CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD

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Transcripción de la presentación:

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD

Pincha aquí para saber todas las cualificaciones publicadas ¿QUÉ SON? Es una acreditación oficial (documento) que certifica que la persona que lo posee tiene los conocimientos y las habilidades para desarrollar una actividad laboral determinada, es decir, está cualificada para ocupar un puesto laboral concreto Cada certificado de profesionalidad acredita una cualificación del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Cada cualificación profesional describe un perfil ocupacional concreto identificado en el sistema productivo, en función de las competencias apropiadas para el ejercicio profesional que sean susceptibles de reconocimiento y acreditación Cada Cualificación está recogida en El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Estas están definidas y actualizadas en el organismo: técnico Instituto Nacional de Cualificaciones profesionales (INCUAL) Cada certificado de profesionalidad tiene su cualificación profesional de referencia Cada Cualificación puede derivar en uno o varios certificados. Un certificado puede tener menos unidades de competencia que su cualificación de referencia, la cual puede perder una o más, al derivar en uno o más certificados Pincha aquí para saber todas las cualificaciones publicadas

¿QUÉ SE PRETENDE? Con los certificados de profesionalidad se trata de proporcionar a los/as trabajadores/as la formación, tanto procedimental como teórica, requerida por el sistema productivo, para que adquieran las competencias profesionales necesarias, que responden a perfiles laborales reales, dentro de las diversas y múltiples ocupaciones que engloba el mercado laboral.

¿CÓMO SE ESTRUCTURAN? Están constituidos por bloques, denominados: Unidades de Competencia (unidad mínima acreditable) y éstas a su vez pueden organizarse para su aprendizaje en Módulos Formativos + +

Unidades de Competencia es el agregado mínimo de competencias profesionales, susceptible de reconocimiento y acreditación parcial. Cada unidad de competencia se relaciona con un módulo formativo. Cada unidad de competencia se divide en realizaciones profesionales y estas a su vez en criterios de realización.

- Cada unidad de competencia lleva asociado un módulo formativo, donde se describe la formación necesaria para adquirir esa unidad de competencia. - Cada módulo formativo si supera las 90 horas se puede dividir, con carácter general, en tres unidades formativas Cada unidad formativa se compone de capacidades y estas de criterios de evaluación. Las unidades formativas no pueden tener una duración inferior a 30 horas - De las capacidades y sus criterios surge el índice de contenidos que debe impartirse en la formación.

¿QUIÉN LOS CONCEDE? Su expedición corresponde a la administración competente, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, ya sean las Comunidades Autónomas o el Servicio Público de Empleo Estatal (antiguo INEM). MÁS INFORMACIÓN

Los certificados de profesionalidad son expedidos por el SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO, en los siguientes supuestos: - A aquellas personas que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo impartidos en el ámbito de gestión del Servicio Andaluz de Empleo. - A aquellas personas participantes en los programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) desarrollados por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, o que supere los módulos profesionales, que responden a todas las unidades de competencia pertenecientes a una de las cualificaciones completas, que componen los Títulos de FP - A aquellas personas que participen en procedimientos de acreditación de competencias adquiridas por la experiencia laboral o las vías no formales de formación, que se desarrollen en Andalucía. Por otra parte, serán expedidos por la Administración General del Estado, a través del SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL, en los siguientes supuestos: A las personas que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo gestionados directamente por el SPEE. A aquellas personas que participen en procedimientos de acreditación de competencias adquiridas por la experiencia laboral o las vías no formales de formación convocados por el SPEE.

¿CÓMO SE PUEDE OBTENER? MÁS INFORMACIÓN A través de tres vías: FORMACIÓN REGLADA DEL SISTEMA EDUCATIVO - Haber realizado con éxito un Programa de Cualificación Profesional Inicial. - Haber superado los módulos profesionales relacionados con las Unidades de competencia pertenecientes a una de las cualificaciones completas que componen los títulos de los ciclos de Formación Profesional, Medios o Superiores del Sistema educativo regido por la LOE EXPERIENCIA PROFESIONAL Y VÍAS NO FORMALES DE FORMACIÓN - Superar el proceso de evaluación y acreditación de competencias profesionales (experiencia profesional, formación realizada y pruebas). En este caso el proceso se inicia a través de una convocatoria. FORMACIÓN NO REGLADA DEL SISTEMA PÚBLICO DE EMPLEO - Haber superado satisfactoriamente un curso programado con los contenidos de un Certificado de Profesionalidad en un centro acreditado. - Haber realizado la formación correspondiente en una Escuela Taller o Taller de Empleo. MÁS INFORMACIÓN

