MARCO LEGAL DE LA SALUD, SEGURIDAD, HIGIENE Y AMBIENTE DE TRABAJO

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Transcripción de la presentación:

MARCO LEGAL DE LA SALUD, SEGURIDAD, HIGIENE Y AMBIENTE DE TRABAJO Dr. Raúl Humberto Loya Luna.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Convenios Internacionales Ratificados (O I T) Ley Federal del Trabajo Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y medio Ambiente de Trabajo Ley Federal sobre Metrología y Normalización Normas Oficiales Mexicanas Seguridad Salud Organización del Trabajo Actividades Especificas Producto

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Artículo 123 fracción XIV: Los empresarios serán responsables de los Accidentes de Trabajo y las Enfermedades Profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; ...

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Artículo 123 fracción XV: El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento.

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Artículo 123 fracción XV: Adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de maquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como organizar de tal manera éste que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas.

LEY GENERAL DE SALUD ARTICULO 111. La promoción de la salud comprende: I. Educación para la salud; II. Nutrición; III. Control de los efectos nocivos del ambiente en la salud; IV. Salud ocupacional, y V. Fomento sanitario

LEY GENERAL DE SALUD  Salud Ocupacional ARTICULO 128.- El trabajo o las actividades sean comerciales, industriales, profesionales o de otra índole, se ajustarán, por lo que a la protección de la salud se refiere, a las normas que al efecto dicten las autoridades sanitarias, de conformidad con esta Ley y demás disposiciones legales sobre salud ocupacional.

LEY GENERAL DE SALUD  Salud Ocupacional ARTICULO 129. Para los efectos del artículo anterior, la Secretaría de Salud tendrá a su cargo: I. Establecer los criterios para el uso y manejo de substancias, maquinaria, equipos y aparatos, con objeto de reducir los riesgos a la salud del personal ocupacionalmente expuesto, poniendo particular énfasis en el manejo de substancias radiactivas y fuentes de radiación. II. Determinar los límites máximos permisibles de exposición de un trabajador a contaminantes, y coordinar y realizar estudios de toxicología al respecto, y

LEY GENERAL DE SALUD  ARTICULO 164. La Secretaría de Salud coordinará sus actividades con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y, en general, con las dependencias y entidades públicas y con los gobiernos de las entidades federativas, para la investigación, prevención y control de los accidentes.

Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL DOF 21 de Enero de 1997.

REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO DEFINICIONES: Seguridad e Higiene: son los procedimientos, tecnicas y elementos que se aplican en los centros de trabajo, para el reconocimiento, evaluación y control de los agentes nocivos que intervienen en los procesos y actividades de trabajo, con el objeto de establecer medidas y acciones para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo, a fin de conservar la vida, la salud e integridad física de los trabajadores, así como evitar cualquier posible deterioro al propio centro de trabajo.

REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO Capacitación Especializada Exámenes Médicos Comunicación de Riesgos Ergonomía Programas de Seguridad e Higiene Calidad-Seguridad

REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO. Artículo 14. Será responsabilidad del patrón que se practiquen los exámenes médicos de ingreso, periódicos y especiales a los trabajadores expuestos a los agentes físicos, químicos, biológicos y psicosociales. Artículo 18. Son obligaciones de los trabajadores: Fracción VI. Someterse a los exámenes médicos que determine el patrón de conformidad con las normas correspondientes, a fin de prevenir riesgos de trabajo.

REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO. Art. 15o. del RFSHMAT El patrón deberá informar a los trabajadores respecto de los riesgos relacionados con la actividad laboral específica que desarrollen, y en particular acerca de los riesgos que implique el uso ó exposición a los contaminantes del medio ambiente laboral, así como capacitarlos respecto a las medidas y programas que deberán observar para su prevención y control, de conformidad con las disposiciones del RFSHMAT y las NOM’s correspondientes.

REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO. Capítulo Sexto. Servicios Preventivos de Medicina del Trabajo. Artículo 142. Los servicios preventivos de medicina del trabajo se instituirán atendiendo a la naturaleza, características de la actividad laboral y número de trabajadores expuestos. Las características y modalidades para la institución de estos servicios, se precisarán en la Norma correspondiente.

Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo ARTÍCULO 130 Centros de trabajo con 100 o más trabajadores Programa de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Diagnóstico de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO. OIT OBJETIVOS: SU APLICACIÓN TENDRÁ COMO CONSECUENCIA: REDUCCIÓN EN EL NÚMERO DE ACCIDENTES, ENFERMEDADES Y OTROS RIESGOS RELACIONADOS CON EL TRABAJO A TRAVÉS DE UNA CULTURA DE LA SEGURIDAD REDUCCIÓN DE LAS PÉRDIDAS EN LA PRODUCCIÓN Y EN LAS INTERRUPCIONES DEL PROCESO DE TRABAJO MENOR AUSENTISMO, MAYOR PRODUCTIVIDAD, SATISFACCIÓN EN EL TRABAJO EMPRESAS SOCIALMENTE RESPONSABLES

UNA CULTURA DE LA SEGURIDAD: SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO UNA CULTURA DE LA SEGURIDAD: LA SEGURIDAD, LA SALUD Y EL BIENESTAR EN LA EMPRESA SON PARTES INTEGRALES DEL SISTEMA DE VALORES DE LA ORGANIZACIÓN. PREVALECE UNA ATMÓSFERA DE APERTURA, CONFIANZA Y RESPETO. UNA POLÍTICA PRO-ACTIVA, UN MEJORAMIENTO CONTÍNUO Y UN ENFOQUE PREVENCIONISTA. LA PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO ES UN COMPONENTE CLAVE DE TODA TOMA DE DECISIONES, CONSULTA Y TRABAJO EN EQUIPO

Examenes Medicos

OBJETIVO EVALUAR LAS CONDICIONES DE SALUD DE EL TRABAJADOR PARA DETERMINAR LA APTITUD AL CARGO A DESEMPEÑAR, ADEMAS DE INDICAR LAS RECOMENDACIONES PERTINENTES PARA EL MEJORAMIENTO O MANTENIMIENTO DE SUS ADECUADAS CONDICIONES DE SALUD. Cumplir con la normativa

Examen de Salud Periódico Dentro de la Vigilancia de la Salud se identifican los siguientes tipos de Examen de Salud en función del momento en que se aplican: Examen de Salud Inicial Examen de Salud Periódico Examen de Salud por cambio de puesto de trabajo o de las condiciones del mismo Examen de Salud por Reincorporación después de una ausencia del puesto de trabajo por motivos de salud

Cuando se solicita, por primera vez, empleo el medico debe evaluar las condiciones psico-fisio-patológicas del sujeto y relacionarlas con las exigencias del trabajo que pretende realizar. la importancia del examen médico en el proceso de selección es determinante para la contratación del candidato.  APTO - NO APTO

Examen de Salud Periódico La evaluación de la salud se realiza a intervalos periódicos, en función del protocolo de vigilancia médica específico a aplicar y la periodicidad recomendada en los Protocolos del Ministerio de Sanidad y Consumo y de la Evaluacion de Riesgos.

Observación del estado de salud – vigilancia de la exposición Después de transcurrido un año o más, es necesario observar el grado de adaptabilidad psicológica y fisiológica mediante la realización del examen médico periódico.

Uno de los objetivos principales de los reconocimientos de salud es la detección precoz (o prevención secundaria) de enfermedades o alteraciones de la salud causadas o relacionadas con las condiciones de trabajo El mejor indicador de que la prevención funciona es la ausencia de daños para la salud.

Examen de Salud por Reincorporación después de una ausencia del puesto de trabajo por motivos de salud Se realizará examen de salud a aquellos trabajadores que se ausenten de su puesto de trabajo por motivos de salud , ya sea por Incapacidad Temporal por Contingencias Comunes o Laborales, y que por su gravedad pudiera haber sido afectada su aptitud. Su objetivo será recomendar medidas protectoras pertinentes.

Los resultados de los reconocimientos médicos, al igual que todo acto médico, tienen la característica de ser confidenciales, y la comunicación de los mismos deben hacerse exclusivamente en términos de aptitud para las tareas de su puesto de trabajo. En los casos de detección de enfermedades ocupacionales o de sospecha de los mismos debe aplicarse los protocolos establecidos para el monitoreo y análisis de los factores de riesgo laboral así como la respuesta individual que la produjo.

