TESIS II: TITULOS VALORES

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Transcripción de la presentación:

TESIS II: TITULOS VALORES Aspectos generales. TESIS II: TITULOS VALORES

Importancia y función de los títulos valores. La economía moderna es esencialmente crediticia; El derecho de crédito posee un valor que debe someterse a circulación, porque la economía moderna exige la transmisión de todo lo que implique un valor patrimonial; La transmisión de los derechos de crédito debe verificarse con el máximo de rapidez, de simplicidad, y con el mínimo de inseguridad para el adquirente;

Importancia y función de los títulos valores. El contrato de cesión de crédito es incapaz de lograr esos objetivos porque: Debe redactarse un documentos nuevo por cada cesión; El adquirente del crédito está sometido a las excepciones personales que pueda alegar el deudor derivados del contrato que da origen al derecho de crédito cedido; El cedente no responde de la solvencia del deudor cedido;

Importancia y función de los títulos valores. Ante esa incapacidad del derecho civil de dar respuesta adecuada a las necesidades del tráfico del crédito, el Derecho Mercantil da vida a los títulos-valores como institución jurídica que permite la transmisión rápida y segura de los derechos de crédito;

La “incorporación” del derecho en el título o documento. Para hacer posible la transmisión rápida y segura de los derechos de crédito, evitando someterse a las reglas civiles de la cesión de créditos, se recurrió a incorporar en un documento el derecho cuya circulación quería facilitarse;

La “incorporación” del derecho en el título o documento. Esta “incorporación” del derecho en un título o documento se alcanza cuando ambos se funden de modo permanente, de forma que únicamente puede invocar y ejercitar el derecho quien está en posesión del documento.

La “incorporación” del derecho en el título o documento. A través de la “incorporación”, el tráfico de los derechos de crédito se convierte en un tráfico de cosas “muebles” (protegido por el principio de tutela de la posesión de buena fe), cuyo régimen jurídico tiene las siguientes ventajas:

La “incorporación” del derecho en el título o documento. La posesión de buena fe equivale al título; El adquirente poseedor de buena fe obtiene la propiedad del documento, incluso aunque hubiera adquirido de un tercero que, a su vez, hubiera adquirido ilegítimamente el título; La propiedad del documento confiere la titularidad del derecho incorporado; La simple posesión del documento legitima al poseedor para exigir del deudor el cumplimiento del derecho incorporado;

La “crisis” actual de los títulos valores Ocasionada por las anotaciones o registros contables y los títulos desmaterializados;

Concepto de título-valor “Es aquel documento sobre un derecho privado, cuyo ejercicio y cuya transmisión están condicionados a la posesión del documento”; Así, el documento resulta indispensable tanto para la transmisión como para el ejercicio del derecho a él incorporado; Los casos que no se ajusten a esta definición (i.e. los títulos nominativos) serán tratados como títulos-valores “impropios”;