Para obtener una Unidad de Competencia tiene las siguientes VÍAS El reconocimiento de las competencias profesionales, cuando no completen las cualificaciones recogidas en algún título de formación profesional o certificado de profesionalidad, se realizará a través de una acreditación parcial acumulable con la finalidad, en su caso, de completar la formación conducente a la obtención del correspondiente título o certificado. Para obtener el certificado, el alumno debe de estar en posesión de las certificaciones parciales de las distintas Unidades de Competencia que componen el Certificado.   Para obtener una Unidad de Competencia tiene las siguientes VÍAS - Superar los módulos formativos correspondientes, mediante la realización y evaluación de las acciones formativas pertinentes. - Participar en las pruebas que al respecto convoque la Administración correspondiente para ESA UNIDAD DE COMPETENCIA contenida en una CUALIFICACIÓN PROFESIONAL - Mediante la convalidación de la UNIDAD DE COMPETENCIA por estar en posesión de dicha UNIDAD a través de la Formación Profesional del sistema educativo. Las Administraciones competentes llevarán un registro nominal por especialidades tanto de las acreditaciones de las UNIDADES de COMPETENCIA como de los Certificados que expidan. Los Centros autorizados para la impartición de los módulos formativos deberán entregar a la Administración un acta de evaluación de los alumnos que hayan participado, indicando en los términos de apto/no apto la superación del módulo. Dicha acta será el referente para la Certificación de la Unidad de competencia.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR UN CERTIFICADO PROFESIONAL? Aquellas personas que se encuentren en alguno de los siguientes SUPUESTOS: 1. Que hayan superado con evaluación positiva todos los módulos que componen un certificado de profesionalidad, tras haber realizado un curso de formación profesional para el empleo 2. Aquellos alumnos que hayan superado con evaluación positiva un curso del Programa de Cualificación Profesional Inicial, en el que se haya programado una especialidad conducente a un certificado de profesionalidad. 3. Aquellas personas que hayan superado los módulos profesionales correspondientes a todas las unidades de competencia que componen una cualificación completa de un Título reglado de Formación Profesional 4. Aquellas personas que participen en el Procedimiento de acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral, o las vías no formales de formación, siempre y cuando demuestren que poseen todas las competencias comprendidas en el certificado de profesionalidad correspondiente. + IMPORTANTE

CURSO DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO, ya sea: de la programación de formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as. de la programación de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas ocupadas. del programa de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo. Siempre que lo hayan realizado en una entidad acreditada por el Servicio Andaluz de Empleo.

¿CÓMO Y DÓNDE SE PUEDE SOLICITAR? - Para solicitar el certificado de profesionalidad, ha de presentarse la solicitud junto con la documentación acreditativa de haber superado con evaluación positiva el curso conducente a la adquisición de la unidad de competencia o del certificado de profesionalidad. - La solicitud se presentará preferentemente por vía telemática - También se puede presentar en el Registro de la Consejería de Empleo o, en su defecto, en cualquiera de los órganos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en los registros establecidos en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

ESPECIALIDADES FORMATIVAS CONDUCENTES A LA OBTENCIÓN DE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD El Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad es el conjunto de los certificados de profesionalidad ordenados sectorialmente en las actuales 26 familias profesionales y de acuerdo con los 3 niveles de cualificación establecidos por el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre. Las especialidades formativas conducentes a certificados de profesionalidad, pertenecientes a las 26 familias profesionales, se pueden consultar pinchando en Listado de Especialidades conducentes a certificados de profesionalidad

VALIDEZ Tanto los títulos de formación profesional como los certificados de profesionalidad tendrán los efectos que les correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la formación profesional en los Estados miembros de la Unión y demás Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

