Derechos Humanos y VIH/SIDA

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Riberalta, Beni – Bolivia.
Advertisements

GENERO Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES
Hacia una lectura social de los derechos civiles y políticos: la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Lima. 19 de agosto de 2013.
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
DERECHOS HUMANOS.
Diane Richler Presidenta Inclusion International
DEFENSORÍA ESPECIALIZADA EN JUSTICIA PARA ADOLESCENTES
DERECHO A LA DIGNIDAD Dra. María Delia Ubillus Vargas
DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Declaración Universal de los Derechos Humanos
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS INDIVIDUALES
 LA DIGNIDAD HUMANA, LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y EL BLOQUE CONSTITUCIONAL DE DERECHOS FUNDAMENTALES.
PRINCIPIOS RECTORES. De manera general los principios son las bases de todo ordenamiento legal, que sirven como criterios orientadores e interpretativos.
LOS PRINCIPIOS Principio de no discriminación negativa
Jalapa 35 Interior 2, Col. Roma Sur, Delegación Cuauhtémoc, 06760, México D.F. Tel
DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS (1948)
Derecho Constitucional Mexicano
20 DE NOVIEMBRE – DÍA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Los Derechos de Segunda Generación
Principios Éticos Universales
DERECHOS HUMANOS Antecedentes
LOS DERECHOS HUMANOS Por:
¿CUÁLES SON LOS DERECHOS FUNDAMENTALES? Los derechos fundamentales son los recogidos en los Capítulos I y II del Título I de la CE en cuanto participan.
Necochea, 31 de marzo de  Reformar el sistema de capacidad del Código Civil para adecuarlo a las normas internacionales y los avances de la ciencia.
POLÍTICAS PÚBLICAS Y GÉNERO DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS SERNAM Mayo de 2004.
DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS INDIVIDUALES
Derechos sexuales y reproductivos.
Secretaría de Bienestar Social LAS POLÍTICAS DE BIENESTAR SOCIAL EN LA CONSTITUCIÓN EUROPEA “Por una Europa más social ” Otro motivo para votar sí.
Incluidos en la “Declaración Universal de los Derechos Humanos” de 1948 y el “Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales” en 1966.
Mónica González Contró Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM
DERECHOS DE LOS NIÑOS.
Derechos sociales.
 ¿QUÉ SON? «Aquellos derechos y libertades que toda persona posee por el solo hecho de ser tal, y que se encuentran reconocidos y garantizados por el.
DERECHOS DE LOS NIÑOS.
ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Generaciones DDHH – Estado de Derecho
¿Qué son los Derechos Humanos?
LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Nociones de Seguridad Social Profesor: Lic. Fernando González López
¿1931 o 1978? ¿Crees que estos artículos pertenecen a la Constitución Republicana de 1931 o a la actual Constitución de 1978? Autor: Santiago Martínez.
Salida crédito referencia contenido.
Clima y pobreza Países pobres acabados sin culpa alguna Maria Jose Giraldo Chica.
SALIDA REFERENCIA CONTENIDO CREDITOS. SALIDA REFERENCIA CONTENIDO CREDITOS.
DERECHOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD:  MOTORA  COGNITIVA  SENSORIAL  LICENCIADA. ELIANA TORO  I.E.E.NORMAL SUPERIOR. M. M 2011.
Los derechos humanos y la democracia
DERECHOS HUMANOS: GARANTIAS CONSTITUCIONALES
LOS DERECHOS FUNDAMENTALES: CONSIDERACIONES TEORICAS Y CONCEPTUALES.
Derechos Humanos y Salud
MARCO JURIDICO DEL IMSS
DERECHO DE LAS PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCION PRIORITARIA (ART
Lic. Claudia Avila Molina
LA SEGURIDAD SOCIAL.
Que son derechos humanos?
Marco Normativo y Principios generales
Unidad nº 6 Derechos Humanos. Artículo 1 CADH. Obligación de Respetar los Derechos 1. Los Estados Partes en esta Convención se comprometen a respetar.
Derechos civiles y políticos
Derechos del adulto mayor
PRINCIPIOS RECTORES Y GARANTIAS PROCESALES EN EL DERECHO PENAL “LIBERTAD” PRESENTADO POR: GERMAN D. CASTAÑO JARAMILLO.
Consuelo Moreno RED MAYOR Puntos a tratar ¿Qué son los Derechos Humanos? Persona Mayor como sujeto de DDHH Necesidad de una Convención Convención Interamericana.
ESCUELA SUPERIOR DE POLICÍA
1 LOS DERECHOS, LOS DEBERES Y LAS GARANTIAS FUNDAMENTALES EN CUBA.
“Sesión 1: Protección jurídica en materia de discapacidad: Momento actual y proyección futura” “Sesión 1: Protección jurídica en materia de discapacidad:
Régimen Jurídico de la Salud
Derechos en Salud, Equidad de Género e Interculturalidad Asist. Soc. Lucinda Herencia Canales Resp. UNIDAD TECNICA FUNCIONAL DE DERECHOS HUMANOS, EQUIDAD.
¡BUEN DIA ! ¡BIENVENIDAS Y BIENVENIDOS!. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL KATY GIL RED SINDICAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE HONDURAS.
© International Training Centre of the ILO Centro Internacional de Formación de la OIT 1 La acción normativa de la OIT en materia de.
CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO/A
El derecho a la salud en las constituciones avanzadas
Oficina Internacional del Trabajo Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de España “SEGURIDAD SOCIAL” SEGURIDAD SOCIAL PARA ORGANIZACIONES.
Transcripción de la presentación:

