6.4.8 Los productos de la pesca enhielados o refrigerados deben mantenerse a 4ºC como máximo, y a 7°C en el caso de los productos vivos; mientras que los congelados deben mantenerse a –18ºC como máximo, y para los pescados enteros congelados en salmuera y destinados a la fabricación de conservas, se pueden tolerar temperaturas no superiores a –9ºC.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO NOM-242-SSA1-2009, Productos y servicios. Productos de la pesca frescos, refrigerados, congelados y procesados. Especificaciones sanitarias y métodos de prueba. 6.8.6 Se debe contar con depósito de hielo, cámaras frigoríficas o almacén para producto refrigerado o congelado, según el caso. 6.9.4 La temperatura de las cámaras utilizadas para conservar el producto congelado debe garantizar que la temperatura en el centro térmico de los productos se mantenga a -18°C o inferior.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO NOM-242-SSA1-2009, Productos y servicios. Productos de la pesca frescos, refrigerados, congelados y procesados. Especificaciones sanitarias y métodos de prueba. 6.9.5 La temperatura de las cámaras utilizadas para conservar el producto refrigerado debe garantizar que la temperatura del centro térmico de los productos, se mantenga a 4°C o inferior, y de 7°C o inferior en el caso de moluscos bivalvos.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO NOM-242-SSA1-2009, Productos y servicios. Productos de la pesca frescos, refrigerados, congelados y procesados. Especificaciones sanitarias y métodos de prueba. 6.9.7 La temperatura de las cámaras de refrigeración deben leerse y registrarse por lo menos cada 4 horas, o deben utilizarse registros continuos y automáticos. Las cámaras utilizadas para congelar y conservar el producto a esta temperatura deben contar únicamente con registros continuos y automáticos.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO NOM-242-SSA1-2009, Productos y servicios. Productos de la pesca frescos, refrigerados, congelados y procesados. Especificaciones sanitarias y métodos de prueba. 6.13.4 El transporte de los productos de la pesca con una duración mayor de más de 5 horas de transportación, debe contar con sistemas de refrigeración o congelación e indicador y registrador de temperatura. 6.13.5 El transporte de los productos de la pesca refrigerados se debe realizar a una temperatura de 4°C como máximo y 7°C en caso de los productos vivos.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO NOM-242-SSA1-2009, Productos y servicios. Productos de la pesca frescos, refrigerados, congelados y procesados. Especificaciones sanitarias y métodos de prueba. 6.14 Expendio. 6.14.2 Deben contar con un área específica para almacenar los productos, ya sea enhielado, refrigerado o congelado. 6.14.7 Las unidades de refrigeración y congelación, deben contar con termo-registradores con termómetro en lugar visible que permitan monitorear la temperatura.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO NOM-194-SSA1-2004,Productos y servicios. Especificaciones sanitarias en los establecimientos dedicados al sacrificio y faenado de animales para abasto, almacenamiento, transporte y expendio. Especificaciones sanitarias de productos. 6.5.4 Áreas o establecimientos destinados al almacenamiento i) Deben contar con cámaras de refrigeración o congelación para el almacenamiento de los productos, o con un almacén para el hielo en el caso de aves domésticas.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO NOM-194-SSA1-2004,Productos y servicios. Especificaciones sanitarias en los establecimientos dedicados al sacrificio y faenado de animales para abasto, almacenamiento, transporte y expendio. Especificaciones sanitarias de productos. 6.5.4 (Almacenamiento) y 6.8.5 (Transporte) Deben contar con cámaras de refrigeración o congelación para el almacenamiento de los productos, o con un almacén para el hielo en el caso de aves domésticas.

LEGISLACIÓN CADENA DE FRIO NOM-194-SSA1-2004,Productos y servicios. Especificaciones sanitarias en los establecimientos dedicados al sacrificio y faenado de animales para abasto, almacenamiento, transporte y expendio. Especificaciones sanitarias de productos. 6.7.4 Los productos deben mantenerse en refrigeración o congelación a una temperatura máxima en su centro térmico de 4C o -18C respectivamente. 6.9.2 Recepción de los productos. iii) Colocar de inmediato los productos en refrigeración.

CADENA DE FRÍO CONCLUSIÓN Mantener la cadena de frío resulta fundamental para garantizar la inocuidad de los alimentos

Aldo Heladio Verver y Vargas Duarte Director de Programas Especiales GRACIAS Aldo Heladio Verver y Vargas Duarte Director de Programas Especiales aververyvargas@cofepris.gob.mx Somos COFEPRIS, somos ARN