¿PARA QUÉ SIRVEN? - Proporcionan una titulación laboral que asegura a los/as empleadores/as que un trabajador/a es competente en la cualificación que acredita el certificado. - Acreditan una cualificación determinada, luego facilitan la inserción laboral y la selección de personal. - Favorecen la transparencia del mercado de trabajo ya que muestran de manera explícita que es lo que sabe hacer cada trabajador/a. - Al estar organizados por bloques, unidades de competencia, es posible establecer un itinerario personalizado de cualificación. - Posibilitan que la Administración educativa convalide las unidades de competencia que coincidan con los títulos de Formación Profesional, de manera que se facilita la consecución de un titulo reglado de Formación Profesional. - Facilitar el aprendizaje permanente ya que se pueden realizar poco a poco, por módulos formativos y unidades de competencia.

¿SE PUEDE CONVALIDAR UN CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD CON UN TÍTULO DE FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA? Títulos y certificados no son iguales y por lo tanto no son directamente convalidables. - Un título se componen de cualificaciones profesionales completas y en ocasiones, también incompletas, con sus Unidades de Competencia, que pueden pertenecer a más de uno o dos certificados, y además suele tener una serie de conocimientos generales que no se tienen en cuenta en los certificados, además de módulos profesionales específicos del título y módulos comunes a otros títulos (tales como el de formación y orientación profesional, empresa e iniciativa emprendedora, formación en centro de trabajos y, en el caso de Ciclos superiores, el módulo de proyecto) - Por otra parte un certificado puede estar formado por unidades de competencia pertenecientes a dos títulos. - Títulos y certificados están construidos por los mismos bloques (Unidades de Competencia) aunque ordenados de distinta manera, y un título normalmente tiene más unidades de competencia que un certificado

ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD + + + + + + Cada uno de los certificados de profesionalidad incluirá los siguientes APARTADOS: 1. IDENTIFICACIÓN DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD 2. PERFIL PROFESIONAL DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD 3. FORMACIÓN DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD - UNIDADES DE COMPETENCIA /MÓDULOS FORMATIVAS - DURACIÓN, REQUISITOS DE ESPACIOS, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTOS - REQUISITOS DE FORMADORES/AS Y ALUMNOS 4. REQUISITOS DE LA FORMACIÓN A IMPARTIR CONDUCENTE A UN CERTIFICADO VER MODELO +

1. IDENTIFICACIÓN - Denominación. - Familia profesional. - Nivel. - Cualificación profesional de referencia. - Relación de unidades de competencia que configuran el certificado de profesionalidad - Competencia general - Entorno profesional - Duración en horas de la formación asociada - Relación de módulos formativos del Catálogo Modular de Formación Profesional.

2. PERFIL PROFESIONAL Se definirá por la cualificación profesional o en su caso, por las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales a las que dé respuesta el certificado de profesionalidad. Incluirá información sobre los requisitos necesarios según la legislación vigente, en su caso, para el ejercicio profesional.

3. FORMACIÓN CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD UNIDAD DE COMPETENCIA 1 FORMATIVA 1 MÓDULO FORMATIVO UNIDAD DE COMPETENCIA 2 UNIDAD FORMATIVA 2 UNIDAD DE COMPETENCIA 3 UNIDAD FORMATIVA 3

3.1 UNIDADES DE COMPETENCIA   - Es el agregado mínimo de competencias profesionales, susceptible de reconocimiento y acreditación parcial. - Cada unidad de competencia se divide en realizaciones profesionales y estas a su vez en criterios de realización. - Cada unidad de competencia se relaciona con un módulo formativo. - Esta estructura permitirá evaluar y acreditar al trabajador cada una de sus unidades de competencia (obtenidas mediante la formación o la práctica laboral). De este modo, puede acumularlas y podrá conseguir la acreditación de la cualificación completa mediante un Título de Formación Profesional o un Certificado de Profesionalidad.