Derechos Humanos y VIH/SIDA Instrumentos de Protección (Argentina) María Lorena Di Giano

¿QUE SON LOS DERECHOS HUMANOS? “SON EL CONJUNTO DE FACULTADES E INSTITUCIONES QUE EN CADA MOMENTO HISTORICO CONCRETAN LAS EXIGENCIAS DE LA DIGNIDAD, LA LIBERTAD, LA IGUALDAD HUMANAS, QUE DEBEN SER RECONOCIDAS POSITIVAMENTE POR LOS ORDENAMIENTOS JURIDICOS EN EL PLANO NACIONAL Y EN EL INTERNACIONAL...” ANTONIO PEREZ LUÑO

CARACTERISTICAS SON DERECHOS SUBJETIVOS: en el sentido de que son derechos del ser humano. SON UNIVERSALES: en tanto pertenecen a todos/as en su conjunto y a cada uno/a individualmente. SON FUNDAMENTALES: porque son anteriores y superiores al Estado y a cualquier autoridad.

CARACTERISTICAS SON AMBIVALENTES: en tanto son exigibles a los demás hombres y mujeres y al Estado. SON EJERCIBLES por sujetos plurales distintos del ser humano, entendiendo como tales a los grupos y asociaciones surgidos de la sociabilidad de los hombres y mujeres y su derecho de la libre asociación. DEBEN CONTAR CON MECANISMOS PROCESALES ADECUADOS

DERECHO A LA VIDA Importa el derecho a disfrutar plenamente del ciclo natural de la vida humana, desde la concepción hasta la muerte. Es un derecho a la existencia, a su desarrollo biológico, a la integridad del organismo en su complejo mecanismo, a la calidad de vida, e incluye el respeto a la integridad psicofísica, a la salud.

EL REGUARDO A LA SALUD es el derecho que DERECHO A LA SALUD LA SALUD “...Estado bienestar físico, mental, social, y no meramente la ausencia de enfermedad o invalidez...” (OMS) EL REGUARDO A LA SALUD es el derecho que tiene todo individuo de un Estado a requerir una res- puesta sanitaria tanto en el aspecto preventivo como en el asistencial, cuando pueda hallarse en peligro o se encuentre afectada SU SALUD.

DERECHO A LA SALUD La salud constituye un derecho humano fundamental, un componente básico del bienestar social y del desarrollo humano. El proceso salud-enfermedad se construye histórica, social y culturalmente.

CONSTITUCION NACIONAL En la nueva Constitución Nacional de la República Argentina (reformada en el año 1994) se obvió reconocer expresamente el derecho a la vida y el derecho a la salud, se los consideró como derechos “no enumerados” en los términos del ART.33 de la Carta Magna que reza “...Las declaraciones, derechos y garantías que enumera la Constitución, no serán entendidos como la negación de otros derechos y garantías no enumerados; pero que nacen del principio de soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno...”

CONSTITUCION NACIONAL En el art. 75 inc. 22 de nuestra Constitución Nacional, se encuentran reconocidos (con jerarquía constitucional), 11 los tratados de Derechos Humanos. Cuyas declaraciones y contenidos son de aplicación obligatoria en Argentina con jerarquía superior a las leyes, o sea que ninguna ley puede contradecir sus preceptos. En estos tratados se reconoce explícitamente los derechos a la salud y a la vida.

Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre Articulo 1: “Todo ser humano tiene derecho a la Vida, a la Libertad y a la Seguridad de su persona.” Artículo 11: “Toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales, relativas a la alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia médica, correspondientes al nivel que permitan los recursos públicos y los de la comunidad”.

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Art. 12: “Los Estados parte en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. Entre las medidas que deberán adoptar…a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho…c) la prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas…”

Convención Americana sobre Derechos Humanos Art. 4: “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción….”

DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS ART. 3: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”. ART. 25 inc. 1: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida Adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad...”

PACTO INTERNACIONAL SOBRE DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES ART. 12 INC. 1 “...Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental...”

EL DERECHO A LA SALUD Puede ser desmembrado en: a) el derecho constitucional de cada uno a curarse y proteger su salud; b) el deber constitucional del Estado de amparar la salud pública; c) el derecho constitucional, de la sociedad y de cada uno, a impedir agresiones a la salud pública y particular; d) el deber constitucional, de todos y cada uno, de contribuir a evitar agresiones a la salud pública o de terceros en particular.

