CRÉDITO CON GARANTÍA ESTATAL PARA ESTUDIOS SUPERIORES REBAJA LAS CUOTAS DE TU CRÉDITO Tasa de interés de UF+2% anual Cuotas contingentes al 10% de la renta.

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Transcripción de la presentación:

CRÉDITO CON GARANTÍA ESTATAL PARA ESTUDIOS SUPERIORES REBAJA LAS CUOTAS DE TU CRÉDITO Tasa de interés de UF+2% anual Cuotas contingentes al 10% de la renta

Tasa de interés del Crédito La tasa de interés histórica del Crédito fue en promedio de UF+5,6% anual. El 4 de octubre 2012, empezó a regir la ley que rebaja de la tasa de interés a UF+2% anual. Esto implica que: 1) Desde 2012 y en adelante, a los nuevos alumnos que obtengan esta ayuda estudiantil, se aplicará esa tasa de interés a cada uno de sus desembolsos. 2) A los alumnos que recibieron el Crédito entre los años 2006 y 2011, se les aplicará la rebaja de la tasa a partir del inicio del cobro de la deuda (el beneficio es a la cuota, no al saldo de la deuda).

Rebaja para deudores La rebaja se aplica automáticamente a las cuotas desde el momento en que se inicia el cobro de la deuda (capitalización durante el periodo de estudios y de gracia, a la tasa de interés original). En la práctica, el Estado subsidia mensualmente la diferencia entre la cuota con la tasa de interés original y la rebajada. La condición para pagar la cuota reducida es estar al día en el pago de la deuda y pagar cada cuota de manera oportuna (a más tardar el día de su vencimiento). Las cuotas vencen el día 5 de cada mes. Pago hasta el día 5 Pago después del día 5 Cuota rebajada a una tasa del 2% anual Cuota con la tasa original

Los primeros favorecidos: Marzo 2013 En marzo 2013, comenzó aplicarse la rebaja de las cuotas del Crédito, a los beneficiarios con cuadros de pago activos. Beneficio adicional: devolución de excedentes, por las cuotas que fueron canceladas con la tasa de interés original desde el 1 de enero 2012, siempre que el deudor esté al día y pague oportunamente. El descuento se aplica a las cuotas futuras, a partir de marzo ¿Qué pasa si aún no estoy al día? El plazo para regularizar deudas impagas y recibir la devolución de excedentes es hasta el 30 de agosto 2013.

Cuota del 10% de la renta Contingencia a la renta: beneficio que permitirá a los deudores pagar únicamente el 10% del promedio de renta bruta que hayan percibido en los últimos doce meses, si el monto de la cuota (rebajada a la tasa del 2%) supera ese monto. La aplicación del beneficio no es automática y requiere de una postulación en Comisión Ingresa dispondrá un formulario electrónico de postulación, en enero y julio de cada año. Para acogerse al beneficio hay que estar al día en el pago de las cuotas. Este beneficio se otorga por 6 meses, renovables, durante los cuales el Estado subsidia el porcentaje de la cuota que el deudor no puede cubrir. Ese monto no deberá ser devuelto a futuro por el beneficiario.

Postulación: del 1 al 14 de julio 2013 ¿Quiénes podrán postular? Son 97 mil potenciales beneficiarios: Beneficiarios que están pagando al día su deuda del Crédito, con una cuota rebajada (a una tasa de interés del 2%) que supera el 10% de la renta bruta promedio de los últimos 12 meses. Beneficiarios que pagaron, en 2012 y 2013, cuotas rebajadas (a una tasa de interés del 2%) que superaron el 10% de la renta promedio que tenían en los últimos 12 meses y que estén al día con la deuda, a más tardar el Beneficiarios que comienzan a pagar su Crédito en octubre 2013 (egresados 2012 y desertores 2013).

Postulación: del 1 al 14 de julio 2013 Devolución de excedentes por cuotas pagadas en 2012 y 2013, que superaron el 10% de la renta bruta promedio percibida para ese período. Requisitos: estar al día a más tardar el 30 de agosto 2013 y acreditar la renta percibida en 2011, 2012 y 2013, en el formulario electrónico. Comisión Ingresa contrastará la información con los distintos registros públicos y bases del Estado (SII, instituciones de previsión social y salud, Fonasa, etc.).

FORMULARIO DE POSTULACIÓN FPCR Formulario de Postulación a la Contingencia a la Renta (FPCR). Antecedentes personales. Dependencia laboral. Declaración de renta, adjuntando los documentos escaneados que respalden las rentas brutas percibidas en los últimos 12 meses. La ley establece que si se comprueba que el postulante falta a la verdad en la acreditación de su renta, perderá el derecho a obtener el beneficio y se expone a sanciones penales.

Postulación: del 1 al 14 de julio 2013 Resultados de la postulación: 31 de julio 2013: deudores que ya están pagando la deuda. 23 de septiembre 2013: deudores que empiezan a pagar en octubre. Derecho a apelar si la postulación es rechazada o el beneficiario no está de acuerdo con el cálculo de la cuota al 10% de la renta, entre el 7 y el 13 de agosto.

SUSPENSIÓN DE PAGO POR CESANTÍA Si el deudor está cesante, debe completar y enviar el Formulario de Postulación a la Suspensión de Pago por Cesantía (FPSP), en Este beneficio permitirá al deudor, suspender el pago de sus cuotas por seis meses (renovables). En el formulario de postulación se pedirán los antecedentes personales y socioeconómicos del deudor y su cónyuge o conviviente, si corresponde. Adicionalmente, se solicita adjuntar los documentos que respalden su condición de cesantía e ingresos percibidos por el deudor y su cónyuge o conviviente, durante los últimos 12 meses. Después de enviar el formulario, los datos pueden ser modificados, si el postulante advierte algún error u omisión en los antecedentes declarados, siempre que se haga dentro del período de postulación.

Canales de información y atención Portal del Beneficiario Sistema de Atención de Consultas Video explicativoVideo explicativo, preguntas frecuentes y noticias relativas a la rebaja. Correo electrónico exclusivo para enviar consultas sobre el beneficio. Extranet que permite a los deudores ver su situación académica y financiera, entre otros. Canal de consultas en línea, atendido por Asistentes Sociales, para solicitar información general y particular sobre el Crédito.

Canales de atención en los Bancos BCI: Red de sucursales del banco Teléfono Estado: Red de sucursales del banco Teléfono Celulares (2) Scotiabank: Red de sucursales del banco Teléfonos (2) y (2) Falabella: Red de sucursales del banco Teléfono Santander: Red de sucursales del banco Teléfono Itaú: Red de sucursales del banco Corpbanca: Red de sucursales del banco