La vigilancia de la salud debe respetar la intimidad de los trabajadores y la confidencialidad de la información El acceso a los datos y a los archivos médicos individuales debe restringirse solo a los profesionales sanitarios. Los datos personales sobre la salud deben estar accesibles para cada trabajador y no pueden ser comunicados a terceras personas sin su expreso consentimiento.

No obstante, y siempre manteniendo el sigilo profesional y el anonimato, los datos agregados deben estar al alcance de las personas con funciones y competencias en salud laboral al objeto de posibilitar la utilización con fines preventivos de los resultados de la vigilancia de la salud.

Ley General de Salud Reglamento de la LGS en Materia de Prestación de Servicios de atención Medica Capitulo III Disposiciones para la prestación de servicios de consultorios: Art. 56 Para los efectos de este reglamento, se entiende por consultorio a todo establecimiento público, social o privado, independiente o ligado a un servicio hosp., que tenga como fin prestar atención medica a pacientes ambulatorios.

REGLAS DE LA VISITA DE VERIFICACIÓN Formalidades de la visita ORDEN IMPRESA IDENTIFICACIÓN DEL VERIFICADOR TESTIGOS COPIA DE LAS ACTUACIONES DERECHO DE MANIFESTAR

DESARROLLO DE LA VISITA Autorizaciones: aviso de funcionamiento y de responsable sanitario Distribución de áreas: de recepción, interrogatorio y exploración así como instalaciones sanitarias, Condiciones de : Mantenimiento, conservación y aseo Mobiliario

EQUIPO E INSTRUMENTAL Suficiente acorde al los servicios que se otorgan según su giro y especialidad. en buenas condiciones de funcionamiento Ejemplo: báscula con estadímetro, estuche de diagnostico, estetoscopio, Pinard, baumanometro, lámpara de haz dirigible

Instrumental: Equipo de sutura Rotulo de Horario: Indique los servicios otorgados en ese establecimiento, horario de funcionamiento y de asistencia del responsable sanitario

Medicamento (fecha de caducidad y registro SSA ) Recetario: fecha, nombre completo del médico, cédula profesional, clave institucional del médico, clave institucional del establecimiento, domicilio Gafete de identificación: nombre, foto, puesto, horario de asistencia y con firma del responsable del establecimiento.

Botiquín de urgencias * materiales: Apositos, gasas, algodón, sutura, tela adhesiva, vendas, jeringas, vendas de yeso, guantes, campos estériles *medicamentos: antibióticos, analgésicos, anestésicos, cardiologicos, para inmunoalergias, intoxicaciones y anestesia local

EXPEDIENTE CLÍNICO Ficha de identificación Historia clínica completa Notas de evolución Laboratorio y gabinete Fecha, hora nombre y firma

DOCUMENTACIÓN PROFESIONAL TITULO PROFESIONAL A LA VISTA (ART 23 RSAM) CEDULA PROFESIONAL DIPLOMA DE ESPECIALIDAD CEDULA DE ESPECIALIDAD (ART. 79 LGS, 18 Y 24 RSAM)

Identificación de los residuos Envasado de los residuos generados DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES A LOS GENERADORES DE RPBI Y PRESTADORES DE SERVICIOS NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, PROTECCION AMBIENTAL, SALUD AMBIENTAL, RESIUDOS PELIGROSOS BIOLOGICIO INFECCIOSOS, CLASIFICACION Y ESPECIF. DE MANEJO y las bases de colaboracion Identificación de los residuos Envasado de los residuos generados Almacenamiento temporal Recolección y transporte externo Tratamiento Disposición final 41

40 40

SEGURIDAD 10 NOM LOCALES Y EDIFICIOS COMBATE DE INCENDIOS MAQUINARIA 001 COMBATE DE INCENDIOS 002 MAQUINARIA Y EQUIPO 004 MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES ELECTRICAS 029 SOLDADURA Y CORTE 027 SEGURIDAD 10 NOM MANEJO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS 005 ELECTRICIDAD ESTÁTICA 022 MANEJO DE MATERIALES 006 RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN 020 EQUIPO SUSPENDIDO DE ACCESO 009

