Que es el P.O.S. Es el conjunto de servicios de atención en salud a que tiene derecho un usuario en el Sistema General de Seguridad Social en Salud de.

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Que es el P.O.S. Es el conjunto de servicios de atención en salud a que tiene derecho un usuario en el Sistema General de Seguridad Social en Salud de.
Transcripción de la presentación:

Que es el P.O.S. Es el conjunto de servicios de atención en salud a que tiene derecho un usuario en el Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia, SGSSS, cuya finalidad es la protección de la salud, la prevención y curación de enfermedades, el suministro de medicamentos para el afiliado y su grupo familiar. plan integral de protección de la salud, con atención preventiva, médico-quirúrgica y medicamentos esenciales. Art. 156 Ley 100 /93

Régimen Contributivo Conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización, individual y familiar, o un aporte económico previo financiado directamente por el afiliado o en concurrencia entre éste y su empleador.

Régimen Contributivo Es posible vincularse a salud por medio del modelo de aseguramiento, mediante el sistema del régimen contributivo en el cual están vinculados todos los empleados y empleadores con capacidad de pago, y quienes hacen un aporte mensual para el pago de salud.

Régimen Contributivo DEFINICIONES Afiliados: Son las personas cubiertas por el Sistema General de Seguridad Social en Salud, a través del régimen contributivo, subsidiado o régimen de excepción. Son de dos clases: Cotizantes: Afiliados con capacidad de pago Beneficiarios: Afiliados que no aportan cotización, pero están cubiertos por el Sistema General de Seguridad Social en Salud en su condición de miembros de un núcleo familiar por su parentesco y/o dependencia económica de un afiliado cotizante.

Régimen Contributivo Es un deber de todo empresario o empleador afiliar a sus trabajadores a una Entidad Promotora de Salud (EPS). Por otra parte, es un derecho del empleado escoger la EPS de su agrado o conveniencia.

Régimen Contributivo QUIENES SE PUEDEN AFILIAR? todas las personas de nacionalidad colombiana o extranjera, residentes en Colombia, vinculadas con un contrato laboral vigente empleados jubilados pensionados por (jubilación, vejez, invalidez) trabajadores independientes tanto del sector público como del sector privado con sus respectivas personas a cargo

Régimen Contributivo QUIENES SE PUEDEN BENEFICIAR DEL AFILIADO: Esposa (o) o compañera (o) permanente Los hijos menores de dieciocho (18) años que dependan económicamente del afiliado. Los hijos de cualquier edad si tienen incapacidad permanente y dependen económicamente del afiliado. Los hijos entre los dieciocho (18) y los veinticinco (25) años, cuando sean estudiantes de tiempo completo y dependan económicamente del afiliado. Los hijos del cónyuge o compañera o compañero permanente del afiliado que sean menores de 18 años, que dependan económicamente del afiliado. Los padres que dependan económicamente del cotizante. otros familiares hasta tercer grado de consanguinidad que dependan económicamente del cotizante pagando UPC adicional. A falta de cónyuge o de compañera o compañero permanente y de hijos, los padres del afiliado que no estén pensionados y dependan económicamente de éste. Menores de 12 años sin parentesco pueden afiliarse con pago de UPC adicional que dependa del cotizante

Régimen Contributivo Ambos esposos o compañeros permanentes, deben estar en la misma EPS aunque los dos sean cotizantes. Todo el grupo familiar básico (cotizantes y beneficiarios) deben estar afiliados en una sola EPS y debe ser la misma para todo el grupo familiar. No se debe estar afiliado a más de una EPS y o régimen de manera simultánea.

Régimen Contributivo COTIZACION: La cotización en salud para la vigencia 2012 es de 12.5% del ingreso base de cotización. trabajadores vinculados mediante contrato laboral : 4% empleadores el 8.5% restante, para un total de 12.5% Los pensionados cotizan el 12% y los trabajadores independientes asumen la totalidad de la cotización el 12.5%.

Régimen Contributivo COMO SE ESCOGE LA EPS Al momento de la vinculación laboral, el trabajador deberá escoger la EPS a la cual estará afiliado; si pasado éste término, no elige, el empleador escogerá en su nombre la EPS y lo afiliará. Esta afiliación se considera válida por un período de tres meses, que podrá prolongarse hasta un (1) año si el trabajador no manifiesta en éste período otra decisión.

Régimen Contributivo Como se hace efectiva la afiliación: El ingreso del afiliado cotizante tendrá efectos para la EPS, desde el día siguiente al que se inicie la relación laboral, siempre y cuando se entregue a ésta, debidamente diligenciado el respectivo formulario de afiliación. (Decreto 1485 de 1994)

Régimen Contributivo CARNE DE AFILIADO: Es el documento con el cual los afiliados tendrán derecho a exigir los servicios suministrados por la EPS; sin embargo no es exigible la presentación del carné en el momento de la prestación del servicio según lo dictamina la ley 1438.

Régimen Contributivo MOTIVOS PARA EL RETIRO DEL AFILIADO: Cuando incurra en conductas abusivas o de mala fe ( solicitar u obtener para sí o para un tercero, servicios o medicamentos que no sean necesarios; solicitar u obtener la prestación de servicios a personas que legalmente no tengan derecho a ellos suministrar a las EPS, en forma deliberada, información falsa, incompleta o engañosa; utilizar mecanismos engañosos para obtener beneficios del sistema o tarifas más bajas de las que le corresponderían y eludir o intentar eludir por cualquier medio la aplicación de pagos compartidos, cuotas moderadoras o deducibles)

Régimen Contributivo MOTIVOS PARA EL RETIRO DEL AFILIADO: En aquellos eventos en los que el trabajador independiente o el empleador, según sea el caso, incumplan con las obligaciones establecidas en los acuerdos de pago.

Beneficios Al afiliarse al régimen contributivo el afiliado (cotizante) y sus beneficiarios tienen derecho a recibir: Primeros 30 días de afiliación: Atención de urgencias Programas de Promoción y Prevención en Salud Atención integral en maternidad y al recién nacido Los beneficios del POS Un subsidio en dinero en caso de incapacidad por enfermedad (Cotizante) Un subsidio en dinero en caso de licencia de maternidad (cotizante)

Beneficios La afiliación al sistema es única y no se debe repetir por cambio de empleador, basta con que el afiliado informe al nuevo empleador sobre la EPS en la cual está inscrito, para que éste proceda a pagar las cotizaciones a la entidad promotora de salud respectiva.

Beneficios LO QUE CUBRE EL POS Dentro del POS estos son los servicios a los que tiene derecho el afiliado:  Promoción de la salud y promoción de la enfermedad.  Consulta médica general, especializada y sub-especializada.  Consulta odontológica general y especializada.  Atención de urgencias médicas y odontológicas.  Ayudas diagnósticas.  Atención del parto.  Hospitalización y cirugía.  Unidad de cuidados intensivos adultos pediátricos y neonatal.  Atención de enfermedades ruinosas o catastróficas.  Pago de incapacidades por enfermedad general.  Pago de licencias por maternidad y paternidad.  Suministro de lentes