3.2 MÓDULOS FORMATIVAS Se entiende por módulo formativo del certificado de profesionalidad el bloque coherente de formación asociado a cada una de las unidades de competencia que configuran la cualificación acreditada mediante el certificado de profesionalidad. Cada módulo formativo incluirá los datos de identificación, las especificaciones de la formación y los características del contexto formativo para impartirlo. + INFORMACIÓN

Aquellas personas que no hayan completado todos los módulos formativos que componen el certificado de profesionalidad, podrán solicitar la acreditación parcial acumulable de aquellas unidades de competencia que hayan superado a través de un proceso formativo. No puede pasar más de un año, entre la superación de una Unidad Formativa y otra, y no pueden pasar más de dos años, para la adquisición de todas las unidades formativas que estructuran un modulo formativo, para solicitar la acreditación de la unidad de competencia que le corresponde. IMPORTANTE

Los datos de identificación corresponderán a la denominación del módulo formativo, el nivel, el código, la unidad de competencia a la que está asociado y la duración expresada en horas. Las especificaciones de la formación se expresarán a través de las capacidades y sus correspondientes criterios de evaluación, las capacidades que se deban desarrollar en un entorno real de trabajo, el desarrollo de los contenidos que permitan alcanzar dichas capacidades y, en su caso, las unidades formativas y las orientaciones metodológicas para impartir el módulo. Las capacidades que deben ser adquiridas en un entorno real de trabajo, del conjunto de módulos formativos que configuran el certificado de profesionalidad, se organizarán en un módulo de formación práctica que se desarrollará, con carácter general, en un centro de trabajo. Dicha formación tendrá carácter de práctica profesional no laboral y se desarrollará a través de un conjunto de actividades profesionales que permitirán completar las competencias profesionales no adquiridas en el contexto formativo. Los parámetros y criterios del contexto formativo para impartir el módulo formativo estarán constituidos por: - Los requisitos mínimos que deben tener los formadores para su impartición. - Los requisitos mínimos sobre los espacios, instalaciones y equipamientos necesarios para el proceso de enseñanza-aprendizaje y la adquisición de la competencia profesional correspondiente. - Los criterios de acceso de los alumnos, que asegurarán que éstos cuentan con las competencias clave suficientes para cursar con aprovechamiento la formación. A los alumnos que accedan a las acciones de formación de los certificados de profesionalidad de nivel 1 de cualificación no se les exigirán requisitos académicos ni profesionales.

3.3 DURACIÓN, REQUISITOS DE ESPACIOS, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTOS   Los centros y entidades de formación deberán cumplir con las prescripciones de los formadores y los requisitos mínimos de espacios, instalaciones y equipamiento establecidos en cada uno de los módulos formativos que constituyen el certificado de profesionalidad. Para asegurarte que la formación que imparte un centro conlleva a obtener un certificado de profesionalidad, tienes que tener en cuenta una serie de cuestiones: Tiene que tener módulo Practico.

Acceso del alumnado a las acciones formativas de los certificados de Nivel I, II y III en Andalucía Resolución del 12 de septiembre de 2011, Conserjería de empleo Nivel I de Cualificación Para este nivel no se exigirá requisito académico ni profesional alguno Nivel II de Cualificación Requisitos Formativo : tener al menos una de estas condiciones: Poseer el título de ESO Tener un certificado de profesionalidad del mismo nivel que el módulo o módulos formativos y/o certificado de profesionalidad al que se desea acceder. Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de Nivel I de la misma familia y área profesional Cumplir el requisito académico de acceso al ciclo formativo grado medio: segundo curso de BUP o Título de Técnico o de Técnico Auxiliar; o bien haber superado las pruebas de acceso al ciclo formativo de grado medio. Tener superada las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25/45 años Tener los conocimientos formativos o profesionales suficiente que permitan cursar con aprovechamiento la formación, en los términos siguientes: Tener el título de graduado Escolar (Ley 14/1970 –LGE_) o equivalentes. Acreditar formación no reglada en las competencias relacionadas en el certificado de profesionalidad, mediante diplomas acreditativos expedido por los diferentes Servicios Públicos de Empleo de, al menos, 120 horas lectivas o mediante cualquier otro diploma acreditativo, de al menos, 240 horas lectivas. Acreditar una experiencia profesional de, al menos, 12 meses en las competencias del certificado de profesionalidad que desea realizar. Superar las pruebas de acceso que, en su caso, convoque el Servicio Andaluz de Empleo Nivel III de Cualificación El requisito formativo de acceso a los certificados de profesionalidad será al menos uno de los siguientes: Estar en posesión del título de Bachiller Estar en posesión del certificado de profesionalidad del mismo nivel que el módulo o módulos formativos y/o certificado de profesionalidad al que se desea acceder. Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel II la misma familia y área profesional. Cumplir el requisito académico de acceso al ciclo formativo de grado superior establecido: 2º de Bachillerato de cualquier modalidad de Bachillerato experimental, título de Técnico superior o Técnico especialista, COU o Preuniversitario, Titulación Universitaria o equivalente; o bien haber superado las correspondientes pruebas de acceso reguladas por la administración educativa. Tener superada la prueba de acceso para mayores de 25 años y/o 45 años. Tener los conocimientos formativos o profesionales suficientes que permitan cursar con aprovechamiento la formación, en los términos previstos en los siguientes apartados: Acreditar formación no reglada de las competencias relacionadas en el certificado de profesionalidad mediante diplomas acreditativos expedidos por los diferentes Servicios Públicos de Empleo de , al menos, 300 horas lectivas o mediante cualquier otro diploma acreditativo de al menos , 600 horas lectivas, o acreditar estar en posesión de título o certificación académica equivalente al título de bachiller Estar en posesión del Título de ESO y tener una experiencia de al menos 12 meses en las profesiones relacionadas con las competencias del certificado. Acreditar una experiencia de al menos tres años en las competencias del certificado que se desea realizar Superar las pruebas de acceso que, en su caso, convoque el Servicio Andaluz de Empleo. CONSULTAR APARTADO LEGISLACIÓN

