REDISEÑO DE LICITACIONES: PROPUESTA DE CAMBIOS NORMATIVOS.

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Transcripción de la presentación:

REDISEÑO DE LICITACIONES: PROPUESTA DE CAMBIOS NORMATIVOS

Necesidad de mas Certidumbre en la Planificación de la Generación. El Estado puede y debe definir que recursos se explotan y cuando. El Estado debe decidir por recurso más adecuado y el privado puede participar una vez que el Estado ha decidido.

Participación de los Consumidores en la fijación tarifaria. Participación de cliente regulados en los CDECS. Hoy solo participan generadores, transmisores y clientes libres. No hay representante del consumidor que es el sujeto de precio regulado. Libertad para q el consumidor escoja a su productor de energía. Hoy seria tecnológicamente posible separar los costos de las redes de los costos de la energía. El consumidor debe tener la posibilidad de vender los excedentes. Si genero energía en casa, la distribuidora debe permitir que inyecte esa energía a la red y remunerar mi contribución.

Diagnóstico Chile se enfrenta al riesgo de adjudicar contratos para los hogares y pequeñas empresas a precios muy por encima de los costos competitivos de largo plazo. De mantenerse la tendencia de los últimos procesos de licitación del año 2013, el costo de la electricidad podría subir un 34% durante la próxima década respecto al año De suceder eso, en 10 años las cuentas eléctricas habrán subido un 50%.

 Mayor Competencia en Mcdo Eléctrico lograr precios razonables para los clientes regulados.  Uno de los instrumentos claves para el logro de estos objetivos, lo representan los procesos de licitación de suministro para clientes regulados, ya que representan cerca del 50% de la demanda de consumo eléctrico del SIC y SING.  Por ello, estas licitaciones sentarán las bases de los precios de la próxima década, junto con los niveles de diversificación, competencia y seguridad en el suministro eléctrico del país.  La Ley Corta II (2005) entregó la conducción del proceso a las Distribuidoras Eléctricas, dado su mayor conocimiento de las necesidades de consumo y de demanda de los clientes regulados. En estos 8 años de aplicación del mecanismo, se ha demostrado que las Distribuidoras no cuentan con los incentivos necesarios para buscar precios eficientes, dado que éstas simplemente realizan el traspaso de costos a sus clientes finales.

Objetivo El principio detrás de esta nueva regulación es que el suministro a cliente regulado es un servicio público, por lo que el Estado debe velar, supervisar y propender a que éste sea confiable y a precios razonables. En consecuencia, los objetivos que debe perseguir el mecanismo de licitaciones son:  Asegurar suministro bajo contrato para clientes regulados a precios competitivos.  Garantizar el cumplimiento de los objetivos de eficiencia económica, competencia seguridad, y diversificación del sistema eléctrico.

Estrategia de trabajo Se implementó un trabajo participativo, tanto con expertos y organizaciones del sector público y privado (Odecu, Comisión Ciudadana Técnica Parlamentaria, Empresas Distribuidoras, junto a 20 expertos de distintas disciplinas); como con empresas Generadoras convencionales y no convencionales, durante tres meses de trabajo.

Resumen de la propuesta.  1. Rol de la Autoridad y alcance de las licitaciones como instrumento.

Continuación…..  Se propone que las licitaciones de suministro eléctrico sean desarrolladas por la Comisión Nacional de Energía (CNE), constituyendo un mecanismo que garantice el suministro contratado de clientes regulados a precios competitivos, asegurando condiciones de eficiencia económica, competencia, seguridad y diversificación del sistema eléctrico.  Por tanto, los criterios de evaluación económica de las ofertas pueden considerar las fórmulas de indexación, premiar aquellas ofertas respaldadas en nuevos proyectos de generación, respaldadas en energía firme, entre otros criterios que se definan conforme los objetivos determinados para la licitación.

 2. Plazos del suministro eléctrico para clientes regulados  Licitaciones de largo plazo, con al menos 5 años de antelación.  Se aumenta el plazo máximo a 20 años.  En caso de enfrentar problemas para la instalación de sus centrales por razones inimputables, puedan poner término anticipado al contrato, o postergar el inicio de suministro.

 3. Precio Máximo de las Ofertas.  El precio máximo de las ofertas puede fijarse en la bases o mantenerse oculto a los oferentes hasta después de abiertas las ofertas.  Traspasar ciertos cargos a precios cuando éstos se originen en cambios no previsibles al momento de la adjudicación.

 4. Regulación de Suministros sin Contrato  Se requiere resolver la indefinición legal respecto de la regulación de suministros destinados a clientes regulados sin contrato que lo respalde, definiendo la responsabilidad de los Generadores y el precio de transacción.  Sólo se aplicaría en caso de resultar fallida una licitación previa realizada con un año de antelación.

 5. Mejoramiento del poder de negociación de los “pequeños clientes libres” Se aumenta el límite que define los clientes libres, fijando a este grupo de clientes como aquellos con capacidad instalada superior a kW. De esta forma, aquellos clientes con capacidad instalada entre 500 y kW podrán optar al régimen de tarifa regulada o de precio libre, permitiéndoles acceder a los precios determinados por las licitaciones de suministro para clientes regulados y, al mismo tiempo, mejorando sus condiciones de negociación ante los generadores.