(LIMITES, PROCEDIMIENTOS SUSTANCIAS QUÍMICAS (LIMITES, PROCEDIMIENTOS MUESTREO Y CONTROL) 010 AGENTES FÍSICOS: RUIDO 011 RADIACIONES IONIZANTES 012 RADIACIONES NO IONIZANTES 013 PRESIONES EXTREMAS 014 TEMPERATURAS EXTREMAS 015 VIBRACIONES 024 ILUMINACIÓN 025 SALUD 8 NOM

SERVICIOS PREVENTIVOS COMUNICACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS 018 EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL 017 COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE 019 ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO 7 NOM SERVICIOS PREVENTIVOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO 030 ESTADÍSTICAS 021 SEGURIDAD EN LOS PROCESOS DE SUSTANCIAS QUIMICAS 028 SEÑALES Y AVISOS 026

ACTIVIDADES AGRÍCOLAS EQUIPO Y MAQUINARIA AGRÍCOLA 007 SEGURIDAD E HIGIENE EN ACTIVIDADES AGRÍCOLAS 003 ASERRADEROS 008 ESPECÍFICAS 6 NOM MINAS SUBTERRÁNEAS DE CARBÓN 032 FERROCARRILES 016 MINAS 023

AGENTES EXTINGUIDORES. EXTINTORES POLVO QUIMICO SECO. RECIPIENTES 100 EXTINTORES ESPUMA QUIMICA 101 RESPIRADORES PURIFICADORES DE AIRE 116 CASCO DE PROTECCIÓN 115 EXTINTORES BIÓXIDO DE CARBONO 102 PRODUCTO 9 NOM EXTINTORES A BASE DE AGUA 103 CALZADO DE PROTECCIÓN 113 AGENTES EXTNGUIDORES. POLVO QUÍMICO SECO TIPO ABC 104 AGENTES EXTINGUIDORES. POLVO QUÍMICO SECO TIPO BC 106

NOM-030-STPS-2009 DOF: 22-DIC-09 EN VIGOR: 22-MAR-10 Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo – Funciones y actividades DOF: 22-DIC-09 EN VIGOR: 22-MAR-10

Objetivo Establecer las funciones y actividades que deberán realizar los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo.

Campo de Aplicación La presente Norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo.

Definición Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo (SPSST) Son aquellos prestados por personal capacitado -interno, externo o mixto-, cuyo propósito principal es prevenir los accidentes y enfermedades de trabajo, mediante el cumplimiento de la normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo. Se entiende por internos, los prestados por el patrón o personal del centro de trabajo; externos, los prestados por personal independiente al centro de trabajo, y mixtos, los prestados tanto por personal interno como por personal independiente al centro de trabajo.

Obligaciones del patrón Designar a un responsable de seguridad y salud en el trabajo interno o externo, para llevar a cabo las funciones y actividades preventivas de seguridad y salud en el centro de trabajo. El patrón podrá asumir las funciones y actividades preventivas de seguridad y salud, en el caso de centros de trabajo que cuenten con menos de cien trabajadores.

Obligaciones del patrón Proporcionar al responsable de seguridad y salud en el trabajo: El acceso a las diferentes áreas del centro de trabajo para identificar los factores de peligro y la exposición de los trabajadores a ellos; La información relacionada con la seguridad y salud en el trabajo de los procesos, puestos de trabajo y actividades desarrolladas por los trabajadores, y Los medios y facilidades para establecer las medidas de seguridad y salud en el trabajo para la prevención de los accidentes y enfermedades laborales.

Obligaciones del patrón Contar con un diagnóstico integral o por área de trabajo de las condiciones de seguridad y salud del centro laboral. El diagnóstico integral comprenderá a las diversas áreas, secciones o procesos que conforman al centro de trabajo, en tanto que el relativo al área de trabajo, se referirá de manera exclusiva a cada una de ellas. Contar con un programa de seguridad y salud en el trabajo, elaborado con base en el diagnóstico integral o por área de trabajo. El programa deberá actualizarse al menos una vez al año.