3.4 REQUISITOS DE FORMADORES/AS   Los formadores deberán reunir los requisitos específicos que se incluyan en el certificado. Estos requisitos deben garantizar el dominio de los conocimientos y las técnicas relacionadas con la unidad de competencia a la que está asociado el módulo, y se acreditarán mediante la correspondiente titulación y/o experiencia profesional en el campo de las competencias relacionadas con el módulo formativo. Para impartir los módulos formativos de los certificados de profesionalidad, será requisito que el formador acredite poseer la competencia docente que se determine por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. En los Centros Integrados de titularidad pública podrá impartir las acciones formativas el personal que reúna los requisitos específicos dispuestos en los certificados de profesionalidad. También podrán ser contratados como expertos profesionales cualificados para impartir aquellas enseñanzas que por su naturaleza lo requieran y que se especificarán en cada certificado de profesionalidad.  

4. REQUISITOS DE LA FORMACIÓN A IMPARTIR CONDUCENTE A UN CERTIFICADO Actualmente, NO todas las entidades que ofertan FPE, proporcionan la formación propia de los certificados de profesionalidad y por lo tanto la acción formativa no responde a la obtención del certificado. POR TANTO: Te encontraras con entidades que: - Oferten formación que no conduce a un certificado de profesionalidad. - Oferten formación con la que se obtenga, tan solo, una, o parte de las unidades de competencia que componen un certificado. En esta ocasión, la entidad dará a entender que proporciona una formación CONDUCENTE al certificado, a través de la obtención de la acreditación parcial acumulable de unidades de competencias - Oferten formación para la obtención del certificado completo ¿Qué requisitos debe poseer la entidad que oferte formación conducente al certificado completo? - Que la Formación ofertada se estructure en todos los módulos formativos que componen el certificado de profesionalidad que te interesa. - Que la formación coincida en número de horas con la del certificado y tenga el mismo nombre y el mismo código que la cualificación de referencia del certificado - Que tenga Módulo de Practicas No Laborales: estas pueden ser, en el propio centro que imparte la formación o mediante convenio con una empresa - El centro de formación debe estar acreditado para impartir la formación conducente al certificado - ¿Dónde puedes informarte de estas cuestiones? Llamando al propio centro que imparte la formación o remitiéndote a este enlace del Servicio Público de Empleo Pincha aquí - ¿Dónde puedo informarme, para comprobar que el curso que me interesa coincide con los requisitos formativos del certificado? Viendo el certificado y compararlo con lo que oferta el curso : Pincha aquí Para informarte, sobre cursos de FPE del SAE: Pincha aquí Comprueba si la formación que oferta la entidad proporciona el certificado de profesionalidad por los medios anteriormente mencionados