BIEN JURIDICO PROTEGIDO ¿Qué es lo que el ordenamiento jurídico pretende tutelar? LA SALUD INDIVIDUAL LA SALUD DE LA COMUNIDAD

ESTADO La salud es un bien social, que el Estado debe garantizar para toda la sociedad, con criterios de equidad y universalidad.

EL ESTADO DELEGA EN EL SECTOR ES EL GARANTE PRIVADO ESTE DEBER MANTENIENDOSE COMO CONTROLADOR ES EL GARANTE DE LA SALUD PUBLICA OBRAS SOCIALES, MUTUALES, ETC

Legislación Nacional generada como respuesta a la aparición de la epidemia del VIH/SIDA en Argentina LEY NACIONAL DE SIDA 23798 LEYES OBRAS SOCIALES 24455 LEYES MEDICINA PREPAGA 24754

LEY NACIONAL DE SIDA (23798) Asegura los siguientes principios AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD: MEDIANTE LA INCORPORACIÓN DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO (ART.6) LA CONFIDENCIALIDAD: MEDIANTE EL SECRETO MEDICO (ART.2 INC. C) Y EL REGISTRO DE DATOS EN FORMA CODIFICADA (ART. 2 INC. E) LA INFORMACIÓN: TANTO AL AFECTADO (ART. 8) COMO A LA COMUNIDAD.(ART. 1)

LA NO DISCRIMINACION DEL AFECTADO: ART. 2 LEY NACIONAL DE SIDA (23798) LA NO DISCRIMINACION DEL AFECTADO: ART. 2 “...LAS DISPOSICIONES DE LA PRESENTE LEY ... SE INTERPRETARAN TENIENDO PRESENTE QUE EN NINGUN CASO PUEDA: 1) AFECTAR LA DIGNIDAD DE LA PERSONA; 2) PRODUCIR CUALQUIER EFECTO DE MARGINACION, ESTIGMATIZACION, DEGRADACION O HUMILLACION...”

LEY 24455 ART. 1 “..TODAS LA OBRAS SOCIALES...DEBERAN INCORPORAR COMO PRESTACIONES OBLIGATORIAS: 1) LA COBERTURA PARA LOS TRATAMIENTOS MEDICOS, PSICOLOGICOS Y FARMACOLOGICOS DE LAS PERSONAS INFECTADAS POR ALGUNOS DE LOS RETROVIRUS HUMANOS Y LOS QUE PADECEN SINDROME DE INMUNO- DEFIENCIA ADQUIRIDA Y/O LAS ENFERMEDADES INTERCURRENTES...”

LEY 24754 ESTABLECE EN LO REFERIDO AL VIH/SIDA LAS EMPRESAS DE MEDICINA PREPAGA DEBEN CUBRIR COMO MINIMO EN SUS PLANES DE COBERTURA LAS MISMAS“PRESTACIONES OBLIGATORIAS” QUE LAS OBRAS SOCIALES.

DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL ES EL DERECHO DE TODA PERSONA A RECIBIR UNA COBERTURA ADECUADA EN CASO DE ENCONTRARSE FRENTE A UNA CONTINGENCIA SOCIAL. DEBIENDO EL ESTADO ASEGURAR RESPUESTAS A LAS CONSECUENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES. (art. 14 bis C.N.)

* ENFERMEDAD * INVALIDEZ (L.C.T.tareas adecuadas y jubilación) *VEJEZ (jubilación ordinaria o por edad avanzada del régimen previsional) *MATERNIDAD (licencia paga) * MUERTE (indemnizaciones, pensiones) CONTINGENCIAS SOCIALES

DERECHO A TRABAJAR CONSTITUYE UN DERECHO ESCENCIAL EN EL QUE SE VE COMPRENDIDA LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS. ES UN DERECHO DE RAIGAMBRE CONSTITUCIONAL PUESTO QUE ES RECONOCIDO POR EL ART. 14 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL. EN ESTE SENTIDO TODAS LAS PERSONAS DEBEN TENER GARANTIZADA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA ACCEDER A UN TRABAJO Y RECIBIR IGUAL TRATO MIENTRAS SE MANTENGA LA RELACION LABORAL.

ACCION DE AMPARO El artículo 43 de nuestra Constitución Nacional establece el instrumento fundamental de protección de los derechos y garantías reconocidos por la Constitución Nacional, Un Tratado o una Ley, La Acción de Amparo.-

ACCION DE AMPARO ART. 43 CONSTITUCION NACIONAL “TODA PERSONA PUEDE INTERPONER ACCION EXPEDITA Y RAPIDA DE AMPARO SIEMPRE QUE NO EXISTA OTRO MEDIO JUDICIAL MAS IDONEO CONTRA TODO ACTO U OMISION DE AUTORIDADES PUBLICAS O DE PARTICULARES, QUE EN FORMA ACTUAL O INMINENTE LESIONE, RESTRINJA, ALTERE O AMENACE, CON ARBITRARIEDAD O ILEGALIDAD MANIFIESTA, DERECHOS Y GARANTIAS RECONOCIDOS POR ESTA CONSTITUCION, UN TRATADO O UNA LEY”