Obligaciones del patrón Los centros de trabajo que cuenten con menos de cien trabajadores deberán elaborar una relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con las actividades que desarrollen. La relación de acciones preventivas y correctivas deberá actualizarse al menos una vez al año. Comunicar a la comisión de seguridad e higiene y/o a los trabajadores, según aplique, el diagnóstico integral o por área de trabajo de las condiciones de seguridad y salud y el contenido del programa de seguridad y salud en el trabajo o de la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo.

Obligaciones del patrón Contar con los reportes de seguimiento de los avances en la instauración del programa de seguridad y salud en el trabajo o de la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo, según aplique. Capacitar al personal de la empresa que forme parte de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo, en las funciones y actividades que establece la presente Norma.

Obligaciones del patrón Conservar la documentación a que hace referencia la presente Norma al menos por dos años. Exhibir a la autoridad del trabajo, cuando ésta así lo solicite, los documentos y registros que la presente Norma le obligue a elaborar o poseer.

Funciones y actividades del responsable de seguridad y salud en el trabajo Elaborar el diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo. Elaborar el programa de seguridad y salud en el trabajo o la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo, priorizándolas para su atención, con base en el riesgo involucrado . Establecer los mecanismos de respuesta inmediata cuando se detecte un riesgo grave e inminente .

Funciones y actividades del responsable de seguridad y salud en el trabajo Incorporar en el programa de seguridad y salud en el trabajo o en la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo, las acciones y programas de promoción para la salud de los trabajadores y para la prevención integral de las adicciones que recomienden o dicten las autoridades competentes. Incorporar en el programa de seguridad y salud en el trabajo o en la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo, las acciones para la atención de emergencias y contingencias sanitarias que recomienden o dicten las autoridades competentes.

Diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo El diagnóstico integral o por área de trabajo sobre las condiciones de seguridad y salud en el centro laboral, deberá considerar al menos la identificación de lo siguiente: Las condiciones físicas peligrosas o inseguras que puedan representar un riesgo en las instalaciones, procesos, maquinaria, equipo, herramientas, medios de transporte, materiales y energía; Los agentes físicos, químicos y biológicos capaces de modificar las condiciones del medio ambiente del centro de trabajo que, por sus propiedades, concentración, nivel y tiempo de exposición o acción, pueden alterar la salud de los trabajadores, así como las fuentes que los generan;

Programa de seguridad y salud en el trabajo o relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo El programa de seguridad y salud en el trabajo, deberá contener al menos: La acción preventiva o correctiva por instrumentar por cada aspecto identificado; Las acciones y programas de promoción para la salud de los trabajadores y para la prevención integral de las adicciones que recomienden o dicten las autoridades competentes; Las acciones para la atención de emergencias y contingencias sanitarias que recomienden o dicten las autoridades competentes;

Programa de seguridad y salud en el trabajo o relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo Las fechas de inicio y término programadas para instrumentar las acciones preventivas o correctivas y para la atención de emergencias, y El responsable de la ejecución de cada acción preventiva o correctiva y para la atención de emergencias. La relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en los centros de trabajo que cuenten con menos de cien trabajadores, deberá contener al menos lo previsto en los incisos a), b), c) y d).

comportamiento estadístico 2009 Riesgos de trabajo reclamados 7780 Riesgos calificados como si 6302 Riesgos calificados como no 1478 Riesgos terminados 6293 Accidentes de trabajo 4834 accidentes de trayecto 1391 enfermedades de trabajo 88 Defunciones 24 Incapacidad Permanente 297 Demandas Laborales 65

Clasificación de Empresas Y Riesgos de Trabajo 442 patrones generaron los AT Tipo de empresa Riesgos de trabajo No de EMPRESAS Grande Empresa 250 2646 (42%) 201 Mediana Empresa 101-250 560 (8.8%) 191 Pequeña Empresa 16-100 630 (10%) 1499 Micro Empresa 1-15 2457(39%) 7230 RT 6302 EMP 9141

G R A C I A S !!!!!!! Dr. Raúl Humberto Loya Luna